Common use of Forma del contrato Clause in Contracts

Forma del contrato. El contrato de trabajo se podrá celebrar por escrito o de palabra. Se presumirá existente entre todo el que presta un servicio por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otro y el que lo recibe a cambio de una retribución a aquel. Deberán constar por escrito los contratos de trabajo cuando así lo exija una disposición legal y, en todo caso, los de prácticas y para la formación y el aprendizaje, los contratos a tiempo parcial, fijo-discontinuo y de relevo, los contratos de trabajo a distancia, los contratos para la realización de una obra o servicio determinado, así como los de los trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero. Igualmente constarán por escrito los contratos por tiempo determinado cuya duración sea superior a cuatro semanas. De no observarse tal exigencia, el contrato se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal o el carácter a tiempo parcial de los servicios. Se formalizará el contrato de trabajo antes del comienzo de la prestación de servicios, cuando la Ley exija la fórmula escrita y también cuando lo exija una de las partes. Se formalizará el contrato de trabajo antes del comienzo de la prestación de servicios, cuando la Ley exija la fórmula escrita y también cuando lo exija una de las partes. Las diversas modalidades de contratación deberán corresponderse, de manera efectiva, con la finalidad legal establecida. En el contrato escrito hecho entre empresa y trabajador habrá de especificarse:  Localización geográfica.  Domicilio social de la Empresa.  Grupo profesional y la descripción del mismo en que es integrado el trabajador.  Retribución total inicialmente pactada.  Horario diario.  Jornada anual y  Convenio colectivo aplicable.

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Samples: confevicex.com, www.ugtficabcn.cat

Forma del contrato. El contrato de trabajo se podrá celebrar por escrito o de palabra. Se presumirá existente entre todo el que presta un servicio por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otro y el que lo recibe a cambio de una retribución a aquel. Deberán constar por escrito los contratos de trabajo cuando así lo exija una disposición legal y, en todo caso, los de prácticas y para la formación y el aprendizajeformación, los contratos a tiempo parcial, fijo-discontinuo y de relevo, los contratos de trabajo a distanciadomicilio, los contratos para la realización de una obra o servicio determinado, así como los de los trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero. Igualmente constarán por escrito los contratos por tiempo determinado cuya duración sea superior a cuatro semanas. De no observarse tal exigencia, el contrato se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal o el carácter a tiempo parcial de los servicios. Se formalizará el contrato de trabajo antes del comienzo de la prestación de servicios, cuando la Ley exija la fórmula escrita y también cuando lo exija una de las partes. Se formalizará el contrato de trabajo antes del comienzo de la prestación de servicios, cuando la Ley exija la fórmula escrita y también cuando lo exija una de las partes. Las diversas modalidades de contratación deberán corresponderse, de manera efectiva, con la finalidad legal establecida. En el contrato escrito hecho entre empresa y trabajador habrá de especificarse:  Localización geográfica.  Domicilio social de la Empresa.  Grupo profesional y la descripción del mismo en que es integrado el trabajador.  Retribución total inicialmente pactada.  Horario diario.  Jornada anual y  Convenio colectivo aplicable.

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Samples: Convenio Colectivo De Ámbito Estatal Para Las Industrias Extractivas

Forma del contrato. El contrato de trabajo se podrá celebrar por escrito o de palabra. Se presumirá existente entre todo el que presta un servicio por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otro y el que lo recibe a cambio de una retribución a aquel. Deberán constar por escrito los contratos de trabajo cuando así lo exija una disposición legal y, en todo caso, los de prácticas y para la formación y el aprendizaje, los contratos a tiempo parcial, fijo-discontinuo y de relevo, los contratos de trabajo a distancia, los contratos para la realización de una obra o servicio determinadodetermi- nado, así como los de los trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero. Igualmente constarán por escrito los contratos por tiempo determinado cuya duración sea superior a cuatro semanas. De no observarse tal exigencia, el contrato se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal o el carácter a tiempo parcial de los servicios. Se formalizará el contrato de trabajo antes del comienzo de la prestación de servicios, cuando la Ley exija la fórmula escrita y también cuando lo exija una de las partes. Se formalizará el contrato de trabajo antes del comienzo de la prestación de servicios, cuando la Ley exija la fórmula escrita y también cuando lo exija una de las partes. Las diversas modalidades de contratación deberán corresponderse, de manera efectiva, con la finalidad legal establecida. En el contrato escrito hecho entre empresa y trabajador habrá de especificarse: Localización geográfica. Domicilio social de la Empresa. Grupo profesional y la descripción del mismo en que es integrado el trabajador. Retribución total inicialmente pactada. Horario diario. Jornada anual y Convenio colectivo aplicable.. VOLVER AL INDICE

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Samples: industria.ccoo.es

Forma del contrato. El contrato de trabajo se podrá celebrar por escrito o de palabra. Se presumirá pre- sumirá existente entre todo el que presta un servicio por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otro y el que lo recibe a cambio de una retribución a aquel. Deberán constar por escrito los contratos de trabajo cuando así lo exija una disposición legal y, en todo caso, los de prácticas y para la formación y el aprendizaje, los contratos a tiempo parcial, fijo-discontinuo y de relevo, los contratos de trabajo a distancia, los contratos para la realización de una obra o servicio determinado, así como los de los trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero. Igualmente constarán por escrito los contratos por tiempo determinado de- terminado cuya duración sea superior a cuatro semanas. De no observarse tal exigencia, el contrato se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal tem- poral o el carácter a tiempo parcial de los servicios. Se formalizará el contrato de trabajo antes del comienzo de la prestación de servicios, cuando la Ley exija la fórmula escrita y también cuando lo exija una de las partes. Se formalizará el contrato de trabajo antes del comienzo de la prestación de servicios, cuando la Ley exija la fórmula escrita y también cuando lo exija una de las partes. Las diversas modalidades de contratación deberán corresponderse, de manera ma- nera efectiva, con la finalidad legal establecida. En el contrato escrito hecho entre empresa y trabajador habrá de especificarse:  Localización geográfica.  Domicilio social de la Empresa.  Grupo profesional y la descripción del mismo en que es integrado el trabajador.  Retribución total inicialmente pactada.  Horario diario.  Jornada anual y  Convenio colectivo aplicable.especifi- carse:

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Samples: www.ugt-fica.org