FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO. La ENTIDAD designará un FISCAL de seguimiento y control del servicio, y comunicará oficialmente esta designación al PROVEEDOR mediante carta expresa. El fiscal tendrá las siguientes funciones: (Las funciones específicas del FISCAL deberán ser formuladas por la entidad en esta cláusula, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas expresadas en el Documento Base de Contratación y a las exigencias que éstos requieran para su seguimiento y control).
FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO. Una vez firmado el presente Contrato, con el objeto de realizar el seguimiento y control del SERVICIO la ENTIDAD designará al FISCAL y hará conocer esta designación al PROVEEDOR mediante nota expresa, el FISCAL que se constituirá en Responsable de Recepción a la finalización del SERVICIO. EL FISCAL coordinará todos los aspectos referentes a la relación entre la ENTIDAD el PROVEEDOR y en su calidad de Responsable de Recepción, realizará la verificación del SERVICIO y emitirá el Informe de Conformidad Final, si corresponde. Las funciones específicas del FISCAL serán: Supervisar los procesos para ejecutar los trabajos de operación y mantenimiento. Elaborar los Informes de Conformidad Parcial para el pago mensual y Conformidad Final para el cierre del presente contrato, generar Autorizaciones de Pago y otros según su competencia. Coordinar todos los aspectos referentes a la relación entre la ENTIDAD y el PROVEEDOR. Velar por el cumplimiento del Contrato y de las Especificaciones Técnicas. Elaborar Informes de disconformidad, cuando corresponda. Aprobar la utilización de materiales y repuestos. Verificar que el personal se presente con uniforme, equipos y herramientas. Coordinar y verificar el cumplimiento de la atención de eventos de emergencia. Elaborar los informes que correspondan para viabilizar contratos modificatorios. Gestionar permisos de ingreso y permanencia del personal del PROVEEDOR para los días sábados y otros para atender emergencias (domingos, feriados, horarios nocturnos, etc.). Cuando corresponda y ante solicitud del PROVEEDOR, determinar con el AGENTE DE SERVICIO si el mantenimiento corresponde a un trabajo o provisión mayor que sobrepase una cuota mensual de mantenimiento.
FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO. Con el objeto de realizar el seguimiento y control del servicio a ser prestado por el SUPERVISOR, la ENTIDAD desarrollará las funciones de FISCALIZACIÓN, a cuyo fin designará, mediante notificación escrita, como FISCAL DE OBRA a un Profesional Técnico especializado en (Especificar la profesión) (o un equipo multidisciplinario bajo la dirección de un Profesional Técnico especializado en especificar la profesión – que ejercerá la función de fiscalización) de la planta de personal de la entidad contratante. El FISCAL DE OBRA, será el medio autorizado de comunicación, notificación y aprobación de todo cuanto corresponda a los asuntos relacionados con el servicio a ser prestado por el SUPERVISOR, bajo términos del presente Contrato y los documentos que forman parte del mismo. El FISCAL DE OBRA, tendrá la autoridad necesaria para conocer, analizar, rechazar o aprobar los asuntos correspondientes al cumplimiento del presente Contrato, de acuerdo a las atribuciones e instrucciones que por escrito le confiera expresamente la ENTIDAD. La ENTIDAD a través del FISCAL DE OBRA, observará y evaluará permanentemente el desempeño del SUPERVISOR, a objeto de exigirle en su caso, mejor desempeño y eficiencia en la prestación de su servicio, o de imponerle sanciones.
FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO. Vigésima Segunda.- Representante del que Presta el Servicio
FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO. La ENTIDAD designará un FISCAL de seguimiento y control del servicio, y comunicará oficialmente esta designación al PROVEEDOR mediante carta expresa.
FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO. La fiscalización del servicio notarial estará a cargo de los Fiscales del Servicio conformado por el Subgerente de Operaciones de Material Monetario y el Encargado de Área de Destrucción de Billetes. Quienes deberán dar conformidad al servicio ejecutado, previa revisión detallada de la asistencia de los(las) Notarios(as) a los actos de destrucción, verificación de la correcta elaboración de las actas correspondientes y de las facturas que sean presentadas para autorizar los pagos del servicio. (Manifestar aceptación) *Formación Académica Los(las) Notarios(as) a ser contratados(as) deberán tener título en Provisión Nacional de abogados y registro en el Colegio de Abogados. Deberán tener nombramiento oficial vigente como Notario de Fe Pública por el organismo competente, a fin de prestar el servicio. *Cada proponente deberá adjuntar a su propuesta en fotocopias simples la siguiente documentación: Título en provisión Nacional, Constancia de registro en el Colegio de Abogados, nombramiento oficial vigente como Notario de Fe Pública emitido por el organismo competente y Constancia de Inscripción al Ministerio de Justicia (Registro público de Abogados). (Adjuntar la documentación requerida) *Experiencia General Los (las) Notarios(as) a ser contratados(as) deberán tener experiencia mínima de dos (2) años en la elaboración de documentos notariales, prestación de servicios notariales o en el ejercicio de la profesión de abogados(as). *Cada proponente deberá adjuntar a su propuesta en fotocopias simples la siguiente documentación: certificados de trabajo, actas de conformidad, certificados de cumplimiento de contrato, contratos de igualas profesionales, contratos de servicio de consultoría, contratos de servicios notariales u otro documento similar que acredite la experiencia requerida, dichos documentos deberán describir la o las funciones realizadas y el tiempo de prestación de servicios. (Adjuntar la documentación requerida) *Experiencia Específica. . Los (las) Notarios(as) a ser contratados(as) deberán acreditar experiencia mínima de servicios notariales de al menos un servicio notarial. . *Cada proponente deberá adjuntar a su propuesta en fotocopias simples la siguiente documentación: certificados de trabajo, actas de conformidad, certificados de cumplimiento de contrato, contratos de igualas profesionales, contratos de servicio de consultoría, contratos de servicios notariales u otro documento similar que acredite la experiencia requerida, dichos documentos de...
FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO. El Área Solicitante designará al FISCAL encargado de seguimiento y control del SERVICIO y comunicará oficialmente esta designación al PROVEEDOR mediante carta expresa. Hacer seguimiento a los reportes de difusión de los servicios y emitir su conformidad para proceder al pago correspondiente. Tener relacionamiento con el agente de servicio del PROVEEDOR y mantener los canales de comunicación que sean necesarios para el control y ejecución del SERVICIO. Supervisar el SERVICIO, velando por el cumplimiento de los términos del contrato. Revisar y verificar la información de monitoreo que se emita por la ejecución del SERVICIO. Evaluar y analizar los casos de interrupción del SERVICIO por fuerza mayor y casos fortuitos para la determinación de aplicación o no de multas. Determinar las multas a aplicar y montos a cancelar. Emitir los certificados de conformidad parcial y total. Verificar la correcta difusión de los servicios, una vez concluido el periodo de difusión emitiéndose las Actas de Conformidad respectivas.
FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO. Una vez firmado el presente Contrato y antes del inicio del SERVICIO, la ENTIDAD designará al FISCAL encargado de seguimiento y control del SERVICIO, y comunicará dicha designación en forma expresa al PROVEEDOR, el FISCAL se constituirá en Responsable de Recepción a la finalización del SERVICIO. EL FISCAL coordinará todos los aspectos referentes a la relación entre la ENTIDAD el PROVEEDOR, siendo sus funciones específicas las siguientes: Controlar el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas y el presente Contrato. Emitir los Informes de Conformidad Parcial para los pagos mensuales. Determinar las multas que correspondan. Ser el medio autorizado de comunicación, modificación y aprobación de todo cuanto corresponda a los asuntos relacionados con el SERVICIO. Representar por escrito y a la brevedad cualquier incumplimiento del PROVEEDOR a la ejecución del presente Contrato. Coordinar permanentemente la ejecución de operaciones con el AGENTE DE SERVICIO del PROVEEDOR. Realizar los controles que sean necesarios sobre la calidad del SERVICIO y aceptar o rechazar el trámite de pago. Emitir el Informe Final de Conformidad del Contrato, una vez finalizada la prestación del SERVICIO.
FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO. La fiscalización de los servicios estará a cargo de la autoridad de aplicación que determine la Municipalidad.
FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO. La fiscalización del servicio se llevará a cabo en forma permanente a cargo de SEAL, ya sea en forma directa o a través de empresas autorizadas por ella; calificando bajo criterios de calidad, los factores determinados por las características del servicio exigidas por SEAL. Así mismo, será potestad de SEAL realizar: Pruebas de alcoholemia al personal conductor de la CONTRATISTA cuando lo considere conveniente, en caso de negativa se asumirá un resultado positivo en el control de alcoholemia. Verificación de información sobre mantenimientos realizados, la falta de información implicará una presunción de no realización de mantenimientos. Verificación de reportes de GPS con los partes de transportes y trabajos realizados. Control de implementos y equipamiento de unidades así como de niveles de combustible. Verificación de vigencia de documentos y cursos de capacitación. Otros controles adicionales que determine SEAL.