Igualdad entre mujeres y hombres. Las empresas con más de 250 trabajadores / as deberán acreditar el diseño y la aplicación efectiva del Plan de Igualdad previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. - El/la contratista deberá establecer medidas que garanticen la igualdad en el acceso al empleo, la clasificación personal, la promoción, la permanencia, la formación, las retribuciones, la calidad y la estabilidad laboral, la duración y la ordenación de la jornada, así como aquellas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato, de acuerdo con lo que establece la mencionada Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx. - En toda la documentación, la publicidad, la imagen o el material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la persona adjudicataria deberá hacer un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.
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Samples: Contrato De Servicios, Contrato De Suministro, Contrato De Suministro
Igualdad entre mujeres y hombres. Las empresas con más de 250 trabajadores / trabajadores/as deberán acreditar el diseño y la aplicación efectiva del Plan de Igualdad previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. - El/la El contratista deberá establecer medidas que garanticen la igualdad en el acceso al empleo, la clasificación personalretribución, la promoción, la formación y permanencia, la formación, las retribuciones, la calidad y la estabilidad laboral, la duración y la ordenación de la jornada, así como aquellas la prevención del acoso sexual en el trabajo, y a establecer medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato, de acuerdo con lo que conforme establece la mencionada Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. - En toda la documentación, la publicidad, la imagen o el material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la persona empresa o entidad adjudicataria deberá hacer emplear un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.
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Samples: Contrato De Suministro
Igualdad entre mujeres y hombres. Las empresas con más de 250 trabajadores / trabajadores/as deberán acreditar el diseño y la aplicación efectiva del Plan plan de Igualdad igualdad previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, xxxxx para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. - El/la La contratista deberá establecer medidas que garanticen la igualdad en el acceso al empleo, la clasificación personal, la promoción, la permanencia, la formación, las retribuciones, la calidad y la estabilidad laboral, la duración y la ordenación de la jornadajornada laboral, así como aquellas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato, de acuerdo con lo que conforme establece la mencionada Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx. xxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxx/xxx/xx/0000/00/000000 - En toda la documentación, la publicidad, la imagen o el material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la persona adjudicataria deberá hacer un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.
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Samples: Acuerdo De Consell Executiu
Igualdad entre mujeres y hombres. Las empresas con más de 250 trabajadores / trabajadores/as deberán acreditar el diseño y la aplicación efectiva del Plan plan de Igualdad igualdad previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. - El/la La contratista deberá establecer medidas que garanticen la igualdad en el acceso al empleoa la ocupación, la clasificación personal, la promoción, la permanencia, la formación, las retribuciones, la calidad y la estabilidad laboral, la duración y la ordenación de la jornada, así como aquellas las que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato, de acuerdo conformidad con lo que establece la mencionada citada Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx. - En toda la documentación, la publicidad, la imagen o el material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la persona adjudicataria deberá hacer un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles rols e identidades de género.
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Samples: Suministro De Productos Químicos
Igualdad entre mujeres y hombres. Las -Las empresas con más de 250 trabajadores / trabajadores/as deberán acreditar el diseño y la aplicación efectiva del Plan plan de Igualdad igualdad previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. - El-El/la contratista deberá establecer medidas que garanticen la igualdad en el acceso al empleoa la ocupación, la clasificación personal, la promoción, la permanencia, la formación, las retribuciones, la calidad y la estabilidad laboral, la duración y la ordenación de la jornada, así como aquellas las que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato, de acuerdo conformidad con lo que establece la mencionada Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx. - En -En toda la documentación, la publicidad, la imagen o el material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la persona adjudicataria deberá hacer un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y i fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.
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Samples: Contracto De Servicios
Igualdad entre mujeres y hombres. Las empresas con más de 250 trabajadores / trabajadores/as deberán acreditar el diseño y la aplicación efectiva del Plan plan de Igualdad igualdad previsto en la Ley Orgánica orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. - El/la contratista deberá establecer medidas que garanticen la igualdad en el acceso al empleo, la clasificación personal, la promoción, la permanencia, la formación, las retribuciones, la calidad y la estabilidad laboral, la duración y la ordenación de la jornada, así como aquellas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato, de acuerdo conformidad con lo que establece establecido la mencionada citada Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx. - En toda la documentación, la publicidad, la imagen o el material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la persona adjudicataria el adjudicatario deberá hacer un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.
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Samples: Contract for Services
Igualdad entre mujeres y hombres. Las empresas con más de 250 trabajadores / as deberán trabajadores/ras tendrán que acreditar el diseño y la aplicación efectiva del Plan plan de Igualdad igualdad previsto en la Ley Orgánica orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. - El/la La contratista deberá establecer medidas que garanticen la igualdad en el acceso al empleo, la clasificación personal, la promoción, la permanencia, la formación, las retribuciones, la calidad y la estabilidad laboral, la duración y la ordenación de la jornada, así como aquellas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato, de acuerdo conformidad con lo que establece la mencionada Ley Orgánica orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx. - En toda la documentación, la publicidad, la imagen o el material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la persona adjudicataria deberá hacer un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.
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Samples: Contrato De Suministro