Common use of Fuente de Pago de la Garantía Clause in Contracts

Fuente de Pago de la Garantía. Como fuente primaria de pago para cumplir con las obligaciones que el Estado contrae en virtud de la suscripción del presente Contrato, afectará irrevocablemente al patrimonio del Fideicomiso el Porcentaje de Participaciones, para que sirva como fuente de pago del Crédito Garantizado, de la Garantía y, en su caso, del Instrumento de Intercambio de Tasas que celebre el Estado asociado al Crédito Garantizado, con la prelación prevista en el Fideicomiso. El Contrato de Garantía deberá inscribirse en el Registro Estatal y en el Registro Público Único, en términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables. La fuente de pago señalada cubrirá durante el Periodo de Disposición de la Garantía, de manera primaria al Crédito Garantizado y, en su caso, el Instrumento de Intercambio de Tasas y de manera subordinada la Garantía; y durante el Periodo de Amortización de la Garantía la fuente de pago señalada cubrirá a la Garantía y, en su caso, el Crédito Garantizado en el mismo paso y medida, sin subordinación alguna. Exclusivamente en el Periodo de Amortización de la Garantía, en el supuesto que, por cualquier situación, el importe mensual que derive del Porcentaje de Participaciones llegare a ser insuficiente para cumplir con las obligaciones que el Estado contrae en este Contrato, o se lo dejaren de proveer, o por cualquier causa no se tuviera acceso a las Participaciones, el Estado responderá del cumplimiento de las obligaciones que contrae con la celebración del presente Contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 2964 del Código Civil Federal. El pago de las obligaciones contraídas por el Estado con el Garante mediante la suscripción del presente Contrato y que deban ser pagadas a través del Fideicomiso, se efectuarán de conformidad con el procedimiento de pago que se establece en el mismo. El Estado acepta que los flujos de recursos que procedan del Porcentaje de Participaciones será una, pero no la única fuente de pago de las cantidades que adeude al Garante con motivo de la contratación de la Garantía, en consecuencia, el Estado responderá del cumplimiento de las obligaciones a su cargo con todos los bienes y derechos que conforman su hacienda pública, en términos de lo dispuesto en la legislación aplicable, sin detrimento de la obligación a cargo del Estado de prever anualmente en su presupuesto de egresos la o las partidas presupuestales que resulten necesarias para cumplir con las obligaciones de pago a su cargo que deriven del Contrato.

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Samples: Modelo De Contrato De Garantía, Contrato De Garantía Parcial, Contrato De Garantía Parcial

Fuente de Pago de la Garantía. Como fuente primaria de pago para cumplir con las obligaciones que el Estado contrae en virtud de la suscripción del presente Contrato, afectará irrevocablemente al patrimonio del Fideicomiso el Porcentaje de Participaciones, para que sirva como fuente de pago del Crédito Garantizado, de la Garantía y, en su caso, del Instrumento de Intercambio de Tasas y/o del Instrumento de Cobertura de la Tasa de Referencia que celebre el Estado asociado al Crédito Garantizado, con la prelación prevista en el Fideicomiso. El Contrato de Garantía deberá inscribirse en el Registro Estatal y en el Registro Público Único, en términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables. La fuente de pago señalada cubrirá durante el Periodo de Disposición de la Garantía, de manera primaria al Crédito Garantizado y, en su caso, el Instrumento de Intercambio de Tasas y/o y del Instrumento de Cobertura de la Tasa de Referencia, y de manera subordinada la Garantía; y durante el Periodo de Amortización de la Garantía la fuente de pago señalada cubrirá a la Garantía y, en su caso, el Crédito Garantizado en el mismo paso y medida, sin subordinación alguna. Exclusivamente en el Periodo de Amortización de la Garantía, en el supuesto que, por cualquier situación, el importe mensual que derive del Porcentaje de Participaciones llegare a ser insuficiente para cumplir con las obligaciones que el Estado contrae en este Contrato, o se lo dejaren de proveer, o por cualquier causa no se tuviera acceso a las Participaciones, el Estado responderá del cumplimiento de las obligaciones que contrae con la celebración del presente Contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 2964 del Código Civil Federal. El pago de las obligaciones contraídas por el Estado con el Garante mediante la suscripción del presente Contrato y que deban ser pagadas a través del Fideicomiso, se efectuarán de conformidad con el procedimiento de pago que se establece en el mismo. El Estado acepta que los flujos de recursos que procedan del Porcentaje de Participaciones será una, pero no la única fuente de pago de las cantidades que adeude al Garante con motivo de la contratación de la Garantía, en consecuencia, el Estado responderá del cumplimiento de las obligaciones a su cargo con todos los bienes y derechos que conforman su hacienda pública, en términos de lo dispuesto en la legislación aplicable, sin detrimento de la obligación a cargo del Estado de prever anualmente en su presupuesto de egresos la o las partidas presupuestales que resulten necesarias para cumplir con las obligaciones de pago a su cargo que deriven del Contrato.

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Samples: Contrato De Garantía Parcial De Pago Oportuno, Contrato De Garantía Parcial De Pago Oportuno

Fuente de Pago de la Garantía. Como fuente primaria de pago para cumplir con las obligaciones que el Estado contrae en virtud de la suscripción del presente Contrato, afectará irrevocablemente al patrimonio del Fideicomiso el Porcentaje de Participaciones, para que sirva como fuente de pago del Crédito Garantizado, de la Garantía y, en su caso, del Instrumento de Intercambio de Tasas que celebre el Estado asociado al Crédito Garantizado, con la prelación prevista en el Fideicomiso. El Contrato de Garantía deberá inscribirse en el Registro Estatal y en el Registro Público Único, en términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables. La fuente de pago señalada cubrirá durante el Periodo de Disposición de la Garantía, de manera primaria al Crédito Garantizado y, en su caso, el Instrumento de Intercambio de Tasas y de manera subordinada la Garantía; y durante el Periodo de Amortización de la Garantía la fuente de pago señalada cubrirá a la Garantía al Crédito Garantizado y, en su caso, el Crédito Garantizado a los diferenciales del Instrumento de Intercambio de Tasas, en el mismo paso y medida, sin subordinación alguna. Exclusivamente en el Periodo de Amortización de la Garantía, en el supuesto que, por cualquier situación, el importe mensual que derive del Porcentaje de Participaciones llegare a ser insuficiente para cumplir con las obligaciones que el Estado contrae en este Contrato, o se lo dejaren de proveer, o por cualquier causa no se tuviera acceso a las Participaciones, el Estado Estado, con base en la prelación prevista en el Fideicomiso, responderá del cumplimiento de las obligaciones que contrae con la celebración del presente Contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 2964 del Código Civil Federal. El pago de las obligaciones contraídas por el Estado con el Garante mediante la suscripción del presente Contrato y que deban ser pagadas a través del Fideicomiso, se efectuarán de conformidad con el procedimiento de pago que se establece en el mismo. El Estado acepta que los flujos de recursos que procedan del Porcentaje de Participaciones será una, pero no la única fuente de pago de las cantidades que adeude al Garante con motivo de la contratación de la Garantía, en consecuencia, el Estado responderá del cumplimiento de las obligaciones a su cargo con todos los bienes y derechos que conforman su hacienda pública, en términos de lo dispuesto en la legislación aplicable, sin detrimento de la obligación a cargo del Estado de prever anualmente en su presupuesto de egresos la o las partidas presupuestales que resulten necesarias para cumplir con las obligaciones de pago a su cargo que deriven del Contrato.

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Samples: Modelo De Contrato De Garantía

Fuente de Pago de la Garantía. Como fuente primaria de pago para cumplir con las obligaciones que el Estado contrae en virtud de la suscripción del presente Contrato, afectará irrevocablemente al patrimonio del Fideicomiso el Porcentaje de Participaciones, para que sirva como fuente de pago del Crédito Garantizado, de la Garantía y, en su caso, del Instrumento de Intercambio de Tasas que celebre el Estado asociado al Crédito Garantizado, con la prelación prevista en el Fideicomiso. El Contrato de Garantía deberá inscribirse en el Registro Estatal y en el Registro Público Único, en términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables. La fuente de pago señalada cubrirá durante el Periodo de Disposición de la Garantía, de manera primaria al Crédito Garantizado y, en su caso, el Instrumento de Intercambio de Tasas y de manera subordinada la Garantía; y durante el Periodo de Amortización de la Garantía la fuente de pago señalada cubrirá a la Garantía y, en su caso, el Crédito Garantizado en el mismo paso y medida, sin subordinación alguna. Exclusivamente en el Periodo de Amortización de la Garantía, en el supuesto que, por cualquier situación, el importe mensual que derive del Porcentaje de Participaciones llegare a ser insuficiente para cumplir con las obligaciones que el Estado contrae en este Contrato, o se lo dejaren de proveer, o por cualquier causa no se tuviera acceso a las Participaciones, el Estado Estado, con base en la prelación prevista en el Fideicomiso, responderá del cumplimiento de las obligaciones que contrae con la celebración del presente Contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 2964 del Código Civil Federal. El pago de las obligaciones contraídas por el Estado con el Garante mediante la suscripción del presente Contrato y que deban ser pagadas a través del Fideicomiso, se efectuarán de conformidad con el procedimiento de pago que se establece en el mismo. El Estado acepta que los flujos de recursos que procedan del Porcentaje de Participaciones será una, pero no la única fuente de pago de las cantidades que adeude al Garante con motivo de la contratación de la Garantía, en consecuencia, el Estado responderá del cumplimiento de las obligaciones a su cargo con todos los bienes y derechos que conforman su hacienda pública, en términos de lo dispuesto en la legislación aplicable, sin detrimento de la obligación a cargo del Estado de prever anualmente en su presupuesto de egresos la o las partidas presupuestales que resulten necesarias para cumplir con las obligaciones de pago a su cargo que deriven del Contrato.

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Samples: Modelo De Contrato De Garantía