Interpretación Cláusulas de Ejemplo

Interpretación. 2.1 Para la interpretación de estas CGC, si el contexto así lo requiere, el singular significa también el plural, y el masculino significa también el femenino y viceversa. Los encabezamientos de las cláusulas no tienen relevancia por sí mismos. Las palabras que se usan en el Contrato tienen su significado corriente a menos que se las defina específicamente. El Gerente de Obras proporcionará aclaraciones a las consultas sobre estas CGC. 2.2 Si las CEC estipulan la terminación de las Obras por secciones, las referencias que en las CGC se hacen a las Obras, a la Fecha de Terminación y a la Fecha Prevista de Terminación aplican a cada Sección de las Obras (excepto las referencias específicas a la Fecha de Terminación y de la Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras). 2.3 Los documentos que constituyen el Contrato se interpretarán en el siguiente orden de prioridad: (a) Convenio, (b) Carta de Aceptación, (c) Oferta, (d) Condiciones Especiales del Contrato, (e) Condiciones Generales del Contrato, (f) Especificaciones, (g) Planos, (h) Lista de Cantidades, y (i) Cualquier otro documento que en las CEC se especifique que forma parte integral del Contrato.
Interpretación. 4.1 Si el contexto así lo requiere, el singular significa el plural, y viceversa:
Interpretación. El Órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato administrativo que se derive de este contrato y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 TRLCSP. Para la resolución de las incidencias surgidas durante la ejecución del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento.
Interpretación. (a) Inconsistencia. En caso de contradicción o inconsistencia entre las disposiciones de las Estipulaciones Especiales, cualquier anexo del Contrato y el o los Contratos de Garantía, si los hubiere, y estas Normas Generales, las disposiciones de aquéllos prevalecerán sobre las disposiciones de estas Normas Generales. Si la contradicción o inconsistencia existiere entre disposiciones de un mismo elemento de este Contrato o entre las disposiciones de las Estipulaciones Especiales, cualquier anexo del Contrato y el o los Contratos de Garantía, si los hubiere, la disposición específica prevalecerá sobre la general.
Interpretación. 2.1 Para la interpretación de estas CGC, si el contexto así lo
Interpretación. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a las leyes y jurisdicción de los tribunales locales competentes de la Ciudad de México, por lo tanto, “EL PRESTADOR” renuncia al fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa. Leído y entendido que fue el presente contrato, enteradas las partes de su contenido y alcance legal, y estando de acuerdo en que no existe error, dolo, violencia, mala fe o cualquier otro vicio de consentimiento, lo firman en la Ciudad de México, el día 01 DE ENERO DE 2017, firmando al calce y al margen de forma autógrafa o electrónica los que en él intervinieron, como constancia de su aceptación. POR LA “SEDESA” EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN PuTeV4O+OtGGMXlHrwQEvr/anNCAviTZcDP+mCoT/jsh aR7LUFhzBJqFxuvzOEDgoisJO0MHP74/tMhZWth4PUtnh VJMBzv1kXp74PEUEbrwCfF8jIg98MR5N9Lux8PFAdaL8 XXx0+XxxxxXXxxxXx0XXXXxxXxxXX0/XX0xx+xxxXXXx XxXxxxxxXXxXxxx0xxXXxXXXxxxxxXX+XXxxXXxxXXxxx XxXXXXX0xxxx0xXxxxx0XxxXXXx0xxXXxXx0xxxxxX xXXXXXxxXxxxxx/0xx0xxxXxXxXXxXX0X0XxxX0xxxxXx XxX+XXXxx+X0XX0xXxxxxXxXXX0X0x0Xx== LIC. XXXXXX XXXXXXXX XXXXX XX XXXXX DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS C1XUHkVJR59ub//gY5F48YBNUyi8gp66dJ/36/AFnIaQwiu LK1OBTBxgDO4K/TkyUu7X/smtjAKeJF8Z1czeEiYXE7R T9wxgBh3jeC7dO30ZGhgXebH5UD9A4C9tfFNdunYH6K BXPftZ+GPHWghk6p5uG5p0gZ/3cA31ZQGbDaA= LIC. XXXXXX XXXXXXX XXXX “Los Dato s Person ales recab ado s serán protegidos, inco rporados y tratado s en el Sistema d e Datos Person ales denomi nado Sist ema de Administraci ón de Recursos Humanos en la Secret aría de Sal ud de la Ci udad de Méxi co , el cu al tien e su fund amento en la Ley Orgánica de l a Admi nistraci ón Pública del Distrit o X xxxx al, artí cul os 1, 2, 3 fracción I, 15 fr acción XIV, 16 fracci on es I y IV, 33 fr acciones II, XI, XV, XVII y XVIII; Ley del ISSSTE, artícul os 1, 7, 11, 12, 13, 17, 21 y 191; R eglamento Interior de la Administraci ón Pública del DF, arts. 0, xxxxxx xx X , 0 xx acci ón XIII, 98 fracciones III , XII, XVIII, XXI y XXII, y 101 G, Circular U no vigente, Nor mati vidad en Materi a de Administraci ón de Recurs os para l as Dependenci as, Uni dades Admi nistr ati vas, Uni dades Admi nistr ati vas de Apoyo T écnico Oper ati vo, Órganos Desc oncentrados y Entidades de la Admi nistración Pública del Distrit o Federal, numeral 1; C ondiciones General es de Trabaj o d el Gobier no de la Ci udad de...
Interpretación. El contrato dimanante de la presente licitación es por su objeto fundamental y esencialmente administrativo y sus términos serán interpretados por la Corporación, la cual asimismo, resolverá las dudas que ofrezca su cumplimiento, siendo los acuerdos de la misma inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho que asiste al contratista de proceder por la vía jurisdiccional correspondiente, y dando cumplimiento a lo dispuesto en el art. 194 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sectro Público
Interpretación. 4.1 Si el contexto así lo requiere, el singular significa el plural, y viceversa. Incoterms (a) El significado de cualquier término comercial, así como los derechos y obligaciones de las partes serán los prescritos en los Incoterms, a menos que sea inconsistente con alguna disposición del Contrato. (b) Los términos CIP, FCA, CPT y otros similares, cuando se utilicen, se regirán por lo establecido en la edición vigente de los Incoterms especificada en las CEC, y publicada por la Cámara de Comercio Internacional en Xxxxx, Xxxxxxx. Totalidad del Contrato El Contrato constituye la totalidad de lo acordado entre el Comprador y el Proveedor y substituye todas las comunicaciones, negociaciones y acuerdos (ya sea escritos o verbales) realizados entre las partes con anterioridad a la fecha de la celebración del Contrato. Enmienda Ninguna enmienda u otra variación al Contrato será válida a menos que esté por escrito, fechada y se refiera expresamente al Contrato, y esté firmada por un representante de cada una de las partes debidamente autorizado. 4.5
Interpretación. 2.1 Para la interpretación de estas CGC, si el contexto así lo requiere, el singular significa también el plural, y el masculino significa también el femenino y viceversa. Los encabezamientos de las cláusulas no tienen relevancia por sí mismos. Las palabras que se usan en el Contrato tienen su significado corriente a menos que se las defina específicamente. El Gerente de Obras proporcionará aclaraciones a las consultas sobre estas CGC.
Interpretación. El órgano de contratación interpretará el contrato y resolverá las dudas que ofrezca su cumplimiento sin perjuicio de la audiencia del contratista y demás derechos que le asistan, de conformidad a lo estipulado en el artículo 191 de la LCSP. En Santa Xxxx de Tenerife a ………….. de de 2018 D. ………………………….., provisto con número…………de (DNI/Pasaporte/o documento que haga sus veces), Interviniendo en representación de la entidad…………………………………………………………….., en calidad de .....……….(apoderado/administrador/consejero delegado, otros). Enterado xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares que habrán de regir en el procedimiento de ---------------------------------------------- mediante procedimiento abierto, y aceptando íntegramente el contenido del mismo. - Que cumple todas y cada una de las condiciones establecidas legalmente para contratar con AUDITORIO DE TENERIFE, de acuerdo con el pliego de cláusulas administrativas, incluidos los requisitos de solvencia económica y técnica que en su caso se exijan de conformidad con la clausula 10 de los presentes pliegos. - Que las prestaciones propias del contrato quedan comprendidas en el objeto social o en el ámbito de la actividad de su empresa a los efectos previstos en el art 66.1 de la LCSP. - Que ni la empresa que represento ni su personal han participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato. - La sociedad o empresa que represento está al corriente del pago, tanto de sus obligaciones con la Seguridad Social impuestas por la legislación vigente, con la Administración del Estado, de la Comunidad Autónoma Canaria y del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife. - Que mi persona o la entidad a la que represento no se encuentra comprendida en ninguna de las circunstancias de incapacidad o prohibición de contratar que se establecen en el artículo 71 del LCSP, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. - Me comprometo a aportar los documentos acreditativos de los requisitos anteriores de conformidad en el caso de que sea requerido para ello por la AUDITORIO DE TENERIFE por resultar propuesto para la adjudicación del contrato. - Que la sociedad a la que represento (marcar con una “X” lo que corresponda):