Insuficiencia de Fondos. El Fiduciario no estará obligado a realizar cualquiera de los actos previstos en el presente Fideicomiso aun cuando sea instruido por el Estado, conforme a los términos del presente Contrato, si no cuenta con los fondos suficientes para sufragar los costos respectivos dentro del Patrimonio del Fideicomiso, debiendo informar tal situación al Estado o a los Acreedores. En caso de que exista una insuficiencia de recursos en el Patrimonio del Fideicomiso para el pago de Gastos, se procederá conforme a lo previsto en la Cláusula 9.2 del presente Contrato.
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