Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes. El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. Las regulaciones necesarias. El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. La vigilancia general de las instalaciones. Las rondas e inspecciones corrientes. Los encendidos y apagados de las instalaciones de alumbrado exterior, se realizarán conforme a los horarios indicados en el Anexo 3 del presente PCT. La reducción en el flujo lumínico al 50% se realizará sobre la totalidad de los puntos de alumbrado público, con una duración de 6 horas cada noche, y con los horarios establecidos en el Anexo 3 del presente PCT. Los horarios de encendido y apagado al igual que el ajuste en la reducción de potencia, podrán variarse por los siguientes motivos: Propuesta del adjudicatario (ESE) para una optimización energética. Por solicitud del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. El Ayuntamiento podrá solicitar a la ESE nuevos ajustes en los horarios de encendido apagado (desfases respecto a Orto y Ocaso) que se realizarán actuando sobre los cuadros de mando y protección (relojes astronómicos), en la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. El Ayuntamiento podrá solicitar al Adjudicatario el cambio de los ajustes en la reducción de potencia, tanto en el porcentaje de reducción como en el horario de aplicación. Esta operación se realizará de forma individual sobre cada uno de los puntos de luz, pudiendo realizarse sobre la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. Dicha actuación por su envergadura requerirá de acuerdo económico entre Adjudicatario y Ayuntamiento. En caso de realizarse variaciones en los horarios de encendido apagado o en los ajustes de la reducción, esto implicará la correspondiente revisión en el pago de la prestación P1, debido a la variación del consumo energético respecto al propuesto en el presente PCT. El cálculo de horas equivalentes de funcionamiento de la instalación se realizará conforme a la siguiente fórmula: H Pnomi Hplenoi Pnomi %redi Hredi Pnomi o H = Horas equivalentes de funcionamiento de la instalación (horas). o Pnomi = Potencia nominal del punto de luz i (w). o Hplenoi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia nominal (horas). o %redi = Porcentaje de reducción en la potencia eléctrica respecto a la nominal, de funcionamiento del punto de luz i. o Hredi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia reducida (horas). Si se programase más escalones de funcionamiento, la formula se modificaría en consecuencia, considerando todos los escalones de funcionamiento del punto de luz. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca según lo especificado anteriormente, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutos. En el plazo de un mes desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. Los horarios de encendido y apagado así como la propuesta de regulación serán aprobados por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache antes de su puesta en funcionamiento. Si durante la prestación de servicios del Contrato, se propone un perfil de apagado/encendido y de regulaciones horarias de flujo distinto al establecido anteriormente, deberá contar siempre con la aprobación del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. Cualquier cambio en este sentido deberá ser aprobado por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache antes de su puesta en funcionamiento. En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán ser propuestos por el licitador en su oferta, sistemas de regulación independientes y autónomos, basados en la utilización de sensores (detectores de presencia, movimiento, velocidad…etc). En todos estos casos, el funcionamiento de su emisión selectiva de flujo luminoso, dependiente del sensor en cuestión, deberá ser aprobada por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache.
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Samples: Contrato Mixto De Servicio Integral
Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones actuaciones siguientes. : El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. Las regulaciones necesarias. El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. La vigilancia general de las instalaciones. Las rondas e inspecciones corrientes. Los encendidos y apagados de las instalaciones de alumbrado exterior, se realizarán conforme a los horarios indicados en el Anexo 3 del presente PCT. La reducción en el flujo lumínico al 50% se realizará sobre la totalidad de los puntos de alumbrado público, con una duración de 6 horas cada noche, y con los horarios establecidos en el Anexo 3 del presente PCT. Los horarios de encendido y apagado al igual que el ajuste en la reducción de potencia, podrán variarse por los siguientes motivos: Propuesta del adjudicatario (ESE) para una optimización energética. Por solicitud del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. El Ayuntamiento podrá solicitar a la ESE nuevos ajustes en los horarios de encendido apagado (desfases respecto a Orto y Ocaso) que se realizarán actuando sobre los cuadros de mando y protección (relojes astronómicos), en la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. El Ayuntamiento podrá solicitar al Adjudicatario el cambio de los ajustes en la reducción de potencia, tanto en el porcentaje de reducción como en el horario de aplicación. Esta operación se realizará de forma individual sobre cada uno de los puntos de luz, pudiendo realizarse sobre la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. Dicha actuación por su envergadura requerirá de acuerdo económico entre Adjudicatario y Ayuntamiento. En caso de realizarse variaciones en los horarios de encendido apagado o en los ajustes de la reducción, esto implicará la correspondiente revisión en el pago de la prestación P1, debido a la variación del consumo energético respecto al propuesto en el presente PCT. El cálculo de horas equivalentes de funcionamiento de la instalación se realizará conforme a la siguiente fórmula: H Pnomi Hplenoi Pnomi %redi Hredi Pnomi o H = Horas equivalentes de funcionamiento de la instalación (horas). o Pnomi = Potencia nominal del punto de luz i (w). o Hplenoi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia nominal (horas). o %redi = Porcentaje de reducción en la potencia eléctrica respecto a la nominal, de funcionamiento del punto de luz i. o Hredi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia reducida (horas). Si se programase más escalones de funcionamiento, la formula se modificaría en consecuencia, considerando todos los escalones de funcionamiento del punto de luz. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca según lo especificado anteriormenteel Ayuntamiento, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutosminutos (en más o en menos). Para ello, la ESE podrá realizar una propuesta justificada de horario de encendido y apagado de la instalación de alumbrado pública para que sea aprobada, en su caso, por el Ayuntamiento. En el plazo de un mes dos semanas desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de AznalfaracheAyuntamiento. Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. Los horarios La ESE realizará a su xxxxx la variación del horario de encendido o apagado de los cuadros de mando que se acuerde con el Ayuntamiento cuantas veces fuera necesario hasta dejar una programación acorde con las necesidades del municipio. El horario propuesto podrá ser revisado con el objetivo de conseguir una optimización energética y/o reducción de la contaminación lumínica. Para ello, y apagado así como parte de las obras de mejora, la ESE podrá presentar una nueva propuesta de regulación serán aprobados xxxxxxx que, sin desatender las necesidades del servicio, presente un mayor ahorro energético. Este horario será aprobado, si procede, por el Responsable Municipal del Contrato Contrato. Para los sistemas de regulación de flujo, los horarios de entrada de funcionamiento de estos sistemas serán los siguientes (pudiendo actuar antes en polígonos industriales sin actividad nocturna): Horario de invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado. Horario xx xxxxxx: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado. Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta la máxima reducción compatible con la asignación dinámica de la vía fijada por el Ayuntamiento y en cada franja horaria. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de tráfico de personas o vehículos justifique su modificación. Las reducciones de flujo de luz serán establecidas por el Ayuntamiento en función de las distintas tipologías de las vías, su densidad ocupacional y funcional u otros parámetros que justificaran esas reducciones. La utilización de sistemas de telegestión dedicados al alumbrado, ya sean por cuadro de mando o punto a punto, contarán siempre con la aprobación del Ayuntamiento Responsable Municipal del Contrato. Dichos sistemas de San Xxxx telegestión, podrán utilizarse para realizar los apagados y encendidos, y/o las regulaciones horarias de Aznalfarache antes de su puesta en funcionamientoflujo siempre que lo permitan. Si durante en algún caso, y con la prestación ayuda de servicios del Contratolos sistemas de telegestión, se propone un perfil de apagado/encendido y de regulaciones horarias de flujo distinto al establecido anteriormente, deberá contar siempre con la aprobación del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. Cualquier cambio en este sentido deberá ser aprobado por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache antes de su puesta en funcionamientoAyuntamiento. En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán también ser propuestos por el licitador en su ofertala ESE, sistemas de regulación independientes y autónomos, basados en la utilización de sensores (detectores de presencia, movimiento, velocidad…, etc.). Dichos puntos de luz mantendrán un mínimo de iluminación determinado por el Ayuntamiento. En todos estos casos, el funcionamiento de su emisión selectiva de flujo luminoso, dependiente del sensor en cuestión, deberá ser será propuesta por la ESE, y será aprobada por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de AznalfaracheContrato.
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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas
Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes. : ✓ El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. ✓ Las regulaciones necesarias. ✓ El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. ✓ La vigilancia general de las instalaciones. ✓ Las rondas e inspecciones corrientes. Los encendidos y apagados de las instalaciones de alumbrado exterior, se realizarán conforme a los horarios indicados en el Anexo 3 del presente PCT. La reducción en el flujo lumínico al 50% se realizará sobre la totalidad de los puntos de alumbrado público, con una duración de 6 horas cada noche, y con los horarios establecidos en el Anexo 3 del presente PCT. Los horarios de encendido y apagado al igual que el ajuste en la reducción de potencia, podrán variarse por los siguientes motivos: Propuesta del adjudicatario (ESE) para una optimización energética. Por solicitud del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. El Ayuntamiento podrá solicitar a la ESE nuevos ajustes en los horarios de encendido apagado (desfases respecto a Orto y Ocaso) que se realizarán actuando sobre los cuadros de mando y protección (relojes astronómicos), en la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. El Ayuntamiento podrá solicitar al Adjudicatario el cambio de los ajustes en la reducción de potencia, tanto en el porcentaje de reducción como en el horario de aplicación. Esta operación se realizará de forma individual sobre cada uno de los puntos de luz, pudiendo realizarse sobre la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. Dicha actuación por su envergadura requerirá de acuerdo económico entre Adjudicatario y Ayuntamiento. En caso de realizarse variaciones en los horarios de encendido apagado o en los ajustes de la reducción, esto implicará la correspondiente revisión en el pago de la prestación P1, debido a la variación del consumo energético respecto al propuesto en el presente PCT. El cálculo de horas equivalentes de funcionamiento de la instalación se realizará conforme a la siguiente fórmula: H Pnomi Hplenoi Pnomi %redi Hredi Pnomi o H = Horas equivalentes de funcionamiento de la instalación (horas). o Pnomi = Potencia nominal del punto de luz i (w). o Hplenoi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia nominal (horas). o %redi = Porcentaje de reducción en la potencia eléctrica respecto a la nominal, de funcionamiento del punto de luz i. o Hredi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia reducida (horas). Si se programase más escalones de funcionamiento, la formula se modificaría en consecuencia, considerando todos los escalones de funcionamiento del punto de luz. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca según lo especificado anteriormentede común acuerdo entre las partes, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutosminutos (de más o de menos). En el plazo de un mes dos semanas desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de AznalfaracheAYUNTAMIENTO. Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. Los horarios La ESE realizará a su coste la variación del horario de encendido y o apagado así como la propuesta de regulación serán aprobados los cuadros de mando que se indiquen por parte del AYUNTAMIENTO. El horario propuesto por el Responsable Municipal AYUNTAMIENTO podrá ser revisado por la ESE con el objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello, y como parte de las obras de mejora, podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades de luz del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache público, presente una mayor eficiencia energética. Este horario será aprobado por el AYUNTAMIENTO antes de su puesta en funcionamiento. Si durante la prestación de servicios del Contrato, se propone un perfil de apagado/encendido y de regulaciones horarias de flujo distinto al establecido anteriormente, deberá contar siempre con la aprobación del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. Cualquier cambio en este sentido deberá ser aprobado por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache antes de su puesta en funcionamiento. En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán ser propuestos por el licitador en su oferta, Para los sistemas de regulación independientes y autónomosde flujo, basados en la utilización los horarios de sensores (detectores entrada de presencia, movimiento, velocidad…etc). En todos estos casos, el funcionamiento de su emisión selectiva estos sistemas serán los siguientes: ✓ Invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado. ✓ Verano: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado. Los sábados y las vísperas de festivos el horario de regulación de flujo luminososerá modificado a los siguientes valores: ✓ Invierno: entrarán en funcionamiento a las 01:00 h hasta la hora de apagado. ✓ Verano: entrarán en funcionamiento a las 02:00 h hasta la hora de apagado. Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de tráfico de personas o vehículos justifique su modificación, dependiente previa aprobación por parte del sensor en cuestión, deberá ser aprobada por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de AznalfaracheAYUNTAMIENTO.
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Samples: Mixto De Suministros Y Servicios
Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes. El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. Las regulaciones necesarias. El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. La vigilancia general de las instalaciones. Las rondas e inspecciones corrientes. Los encendidos y apagados de las instalaciones de alumbrado exterior, se realizarán conforme a los horarios indicados en el Anexo 3 del presente PCT. La reducción en el flujo lumínico al 50% se realizará sobre la totalidad de los puntos de alumbrado público, con una duración de 6 horas cada noche, y con los horarios establecidos en el Anexo 3 del presente PCT. Los horarios de encendido y apagado al igual que el ajuste en la reducción de potencia, podrán variarse por los siguientes motivos: Propuesta del adjudicatario (ESE) para una optimización energética. Por solicitud del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. El Ayuntamiento podrá solicitar a la ESE nuevos ajustes en los horarios de encendido apagado (desfases respecto a Orto y Ocaso) que se realizarán actuando sobre los cuadros de mando y protección (relojes astronómicos), en la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. El Ayuntamiento podrá solicitar al Adjudicatario el cambio de los ajustes en la reducción de potencia, tanto en el porcentaje de reducción como en el horario de aplicación. Esta operación se realizará de forma individual sobre cada uno de los puntos de luz, pudiendo realizarse sobre la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. Dicha actuación por su envergadura requerirá de acuerdo económico entre Adjudicatario y Ayuntamiento. En caso de realizarse variaciones en los horarios de encendido apagado o en los ajustes de la reducción, esto implicará la correspondiente revisión en el pago de la prestación P1, debido a la variación del consumo energético respecto al propuesto en el presente PCT. El cálculo de horas equivalentes de funcionamiento de la instalación se realizará conforme a la siguiente fórmula: H Pnomi Hplenoi Pnomi %redi Hredi Pnomi o H = Horas equivalentes de funcionamiento de la instalación (horas). o Pnomi = Potencia nominal del punto de luz i (w). o Hplenoi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia nominal (horas). o %redi = Porcentaje de reducción en la potencia eléctrica respecto a la nominal, de funcionamiento del punto de luz i. o Hredi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia reducida (horas). Si se programase más escalones de funcionamiento, la formula se modificaría en consecuencia, considerando todos los escalones de funcionamiento del punto de luz. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca según lo especificado anteriormentede común acuerdo entre las partes, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutosminutos (en más o en menos). En el plazo de un mes dos semanas desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache(ayto). Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. Los horarios La ESE realizará a su coste la variación del horario de encendido o apagado de los cuadros de mando que se indiquen por parte del Ayuntamiento de (ayto). El horario propuesto por el Ayuntamiento de (ayto) podrá ser revisado por la ESE con el objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello, y apagado así como la propuesta parte de regulación serán aprobados las obras de mejora, podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades del servicio, presente una mayor eficiencia energética. Este horario será aprobado por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx (ayto). Para los sistemas de Aznalfarache antes regulación de flujo, los horarios de entrada de funcionamiento de estos sistemas serán los siguientes: Horario de invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado. Horario xx xxxxxx: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado. Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de tráfico de personas o vehículos justifique su puesta modificación. Las reducciones de flujo de luz por debajo de esta cifra del 50% podrán ser establecidas y negociadas por las partes, en funcionamientofunción de las distintas tipologías de las vías, su densidad ocupacional y funcional u otros parámetros que justificaran esas reducciones. La utilización de sistemas de Telegestión dedicados al alumbrado, ya sean por cuadro de mando o punto a punto, contarán siempre con la aprobación del Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de (ayto). Dichos sistemas de Telegestión, podrán utilizarse para realizar los apagados y encendidos, y/o las regulaciones horarias de flujo siempre que lo permitan. Si durante en algún caso, y con la prestación ayuda de servicios del Contratolos sistemas de Telegestión, se propone un perfil de apagado/encendido y de regulaciones horarias de flujo distinto al establecido anteriormente, deberá contar siempre con la aprobación del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. Cualquier cambio en este sentido deberá ser aprobado por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache antes de su puesta en funcionamiento(ayto). En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán también ser propuestos por el licitador en su ofertala ESE, sistemas de regulación independientes y autónomos, basados en la utilización de sensores (detectores de presencia, movimiento, velocidad…etc). Dichos puntos de luz nunca podrán ser apagados en ningún caso, según lo establecido en el REEIAE, mantendrán un mínimo de iluminación determinado por el Ayuntamiento de (ayto). En todos estos casos, el funcionamiento de su emisión selectiva de flujo luminoso, dependiente del sensor en cuestión, deberá ser será propuesta por la ESE, y será aprobada por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache(ayto).
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Samples: Colaboración Entre El Sector Público Y El Sector Privado
Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones actuaciones siguientes. : – El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. – Las regulaciones necesarias. – El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. – La vigilancia general de las instalaciones. – Las rondas e inspecciones corrientes. Los encendidos y apagados de las instalaciones de alumbrado exterior, se realizarán conforme a los horarios indicados en el Anexo 3 del presente PCT. La reducción en el flujo lumínico al 50% se realizará sobre la totalidad de los puntos de alumbrado público, con una duración de 6 horas cada noche, y con los horarios establecidos en el Anexo 3 del presente PCT. Los horarios de encendido y apagado al igual que el ajuste en la reducción de potencia, podrán variarse por los siguientes motivos: Propuesta del adjudicatario (ESE) para una optimización energética. Por solicitud del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. El Ayuntamiento podrá solicitar a la ESE nuevos ajustes en los horarios de encendido apagado (desfases respecto a Orto y Ocaso) que se realizarán actuando sobre los cuadros de mando y protección (relojes astronómicos), en la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. El Ayuntamiento podrá solicitar al Adjudicatario el cambio de los ajustes en la reducción de potencia, tanto en el porcentaje de reducción como en el horario de aplicación. Esta operación se realizará de forma individual sobre cada uno de los puntos de luz, pudiendo realizarse sobre la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. Dicha actuación por su envergadura requerirá de acuerdo económico entre Adjudicatario y Ayuntamiento. En caso de realizarse variaciones en los horarios de encendido apagado o en los ajustes de la reducción, esto implicará la correspondiente revisión en el pago de la prestación P1, debido a la variación del consumo energético respecto al propuesto en el presente PCT. El cálculo de horas equivalentes de funcionamiento de la instalación se realizará conforme a la siguiente fórmula: H Pnomi Hplenoi Pnomi %redi Hredi Pnomi o H = Horas equivalentes de funcionamiento de la instalación (horas). o Pnomi = Potencia nominal del punto de luz i (w). o Hplenoi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia nominal (horas). o %redi = Porcentaje de reducción en la potencia eléctrica respecto a la nominal, de funcionamiento del punto de luz i. o Hredi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia reducida (horas). Si se programase más escalones de funcionamiento, la formula se modificaría en consecuencia, considerando todos los escalones de funcionamiento del punto de luz. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca según lo especificado anteriormentede común acuerdo entre las partes, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutosminutos (en más o en menos). Para ello, la ESE realizará una propuesta justificada de horario de encendido y apagado de la instalación de alumbrado pública. En el plazo de un mes dos semanas desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de AznalfaracheAyuntamiento. Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. Los horarios La ESE realizará a su xxxxx la variación del horario de encendido o apagado de los cuadros de mando que se acuerde con el Ayuntamiento. El horario propuesto podrá ser revisado con el objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello, y apagado así como parte de las obras de mejora, la propuesta de regulación serán aprobados ESE podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades del servicio, presente una mayor eficiencia energética. Este horario será aprobado por el Responsable Municipal del Contrato Contrato. Para los sistemas de regulación de flujo, los horarios de entrada de funcionamiento de estos sistemas serán los siguientes: − Horario de invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado. − Horario xx xxxxxx: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado. Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del Ayuntamiento 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de San Xxxx tráfico de Aznalfarache antes personas o vehículos justifique su modificación. Las reducciones de flujo de luz por debajo de esta cifra del 50% podrán ser establecidas y negociadas por las partes, en función de las distintas tipologías de las vías, su puesta en funcionamientodensidad ocupacional y funcional u otros parámetros que justificaran esas reducciones. La utilización de sistemas de telegestión dedicados al alumbrado, ya sean por cuadro de mando o punto a punto, contarán siempre con la aprobación del Responsable Municipal del Contrato. Dichos sistemas de telegestión, podrán utilizarse para realizar los apagados y encendidos, y/o las regulaciones horarias de flujo siempre que lo permitan. Si durante en algún caso, y con la prestación ayuda de servicios del Contratolos sistemas de telegestión, se propone un perfil de apagado/encendido y de regulaciones horarias de flujo distinto al establecido anteriormente, deberá contar siempre con la aprobación del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. Cualquier cambio en este sentido deberá ser aprobado por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache antes de su puesta en funcionamientoAyuntamiento. En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán también ser propuestos por el licitador en su ofertala ESE, sistemas de regulación independientes y autónomos, basados en la utilización de sensores (detectores de presencia, movimiento, velocidad…, etc.). Dichos puntos de luz nunca podrán ser apagados en ningún caso, según lo establecido en el REEIAE, mantendrán un mínimo de iluminación determinado por el Ayuntamiento. En todos estos casos, el funcionamiento de su emisión selectiva de flujo luminoso, dependiente del sensor en cuestión, deberá ser será propuesta por la ESE, y será aprobada por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de AznalfaracheContrato.
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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas
Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes. - El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. - Las regulaciones necesarias. - El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. - La vigilancia general de las instalaciones. - Las rondas e inspecciones corrientes. Los encendidos y apagados de las instalaciones de alumbrado exterior, se realizarán conforme a los horarios indicados en el Anexo 3 del presente PCT. La reducción en el flujo lumínico al 50% se realizará sobre la totalidad de los puntos de alumbrado público, con una duración de 6 horas cada noche, y con los horarios establecidos en el Anexo 3 del presente PCT. Los horarios de encendido y apagado al igual que el ajuste en la reducción de potencia, podrán variarse por los siguientes motivos: Propuesta del adjudicatario (ESE) para una optimización energética. Por solicitud del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. El Ayuntamiento podrá solicitar a la ESE nuevos ajustes en los horarios de encendido apagado (desfases respecto a Orto y Ocaso) que se realizarán actuando sobre los cuadros de mando y protección (relojes astronómicos), en la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. El Ayuntamiento podrá solicitar al Adjudicatario el cambio de los ajustes en la reducción de potencia, tanto en el porcentaje de reducción como en el horario de aplicación. Esta operación se realizará de forma individual sobre cada uno de los puntos de luz, pudiendo realizarse sobre la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. Dicha actuación por su envergadura requerirá de acuerdo económico entre Adjudicatario y Ayuntamiento. En caso de realizarse variaciones en los horarios de encendido apagado o en los ajustes de la reducción, esto implicará la correspondiente revisión en el pago de la prestación P1, debido a la variación del consumo energético respecto al propuesto en el presente PCT. El cálculo de horas equivalentes de funcionamiento de la instalación se realizará conforme a la siguiente fórmula: H Pnomi Hplenoi Pnomi %redi Hredi Pnomi o H = Horas equivalentes de funcionamiento de la instalación (horas). o Pnomi = Potencia nominal del punto de luz i (w). o Hplenoi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia nominal (horas). o %redi = Porcentaje de reducción en la potencia eléctrica respecto a la nominal, de funcionamiento del punto de luz i. o Hredi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia reducida (horas). Si se programase más escalones de funcionamiento, la formula se modificaría en consecuencia, considerando todos los escalones de funcionamiento del punto de luz. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca según lo especificado anteriormentede común acuerdo entre las partes, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutosminutos (más o menos). En el plazo de un mes dos semanas desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Responsable Municipal Ayuntamiento xx Xxxx del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de AznalfaracheReal. Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. Los horarios La ESE realizará a su coste la variación del horario de encendido y o apagado así como la propuesta de regulación serán aprobados los cuadros de mando que se indiquen por parte del Ayuntamiento xx Xxxx del Real. El horario propuesto por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx Soto del Real podrá ser revisado por la ESE con el objetivo de Aznalfarache conseguir una optimización energética. Para ello, y como parte de las obras de mejora, podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades de luz del público, presente una mayor eficiencia energética. Este horario será aprobado por el Ayuntamiento de Soto del Real antes de su puesta en funcionamiento. Si durante la prestación de servicios del Contrato, se propone un perfil de apagado/encendido y de regulaciones horarias de flujo distinto al establecido anteriormente, deberá contar siempre con la aprobación del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. Cualquier cambio en este sentido deberá ser aprobado por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache antes de su puesta en funcionamiento. En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán ser propuestos por el licitador en su oferta, Para los sistemas de regulación independientes y autónomosde flujo, basados en la utilización los horarios de sensores (detectores entrada de presencia, movimiento, velocidad…etc). En todos estos casos, el funcionamiento de su emisión selectiva estos sistemas serán los siguientes: ✓ Invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado. ✓ Verano: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado. Los sábados y las vísperas de festivos el horario de regulación de flujo luminoso, dependiente será modificado a los siguientes valores: ✓ Invierno: entrarán en funcionamiento a las 01:00 h hasta la hora de apagado. ✓ Verano: entrarán en funcionamiento a las 02:00 h hasta la hora de apagado. Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del sensor 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en cuestión, deberá ser aprobada por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento aquellas zonas o vías cuya intensidad de San Xxxx tráfico de Aznalfarachepersonas o vehículos justifique su modificación.
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Samples: Contrato De Colaboración
Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes. : - El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. - Las regulaciones necesarias. - El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. - La vigilancia general de las instalaciones. - Las rondas e inspecciones corrientes. Los encendidos y apagados de las instalaciones de alumbrado exterior, se realizarán conforme a los horarios indicados en el Anexo 3 del presente PCT. La reducción en el flujo lumínico al 50% se realizará sobre la totalidad de los puntos de alumbrado público, con una duración de 6 horas cada noche, y con los horarios establecidos en el Anexo 3 del presente PCT. Los horarios de encendido y apagado al igual que el ajuste en la reducción de potencia, podrán variarse por los siguientes motivos: Propuesta del adjudicatario (ESE) para una optimización energética. Por solicitud del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. El Ayuntamiento podrá solicitar a la ESE nuevos ajustes en los horarios de encendido apagado (desfases respecto a Orto y Ocaso) que se realizarán actuando sobre los cuadros de mando y protección (relojes astronómicos), en la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. El Ayuntamiento podrá solicitar al Adjudicatario el cambio de los ajustes en la reducción de potencia, tanto en el porcentaje de reducción como en el horario de aplicación. Esta operación se realizará de forma individual sobre cada uno de los puntos de luz, pudiendo realizarse sobre la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. Dicha actuación por su envergadura requerirá de acuerdo económico entre Adjudicatario y Ayuntamiento. En caso de realizarse variaciones en los horarios de encendido apagado o en los ajustes de la reducción, esto implicará la correspondiente revisión en el pago de la prestación P1, debido a la variación del consumo energético respecto al propuesto en el presente PCT. El cálculo de horas equivalentes de funcionamiento de la instalación se realizará conforme a la siguiente fórmula: H Pnomi Hplenoi Pnomi %redi Hredi Pnomi o H = Horas equivalentes de funcionamiento de la instalación (horas). o Pnomi = Potencia nominal del punto de luz i (w). o Hplenoi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia nominal (horas). o %redi = Porcentaje de reducción en la potencia eléctrica respecto a la nominal, de funcionamiento del punto de luz i. o Hredi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia reducida (horas). Si se programase más escalones de funcionamiento, la formula se modificaría en consecuencia, considerando todos los escalones de funcionamiento del punto de luz. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca según lo especificado anteriormentede común acuerdo entre las partes, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutosminutos (más o menos). En el plazo de un mes dos semanas desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de AznalfaracheCiudad Real. Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. Los horarios La ESE realizará a su coste la variación del horario de encendido y o apagado así como la propuesta de regulación serán aprobados los cuadros de mando que se indiquen por el Responsable Municipal del Contrato parte del Ayuntamiento de San Xxxx Ciudad Real. El horario propuesto por el Ayuntamiento de Aznalfarache Ciudad Real podrá ser revisado por la ESE con el objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello, y como parte de las obras de mejora, podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades de luz del público, presente una mayor eficiencia energética. Este horario será aprobado por el Ayuntamiento de Ciudad Real antes de su puesta en funcionamiento. Si durante la prestación de servicios del Contrato, se propone un perfil de apagado/encendido y de regulaciones horarias de flujo distinto al establecido anteriormente, deberá contar siempre con la aprobación del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. Cualquier cambio en este sentido deberá ser aprobado por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache antes de su puesta en funcionamiento. En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán ser propuestos por el licitador en su oferta, Para los sistemas de regulación independientes y autónomosde flujo, basados en la utilización los horarios de sensores (detectores entrada de presencia, movimiento, velocidad…etc). En todos estos casos, el funcionamiento de su emisión selectiva estos sistemas serán los siguientes: Invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado. Verano: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado. Los sábados y las vísperas de festivos el horario de regulación de flujo luminoso, dependiente será modificado a los siguientes valores: Invierno: entrarán en funcionamiento a las 01:00 h hasta la hora de apagado. Verano: entrarán en funcionamiento a las 02:00 h hasta la hora de apagado. Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del sensor 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en cuestión, deberá ser aprobada por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento aquellas zonas o vías cuya intensidad de San Xxxx tráfico de Aznalfarachepersonas o vehículos justifique su modificación.
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Samples: Programa Funcional
Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes. : El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. Las regulaciones necesarias. El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. La vigilancia general de las instalaciones. Las rondas e inspecciones corrientes. Los encendidos y apagados de las instalaciones de alumbrado exterior, se realizarán conforme a los horarios indicados en el Anexo 3 del presente PCT. La reducción en el flujo lumínico al 50% se realizará sobre la totalidad de los puntos de alumbrado público, con una duración de 6 horas cada noche, y con los horarios establecidos en el Anexo 3 del presente PCT. Los horarios de encendido y apagado al igual que el ajuste en la reducción de potencia, podrán variarse por los siguientes motivos: Propuesta del adjudicatario (ESE) para una optimización energética. Por solicitud del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. El Ayuntamiento podrá solicitar a la ESE nuevos ajustes en los horarios de encendido apagado (desfases respecto a Orto y Ocaso) que se realizarán actuando sobre los cuadros de mando y protección (relojes astronómicos), en la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. El Ayuntamiento podrá solicitar al Adjudicatario el cambio de los ajustes en la reducción de potencia, tanto en el porcentaje de reducción como en el horario de aplicación. Esta operación se realizará de forma individual sobre cada uno de los puntos de luz, pudiendo realizarse sobre la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. Dicha actuación por su envergadura requerirá de acuerdo económico entre Adjudicatario y Ayuntamiento. En caso de realizarse variaciones en los horarios de encendido apagado o en los ajustes de la reducción, esto implicará la correspondiente revisión en el pago de la prestación P1, debido a la variación del consumo energético respecto al propuesto en el presente PCT. El cálculo de horas equivalentes de funcionamiento de la instalación se realizará conforme a la siguiente fórmula: H Pnomi Hplenoi Pnomi %redi Hredi Pnomi o H = Horas equivalentes de funcionamiento de la instalación (horas). o Pnomi = Potencia nominal del punto de luz i (w). o Hplenoi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia nominal (horas). o %redi = Porcentaje de reducción en la potencia eléctrica respecto a la nominal, de funcionamiento del punto de luz i. o Hredi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia reducida (horas). Si se programase más escalones de funcionamiento, la formula se modificaría en consecuencia, considerando todos los escalones de funcionamiento del punto de luz. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca según lo especificado anteriormentede común acuerdo entre las partes, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco DIEZ (10) minutos. A tal efecto, se renovarán todos los relojes astronómicos. En el plazo de un mes MES desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección verificación que se entregará al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de AznalfaracheALCANTARILLA. Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. , Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. Los horarios La ESE realizará a su coste la variación del horario de encendido o apagado de los cuadros de mando que se indiquen por parte del AYUNTAMIENTO. El horario mínimo exigido por el AYUNTAMIENTO es de 4.100 horas de funcionamiento anuales. Para ello, y como parte de las obras de mejora, se deberá presentar un horario diario, indicando las horas de encendido y apagado así como la propuesta apagado. La ESE podrá presentar un horario alternativo con el objeto de regulación serán aprobados conseguir una mayor eficiencia energética, sin desatender las necesidades del servicio. El horario finalmente adoptado deberá ser aprobado por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache AYUNTAMIENTO antes de su puesta en funcionamiento. Para los sistemas de regulación de flujo, los horarios de entrada de funcionamiento de estos sistemas serán los siguientes: Horario de invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado. Horario xx xxxxxx: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado. Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de tráfico de personas o vehículos justifique su modificación. El Ayuntamiento podrá establecer reducciones de flujo de luz por encima del 50%, en función de las distintas tipologías de las vías, su densidad ocupacional y funcional u otros parámetros que justificaran esas reducciones. La ESE podrá proponer reducciones de flujo por encima del 50%, siendo necesaria su aprobación por el AYUNTAMIENTO. Se establece como requisito imprescindible la utilización de un sistema de Telegestión por cuadro de mando del alumbrado público. Dicho sistema de Telegestión se podrá utilizar para realizar los apagados y encendidos de manera independiente a las acciones marcadas por el reloj astronómico, y/o las regulaciones horarias de flujo. Si durante la prestación de servicios del Contratoen algún caso, se propone un perfil uno o varios perfiles de apagado/encendido y de regulaciones horarias de flujo distinto al establecido anteriormente, deberá deberán contar siempre con la aprobación del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. Cualquier cambio en este sentido deberá ser aprobado por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache antes de su puesta en funcionamientoAYUNTAMIENTO. En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán también ser propuestos por el licitador en su ofertala ESE, sistemas de regulación independientes y autónomos, basados en la utilización de sensores (detectores de presencia, movimiento, velocidad…etc). Dichos puntos de luz nunca podrán ser apagados en ningún caso, según lo establecido en el REEIAE, mantendrán un mínimo de iluminación determinado por el Ayuntamiento; además, serán controlables mediante Telegestión. En todos estos casos, el funcionamiento de su emisión selectiva de flujo luminoso, dependiente del sensor en cuestión, deberá ser será propuesta por la ESE, y será aprobada por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache.AYUNTAMIENTO
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Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes. : − El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. − El encendido y apagado de las instalaciones de climatización e iluminación de los edificios. − Las regulaciones necesarias. AYUNTAMIENTO − El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del de su correcto funcionamiento de los equiposfuncionamiento. − La vigilancia general de las instalaciones. − Las rondas e inspecciones corrientes. Los encendidos El adjudicatario será responsable del encendido y apagados apagado de las instalaciones de alumbrado, de acuerdo con las siguientes condiciones según los tipos de accionamiento: − Interruptores horarios: la conexión y desconexión del alumbrado exterior, se realizarán conforme a los horarios indicados en efectuará de acuerdo con el Anexo 3 horario del presente PCTorto y el ocaso. La reducción en el flujo lumínico al 50% se realizará sobre la totalidad de los puntos de alumbrado público, con una duración de 6 horas cada noche, y con los horarios establecidos en el Anexo 3 del presente PCT. Los horarios de encendido y apagado al igual que el ajuste en la reducción de potencia, podrán variarse por los siguientes motivos: Propuesta Será responsabilidad del adjudicatario (ESE) para una optimización energética. Por solicitud del Ayuntamiento la realización de San Xxxx las operaciones de Aznalfarache. El Ayuntamiento podrá solicitar a la ESE nuevos ajustes ajuste necesarias en los horarios de encendido apagado (desfases respecto a Orto y Ocaso) que se realizarán actuando sobre los cuadros de mando y protección (relojes astronómicos), en la totalidad de la instalación o en solo parte de ellainterruptores horarios. El Ayuntamiento podrá solicitar al Adjudicatario el cambio de los ajustes en la reducción de potencia, tanto en el porcentaje de reducción como en el horario de aplicación. Esta operación se realizará de forma individual sobre cada uno de los puntos de luz, pudiendo realizarse sobre la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. Dicha actuación por su envergadura requerirá de acuerdo económico entre Adjudicatario y Ayuntamiento. En caso de realizarse variaciones − Accionamiento manual: en los horarios casos en que subsista accionamiento manual o funcione provisionalmente así por razones de encendido apagado o en los ajustes de la reducción, esto implicará la correspondiente revisión en el pago de la prestación P1, debido a la variación del consumo energético respecto al propuesto en el presente PCT. El cálculo de horas equivalentes de funcionamiento de la instalación se realizará conforme a la siguiente fórmula: H Pnomi Hplenoi Pnomi %redi Hredi Pnomi o H = Horas equivalentes de funcionamiento de la instalación (horas). o Pnomi = Potencia nominal del punto de luz i (w). o Hplenoi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia nominal (horas). o %redi = Porcentaje de reducción en la potencia eléctrica respecto a la nominal, de funcionamiento del punto de luz i. o Hredi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia reducida (horas). Si se programase más escalones de funcionamientoaverías u otras, la formula conexión y desconexión de las instalaciones se modificaría en consecuencia, considerando todos los escalones de funcionamiento del punto de luz. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año efectuará de acuerdo con el horario que se establezca según lo especificado anteriormentetiene establecido de orto y ocaso, admitiéndose una tolerancia en la realización de esta operación de hasta 10 minutos de adelanto no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutosen retraso en el encendido, o retraso no adelanto en el apagado. Las incidencias que pudieran ocurrir en el proceso de accionamiento deberán ser comunicadas al Ayuntamiento por escrito con un plazo máximo de dos días. En el plazo de un mes desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓNlas instalaciones, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que se entregará al Responsable Municipal del Contrato del en el Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarachexx XXXXXXXXX DEL RIO. Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. Los horarios La ESE realizará a su coste la variación del horario de encendido y o apagado así como la propuesta de regulación serán aprobados los cuadros de mando que se indiquen por parte del Ayuntamiento. El horario propuesto para el alumbrado público por el Responsable Municipal Ayuntamiento xx XXXXXXXXX DEL RIO podrá ser revisado por la ESE con el objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades de luz del Contrato del público, presente una mayor eficiencia energética, sin contravenir la normativa vigente y por mutuo acuerdo, y que tendrá que ser aprobado por el Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache antes de su puesta en funcionamiento. Si durante la prestación de servicios del Contrato, se propone un perfil de apagado/encendido y de regulaciones horarias de flujo distinto al establecido anteriormente, deberá contar siempre con la aprobación del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. Cualquier cambio en este sentido deberá ser aprobado por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache antes de su puesta en funcionamiento. En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán ser propuestos por el licitador en su oferta, Los sistemas de regulación independientes y autónomos, basados en la utilización de sensores (detectores de presencia, movimiento, velocidad…etc). En todos estos casos, el funcionamiento de su emisión selectiva de flujo luminoso, dependiente reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del sensor 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en cuestión, deberá ser aprobada por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento aquellas zonas o vías cuya intensidad de San Xxxx de Aznalfarachetráfico o personas o vehículos justifique su modificación.
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Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes. El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. Las regulaciones necesarias. El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. La vigilancia general de las instalaciones. Las rondas e inspecciones corrientes. Los encendidos y apagados de las instalaciones de alumbrado exterior, se realizarán conforme a los horarios indicados en el Anexo 3 del presente PCT. La reducción en el flujo lumínico al 50% se realizará sobre la totalidad de los puntos de alumbrado público, con una duración de 6 horas cada noche, y con los horarios establecidos en el Anexo 3 del presente PCT. Los horarios de encendido y apagado al igual que el ajuste en la reducción de potencia, podrán variarse por los siguientes motivos: Propuesta del adjudicatario (ESE) para una optimización energética. Por solicitud del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. El Ayuntamiento podrá solicitar a la ESE nuevos ajustes en los horarios de encendido apagado (desfases respecto a Orto y Ocaso) que se realizarán actuando sobre los cuadros de mando y protección (relojes astronómicos), en la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. El Ayuntamiento podrá solicitar al Adjudicatario el cambio de los ajustes en la reducción de potencia, tanto en el porcentaje de reducción como en el horario de aplicación. Esta operación se realizará de forma individual sobre cada uno de los puntos de luz, pudiendo realizarse sobre la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. Dicha actuación por su envergadura requerirá de acuerdo económico entre Adjudicatario y Ayuntamiento. En caso de realizarse variaciones en los horarios de encendido apagado o en los ajustes de la reducción, esto implicará la correspondiente revisión en el pago de la prestación P1, debido a la variación del consumo energético respecto al propuesto en el presente PCT. El cálculo de horas equivalentes de funcionamiento de la instalación se realizará conforme a la siguiente fórmula: H Pnomi Hplenoi Pnomi %redi Hredi Pnomi o H = Horas equivalentes de funcionamiento de la instalación (horas). o Pnomi = Potencia nominal del punto de luz i (w). o Hplenoi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia nominal (horas). o %redi = Porcentaje de reducción en la potencia eléctrica respecto a la nominal, de funcionamiento del punto de luz i. o Hredi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia reducida (horas). Si se programase más escalones de funcionamiento, la formula se modificaría en consecuencia, considerando todos los escalones de funcionamiento del punto de luz. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca según lo especificado anteriormentede común acuerdo entre las partes, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutosminutos (en más o en menos). En el plazo de un mes dos semanas desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache(ayto). Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. Los horarios La ESE realizará a su coste la variación del horario de encendido o apagado de los cuadros de mando que se indiquen por parte del Ayuntamiento de (ayto). El horario propuesto por el Ayuntamiento de (ayto) podrá ser revisado por la ESE con el objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello, y apagado así como la propuesta parte de regulación serán aprobados las obras de mejora, podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades del servicio, presente una mayor eficiencia energética. Este horario será aprobado por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx (ayto). Para los sistemas de Aznalfarache antes regulación de flujo, los horarios de entrada de funcionamiento de estos sistemas serán los siguientes: Horario de invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado. Horario xx xxxxxx: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado. Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de tráfico de personas o vehículos justifique su puesta modificación. Las reducciones de flujo de luz por debajo de esta cifra del 50% podrán ser establecidas y negociadas por las partes, en funcionamientofunción de las distintas tipologías de las vías, su densidad ocupacional y funcional u otros parámetros que justificaran esas reducciones. La utilización de sistemas de Telegestión dedicados al alumbrado, ya sean por cuadro de mando o punto a punto, contarán siempre con la aprobación del Responsable Municipal del Contrato Ayuntamiento de (ayto). Dichos sistemas de Telegestión, podrán utilizarse para realizar los apagados y encendidos, y/o las regulaciones horarias de flujo siempre que lo permitan. Si durante en algún caso, y con la prestación ayuda de servicios del Contratolos sistemas de Telegestión, se propone un perfil de apagado/encendido y de regulaciones horarias de flujo distinto al establecido anteriormente, deberá contar siempre con la aprobación del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. Cualquier cambio en este sentido deberá ser aprobado por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache antes de su puesta en funcionamiento(ayto). En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán también ser propuestos por el licitador en su ofertala ESE, sistemas de regulación independientes y autónomos, basados en la utilización de sensores (detectores de presencia, movimiento, velocidad…etc). Dichos puntos de luz nunca podrán ser apagados en ningún caso, según lo establecido en el REEIAE, mantendrán un mínimo de iluminación determinado por el Ayuntamiento de (ayto). En todos estos casos, el funcionamiento de su emisión selectiva de flujo luminoso, dependiente del sensor en cuestión, deberá ser será propuesta por la ESE, y será aprobada por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache(ayto).
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Samples: Mixto De Suministro Y Servicios
Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN. La ESE realizará bajo su responsabilidad las prestaciones siguientes. - El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior. - Las regulaciones necesarias. - El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos. - La vigilancia general de las instalaciones. - Las rondas e inspecciones corrientes. Los encendidos y apagados de las instalaciones de alumbrado exterior, se realizarán conforme a los horarios indicados en el Anexo 3 del presente PCT. La reducción en el flujo lumínico al 50% se realizará sobre la totalidad de los puntos de alumbrado público, con una duración de 6 horas cada noche, y con los horarios establecidos en el Anexo 3 del presente PCT. Los horarios de encendido y apagado al igual que el ajuste en la reducción de potencia, podrán variarse por los siguientes motivos: Propuesta del adjudicatario (ESE) para una optimización energética. Por solicitud del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. El Ayuntamiento podrá solicitar a la ESE nuevos ajustes en los horarios de encendido apagado (desfases respecto a Orto y Ocaso) que se realizarán actuando sobre los cuadros de mando y protección (relojes astronómicos), en la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. El Ayuntamiento podrá solicitar al Adjudicatario el cambio de los ajustes en la reducción de potencia, tanto en el porcentaje de reducción como en el horario de aplicación. Esta operación se realizará de forma individual sobre cada uno de los puntos de luz, pudiendo realizarse sobre la totalidad de la instalación o en solo parte de ella. Dicha actuación por su envergadura requerirá de acuerdo económico entre Adjudicatario y Ayuntamiento. En caso de realizarse variaciones en los horarios de encendido apagado o en los ajustes de la reducción, esto implicará la correspondiente revisión en el pago de la prestación P1, debido a la variación del consumo energético respecto al propuesto en el presente PCT. El cálculo de horas equivalentes de funcionamiento de la instalación se realizará conforme a la siguiente fórmula: H Pnomi Hplenoi Pnomi %redi Hredi Pnomi o H = Horas equivalentes de funcionamiento de la instalación (horas). o Pnomi = Potencia nominal del punto de luz i (w). o Hplenoi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia nominal (horas). o %redi = Porcentaje de reducción en la potencia eléctrica respecto a la nominal, de funcionamiento del punto de luz i. o Hredi = Horas de funcionamiento del punto de luz i a la potencia reducida (horas). Si se programase más escalones de funcionamiento, la formula se modificaría en consecuencia, considerando todos los escalones de funcionamiento del punto de luz. El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario que se establezca según lo especificado anteriormentede común acuerdo entre las partes, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutosminutos (más o menos). En el plazo de un mes dos semanas desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de AznalfaracheAyuntamiento. Para ello, y por zonas, se comprobará el encendido de las instalaciones de alumbrado durante un tiempo máximo de una hora, contada desde el momento del encendido teórico. Igualmente se actuará en la hora siguiente al apagado. Este informe se repetirá cada trimestre hasta la finalización del contrato. Los horarios La ESE realizará a su coste la variación del horario de encendido y o apagado así como la propuesta de regulación serán aprobados los cuadros de mando que se indiquen por parte del Ayuntamiento. El horario propuesto por el Responsable Municipal Ayuntamiento podrá ser revisado por la ESE con el objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello, y como parte de las obras de mejora, podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades de luz del Contrato del público, presente una mayor eficiencia energética. Este horario será aprobado por el Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache antes de su puesta en funcionamiento. Si durante la prestación de servicios del Contrato, se propone un perfil de apagado/encendido y de regulaciones horarias de flujo distinto al establecido anteriormente, deberá contar siempre con la aprobación del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache. Cualquier cambio en este sentido deberá ser aprobado por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de San Xxxx de Aznalfarache antes de su puesta en funcionamiento. En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán ser propuestos por el licitador en su oferta, Para los sistemas de regulación independientes y autónomosde flujo, basados en la utilización los horarios de sensores (detectores entrada de presencia, movimiento, velocidad…etc). En todos estos casos, el funcionamiento de su emisión selectiva estos sistemas serán los siguientes: - Invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado. - Verano: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado. Los sábados y las vísperas de festivos el horario de regulación de flujo luminoso, dependiente será modificado a los siguientes valores: - Invierno: entrarán en funcionamiento a las 01:00 h hasta la hora de apagado. - Verano: entrarán en funcionamiento a las 02:00 h hasta la hora de apagado. Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del sensor 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en cuestión, deberá ser aprobada por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento aquellas zonas o vías cuya intensidad de San Xxxx tráfico de Aznalfarachepersonas o vehículos justifique su modificación.
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Samples: Mixto De Suministro Y Servicios