Common use of Igualdad de oportunidades en el trabajo Clause in Contracts

Igualdad de oportunidades en el trabajo. Las partes firmantes del presente Convenio colectivo se comprometen a promover el principio de igualdad de oportunidades en el trabajo, de esta manera las Entidades promoverán prácticas y conductas encaminadas a favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar y a evitar la discriminación de sus empleados por razones de sexo, estado civil, edad, raza, nacionalidad, condición social, ideas religiosas o políticas, afiliación o no a un sindicato, así como por razones de lengua, dentro del Estado español. Tampoco podrán ser discriminados los empleados por razones de disminuciones físicas, psíquicas o sensoriales, siempre que se hallaren en condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de que se trate. A tal fin las partes consideran que la política de igualdad de oportunidades en el ámbito de las Entidades deberá tener en cuenta las siguientes finalidades: – Transmitir los principios de igualdad de oportunidades en todos los ámbitos de la entidad y en el diseño de los programas de formación. – Promover la aplicación efectiva de la igualdad de mujeres y hombres, garantizando, en el ámbito laboral, las mismas oportunidades de ingreso y desarrollo profesional. – Garantizar en la gestión de personas la igualdad efectiva de hombres y mujeres. – Facilitar el conocimiento de las medidas vigentes en materia de conciliación de la vida personal y laboral.

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Samples: Convenio Colectivo

Igualdad de oportunidades en el trabajo. Las partes firmantes del presente Convenio colectivo Colectivo se comprometen a promover el principio de igualdad de oportunidades en el trabajo, de esta manera las Entidades promoverán prácticas y conductas encaminadas a favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar y a evitar la discriminación de sus empleados su personal por razones de sexo, estado civil, edad, razaorigen racial o étnico, nacionalidad, condición social, religión o convicciones, ideas religiosas o políticas, orientación sexual afiliación o no a un sindicato, así como por razones de lengua, dentro del Estado español. Tampoco podrán ser discriminados los empleados por razones de disminuciones podrá existir discriminación hacia las personas con discapacidades, físicas, psíquicas o sensoriales, siempre que se hallaren en condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de que se trate. Las entidades transmitirán estos principios en todos los ámbitos y promoverán políticas activas para la contratación, visibilidad e integración de personas con discapacidad. A tal fin las partes consideran que la política de igualdad de oportunidades en el ámbito de las Entidades deberá tener en cuenta las siguientes finalidades: - Transmitir los principios de igualdad de oportunidades en todos los ámbitos de la entidad y en el diseño de los programas de formación. - Promover la aplicación efectiva de la igualdad de mujeres y hombres, garantizando, en el ámbito laboral, las mismas oportunidades de ingreso y desarrollo profesional. - Garantizar en la gestión de personas la igualdad efectiva de hombres y mujeres. - Facilitar el conocimiento de las medidas vigentes en materia de conciliación de la vida personal y laboral.

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Samples: Convenio Colectivo

Igualdad de oportunidades en el trabajo. Las partes firmantes del presente Convenio convenio colectivo se comprometen a promover el principio de igualdad de oportunidades en el trabajo, de esta manera las Entidades promoverán prácticas y conductas encaminadas a favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar y a evitar la discriminación de sus empleados su personal por razones de sexo, estado civil, edad, razaorigen racial o étnico, nacionalidad, condición social, religión o convicciones, ideas religiosas o políticas, orientación e identidad sexual, expresión de género, y características sexuales, afiliación o no a un sindicato, así como por razones de lengua, dentro del Estado español. Tampoco podrán ser discriminados podrá existir discriminación hacia las personas con discapacidad. Las entidades transmitirán estos principios en todos los empleados por razones ámbitos y promoverán políticas activas para la contratación, visibilidad e integración de disminuciones físicas, psíquicas o sensoriales, siempre que se hallaren en condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de que se tratepersonas con discapacidad. A tal fin las partes consideran que la política de igualdad de oportunidades en el ámbito de las Entidades deberá tener en cuenta las siguientes finalidades: – Transmitir los principios de igualdad de oportunidades en todos los ámbitos de la entidad y en el diseño de los programas de formación. – Promover la aplicación efectiva de la igualdad de mujeres y hombres, garantizando, en el ámbito laboral, las mismas oportunidades de ingreso y desarrollo profesional. – Garantizar en la gestión de personas la igualdad efectiva de hombres y mujeres. – Facilitar el conocimiento de las medidas vigentes en materia de conciliación de la vida personal y laboral.

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Samples: Convenio Colectivo

Igualdad de oportunidades en el trabajo. Las partes firmantes del presente Convenio colectivo Colectivo se comprometen a promover el principio de igualdad de oportunidades en el trabajo, de esta manera las Entidades promoverán prácticas y conductas encaminadas a favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar y a evitar la discriminación de sus empleados por razones de sexo, estado civil, edad, raza, nacionalidad, condición social, ideas religiosas o políticas, afiliación o no a un sindicato, así como por razones de lengua, dentro del Estado español. Tampoco podrán ser discriminados los empleados por razones de disminuciones físicas, psíquicas o sensoriales, siempre que se hallaren en condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de que se trate. A tal fin las partes consideran que la política de igualdad de oportunidades en el ámbito de las Entidades entidades deberá tener en cuenta las siguientes finalidades: - Transmitir los principios de igualdad de oportunidades en todos los ámbitos de la entidad y en el diseño de los programas de formación. - Promover la aplicación efectiva de la igualdad de mujeres y hombres, garantizando, en el ámbito laboral, las mismas oportunidades de ingreso y desarrollo profesional. - Garantizar en la gestión de personas la igualdad efectiva de hombres y mujeres. - Facilitar el conocimiento de las medidas vigentes en materia de conciliación de la vida personal y laboral.

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