Falta de entrega de contraprestaciones económicas y medios auxiliares. Si la Administración no hiciere efectiva al contratista la contraprestación económica o no entregare los medios auxiliares a que se obligó en el contrato dentro de los plazos previstos en el mismo y no procediese la resolu- ción del contrato o no la solicitase el contratista, éste tendrá derecho al interés de demora de las cantidades o valores económicos que aquéllos signifiquen, de confor- midad con lo establecido en el artículo 200.
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Samples: Ley De Contratos Del Sector Público, Ley De Contratos Del Sector Público, Ley De Contratos Del Sector Público
Falta de entrega de contraprestaciones económicas y medios auxiliares. Si la Administración no hiciere efectiva al contratista la contraprestación económica o no entregare los medios auxiliares a que se obligó en el contrato dentro de los plazos previstos en el mismo y no procediese la resolu- ción resolución del contrato o no la solicitase el contratista, éste tendrá derecho al interés de demora legal de las cantidades o valores económicos que aquéllos signifiquen, de confor- midad conformidad con lo establecido en el artículo 20099.
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Samples: Real Decreto Legislativo 2/2000, Texto Refundido De La Ley De Contratos De Las Administraciones Públicas
Falta de entrega de contraprestaciones económicas y medios auxiliares. Si la Administración no hiciere efectiva al contratista la contraprestación económica o no entregare los medios auxiliares a que se obligó en el contrato dentro de los plazos previstos en el mismo y no procediese la resolu- resolu ción del contrato o no la solicitase el contratista, éste tendrá derecho al interés de demora de las cantidades o valores económicos que aquéllos signifiquen, de confor- confor midad con lo establecido en el artículo 200.
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Samples: Ley De Contratos Del Sector Público, Ley De Contratos Del Sector Público
Falta de entrega de contraprestaciones económicas y medios auxiliares. Si la Administración no hiciere efectiva al contratista la contraprestación económica o no entregare los medios auxiliares a que se obligó en el contrato dentro de los plazos previstos en el mismo y no procediese la resolu- ción resolución del contrato o no la solicitase el contratista, éste tendrá derecho al interés de demora de las cantidades o valores económicos que aquéllos signifiquen, de confor- midad conformidad con lo establecido en el artículo 200216 del TRLCSP.
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Falta de entrega de contraprestaciones económicas y medios auxiliares. Si la Administración no hiciere efectiva al contratista la contraprestación económica o no entregare los medios auxiliares a que se obligó en el contrato dentro de los plazos previstos en el mismo y no procediese la resolu- ción resolución del contrato o no la solicitase el contratista, éste tendrá derecho al interés de demora de las cantidades o valores económicos que aquéllos signifiquen, de confor- midad conformidad con lo establecido en el artículo 200.
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Samples: Ley 30/2007, De 30 De Octubre, De Contratos Del Sector Público
Falta de entrega de contraprestaciones económicas y medios auxiliares. Si la Administración no hiciere efectiva al contratista la contraprestación económica o no entregare los medios auxiliares a que se obligó en el contrato dentro de los plazos previstos en el mismo y no procediese la resolu- ción reso- lución del contrato o no la solicitase el contratista, éste tendrá derecho al interés de demora legal de las cantidades o valores económicos que aquéllos signifiquen, de confor- midad conformidad con lo establecido en el artículo 20099.
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Falta de entrega de contraprestaciones económicas y medios auxiliares. Si la Administración no hiciere efectiva al contratista la contraprestación económica o no entregare los medios auxiliares a que se obligó en el contrato dentro de los plazos previstos en el mismo y no procediese la resolu- ción resolución del contrato o no la solicitase el contratista, éste tendrá derecho al interés de demora legal de las cantidades o valores económicos que aquéllos signifiquen, de confor- midad conformidad con lo establecido en el artículo 200100.
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