Common use of Igualdad entre mujeres y hombres Clause in Contracts

Igualdad entre mujeres y hombres. Las empresas con más de 250 trabajadores / as deberán acreditar el diseño y la aplicación efectiva del Plan de Igualdad previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. - El/la contratista deberá establecer medidas que garanticen la igualdad en el acceso al empleo, la clasificación personal, la promoción, la permanencia, la formación, las retribuciones, la calidad y la estabilidad laboral, la duración y la ordenación de la jornada, así como aquellas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato, de acuerdo con lo que establece la mencionada Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx. - En toda la documentación, la publicidad, la imagen o el material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la persona adjudicataria deberá hacer un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.

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Samples: Contrato De Servicios, Contracto De Servicios, Contrato De Suministro

Igualdad entre mujeres y hombres. ­ Las empresas con más de 250 trabajadores / trabajadores/as deberán acreditar el diseño y la aplicación efectiva del Plan de Igualdad previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. - El/la ­ El contratista deberá establecer medidas que garanticen la igualdad en el acceso al empleo, la clasificación personalretribución, la promoción, la formación y permanencia, la formación, las retribuciones, la calidad y la estabilidad laboral, la duración y la ordenación de la jornada, así como aquellas la prevención del acoso sexual en el trabajo, y a establecer medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato, de acuerdo con lo que conforme establece la mencionada Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. - ­ En toda la documentación, la publicidad, la imagen o el material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la persona empresa o entidad adjudicataria deberá hacer emplear un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.

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Samples: Contrato De Suministro

Igualdad entre mujeres y hombres. Las empresas con más de 250 trabajadores / trabajadores/as deberán acreditar el diseño y la aplicación efectiva del Plan plan de Igualdad igualdad previsto en la Ley Orgánica orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. - El/la contratista deberá establecer medidas que garanticen la igualdad en el acceso al empleo, la clasificación personal, la promoción, la permanencia, la formación, las retribuciones, la calidad y la estabilidad laboral, la duración y la ordenación de la jornada, así como aquellas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato, de acuerdo conformidad con lo que establece establecido la mencionada citada Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx. - En toda la documentación, la publicidad, la imagen o el material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la persona adjudicataria el adjudicatario deberá hacer un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.

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Samples: Contract for Services

Igualdad entre mujeres y hombres. Las empresas con más de 250 trabajadores / trabajadores/as deberán acreditar el diseño y la aplicación efectiva del Plan plan de Igualdad igualdad previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, xxxxx para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. - El/la La contratista deberá establecer medidas que garanticen la igualdad en el acceso al empleo, la clasificación personal, la promoción, la permanencia, la formación, las retribuciones, la calidad y la estabilidad laboral, la duración y la ordenación de la jornadajornada laboral, así como aquellas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato, de acuerdo con lo que conforme establece la mencionada Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx. xxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxx/xxx/xx/0000/00/000000 - En toda la documentación, la publicidad, la imagen o el material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la persona adjudicataria deberá hacer un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.

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Samples: Acuerdo De Consell Executiu

Igualdad entre mujeres y hombres. Las empresas con más de 250 trabajadores / trabajadores/as deberán acreditar el diseño y la aplicación efectiva del Plan plan de Igualdad igualdad previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. - El/la La contratista deberá establecer medidas que garanticen la igualdad en el acceso al empleoa la ocupación, la clasificación personal, la promoción, la permanencia, la formación, las retribuciones, la calidad y la estabilidad laboral, la duración y la ordenación de la jornada, así como aquellas las que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato, de acuerdo conformidad con lo que establece la mencionada citada Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx. - En toda la documentación, la publicidad, la imagen o el material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la persona adjudicataria deberá hacer un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles rols e identidades de género.

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Samples: Suministro De Productos Químicos

Igualdad entre mujeres y hombres. Las empresas con más de 250 trabajadores / as deberán trabajadores/ras tendrán que acreditar el diseño y la aplicación efectiva del Plan plan de Igualdad igualdad previsto en la Ley Orgánica orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. - El/la La contratista deberá establecer medidas que garanticen la igualdad en el acceso al empleo, la clasificación personal, la promoción, la permanencia, la formación, las retribuciones, la calidad y la estabilidad laboral, la duración y la ordenación de la jornada, así como aquellas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato, de acuerdo conformidad con lo que establece la mencionada Ley Orgánica orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx. - En toda la documentación, la publicidad, la imagen o el material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la persona adjudicataria deberá hacer un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.

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Samples: Contrato De Suministro

Igualdad entre mujeres y hombres. Las empresas organizaciones firmantes del convenio, conjugando los principios de libertad y autonomía contractual con más el fomento de 250 trabajadores / as deberán acreditar la igualdad entre mujeres y hombres entienden necesario hacer un esfuerzo en el diseño sector Textil-Confección, consideran- do a este un sector comprometido y avanzado en las políticas de igualdad, y pres- tar especial atención a la aplicación efectiva del Plan conciliación de Igualdad previsto la vida personal familiar y laboral, para fomentar una mayor responsabilidad en la xxxxxxxx de obligaciones familiares entre mujeres y hombres para lograr la igualdad real y efectiva. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para las empresas están obligadas a respetar la igualdad efectiva de trato y de oportunidades en el ámbito laboral, y con esta finalidad deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. - El/, acordando con la contratista deberá establecer medidas que garanticen la R.T. planes de igualdad en todas aquellas empresas que tengan plantillas de más de 250 perso- nas. Durante la vigencia del presente convenio, para desarrollar la Ley de Igualdad, se negociará con la R.T. los planes de igualdad en aquellas empresas cuya plantilla se sitúe entre 150 y 250 personas, cuyo índice de representación de mujeres sea infe- rior al 50%. A partir del 1 de enero de 2011 la obligación aquí regulada alcanzará a las empresas de más de 100 trabajadores o trabajadoras y con un porcentaje inferior al 50% de representación de mujeres. En el acceso al empleosupuesto de que las empresas no tengan medios propios para la tramitación correspondiente, la clasificación personalComisión de Igualdad Sectorial, la promoción, la permanencia, la formación, establecerá los mecanismos para conseguir las retribuciones, la calidad ayudas y la estabilidad laboral, la duración y la ordenación las formalidades necesarias para elaborar dichos pla- nes. Para negociar los Planes de Igualdad se creará una comisión paritaria entre repre- sentantes de la jornada, así como aquellas que favorezcan la conciliación Dirección de la vida personal, familiar empresa y laboral de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato, de acuerdo con lo que establece la mencionada Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx. - En toda la documentación, la publicidad, la imagen o el material que se genere con motivo de la ejecución del contratoRLT que será la encargada de su negociación, la persona adjudicataria deberá hacer un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas puesta en marcha y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de géneroseguimiento.

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Samples: Convenio Colectivo General De Trabajo

Igualdad entre mujeres y hombres. Las -Las empresas con más de 250 trabajadores / trabajadores/as deberán acreditar el diseño y la aplicación efectiva del Plan plan de Igualdad igualdad previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. - El-El/la contratista deberá establecer medidas que garanticen la igualdad en el acceso al empleoa la ocupación, la clasificación personal, la promoción, la permanencia, la formación, las retribuciones, la calidad y la estabilidad laboral, la duración y la ordenación de la jornada, así como aquellas las que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato, de acuerdo conformidad con lo que establece la mencionada Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx. - En -En toda la documentación, la publicidad, la imagen o el material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la persona adjudicataria deberá hacer un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y i fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.

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Samples: Contracto De Servicios