INICIO Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. Conforme se dispone en el artículo 229 del TRLCSP la ejecución del contrato de obras comenzará con el Acta de Comprobación del Replanteo. A tales efectos, dentro del plazo que se consigne en el contrato, que no podrá ser superior a un mes desde la fecha de su formalización salvo casos excepcionales justificados, el servicio de la Administración encargada de las obras procederá, en presencia del contratista, a efectuar la comprobación del replanteo hecho previamente a la licitación, extendiéndose acta del resultado que será firmada por ambas partes interesadas, remitiéndose un ejemplar de la misma al Órgano que celebró el contrato. Antes de la firma de Acta de Comprobación de Replanteo, y en el plazo de 5 días a contar desde la formalización del contrato, deberá presentarse el Plan de Seguridad y Salud y el Plan de Gestión de Residuos Sólidos para su aprobación por el Ayuntamiento. Asimismo, en el plazo de 5 días, esta vez, a contar desde la formalización del Acta de Comprobación del Replanteo, deberá presentar los siguientes documentos: Deberá ajustarse al que en su momento se presentó por el contratista durante el proceso de licitación y que contendrá los siguientes datos: Ordenación en partes o clases de obra de las unidades que integran el proyecto, con expresión del volumen de éstas. Determinación de los medios necesarios, tales como personal, instalaciones, equipo y materiales, con expresión de sus rendimientos netos. Estimación en días, calendario de los plazos de ejecución de las diversas obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y de los de ejecución de las diversas partes o clases de obra. Valoración mensual y acumulada de la obra programada, sobre la base de las obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y partes o clases de obra a precios unitarios.
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Samples: Contrato De Obras, Contract for Works
INICIO Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. Conforme se dispone en el artículo 229 del TRLCSP la ejecución del contrato de obras comenzará con el Acta de Comprobación del Replanteo. A tales efectos, dentro del plazo que se consigne en el contrato, que no podrá ser superior a un mes quince días desde la fecha de su formalización salvo casos excepcionales justificados, el servicio de la Administración encargada de las obras procederá, en presencia del contratista, a efectuar la comprobación del replanteo hecho previamente a la licitación, extendiéndose acta del resultado que será firmada por ambas partes interesadas, remitiéndose un ejemplar de la misma al Órgano que celebró el contrato. Antes de la firma de Acta de Comprobación de Replanteo, y en el plazo de 5 días a contar desde la formalización del contrato, deberá presentarse el Plan de Seguridad y Salud y el Plan de Gestión de Residuos Sólidos para su aprobación por el Ayuntamiento. Asimismo, en el plazo de 5 días, esta vez, a contar desde la formalización del Acta de Comprobación del Replanteo, deberá presentar los siguientes documentos: Programa de trabajo: Deberá ajustarse al que en su momento se presentó por el contratista durante el proceso de licitación y que contendrá los siguientes datos: Ordenación en partes o clases de obra de las unidades que integran el proyecto, con expresión del volumen de éstas. Determinación de los medios necesarios, tales como personal, instalaciones, equipo y materiales, con expresión de sus rendimientos netos. Estimación en días, calendario de los plazos de ejecución de las diversas obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y de los de ejecución de las diversas partes o clases de obra. Valoración mensual y acumulada de la obra programada, sobre la base de las obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y partes o clases de obra a precios unitarios. Gráficos de las diversas actividades o trabajos. Plan de Control de Calidad: La Dirección Facultativa establecerá y propondrá, para su aprobación por el Ayuntamiento, un Plan de Control de Calidad con la empresa que designe el Ayuntamiento. Dicho Plan de Control de Calidad puede ser modificado durante la obra, a la vista de posibles deficiencias detectadas, tanto en los materiales como en la ejecución de las unidades, que aconsejen la realización de controles más intensos, pudiendo en cualquier caso el Ayuntamiento incrementar los controles a realizar. Una vez iniciadas las obras y durante la ejecución de las mismas se exigirá el cumplimiento de las siguientes condiciones:
1) Será por cuenta del contratista la obtención de todas las licencias, permisos o boletines relativos a las acometidas de servicios que vayan a ejecutarse dentro del ámbito de la obra. Ello incluirá la organización en fase de obra de los trabajos con las distintas compañías, así como el coste económico de los trabajos necesarios y proyectos que de ello se derive, independientemente de las condiciones de suministro que imponga cada compañía en cuestión (punto de enganche, longitud de trazados, obras auxiliares precisas, etc.).
2) Como se ha visto en los puntos anteriores, habrá una designación expresa del jefe de obra, quien deberá prestar a la obra una dedicación del 100% de su tiempo y permanecer en la misma durante todo el desarrollo de la misma. Si el contratista quiere cambiar al jefe de obra, nunca será por alguien que no cumpla alguno de los condicionantes valorados en pliego, y deberá requerir aprobación previa de la dirección facultativa y de los técnicos municipales.
3) El contratista tramitará la apertura del centro de trabajo ante la autoridad laboral.
4) No se permitirán otras interrupciones o molestias al tráfico, acceso a los inmuebles, servicios, locales comerciales, etc, que las aprobadas en el proyecto, debiendo figurar en el plan de obras el tipo y duración de estas interrupciones. En caso de necesidades no previstas en proyecto se presentará por parte del contratista, con visto bueno de la Dirección Facultativa y del Coordinador de Seguridad y Salud en fase de obra, la propuesta con plazos, forma de ejecución, desvíos de tráfico, etc. Dicha propuesta requerirá el visto bueno de los servicios técnicos municipales.
5) El contratista estará obligado a mantener, en todo momento, los servicios públicos existentes, incluido el equipamiento preciso para garantizar la accesibilidad a edificios y viarios. En caso de cualquier fallo de servicio público por causas directamente imputables al contratista, éste restablecerá los servicios de forma provisional y definitiva empleando cuantos medios fueran precisos para ello.
6) Si los servicios técnicos municipales estimasen necesario, por causas justificadas, el cambio de cualquiera de los técnicos o del personal de oficio adscrito a la obra, el contratista estará obligado a su inmediata sustitución. El nuevo técnico designado cumplirá las mismas condiciones que el anterior, tanto las mínimas exigidas por pliego como las que hubieran sido valoradas para la adjudicación.
7) El proyecto de ejecución de las obras será supervisado por la empresa de control de calidad que designe el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. Las subsanaciones de los defectos, insuficiencias técnicas, errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios que resulten del informe de supervisión que se emita serán asumidas de forma íntegra por el contratista, sin aumento del importe de contrato ni del plazo de ejecución. En todo caso, serán resueltas siguiendo las indicaciones que dé la Dirección Facultativa de las obras.
8) El contratista autorizará acceso, medios y disponibilidad de todos sus equipos a la empresa de control de calidad contratada por el Ayuntamiento para la supervisión de la ejecución material de las obras, según el plan de control propuesto por el director de ejecución de obra y aprobado por el Ayuntamiento. Igualmente estará obligado a ejecutar cuantas medidas dicte la Dirección Facultativa y/o los servicios técnicos municipales derivadas de dicho control.
9) El conjunto de trabajos de la obra se realizará siguiendo toda la normativa vigente de aplicación, ya sea de carácter municipal, autonómico, estatal o europeo. Se hace mención especial al CTE y a la Ordenanza de Proyecto y Obras de Urbanización (xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxx/Xxxxxxxxx infraestructura/Anuncios/260865330 229 2015143430.pdf) del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
10) El contratista destinará los medios humanos y materiales necesarios para que la obra termine en el plazo establecido en el contrato y en el programa de trabajo presentado con su oferta a la licitación, aunque tenga que aumentar la jornada y los turnos de trabajos para conseguirlo y sin que ello suponga coste adicional para este Ayuntamiento.
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Samples: Contract for Works
INICIO Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. Conforme se dispone en el artículo 229 del TRLCSP art. 212 de la LCSP la ejecución del contrato de obras comenzará con el Acta acta de Comprobación comprobación del Replanteoreplanteo. A tales efectos, dentro del plazo que se consigne en el contrato, contrato que no podrá ser superior a un mes desde la fecha de su formalización salvo casos excepcionales justificados, el servicio de la Administración encargada de las obras procederá, en presencia del contratista, a efectuar la comprobación del replanteo hecho previamente a la licitación, extendiéndose acta del resultado que será firmada por ambas partes interesadas, remitiéndose un ejemplar de la misma al Órgano órgano que celebró el contrato. Antes de la firma de Acta de Comprobación de Replanteo, y En el plazo fijado en el plazo de 5 días a contar desde la formalización del contrato, deberá presentarse el Plan de Seguridad y Salud y el Plan de Gestión de Residuos Sólidos para su aprobación por el Ayuntamiento. Asimismo, en el plazo de 5 días, esta vezpliego técnico, a contar desde la formalización firma del Acta contrato administrativo, el contratista presentará para su aprobación por la dirección de Comprobación del Replanteola obra y el representante municipal, un programa de trabajo que deberá presentar los siguientes documentos: Deberá ajustarse xxxxxxxse al que en su momento se presentó por el contratista durante el proceso de licitación y que contendrá los siguientes datos: Ordenación en partes o clases de obra de las unidades que integran el proyecto, con expresión del volumen de éstas. Determinación de los medios necesarios, tales como personal, instalaciones, equipo y materiales, con expresión de sus rendimientos netos. Estimación en días, calendario de los plazos de ejecución de las diversas obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y de los de ejecución de las diversas partes o clases de obra. Valoración mensual y acumulada de la obra programada, sobre la base de las obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y partes o clases de obra a precios unitarios. Gráficos de las diversas actividades o trabajos. Asimismo, y antes del inicio de las obras, la dirección facultativa establecerá y propondrá para su aprobación por el Ayuntamiento, un Plan de Control de Calidad con la empresa que designe el Ayuntamiento. Dicho Plan de Control de Calidad puede ser modificado durante la obra, a la vista de posibles deficiencias detectadas, tanto en los materiales como en la ejecución de las unidades, que aconsejen la realización de controles más intensos, pudiendo en cualquier caso el Ayuntamiento incrementar los controles a realizar. Una vez iniciadas las obras y durante la ejecución de las mismas, se exigirá el cumplimiento de las siguientes condiciones:
1.- No se permitirán otras interrupciones o molestias al tráfico, acceso a los inmuebles, servicios, locales comerciales, etc, que las aprobadas en el proyecto, debiendo figurar en el plan de obras el tipo y duración de estas interrupciones.
2.- El contratista estará obligado a mantener, en todo momento, los servicios públicos existentes, incluido el equipamiento preciso para garantizar la accesibilidad a edificios y viarios.
3.- Si los servicios técnicos municipales estimasen necesario, por causas justificadas, el cambio de cualquiera de los técnicos o del personal de oficio adscrito a la obra, el contratista estará obligado a su inmediata sustitución.
4.- Durante el desarrollo de las obras y hasta que se cumpla el plazo de garantía, el contratista es responsable de los defectos que puedan descubrirse en la construcción.
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INICIO Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. Conforme se dispone en el artículo 229 del TRLCSP la ejecución del contrato de obras comenzará con el Acta de Comprobación del Replanteo. A tales efectos, dentro del plazo que se consigne en el contrato, que no podrá ser superior a un mes desde la fecha de su formalización salvo casos excepcionales justificados, el servicio de la Administración encargada de las obras procederá, en presencia del contratista, a efectuar la comprobación del replanteo hecho previamente a la licitación, extendiéndose acta del resultado que será firmada por ambas partes interesadas, remitiéndose un ejemplar de la misma al Órgano que celebró el contrato. Antes de la firma de Acta de Comprobación de Replanteo, y en el plazo de 5 días a contar desde la formalización del contrato, deberá presentarse el Plan de Seguridad y Salud y el Plan de Gestión de Residuos Sólidos para su aprobación por el Ayuntamiento. Asimismo, en el plazo de 5 días, esta vez, a contar desde la formalización del Acta de Comprobación del Replanteo, deberá presentar los siguientes documentos: Programa de trabajo: Deberá ajustarse al que en su momento se presentó por el contratista durante el proceso de licitación y que contendrá los siguientes datos: Ordenación en partes o clases de obra de las unidades que integran el proyecto, con expresión del volumen de éstas. Determinación de los medios necesarios, tales como personal, instalaciones, equipo y materiales, con expresión de sus rendimientos netos. Estimación en días, calendario de los plazos de ejecución de las diversas obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y de los de ejecución de las diversas partes o clases de obra. Valoración mensual y acumulada de la obra programada, sobre la base de las obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y partes o clases de obra a precios unitarios. Gráficos de las diversas actividades o trabajos. Plan de Control de Calidad: La Dirección Facultativa establecerá y propondrá, para su aprobación por el Ayuntamiento, un Plan de Control de Calidad con la empresa que designe el Ayuntamiento. Dicho Plan de Control de Calidad puede ser modificado durante la obra, a la vista de posibles deficiencias detectadas, tanto en los materiales como en la ejecución de las unidades, que aconsejen la realización de controles más intensos, pudiendo en cualquier caso el Ayuntamiento incrementar los controles a realizar. Una vez iniciadas las obras y durante la ejecución de las mismas se exigirá el cumplimiento de las siguientes condiciones:
1) Será por cuenta del contratista la obtención de todas las licencias, permisos o boletines relativos a las acometidas de servicios que vayan a ejecutarse dentro del ámbito de la obra. Ello incluirá la organización en fase de obra de los trabajos con las distintas compañías, así como el coste económico de los trabajos necesarios y proyectos que de ello se derive, independientemente de las condiciones de suministro que imponga cada compañía en cuestión (punto de enganche, longitud de trazados, obras auxiliares precisas, etc.).
2) Como se ha visto en los puntos anteriores, habrá una designación expresa del jefe de obra, quien deberá prestar a la obra una dedicación del 100% de su tiempo y permanecer en la misma durante todo el desarrollo de la misma. Si el contratista quiere cambiar al jefe de obra, nunca será por alguien que no cumpla alguno de los condicionantes valorados en pliego, y deberá requerir aprobación previa de la dirección facultativa y de los técnicos municipales.
3) El contratista tramitará la apertura del centro de trabajo ante la autoridad laboral.
4) No se permitirán otras interrupciones o molestias al tráfico, acceso a los inmuebles, servicios, locales comerciales, etc., que las aprobadas en el proyecto, debiendo figurar en el plan de obras el tipo y duración de estas interrupciones. En caso de necesidades no previstas en proyecto se presentará por parte del contratista, con visto bueno de la Dirección Facultativa y del Coordinador de Seguridad y Salud en fase de obra, la propuesta con plazos, forma de ejecución, desvíos de tráfico, etc. Dicha propuesta requerirá el visto bueno de los servicios técnicos municipales.
5) El contratista estará obligado a mantener, en todo momento, los servicios públicos existentes, incluido el equipamiento preciso para garantizar la accesibilidad a edificios y viarios. En caso de cualquier fallo de servicio público por causas directamente imputables al contratista, éste restablecerá los servicios de forma provisional y definitiva empleando cuantos medios fueran precisos para ello.
6) Si los servicios técnicos municipales estimasen necesario, por causas justificadas, el cambio de cualquiera de los técnicos o del personal de oficio adscrito a la obra, el contratista estará obligado a su inmediata sustitución. El nuevo técnico designado cumplirá las mismas condiciones que el anterior, tanto las mínimas exigidas por pliego como las que hubieran sido valoradas para la adjudicación.
7) El proyecto de ejecución de las obras será supervisado por la empresa de control de calidad que designe el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. Las subsanaciones de los defectos, insuficiencias técnicas, errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios que resulten del informe de supervisión que se emita serán asumidas de forma íntegra por el contratista, sin aumento del importe de contrato ni del plazo de ejecución. En todo caso, serán resueltas siguiendo las indicaciones que dé la Dirección Facultativa de las obras.
8) El contratista autorizará acceso, medios y disponibilidad de todos sus equipos a la empresa de control de calidad contratada por el Ayuntamiento para la supervisión de la ejecución material de las obras, según el plan de control propuesto por el director de ejecución de obra y aprobado por el Ayuntamiento. Igualmente estará obligado a ejecutar cuantas medidas dicte la Dirección Facultativa y/o los servicios técnicos municipales derivadas de dicho control.
9) El conjunto de trabajos de la obra se realizará siguiendo toda la normativa vigente de aplicación, ya sea de carácter municipal, autonómico, estatal o europeo. Se hace mención especial al CTE y a la Ordenanza de Proyecto y Obras de Urbanización (xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxx/Xxxxxxxxx infraestructura/Anuncios/260865330 229 2015143430.pdf) del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
1) El contratista destinará los medios humanos y materiales necesarios para que la obra termine en el plazo establecido en el contrato y en el programa de trabajo presentado con su oferta a la licitación, aunque tenga que aumentar la jornada y los turnos de trabajos para conseguirlo y sin que ello suponga coste adicional para este Ayuntamiento.
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