Common use of Facultades de la Inspección Clause in Contracts

Facultades de la Inspección. La Inspección tendrá, libre acceso a los obradores, depósitos y oficinas del Contratista en la obra, a los efectos de supervisar los trabajos efectuados y en ejecución, los materiales, maquinarias y demás enseres afectados al desarrollo de la obra. El Contratista suministrará los informes que le requiera la Inspección sobre la clase, cantidad y calidad de los materiales empleados o acopiados, el estado de avance, desarrollo y forma de ejecución de los trabajos realizados o sobre los que encuentre defectuosos, como así también respecto de los materiales que no se ajusten a los especificados en la documentación contractual. La Inspección tiene facultades para rechazar o aprobar trabajos y materiales y para ordenar la demolición y reconstrucción de lo rechazado. El contratista está obligado a notificarse de las ordenes de servicio que emita la Inspección, dentro de las 48 horas del requerimiento. El Representante Técnico está obligado a tomar vista diaria del Libro de Órdenes de Servicio dejando constancia escrita y firmada en el mismo. En ese acto, queda notificado de toda orden de servicio de la que aún no se hubiere notificado. La negativa a notificarse o las conductas tendientes a evitar la notificación podrán ser sancionadas con una multa de UN DECIMOPOR MIL (0,10 o/oo) del monto contractual actualizado o redeterminado, con más sus adicionales por cada ocasión en que la notificación no fuese posible por razones imputables al contratista. Aun cuando el contratista considere que en una orden de servicio se exceden los términos del contrato, deberá notificarse de ella en el plazo indicado

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Facultades de la Inspección. La Inspección tendrá, libre acceso a los obradores, depósitos y oficinas del Contratista en la obra, a los efectos de supervisar los trabajos efectuados y en ejecución, los materiales, maquinarias y demás enseres afectados al desarrollo de la obra. El Contratista suministrará los informes que le requiera la Inspección sobre la clase, cantidad y calidad de los materiales empleados o acopiados, el estado de avance, desarrollo y forma de ejecución de los trabajos realizados o sobre los que encuentre defectuosos, como así también respecto de los materiales que no se ajusten a los especificados en la documentación contractual. La Inspección tiene facultades para rechazar o aprobar trabajos y materiales y para ordenar la demolición y reconstrucción de lo rechazado. El contratista está obligado a notificarse de las ordenes de servicio que emita la Inspección, dentro de las 48 horas del requerimiento. El Representante Técnico está obligado a tomar vista diaria del Libro de Órdenes de Servicio dejando constancia escrita y firmada en el mismo. En ese acto, queda notificado de toda orden de servicio de la que aún no se hubiere notificado. La negativa a notificarse o las conductas tendientes a evitar la notificación podrán ser sancionadas con una multa de UN DECIMOPOR MIL (0,10 o/oo) del monto contractual actualizado o redeterminado, con más sus adicionales por cada ocasión en que la notificación no fuese posible por razones imputables al contratista. Aun Aún cuando el contratista considere que en una orden de servicio se exceden los términos del contrato, deberá notificarse de ella en el plazo indicado.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales Para La

Facultades de la Inspección. La Inspección Inspección, tanto técnica como de seguridad, tendrá, libre acceso a los obradores, depósitos y oficinas del Contratista en la obra, a los efectos de supervisar los trabajos efectuados y en ejecución, los materiales, maquinarias y demás enseres afectados al desarrollo de la obraobra o controlar los aspectos de seguridad de la obra respectivamente. El Contratista suministrará los informes que le requiera la Inspección sobre la clase, cantidad y calidad de los materiales empleados o acopiados, el estado de avance, desarrollo y forma de ejecución de los trabajos realizados o sobre los que encuentre defectuosos, como así también respecto de los materiales que no se ajusten a los especificados en la documentación contractual. La Inspección tiene facultades para rechazar o aprobar trabajos y materiales y para ordenar la demolición y reconstrucción de lo rechazado. La inspección de seguridad podrá determinar la suspensión de los trabajos en la obra si, durante una inspección, detecta anomalías tanto documentales como operativas que representen serios riesgos para los trabajadores y terceras personas ajenas a la obra. El contratista está obligado a notificarse de las ordenes de servicio que emita la Inspección, dentro de las 48 horas del requerimiento. El Representante Técnico está obligado a tomar vista diaria del Libro de Órdenes de Servicio dejando constancia escrita y firmada en el mismo. En ese acto, queda notificado de toda orden de servicio de la que aún no se hubiere notificado. La negativa a notificarse o las conductas tendientes a evitar la notificación podrán ser sancionadas con una multa de UN DECIMOPOR MIL (0,10 o/oo) del monto contractual actualizado o redeterminado, con más sus adicionales por cada ocasión en que la notificación no fuese posible por razones imputables al contratista. Aun cuando el contratista considere que en una orden de servicio se exceden los términos del contrato, deberá notificarse de ella en el plazo indicadoindicado El contratista está obligado a notificarse de las observaciones y recomendaciones sobre temas de prevención de riesgos y documentación, asentadas en el libro técnico de seguridad en obra y a actuar de manera inmediata a lo requerido en la comunicación.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales Para La