Importancia Cláusulas de Ejemplo

Importancia. De todas las cauciones, tanto reales como personales, ninguna ofrece mayor seguridad al acreedor que la hipoteca, siendo la principal fuente de crédito. Ello, porque los bienes raíces tienen un valor estable, más o menos elevado, resultando posible obtener créditos más cuantiosos. También la hipoteca presenta ventajas para el deudor, porque no obstante la constitución del gravamen, no se ve desposeído del inmueble, pudiendo valerse de él para obtener utilidades. En verdad, no se concibe todo el sistema bancario sin la existencia de la hipoteca, garantía fundamental exigida tanto a las personas naturales o jurídicas, en sus operaciones comerciales o cuando pretenden adquirir inmuebles. Para que conserve su eficacia, la hipoteca debe gozar de la publicidad general, lo que se consigue mediante la inscripción en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces.
Importancia. Respecto polas normas de estilo da organización.
Importancia. En la actualidad tiene una gran utilidad, ya que es utilizado con frecuencia en el tráfico jurídico. Esto se debe a dos órdenes de razones. 3.1 Necesidad de dar certeza jurídica a negocios contractuales que no se quiere o no se puede celebrar en el momento mismo, por cualquier razón. Normalmente las partes quieren asegurar que el contrato se va a celebrar si ocurre un evento o transcurre un cierto plazo (condición o plazo), los que normalmente dicen relación con las razones que impiden la celebración del negocio. Puede ser necesario o conveniente postergar la celebración del negocio. 3.2 La promesa solo vale si se celebra por escrito. Por lo tanto, se trata de un medio de compensar o suavizar los efectos de la pérdida social de la confianza en la palabra empeñada, de dar seguridad a que se tenga que celebrar el contrato en el futuro.
Importancia. Organización y estructura del discurso de apertura.
Importancia. Es la más importante de las cauciones, tanto por la magnitud de los créditos que garantiza como por el valor de los bienes raíces que grava. Un adecuado régimen hipotecario es un factor de progreso económico de primera importancia. Para cumplir su misión se debe procurar la publicidad de las hipotecas, lo que se logra a través de la inscripción: todas las hipotecas deben inscribirse, y la hipoteca debe ser especial, pues sólo así se satisfacen los intereses de deudores, acreedores, adquirentes de los inmuebles y del público en general.
Importancia. Se cree que el norte de la obligación de seguridad no ha cambiado y es lo que permite que hoy jurisprudencial y doctrinariamente continúe siendo posición dominante. Ese norte al que se hace referencia no es sino, la defensa de la parte más débil de la relación jurídica, que es la víctima y a la que se libera de probar la culpa del empresario organizador.
Importancia. El fideicomiso de nuestros días es una figura muy flexible, pues tiene una amplia variedad de objetivos, tales como permitir la conservación del patrimonio en las familias, propiciar la circulación de la riqueza a través de diferentes medios, como son el dinero, diversos títulos-valores, bienes muebles e inmuebles, así como derechos y la constitución de garantías cubiertas por hipoteca. Por estas razones y otras afines, el fideicomiso que ya cuenta con un marco legal en función de la Ley N0 26702, está destinado a convertirse en valioso instrumento jurídico dentro del sistema financiero.

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  • EXPERIENCIA ESPECÍFICA El Proponente debe acreditar experiencia relacionada con el objeto a contratar, se evaluará acreditando en su Registro Único de Proponentes RUP y de los documentos soportes del Anexo correspondiente a “Experiencia Específica”, para lo cual El proponente deberá acreditar en el contrato que ▇▇▇▇▇▇▇ como experiencia que se encuentre registrado en al menos el 50% de los siguientes códigos UNSPSC: 77 10 17 00 SERVICIOS DE ASESORIA AMBIENTAL 77 10 18 00 AUDITORIA AMBIENTAL 70 15 18 00 SERVICIOS DE CONSERVACION FORESTAL 70 15 19 00 RECURSOS FORESTALES 70 14 16 00 PROTECCION DE CULTIVOS 77 10 16 00 PLANEACION AMBIENTAL 93 14 19 00 DESARROLLO RURAL Además de la ejecución y certificación en un (01) contratos celebrados y ejecutado con entidades públicas, en los últimos tres años antes del cierre del presente proceso, cuyo objeto sea la igual o similar al objeto del presente proceso que su valor sea igual o superior al 50% del presupuesto oficial, expresado en SMMLV. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, al menos uno de sus miembros debe tener el 100% de la experiencia específica. Si la experiencia que se acredita es de un contrato celebrado y ejecutado por un consorcio o una unión temporal, se considera que la experiencia es de acuerdo al porcentaje de su participación. En todo caso, deberá aportarse copia del documento de constitución. Para acreditar la experiencia se debe anexar, certificación expedida por la entidad contratante, o copia del contrato, o acta de recibo final, o liquidación siempre y cuando en el documento aportado se pueda verificar la siguiente información: -Entidad contratante -Contratista -Objeto -Valor -Fecha de Inicio -Fecha de Terminación La propuesta económica no podrá ser superior al 100% del valor del presupuesto Oficial. De igual forma ninguno de los valores unitarios propuestos en la oferta económica podrá superar el 100% del valor oficial del mismo. La entidad no establecerá límite a partir del cual se presuma que el valor de la propuesta es artificialmente bajo. Pero de igual forma deja claro que CORPOAGROCENTRO podrá requerir al oferente para que sustente el valor por el ofertado, lo cual será analizado por el comité evaluador quien debidamente motivado recomendará el rechazo o la continuidad de la oferta en el proceso. La propuesta Económica debe ser presentada de acuerdo con el Anexo Técnico al presente pliego de condiciones; la cual debe contener el presupuesto resumido. Los precios contenidos en la propuesta No están sujetos a reajuste alguno, por tal razón, el proponente deberá tener en cuenta en el momento de la elaboración de los mismos los posibles incrementos. Los errores aritméticos que pueda tener la oferta económica, que no alteren el precio unitario propuesto, serán corregidos en el presupuesto resumido y con base en la corrección se decidirá sobre la oferta.

  • Competencias El Comité de Empresa tendrá las siguientes competencias: 1.1. Recibir información, que le será facilitada trimestralmente, al menos, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la empresa, sobre la situación de la producción y evolución probable del empleo en la empresa. 1.2. Conocer el balance, la cuenta de resultados, la memoria y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, de los demás documentos que se den a conocer a los socios, en las mismas condiciones que estos. 1.3. Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte del empresario de las decisiones adoptadas por este sobre las siguientes cuestiones: a) Reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales, definitivos o temporales de plantilla. b) Reducciones de jornada, así como traslados total o parcial de instalaciones. c) Planes de formación profesional en la empresa. d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control de trabajo. e) Estudio de tiempos, establecimiento de sistemas ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ o incentivos y valoración de puestos de trabajo. 1.4. Emitir informes cuando la fusión, absorción o modificación del "status jurídico" de la empresa suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. 1.5. Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa, así como de los documentos relativos a la terminación de la relación laboral. 1.6. Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. 1.7. Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan. 1.8. Ejercer una labor de: a) Vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia de seguridad social y empleo, así como el resto de los pactos, condiciones y usos de empresa en vigor, formulando, en su caso, las acciones legales oportunas ante la empresa y los organismos o tribunales competentes. b) Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa con las particularidades previstas en este orden por el artículo 19 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. 1.9. Participar, como se determine por convenio colectivo, en la gestión de obras sociales establecidas en la empresa en beneficio de los/las trabajadores/as o de sus familiares. 1.10. Colaborar con la dirección de la empresa en conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productividad, de acuerdo con lo pactado en los convenios colectivos. 1.11. Informar a sus representantes en todos los temas y cuestiones señalados en este número 1 en cuanto directa o indirectamente tengan o pueden tener repercusión en las relaciones laborales.

  • DESEMBOLSOS En cada caso en que solicites un desembolso sobre el CUPO DE CRÉDITO ROTATIVO aprobado y antes de tu aceptación, te informaremos, a través de correo electrónico, o mediante contacto directo utilizando correo electrónico, SMS u otro medio disponible, las condiciones específicas del desembolso solicitado dentro de las cuales se encuentran: ● Monto del desembolso solicitado ● Interés Remuneratorio (EA)* ● Cuota de Administración+IVA ● Interés Moratorio (EA)* ● Plazo ● Valor de las cuotas (incluye capital e intereses) . ● Cobro anticipado de servicio de fianza FGA +IVA (Si aplica) *Los intereses remuneratorios o Moratorios que te mencionamos nunca sobrepasarán la tasa máxima legalmente permitida en Colombia. Los datos que encuentras en el documento adjunto corresponden al primer desembolso solicitado sobre tu CUPO DE CRÉDITO ROTATIVO. Las características y condiciones pactadas en torno a los nuevos desembolsos que solicites en relación con tu CUPO DE CRÉDITO ROTATIVO, realizados dentro de su vigencia, te serán comunicadas a través de correo electrónico o a través de otro tipo de mensajes de datos, incluyendo, pero sin limitarse a ellos, SMS o Whatsapp, momento en el cual, en caso de solicitar un desembolso para cancelar en más de una cuota, recibirás un plan de pagos donde verás cada concepto a cancelar de forma discriminada, según el número de cuotas que hayas indicado, sin que estas puedan exceder de 6. BEMUS depositará el valor del desembolso solicitado una vez te hayan sido informadas las condiciones particulares de este y las aceptes directamente a través de correo electrónico. Al valor a ser desembolsado en tu cuenta bancaria le será reducido el monto anticipado por servicio de fianza concedido por el FGA, en caso de que hayas optado por tomar este servicio. Realizaremos el desembolso solicitado exclusivamente en la cuenta bancaria que hayas indicado en tu solicitud o en algún momento posterior, de la cual, sin excepción, debes ser el titular. En caso de que aportes un número de cuenta de la cual no seas titular, el contrato se entenderá inexistente y no nacerán obligaciones de ningún tipo por parte ▇▇ ▇▇▇▇▇. Es importante anotar que, al momento de solicitar un desembolso, ▇▇▇▇▇ tendrá en cuenta si has generado Referidos, sobre quienes validaremos el cumplimiento de sus obligaciones, y en caso de que estos últimos se encuentren en ▇▇▇▇, tu desembolso no será aprobado sino hasta que tu (s) Referido(s) se encuentren al día con BEMUS. En caso de que BEMUS no apruebe tu solicitud por esta razón, o cualquier otra, el cobro por administración no será generado. Esta suspensión del cobro de la cuota de administración se mantendrá hasta tanto tu referido se encuentre en paz y salvo con BEMUS y tus solicitudes de desembolsos puedan ser aprobadas por BEMUS.

  • Competencia En caso de controversia, el reclamante podrá hacer valer sus derechos ante la Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de la Aseguradora (UNE) o en la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), pudiendo a su elección, determinar la competencia por territorio, en razón del domicilio de cualquiera de sus delegaciones, en términos de los artículos 50 Bis y 68 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros y 277 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Lo anterior dentro del término de dos (2) años contados a partir de que se suscite el hecho que dio origen a la controversia de que se trate, o en su caso, a partir de la negativa de la Aseguradora a satisfacer las pretensiones del reclamante, en términos del artículo 65 de la primera Ley citada. De no someterse las partes al arbitraje de la CONDUSEF, se dejarán a salvo los derechos del reclamante para que los haga valer ante los tribunales competentes del domicilio de dichas delegaciones. En todo caso, queda a elección del reclamante acudir ante las referidas instancias administrativas o directamente ante los citados tribunales.

  • COMPARECIENTES Comparecen a la celebración del presente contrato de Compraventa de Vehículo, por una parte en calidad de vendedor, ${Nombre Comprador}, de nacionalidad ${Nacionalidad Comprador} , de estado civil ${Estado Civil Comprador}, con ${Tipo de Documento Comprador} número ${Número de Documento Comprador}, domiciliado en ${Dirección Comprador} de la parroquia de ${Parroquia Comprador}, cantón ${Cantón Comprador}, provincia de ${Provincia Comprador}, con número telefónico ${Teléfono Comprador}, y correo electrónico: ${Correo Electrónico Comprador}, y, por otra parte en calidad de comprador ${Nombre Vendedor}, nacionalidad ${Nacionalidad Vendedor}, estado civil ${Estado Civil Vendedor}, con ${Tipo de Documento Vendedor} número, ${Número de Documento Comprador} domiciliado en ${Dirección Vendedor} de la parroquia de ${Parroquia Vendedor}, cantón ${Cantón Vendedor}, provincia de ${Provincia Vendedor}, con número telefónico ${Teléfono Vendedor}, y correo electrónico: ${Correo Electrónico Vendedor}, por sus propios derechos, a quien se le denominará como EL COMPRADOR. Los comparecientes son mayores de edad, hábiles y capaces para contratar y obligarse, por lo que suscriben el presente contrato al tenor de las siguientes cláusulas: