DE LAS PARTES Cláusulas de Ejemplo
DE LAS PARTES. Que están de acuerdo en asumir los derechos y obligaciones que adquieran por este contrato, con sujeción a las siguientes:
DE LAS PARTES. Es su voluntad celebrar el presente contrato, para lo cual se reconocen ampliamente las facultades y capacidad necesarias, mismas que no les han sido revocadas o limitadas en forma alguna, por lo que de común acuerdo se obligan de conformidad con las siguientes:
DE LAS PARTES. Las partes contratantes son: El BANCO CENTRAL DE BOLIVIA, con Número de Identificación Tributaria (NIT) ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, con domicilio en la calle Ayacucho esquina Mercado s/n de la zona Central, en la ciudad de La Paz - Bolivia, representado legalmente por _____________ con Cédula de Identidad Nº _______ expedida en _____, como Gerente de Administración de acuerdo a su designación efectuada mediante Acción de Personal N° ________________ y a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (RE-SABS) del Banco Central de Bolivia, aprobado mediante Resolución de Directorio _____________________, sus modificaciones, y a la Resolución PRES - GAL N° _____________________, que en adelante se denominará la ENTIDAD. _______________________ empresa legalmente constituida y existente conforme a la legislación boliviana, con registro en FUNDEMPRESA bajo la Matrícula de Comercio N°________, inscrita en el Padrón Nacional de Contribuyentes con Número de Identificación Tributaria (NIT): ___________, con domicilio en la _______________________________________, representada por la __________________________________, con Cédula de Identidad N° _________ expedida en ________, en virtud al Testimonio de Poder N°________ de ___de ______ de ______, otorgado ante el _____________, Notaría de Fe Pública N° ________ del municipio de ______________, en adelante denominado el PROVEEDOR. La ENTIDAD y el PROVEEDOR en su conjunto se denominarán las PARTES.
DE LAS PARTES. III.1 Que es su voluntad celebrar el presente contrato y sujetarse a sus términos y condiciones, por lo que de común acuerdo se obligan de conformidad con las siguientes:
DE LAS PARTES. Las partes CONTRATANTES son: El BANCO CENTRAL DE BOLIVIA, con Número de Identificación Tributaria (NIT) ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, con domicilio en la calle Ayacucho esquina Mercado s/n de la zona central, en la Ciudad de La Paz – Bolivia, representado legalmente por el Lic. ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ con Cédula de Identidad Nº ▇▇▇▇▇▇ emitida en La Paz, como Gerente de Administración, en mérito a la designación realizada mediante Acción de Personal N° 677/2017 de fecha 18 de julio de 2017 y a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (RE-SABS) del Banco Central de Bolivia, aprobado mediante Resolución de Directorio N° 147/2015 de fecha 18 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 2015 y a la Resolución PRES - GAL N° 12/2015 de fecha 27 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 2015, que en adelante se denominará la ENTIDAD. El _______, mayor de edad, hábil por derecho, titular de la Cédula de Identidad N° ____, expedida en la ciudad de La Paz, con NIT ____, con domicilio en ____ de la zona ____de la ciudad de ___ - Bolivia, en adelante denominada el CONSULTOR. La ENTIDAD y el CONSULTOR en su conjunto serán denominados las PARTES.
DE LAS PARTES. A) QUE EN ATENCIÓN A LO EXPUESTO, ESTÁN CONFORMES CON SUJETAR SUS COMPROMISOS A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES SIGUIENTES:
DE LAS PARTES. III.1.- EN ESTE ACTO Y POR MEDIO DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE RECONOCEN MUTUAMENTE LA PERSONALIDAD JURÍDICA CON QUE COMPARECEN ASÍ COMO LA CAPACIDAD LEGAL PARA ASUMIR DERECHOS Y OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN ESTE ACUERDO DE VOLUNTADES.
DE LAS PARTES. QUE MANIFIESTAN SU CONFORMIDAD DE SOMETERSE Y SUJETARSE AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
DE LAS PARTES. 1.1 El SENACE, es un organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente, encargado de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) regulados en la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental y sus normas reglamentarias, que comprenden los proyectos de inversión pública, privada o de capital mixto, de alcance nacional y multirregional que impliquen, construcciones, obras y otras actividades comerciales y de servicios que puedan causar impactos ambientales significativos. Asimismo, SENACE es el responsable de emitir la Certificación Ambiental Global, de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible.
1.2 El PNPAIS es un Programa del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, que se constituye mediante el Decreto Supremo N° 013-2017-MIDIS sobre la base del Programa Nacional Tambos, cuyo propósito es integrar a las Plataformas Itinerantes con las Plataformas Fijas, con la finalidad de facilitar el acceso de la población pobre y extremadamente pobre, especialmente la asentada en los centros poblados del área rural y rural dispersa, a los servicios y actividades, en materias sociales y productivas que brinda el Estado. Firmado digitalmente por CUBA ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ FAU 20601993181 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 05.08.2021 16:49:32 -05:00 Firmado digitalmente por ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ FAU 20601993181 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 04.08.2021 09:52:53 -05:00 Cuando en el presente convenio se haga referencia al SENACE y al PNPAIS de forma conjunta, se les denominará como LAS PARTES.
DE LAS PARTES. 1.1. EL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL NIÑO SAN ▇▇▇▇▇ del Ministerio de Salud, es un establecimiento de salud que cuenta con un CENTRO DE HEMOTERAPIA Y BANCO DE SANGRE TIPO II inscrito en el Registro de Hemoterapia y Bancos de Sangre del PRONAHEBAS con Registro N° ▇▇-▇▇▇▇-▇▇▇, realiza actividades de captación, selección (incluido el examen físico), obtención, extracción, fraccionamiento, tamizaje, conservación y transferencia de unidades de sangre y hemocomponentes. Promueve y participa activamente en la promoción de la donación voluntaria de sangre. Provee de unidades de sangre aptas para uso que llevan el Sello Nacional de Calidad del PRONAHEBAS a Centros de Hemoterapia y/o Bancos de Sangre Tipo I en el marco de un convenio de partes.
1.2. Por su parte VILLA ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ SALUD S.A.C y ESSALUD suscribieron el 31 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2010, el contrato de Asociación Público-Privado para la constitución de Derecho de Superficie, Diseño, Construcción de Infraestructura, Dotación de Equipamiento, Operación y Mantenimiento del Nuevo Hospital III Villa ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y su Centro de Atención Primaria Red Asistencial Rebagliati (Hospital ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇), en adelante “Contrato APP Villa ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇”. VILLA ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ SALUD S.A.C. como parte del cumplimiento de las obligaciones a su cargo establecidas en el Contrato APP VMT, debe poner en funcionamiento un CENTRO DE HEMOTERAPIA/BANCO DE SANGRE TIPO I. Conforme a lo expuesto, VILLA ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ SALUD S.A.C viene operando el Hospital ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, que cuenta con un “CENTRO DE HEMOTERAPIA Y BANCO DE SANGRE TIPO I”, inscrito en el Registro de Hemoterapia y Bancos de Sangre del PRONAHEBAS con Registro N° ▇▇-▇▇▇▇-▇▇▇, siendo así, realiza actividades de recepción, almacenamiento y atención de sangre y hemocomponentes y la realización de las pruebas de compatibilidad, provenientes de un Hemoterapia y Banco de Sangre Tipo II, en el marco de un convenio de partes. Participa activamente en la promoción de la donación voluntaria de sangre. Conforme lo anterior, las Partes coinciden en su deseo de realizar acciones conjuntas para cumplir con la atención y el cuidado de la salud de la población, así como asegurar el continuo flujo y proceso de banco de sangre.
