Common use of Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN Clause in Contracts

Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes. - El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. - Las regulaciones necesarias. - El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. - La vigilancia general de las instalaciones. - Las rondas e inspecciones corrientes. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca de común acuerdo entre las partes, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutos (más o menos). En el plazo de dos semanas desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Ayuntamiento xx Xxxx del Real. Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. La ESE realizará a su coste la variación del horario de encendido o apagado de los cuadros de mando que se indiquen por parte del Ayuntamiento xx Xxxx del Real. El horario propuesto por el Ayuntamiento de Soto del Real podrá ser revisado por la ESE con el objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello, y como parte de las obras de mejora, podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades de luz del público, presente una mayor eficiencia energética. Este horario será aprobado por el Ayuntamiento de Soto del Real antes de su puesta en funcionamiento. Para los sistemas de regulación de flujo, los horarios de entrada de funcionamiento de estos sistemas serán los siguientes: ✓ Invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado. ✓ Verano: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado. Los sábados y las vísperas de festivos el horario de regulación de flujo será modificado a los siguientes valores: ✓ Invierno: entrarán en funcionamiento a las 01:00 h hasta la hora de apagado. ✓ Verano: entrarán en funcionamiento a las 02:00 h hasta la hora de apagado. Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de tráfico de personas o vehículos justifique su modificación.

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Samples: Contrato De Colaboración Entre El Sector Público Y El Sector Privado Para La Prestación De Servicios Energéticos en Las Instalaciones De Alumbrado Exterior

Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes. - El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. - Las regulaciones necesarias. - El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. - La vigilancia general de las instalaciones. - Las rondas e inspecciones corrientes. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca de común acuerdo entre las partes, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutos (más o menos). En el plazo de dos semanas desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Ayuntamiento xx Xxxx de Soto del Real. Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. La ESE realizará a su coste la variación del horario de encendido o apagado de los cuadros de mando que se indiquen por parte del Ayuntamiento xx Xxxx de Soto del Real. El horario propuesto por el Ayuntamiento de Soto xx Xxxx del Real podrá ser revisado por la ESE con el objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello, y como parte de las obras de mejora, podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades de luz del público, presente una mayor eficiencia energética. Este horario será aprobado por el Ayuntamiento de Soto xx Xxxx del Real antes de su puesta en funcionamiento. Para los sistemas de regulación de flujo, los horarios de entrada de funcionamiento de estos sistemas serán los siguientes: Invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado. Verano: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado. Los sábados y las vísperas de festivos el horario de regulación de flujo será modificado a los siguientes valores: Invierno: entrarán en funcionamiento a las 01:00 h hasta la hora de apagado. Verano: entrarán en funcionamiento a las 02:00 h hasta la hora de apagado. Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de tráfico de personas o vehículos justifique su modificación.

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Samples: Contrato De Colaboración Entre El Sector Público Y El Sector Privado Para La Prestación De Servicios Energéticos en Las Instalaciones De Alumbrado Exterior

Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes. - El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. - Las regulaciones necesarias. - El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. - La vigilancia general de las instalaciones. - Las rondas e inspecciones corrientes. Los encendidos y apagados de las instalaciones de alumbrado exterior, se realizarán conforme a los horarios indicados en el Anexo 3 del presente PCT. La reducción en el flujo lumínico al 50% se realizará sobre la totalidad de los puntos de alumbrado público, con una duración de 6 horas cada noche, y con los horarios establecidos en el Anexo 3 del presente PCT. Los horarios de encendido y apagado al igual que el ajuste en la reducción de potencia, podrán variarse por los siguientes motivos:  Propuesta del adjudicatario (ESE) para una optimización energética.  Por solicitud del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. El Ayuntamiento podrá solicitar a la ESE nuevos ajustes en los horarios de encendido apagado (desfases respecto a Orto y Ocaso) que se realizarán actuando sobre los cuadros de mando y protección (relojes astronómicos), en la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. El Ayuntamiento podrá solicitar al Adjudicatario el cambio de los ajustes en la reducción de potencia, tanto en el porcentaje de reducción como en el horario de aplicación. Esta operación se realizará de forma individual sobre cada uno de los puntos de luz, pudiendo realizarse sobre la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. Dicha actuación por su envergadura requerirá de acuerdo económico entre Adjudicatario y Ayuntamiento. En caso de realizarse variaciones en los horarios de encendido apagado o en los ajustes de la reducción, esto implicará la correspondiente revisión en el pago de la prestación P1, debido a la variación del consumo energético respecto al propuesto en el presente PCT. El cálculo de horas equivalentes de funcionamiento de la instalación se realizará conforme a la siguiente fórmula: H  Pnomi  Hplenoi  Pnomi  %redi  Hredi   Pnomi o H = Horas equivalentes de funcionamiento de la instalación (horas). o Pnomi = Potencia nominal del punto de luz i (w). o Hplenoi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia nominal (horas). o %redi = Porcentaje de reducción en la potencia eléctrica respecto a la nominal, de funcionamiento del punto de luz i. o Hredi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia reducida (horas). Si se programase más escalones de funcionamiento, la formula se modificaría en consecuencia, considerando todos los escalones de funcionamiento del punto de luz. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca de común acuerdo entre las partessegún lo especificado anteriormente, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutos (más o menos)minutos. En el plazo de dos semanas un mes desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento xx de San Xxxx del Realde Aznalfarache. Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. La ESE realizará a su coste la variación del horario Los horarios de encendido o y apagado así como la propuesta de los cuadros de mando que se indiquen regulación serán aprobados por parte el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento xx de San Xxxx del Real. El horario propuesto por el Ayuntamiento de Soto del Real podrá ser revisado por la ESE con el objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello, y como parte de las obras de mejora, podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades de luz del público, presente una mayor eficiencia energética. Este horario será aprobado por el Ayuntamiento de Soto del Real Aznalfarache antes de su puesta en funcionamiento. Para los Si durante la prestación de servicios del Contrato, se propone un perfil de apagado/encendido y de regulaciones horarias de flujo distinto al establecido anteriormente, deberá contar siempre con la aprobación del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. Cualquier cambio en este sentido deberá ser aprobado por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache antes de su puesta en funcionamiento. En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán ser propuestos por el licitador en su oferta, sistemas de regulación independientes y autónomos, basados en la utilización de flujosensores (detectores de presencia, los horarios de entrada de movimiento, velocidad…etc). En todos estos casos, el funcionamiento de estos sistemas serán los siguientes: ✓ Invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado. ✓ Verano: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado. Los sábados y las vísperas de festivos el horario de regulación su emisión selectiva de flujo será modificado a los siguientes valores: ✓ Invierno: entrarán luminoso, dependiente del sensor en funcionamiento a las 01:00 h hasta la hora cuestión, deberá ser aprobada por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de apagado. ✓ Verano: entrarán en funcionamiento a las 02:00 h hasta la hora San Xxxx de apagado. Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de tráfico de personas o vehículos justifique su modificaciónAznalfarache.

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Samples: Contrato Mixto De Servicio Integral Con Garantía Total De Las Instalaciones De Alumbrado Público Del Término Municipal De San Juan De Aznalfarache

Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes. - El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. - Las regulaciones necesarias. - El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. - La vigilancia general de las instalaciones. - Las rondas e inspecciones corrientes. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca de común acuerdo entre las partes, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutos (más o menos). En el plazo de dos semanas desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Ayuntamiento xx Xxxx del RealAyuntamiento. Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. La ESE realizará a su coste la variación del horario de encendido o apagado de los cuadros de mando que se indiquen por parte del Ayuntamiento xx Xxxx del RealAyuntamiento. El horario propuesto por el Ayuntamiento de Soto del Real podrá ser revisado por la ESE con el objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello, y como parte de las obras de mejora, podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades de luz del público, presente una mayor eficiencia energética. Este horario será aprobado por el Ayuntamiento de Soto del Real antes de su puesta en funcionamiento. Para los sistemas de regulación de flujo, los horarios de entrada de funcionamiento de estos sistemas serán los siguientes: - Invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado. - Verano: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado. Los sábados y las vísperas de festivos el horario de regulación de flujo será modificado a los siguientes valores: - Invierno: entrarán en funcionamiento a las 01:00 h hasta la hora de apagado. - Verano: entrarán en funcionamiento a las 02:00 h hasta la hora de apagado. Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de tráfico de personas o vehículos justifique su modificación. La ESE llevará un registro mensual de los consumos de cada cuadro de mando, desglosando las potencias activa y reactiva y el factor de potencia. Este registro se mantendrá durante el tiempo de duración del contrato y se entregará al Ayuntamiento a la conclusión de dicho contrato. Así mismo, la ESE llevará un registro anual de los niveles de iluminación, de la eficiencia energética y del resplandor luminoso de la INSTALACIÓN, clasificando los niveles de cada zona de acuerdo al Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior. La ESE mantendrá el factor de potencia de las instalaciones de alumbrado público exterior, sin variar las características de las mismas, en el valor de 0,9, como mínimo. Anualmente la ESE elaborará un informe de gestión del suministro y de los niveles de iluminación, eficiencia energética y resplandor, con las conclusiones más significativas. Este informe será entregado al Ayuntamiento. Durante los seis primeros meses de contrato, la ESE levantará planos de todas las instalaciones de alumbrado público y elaborará un inventario de todos los elementos y equipos: - Numeración y codificación de todos los puntos de luz. - Datos de los distintos puntos de luz: numeración, emplazamiento, características y marca de las luminarias, características y marca de los soportes, características y marca de las lámparas, relación cuantitativa y cualitativa de los distintos tipos de conductores instalados y ubicación del centro de mando desde donde se alimenta. - Inventario y esquemas de los cuadros de mando, relación de elementos de protección y maniobra instalados con tipos y marcas, número de líneas y circuitos. - Inventario por calle, sector y total de todos los puntos de luz instalados, potencia instalada, luminarias de cada tipo, soportes de cada tipo y otros datos significativos. Los planos y el inventario se entregarán al Ayuntamiento, en formato electrónico y en formato papel, al finalizar los seis primeros meses de contrato. Durante la vigencia del contrato, cada vez que se produzcan modificaciones que alteren o varíen los datos anteriores, la ESE actualizará los planos, datos, esquemas e inventario, poniéndolos a disposición del Ayuntamiento.

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Samples: Contrato Mixto De Suministro Y Servicios Para La

Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes. - El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. - Las regulaciones necesarias. - El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. - La vigilancia general de las instalaciones. - Las rondas e inspecciones corrientes. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca de común acuerdo entre las partes, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutos (en más o en menos). En el plazo de dos semanas desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento xx Xxxx del Realde (ayto). Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. La ESE realizará a su coste la variación del horario de encendido o apagado de los cuadros de mando que se indiquen por parte del Ayuntamiento xx Xxxx del Realde (ayto). El horario propuesto por el Ayuntamiento de Soto del Real (ayto) podrá ser revisado por la ESE con el objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello, y como parte de las obras de mejora, podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades de luz del públicoservicio, presente una mayor eficiencia energética. Este horario será aprobado por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de Soto del Real antes de su puesta en funcionamiento(ayto). Para los sistemas de regulación de flujo, los horarios de entrada de funcionamiento de estos sistemas serán los siguientes: ✓ InviernoHorario de invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado. ✓ VeranoHorario xx xxxxxx: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado. Los sábados y las vísperas de festivos el horario de regulación de flujo será modificado a los siguientes valores: ✓ Invierno: entrarán en funcionamiento a las 01:00 h hasta la hora de apagado. ✓ Verano: entrarán en funcionamiento a las 02:00 h hasta la hora de apagado. Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de tráfico de personas o vehículos justifique su modificación. Las reducciones de flujo de luz por debajo de esta cifra del 50% podrán ser establecidas y negociadas por las partes, en función de las distintas tipologías de las vías, su densidad ocupacional y funcional u otros parámetros que justificaran esas reducciones. La utilización de sistemas de Telegestión dedicados al alumbrado, ya sean por cuadro de mando o punto a punto, contarán siempre con la aprobación del Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de (ayto). Dichos sistemas de Telegestión, podrán utilizarse para realizar los apagados y encendidos, y/o las regulaciones horarias de flujo siempre que lo permitan. Si en algún caso, y con la ayuda de los sistemas de Telegestión, se propone un perfil de apagado/encendido y de regulaciones horarias de flujo distinto al establecido anteriormente, deberá contar siempre con la aprobación del Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de (ayto). En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán también ser propuestos por la ESE, sistemas de regulación independientes y autónomos, basados en la utilización de sensores (detectores de presencia, movimiento, velocidad…etc). Dichos puntos de luz nunca podrán ser apagados en ningún caso, según lo establecido en el REEIAE, mantendrán un mínimo de iluminación determinado por el Ayuntamiento de (ayto). En todos estos casos, el funcionamiento de su emisión selectiva de flujo luminoso, dependiente del sensor en cuestión, será propuesta por la ESE, y será aprobada por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de (ayto).

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Samples: Contrato De Colaboración Entre El Sector Público Y El Sector Privado Para La Prestación De Servicios Energéticos en Las Instalaciones De Alumbrado Exterior Del Municipio De (Ayto)

Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones actuaciones siguientes. - : – El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. - Las regulaciones necesarias. - El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. - La vigilancia general de las instalaciones. - Las rondas e inspecciones corrientes. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca de común acuerdo entre las partes, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutos (en más o en menos). Para ello, la ESE realizará una propuesta justificada de horario de encendido y apagado de la instalación de alumbrado pública. En el plazo de dos semanas desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Ayuntamiento xx Xxxx Responsable Municipal del RealContrato del Ayuntamiento. Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. La ESE realizará a su coste xxxxx la variación del horario de encendido o apagado de los cuadros de mando que se indiquen por parte del Ayuntamiento xx Xxxx del Realacuerde con el Ayuntamiento. El horario propuesto por el Ayuntamiento de Soto del Real podrá ser revisado por la ESE con el objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello, y como parte de las obras de mejora, la ESE podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades de luz del públicoservicio, presente una mayor eficiencia energética. Este horario será aprobado por el Ayuntamiento de Soto Responsable Municipal del Real antes de su puesta en funcionamientoContrato. Para los sistemas de regulación de flujo, los horarios de entrada de funcionamiento de estos sistemas serán los siguientes: ✓ Invierno− Horario de invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado. ✓ Verano− Horario xx xxxxxx: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado. Los sábados y las vísperas de festivos el horario de regulación de flujo será modificado a los siguientes valores: ✓ Invierno: entrarán en funcionamiento a las 01:00 h hasta la hora de apagado. ✓ Verano: entrarán en funcionamiento a las 02:00 h hasta la hora de apagado. Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de tráfico de personas o vehículos justifique su modificación. Las reducciones de flujo de luz por debajo de esta cifra del 50% podrán ser establecidas y negociadas por las partes, en función de las distintas tipologías de las vías, su densidad ocupacional y funcional u otros parámetros que justificaran esas reducciones. La utilización de sistemas de telegestión dedicados al alumbrado, ya sean por cuadro de mando o punto a punto, contarán siempre con la aprobación del Responsable Municipal del Contrato. Dichos sistemas de telegestión, podrán utilizarse para realizar los apagados y encendidos, y/o las regulaciones horarias de flujo siempre que lo permitan. Si en algún caso, y con la ayuda de los sistemas de telegestión, se propone un perfil de apagado/encendido y de regulaciones horarias de flujo distinto al establecido anteriormente, deberá contar siempre con la aprobación del Ayuntamiento. En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán también ser propuestos por la ESE, sistemas de regulación independientes y autónomos, basados en la utilización de sensores (detectores de presencia, movimiento, velocidad, etc.). Dichos puntos de luz nunca podrán ser apagados en ningún caso, según lo establecido en el REEIAE, mantendrán un mínimo de iluminación determinado por el Ayuntamiento. En todos estos casos, el funcionamiento de su emisión selectiva de flujo luminoso, dependiente del sensor en cuestión, será propuesta por la ESE, y será aprobada por el Responsable Municipal del Contrato.

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Samples: Modelo De Pliego De Prescripciones Técnicas

Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes. - El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. - Las regulaciones necesarias. - El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. - La vigilancia general de las instalaciones. - Las rondas e inspecciones corrientes. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca de común acuerdo entre las partes, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutos (en más o en menos). En el plazo de dos semanas desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento xx Xxxx del Realde (ayto). Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. La ESE realizará a su coste la variación del horario de encendido o apagado de los cuadros de mando que se indiquen por parte del Ayuntamiento xx Xxxx del Realde (ayto). El horario propuesto por el Ayuntamiento de Soto del Real (ayto) podrá ser revisado por la ESE con el objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello, y como parte de las obras de mejora, podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades de luz del públicoservicio, presente una mayor eficiencia energética. Este horario será aprobado por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de Soto del Real antes de su puesta en funcionamiento(ayto). Para los sistemas de regulación de flujo, los horarios de entrada de funcionamiento de estos sistemas serán los siguientes: ✓ InviernoHorario de invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado. ✓ VeranoHorario xx xxxxxx: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado. Los sábados y las vísperas de festivos el horario de regulación de flujo será modificado a los siguientes valores: ✓ Invierno: entrarán en funcionamiento a las 01:00 h hasta la hora de apagado. ✓ Verano: entrarán en funcionamiento a las 02:00 h hasta la hora de apagado. Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de tráfico de personas o vehículos justifique su modificación. Las reducciones de flujo de luz por debajo de esta cifra del 50% podrán ser establecidas y negociadas por las partes, en función de las distintas tipologías de las vías, su densidad ocupacional y funcional u otros parámetros que justificaran esas reducciones. La utilización de sistemas de Telegestión dedicados al alumbrado, ya sean por cuadro de mando o punto a punto, contarán siempre con la aprobación del Responsable Municipal del Contrato Ayuntamiento de (ayto). Dichos sistemas de Telegestión, podrán utilizarse para realizar los apagados y encendidos, y/o las regulaciones horarias de flujo siempre que lo permitan. Si en algún caso, y con la ayuda de los sistemas de Telegestión, se propone un perfil de apagado/encendido y de regulaciones horarias de flujo distinto al establecido anteriormente, deberá contar siempre con la aprobación del Ayuntamiento de (ayto). En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán también ser propuestos por la ESE, sistemas de regulación independientes y autónomos, basados en la utilización de sensores (detectores de presencia, movimiento, velocidad…etc). Dichos puntos de luz nunca podrán ser apagados en ningún caso, según lo establecido en el REEIAE, mantendrán un mínimo de iluminación determinado por el Ayuntamiento de (ayto). En todos estos casos, el funcionamiento de su emisión selectiva de flujo luminoso, dependiente del sensor en cuestión, será propuesta por la ESE, y será aprobada por el Responsable Municipal del Contrato Ayuntamiento de (ayto).

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Samples: Contrato Mixto De Suministro Y Servicios Para La Prestación Del Servicio Integral De Iluminación Exterior Del Municipio De (Ayto

Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes. - :  El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. - Las regulaciones necesarias. - El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. - La vigilancia general de las instalaciones. - Las rondas e inspecciones corrientes. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca de común acuerdo entre las partes, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutos DIEZ (más o menos)10) minutos. A tal efecto, se renovarán todos los relojes astronómicos. En el plazo de dos semanas un MES desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección verificación que se entregará al Ayuntamiento xx Xxxx del Realde ALCANTARILLA. Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. , Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. La ESE realizará a su coste la variación del horario de encendido o apagado de los cuadros de mando que se indiquen por parte del Ayuntamiento xx Xxxx del RealAYUNTAMIENTO. El horario propuesto mínimo exigido por el Ayuntamiento AYUNTAMIENTO es de Soto del Real podrá ser revisado por la ESE con el objetivo 4.100 horas de conseguir una optimización energéticafuncionamiento anuales. Para ello, y como parte de las obras de mejora, se deberá presentar un horario diario, indicando las horas de encendido y apagado. La ESE podrá presentar un nuevo horario quealternativo con el objeto de conseguir una mayor eficiencia energética, sin desatender las necesidades de luz del público, presente una mayor eficiencia energéticaservicio. Este El horario será finalmente adoptado deberá ser aprobado por el Ayuntamiento de Soto del Real AYUNTAMIENTO antes de su puesta en funcionamiento. Para los sistemas de regulación de flujo, los horarios de entrada de funcionamiento de estos sistemas serán los siguientes: ✓ Invierno Horario de invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado. ✓ Verano Horario xx xxxxxx: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado. Los sábados y las vísperas de festivos el horario de regulación de flujo será modificado a los siguientes valores: ✓ Invierno: entrarán en funcionamiento a las 01:00 h hasta la hora de apagado. ✓ Verano: entrarán en funcionamiento a las 02:00 h hasta la hora de apagado. Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de tráfico de personas o vehículos justifique su modificación.. El Ayuntamiento podrá establecer reducciones de flujo de luz por encima del 50%, en función de las distintas tipologías de las vías, su densidad ocupacional y funcional u otros parámetros que justificaran esas reducciones. La ESE podrá proponer reducciones de flujo por encima del 50%, siendo necesaria su aprobación por el AYUNTAMIENTO. Se establece como requisito imprescindible la utilización de un sistema de Telegestión por cuadro de mando del alumbrado público. Dicho sistema de Telegestión se podrá utilizar para realizar los apagados y encendidos de manera independiente a las acciones marcadas por el reloj astronómico, y/o las regulaciones horarias de flujo. Si en algún caso, se propone uno o varios perfiles de apagado/encendido y de regulaciones horarias de flujo distinto al establecido anteriormente, deberán contar siempre con la aprobación del AYUNTAMIENTO. En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán también ser propuestos por la ESE, sistemas de regulación basados en la utilización de sensores (detectores de presencia, movimiento, velocidad…etc). Dichos puntos de luz nunca podrán ser apagados en ningún caso, según lo establecido en el REEIAE, mantendrán un mínimo de iluminación determinado por el Ayuntamiento; además, serán controlables mediante Telegestión. En todos estos casos, el funcionamiento de su emisión selectiva de flujo luminoso, dependiente del sensor en cuestión, será propuesta por la ESE, y será aprobada por el AYUNTAMIENTO

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Samples: Pliego De Prescripciones Tecnicas Para La Licitación Del Contrato Mixto De Suministro Y Servicios

Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones actuaciones siguientes. - : El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. - Las regulaciones necesarias. - El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. - La vigilancia general de las instalaciones. - Las rondas e inspecciones corrientes. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca de común acuerdo entre las partesel Ayuntamiento, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutos (en más o en menos). Para ello, la ESE podrá realizar una propuesta justificada de horario de encendido y apagado de la instalación de alumbrado pública para que sea aprobada, en su caso, por el Ayuntamiento. En el plazo de dos semanas desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Ayuntamiento xx Xxxx Responsable Municipal del RealContrato del Ayuntamiento. Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. La ESE realizará a su coste xxxxx la variación del horario de encendido o apagado de los cuadros de mando que se indiquen por parte acuerde con el Ayuntamiento cuantas veces fuera necesario hasta dejar una programación acorde con las necesidades del Ayuntamiento xx Xxxx del Realmunicipio. El horario propuesto por el Ayuntamiento de Soto del Real podrá ser revisado por la ESE con el objetivo de conseguir una optimización energéticaenergética y/o reducción de la contaminación lumínica. Para ello, y como parte de las obras de mejora, la ESE podrá presentar un nuevo horario una nueva propuesta de xxxxxxx que, sin desatender las necesidades de luz del públicoservicio, presente una un mayor eficiencia energéticaahorro energético. Este horario será aprobado aprobado, si procede, por el Ayuntamiento de Soto Responsable Municipal del Real antes de su puesta en funcionamientoContrato. Para los sistemas de regulación de flujo, los horarios de entrada de funcionamiento de estos sistemas serán los siguientes: ✓ Inviernosiguientes (pudiendo actuar antes en polígonos industriales sin actividad nocturna): Horario de invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado. ✓ VeranoHorario xx xxxxxx: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado. Los sábados y las vísperas de festivos el horario de regulación de flujo será modificado a los siguientes valores: ✓ Invierno: entrarán en funcionamiento a las 01:00 h hasta la hora de apagado. ✓ Verano: entrarán en funcionamiento a las 02:00 h hasta la hora de apagado. Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del 50% del valor del servicio normalla máxima reducción compatible con la asignación dinámica de la vía fijada por el Ayuntamiento y en cada franja horaria. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de tráfico de personas o vehículos justifique su modificación. Las reducciones de flujo de luz serán establecidas por el Ayuntamiento en función de las distintas tipologías de las vías, su densidad ocupacional y funcional u otros parámetros que justificaran esas reducciones. La utilización de sistemas de telegestión dedicados al alumbrado, ya sean por cuadro de mando o punto a punto, contarán siempre con la aprobación del Responsable Municipal del Contrato. Dichos sistemas de telegestión, podrán utilizarse para realizar los apagados y encendidos, y/o las regulaciones horarias de flujo siempre que lo permitan. Si en algún caso, y con la ayuda de los sistemas de telegestión, se propone un perfil de apagado/encendido y de regulaciones horarias de flujo distinto al establecido anteriormente, deberá contar siempre con la aprobación del Ayuntamiento. En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán también ser propuestos por la ESE, sistemas de regulación independientes y autónomos, basados en la utilización de sensores (detectores de presencia, movimiento, velocidad, etc.). Dichos puntos de luz mantendrán un mínimo de iluminación determinado por el Ayuntamiento. En todos estos casos, el funcionamiento de su emisión selectiva de flujo luminoso, dependiente del sensor en cuestión, será propuesta por la ESE, y será aprobada por el Responsable Municipal del Contrato.

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Samples: Modelo De Pliego De Prescripciones Técnicas