GASTOS Y COSTAS. En el caso de condenas en los juicios respectivos, el pago de gastos y costas, serán con cargo a los Gastos de Mantenimiento en los términos señalados en el presente Contrato. Esta disposición se transcribirá en los poderes que al efecto se otorguen, sin responsabilidad para el Fiduciario si el Patrimonio del Fideicomiso no alcanza para cubrir dichos gastos y costas.
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