Common use of Integración de la documentación y materiales electorales Clause in Contracts

Integración de la documentación y materiales electorales. a) Para el desarrollo de la actividad, “LAS PARTES” se sujetarán a lo establecido en “LA LGIPE”, “LA LIPEEO” y el Libro Tercero, Título I, Capítulo IX, Sección Tercera y los artículos 167, numerales 2, inciso b) y 3; y 176 a 181, así como el procedimiento correspondiente previsto en el Anexo 5 de “EL REGLAMENTO”. b) El procedimiento de conteo, sellado y agrupamiento de boletas electorales para las elecciones locales, será desarrollado conforme a lo dispuesto en el Anexo 5 de “EL REGLAMENTO”, apartado “Procedimiento para el conteo, sellado y agrupamiento de las boletas electorales en las sedes del Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral y de los Órganos competentes del Organismo Público Local”, subapartados A y B y sus Formatos Anexos 2 y 3; así como en la “ECAE”. c) “EL IEEPCO”, será el encargado de llevar a cabo el procedimiento a que alude el inciso anterior, para lo cual se contará con la participación de las y los “SE”, “CAE” y demás personal designado por los órganos correspondientes; el funcionariado de "EL INE" podrá presenciar el desarrollo de estas. Los costos serán responsabilidad de “EL IEEPCO”. d) “EL IEEPCO” hará entrega a la Junta Local Ejecutiva de “EL INE” en la entidad, de las respectivas actas circunstanciadas levantadas sobre las tareas llevadas a cabo por sus órganos competentes, sobre el conteo, sellado y agrupamiento de boletas electorales. En el Anexo Técnico que suscriban “LAS PARTES” se determinará el lugar, condiciones y plazos para el desarrollo de estas actividades.

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Samples: Convenio General De Coordinación Y Colaboración

Integración de la documentación y materiales electorales. a) Para el desarrollo de la actividad, “LAS PARTES” se sujetarán a lo establecido en “LA LGIPE”, “LA LIPEEO” establecerán sus cronogramas y el Libro Tercero, Título I, Capítulo IX, Sección Tercera y los artículos 167, numerales 2, inciso b) y 3; y 176 a 181mecanismos de integración de documentación, así como el procedimiento correspondiente previsto los lugares, condiciones y cursos de capacitación para que las y los SE y CAE, apoyen en el Anexo 5 de “EL REGLAMENTO”. b) El procedimiento las labores de conteo, sellado y agrupamiento de las boletas electorales de la elección federal; en el caso de la elección local harán lo propio las y los SEL y CAEL. Cada una de “LAS PARTES” determinarán los lugares y condiciones para las elecciones localesllevar a cabo esta actividad. Lo anterior, será desarrollado conforme a lo dispuesto con base en el procedimiento previsto en el Anexo 5 de “EL REGLAMENTO”5, apartado referente al Procedimiento para el conteo, sellado y agrupamiento de las boletas electorales en las sedes del Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral de “EL INE” y de los Órganos órganos competentes del Organismo Público Localde “EL IETAM”, subapartados A y B y sus Formatos Anexos 2 y 3; 3 de “EL REGLAMENTO”, así como en la ECAE 2023-2024. b) ECAE”LAS PARTES” a más tardar una semana antes al inicio de la actividad, establecerán los mecanismos de coordinación y seguimiento en el desarrollo de la actividad. c) “EL IEEPCOIETAM” podrá solicitar a más tardar el 15 xx xxxxx de 2024 a “EL INE”, será el encargado la impartición de llevar a cabo el procedimiento a que alude el inciso anterior, para lo cual se contará con la participación talleres de las y los “SE”, “CAE” y demás personal designado por los órganos correspondientes; el funcionariado capacitación del grupo de "EL INE" podrá presenciar el desarrollo de estas. Los costos serán responsabilidad multiplicadores de “EL IEEPCO”. d) “EL IEEPCOIETAMhará entrega a cargo de la Junta Local Ejecutiva de “EL INE” capacitación del personal que auxiliará en la entidad, de las respectivas actas circunstanciadas levantadas sobre las tareas llevadas a cabo por sus órganos competentes, sobre el conteo, sellado y agrupamiento de boletas electorales. En el Anexo Técnico que suscriban las boletas. d) Los gastos del conteo, sellado y agrupamiento de boletas, así como de la integración de la documentación y materiales electorales de los paquetes electorales correrá a cargo de cada una de “LAS PARTES”, de forma independiente. e) Dicha actividad, se realizará sin menoscabo de las actividades relativas a la integración de las mesas directivas xx Xxxxxxx Única y la capacitación del funcionariado de éstas. f) Con el propósito de realizar la evaluación de los programas y actividades respectivas, “EL INEse determinará el lugar, condiciones y plazos para podrá requerir a “EL IETAM” la información sobre el desarrollo de estas actividadesla actividad en los plazos y términos que lo solicite.

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Samples: Technical Annex to the General Coordination and Collaboration Agreement

Integración de la documentación y materiales electorales. a) Para el desarrollo de la actividad, “LAS PARTES” se sujetarán a lo establecido en “LA LGIPE”, “LA LIPEEOLIPEED” y el Libro Tercero, Título I, Capítulo IX, Sección Tercera y los artículos 167, numerales 2, inciso b) y 3; y 176 a 181, así como el procedimiento correspondiente previsto en el Anexo 5 de “EL REGLAMENTO”. b) El procedimiento de conteo, sellado y agrupamiento de boletas electorales para las elecciones locales, será desarrollado conforme a lo dispuesto en el Anexo 5 de “EL REGLAMENTO”, apartado “Procedimiento para el conteo, sellado y agrupamiento de las boletas electorales en las sedes del Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral y de los Órganos competentes del Organismo Público Local”, subapartados A y B y sus Formatos Anexos 2 y 3; así como en la “ECAE”. c) EL IEEPCO”IEPC", será el encargado de llevar a cabo el procedimiento a que alude el inciso anterior, para lo cual se contará con la participación de las y los “SE”, “CAE” y demás personal designado por los órganos correspondientes; el funcionariado de "EL INE" podrá presenciar el desarrollo de estas. Los costos serán responsabilidad de “EL IEEPCOIEPC”. d) “EL IEEPCOIEPC” hará entrega a la Junta Local Ejecutiva de “EL INE” en la entidad, de las respectivas actas circunstanciadas levantadas sobre las tareas llevadas a cabo por sus órganos competentes, sobre el conteo, sellado y agrupamiento de boletas electorales. En el Anexo Técnico que suscriban “LAS PARTES” se determinará el lugar, condiciones y plazos para el desarrollo de estas actividades.

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Samples: Convenio General De Coordinación Y Colaboración

Integración de la documentación y materiales electorales. a) Para el desarrollo de la actividad, “LAS PARTES” se sujetarán a lo establecido en “LA LGIPE”establecerán sus cronogramas y mecanismos de integración de documentación, “LA LIPEEO” así como los lugares, condiciones y el Libro Tercero, Título I, Capítulo IX, Sección Tercera cursos de capacitación para que las y los SE y CAE, asistan a los órganos de “EL IEPC” en cantidad suficiente para asegurar el desarrollo oportuno de la actividad. La cual se realizará de conformidad con los artículos 167, 167 numerales 2, inciso b) y 3; y del 176 a al 181, así como el procedimiento correspondiente previsto en el Anexo 5 de “EL REGLAMENTO”. Dicha actividad, se realizará sin menoscabo de la integración de las actividades relativas a la integración de las Mesas Directivas xx Xxxxxxx y la capacitación del funcionariado de éstas. b) El procedimiento “LAS PARTES” a más tardar una semana antes al inicio de conteola actividad, sellado establecerán los mecanismos de coordinación y agrupamiento de boletas electorales para las elecciones locales, será desarrollado conforme a lo dispuesto seguimiento en el Anexo 5 desarrollo de la actividad. c) “EL IEPC” podrá solicitar con la debida anticipación a “EL INE”, la impartición de talleres de capacitación del grupo de multiplicadores de “EL REGLAMENTO”, apartado “Procedimiento para IEPC” a cargo de la capacitación del personal que auxiliará en el conteo, sellado y agrupamiento de las boletas electorales en las sedes del Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral y de los Órganos competentes del Organismo Público Local”, subapartados A y B y sus Formatos Anexos 2 y 3; así como en la “ECAE”. c) “EL IEEPCO”, será el encargado de llevar a cabo el procedimiento a que alude el inciso anterior, para lo cual se contará con la participación de las y los “SE”, “CAE” y demás personal designado por los órganos correspondientes; el funcionariado de "EL INE" podrá presenciar el desarrollo de estas. Los costos serán responsabilidad de “EL IEEPCO”boletas. d) Los gastos del conteo, sellado y agrupamiento de boletas, así como de la integración de la documentación y materiales electorales de los paquetes electorales correrá a cargo de “EL IEEPCOIEPC”. e) “EL IEPC” hará entrega a la Junta Local Ejecutiva de “EL INE” en la entidad, de las respectivas actas circunstanciadas levantadas sobre las tareas llevadas a cabo por sus órganos competentes, sobre el conteo, sellado y agrupamiento de boletas electorales. En . f) Con el Anexo Técnico que suscriban propósito de dar seguimiento a los programas y actividades respectivas e informar a las autoridades de LAS PARTESEL INE”, “EL IEPCse determinará el lugar, condiciones y plazos para proporcionará la información sobre el desarrollo de estas actividadesla actividad en los plazos y términos que lo solicite "EL INE", a través de la DEOE.

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Samples: Convenio General De Coordinación Y Colaboración