JURISDICCIÓN Y LEGISLACIÓN APLICABLES. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté estipulado en el mismo, “LAS PARTES” estarán a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables y se someterán expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales competentes radicados en el Distrito Federal, por lo que renuncian a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes, futuros o por cualquier otra causa. Para los efectos del cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente contrato, “LAS PARTES” señalan como sus domicilios convencionales para todos los efectos legales a que haya lugar, los que se indican a continuación, por lo que cualquier notificación judicial o extrajudicial, emplazamiento, requerimiento o diligencia que en dicho domicilio se practique, será enteramente válida, al tenor del artículo 34 del Código Civil Federal y sus correlativos en los Estados de la República Mexicana. En caso de que alguna de “LAS PARTES” cambiara su domicilio, deberá hacerlo del conocimiento de la otra mediante notificación fehaciente por escrito en un plazo que no exceda de veinte (20) días hábiles a la fecha en que cambie de domicilio. Enteradas “LAS PARTES” del alcance, contenido y fuerza legal del presente contrato, y por no contener ningún vicio del consentimiento ni cláusula contraria a derecho, lo firman por triplicado de conformidad al margen en todas y cada una de sus hojas y al calce en la última de este instrumento, en la Ciudad de , el día de de . Servidor Público encargado de la Administración y Vigilancia del Cumplimiento del Presente Instrumento , a, . LICONSA, S.A. DE C.V. PRESENTE. (NOMBRE) EN MI CARÁCTER DE (CARGO) Y CON LAS FACULTADES DE REPRESENTACIÓN DE (NOMBRE DE LA EMPRESA) QUE TENGO CONFERIDAS, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE EL SUSCRITO, MI REPRESENTADA O LOS SOCIOS QUE LA CONFORMAN, NO SE ENCUENTRAN UBICADOS EN CUALQUIERA DE LOS SUPUESTOS QUE INDICAN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. (XXXX MEMBRETADA DEL LICITANTE). MÉXICO, D.F., . LICONSA, S.A. DE C.V. PRESENTE.
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Samples: Invitación a Participar en El Procedimiento De Contratación
JURISDICCIÓN Y LEGISLACIÓN APLICABLES. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté estipulado en el mismo, “LAS PARTES” estarán a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables y se someterán expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales competentes radicados en el Distrito Federal, por lo que renuncian a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes, futuros o por cualquier otra causa. Para los efectos del cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente contrato, “LAS PARTES” señalan como sus domicilios convencionales para todos los efectos legales a que haya lugar, los que se indican a continuación, por lo que cualquier notificación judicial o extrajudicial, emplazamiento, requerimiento o diligencia que en dicho domicilio se practique, será enteramente válida, al tenor del artículo 34 del Código Civil Federal y sus correlativos en los Estados de la República Mexicana. En caso de que alguna de “LAS PARTES” cambiara su domicilio, domicilio deberá hacerlo del conocimiento de la otra mediante notificación fehaciente por escrito en un plazo que no exceda menor de veinte (20) días hábiles a la fecha en que cambie de desee señalar un nuevo domicilio. Enteradas “LAS PARTES” del alcance, contenido y fuerza legal del presente contrato, y por no contener ningún vicio del consentimiento ni cláusula contraria a derecho, lo firman por triplicado de conformidad al margen en todas y cada una de sus hojas y al calce en la última de este instrumento, en la Ciudad de , el día de de . Servidor Público encargado Encargado de la Administración y Vigilancia del Cumplimiento del Presente Instrumento Instrumento. El compromiso de México en el combate a la corrupción ha transcendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, ahemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada– en donde un grupo de expertos verificará, entre otros: La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. LICONSA, S.A. DE C.V. PRESENTE El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención. El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en: Profundizar las reformas legales que inició en 1999. Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (NOMBRE) EN MI CARÁCTER DE (CARGO) Y CON LAS FACULTADES DE REPRESENTACIÓN DE (NOMBRE DE LA EMPRESA) QUE TENGO CONFERIDAS, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE EL SUSCRITO, MI REPRESENTADA O LOS SOCIOS QUE LA CONFORMAN, NO SE ENCUENTRAN UBICADOS EN CUALQUIERA DE LOS SUPUESTOS QUE INDICAN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. (XXXX MEMBRETADA DEL LICITANTEincluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición). MÉXICOLas responsabilidades del sector privado contemplan: Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, D.F.de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa. LICONSA Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, S.A. DE C.V. PRESENTEcomo asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales. Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas. Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes. Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido. En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la Convención y por tanto la comisión de actos de corrupción. Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: “Artículo 222 Cometen el delito de cohecho:
I.- El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
II.- El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones. Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, de treinta a trescientos días multa y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos a catorce años de prisión, de trescientos a mil días multa y destitución e inhabilitación de dos a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.
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Samples: Licitación Pública Nacional
JURISDICCIÓN Y LEGISLACIÓN APLICABLES. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté estipulado en el mismo, “LAS PARTES” estarán a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables y se someterán expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales competentes radicados en el Distrito Federal, por lo que renuncian a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes, futuros o por cualquier otra causa. Para los efectos del cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente contrato, “LAS PARTES” señalan como sus domicilios convencionales para todos los efectos legales a que haya lugar, los que se indican a continuación, por lo que cualquier notificación judicial o extrajudicial, emplazamiento, requerimiento o diligencia que en dicho domicilio se practique, será enteramente válida, al tenor del artículo 34 del Código Civil Federal y sus correlativos en los Estados de la República Mexicana. “LICONSA” “EL PROVEEDOR” En caso de que alguna de “LAS PARTES” cambiara su domicilio, domicilio deberá hacerlo del conocimiento de la otra mediante notificación fehaciente por escrito en un plazo que no exceda menor de veinte (20) días hábiles a la fecha en que cambie de desee señalar un nuevo domicilio. Enteradas “LAS PARTES” del alcance, contenido y fuerza legal del presente contrato, y por no contener ningún vicio del consentimiento ni cláusula contraria a derecho, lo firman por triplicado de conformidad al margen en todas y cada una de sus hojas y al calce en la última de este instrumento, en la Ciudad de ______________________, el día __ de ___________ de ______. Servidor Público encargado El compromiso de México en el combate a la corrupción ha transcendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Administración Organización para la Cooperación y Vigilancia el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada– en donde un grupo de expertos verificará, entre otros: La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención. El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del Cumplimiento del Presente Instrumento , a, sector público se centran en: Profundizar las reformas legales que inició en 1999. LICONSA, S.A. DE C.V. PRESENTEDifundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (NOMBRE) EN MI CARÁCTER DE (CARGO) Y CON LAS FACULTADES DE REPRESENTACIÓN DE (NOMBRE DE LA EMPRESA) QUE TENGO CONFERIDAS, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE EL SUSCRITO, MI REPRESENTADA O LOS SOCIOS QUE LA CONFORMAN, NO SE ENCUENTRAN UBICADOS EN CUALQUIERA DE LOS SUPUESTOS QUE INDICAN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. (XXXX MEMBRETADA DEL LICITANTEincluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición). MÉXICOLas responsabilidades del sector privado contemplan: Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, D.F.de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa. LICONSALos contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, S.A. DE C.V. PRESENTEcomo asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales. Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas. Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes. Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido. En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la Convención y por tanto la comisión de actos de corrupción. Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: “Artículo 222 Cometen el delito de cohecho:
I.- El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
II.- El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones. Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, de treinta a trescientos días multa y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos a catorce años de prisión, de trescientos a mil días multa y destitución e inhabilitación de dos a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.
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Samples: Licitación Pública Nacional
JURISDICCIÓN Y LEGISLACIÓN APLICABLES. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté estipulado en el mismo, “LAS PARTES” estarán a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables y se someterán expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales competentes radicados en el Distrito Federal, por lo que renuncian a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes, futuros o por cualquier otra causa. VIGÉSIMA.-DOMICILIOS Para los efectos del cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente contrato, “LAS PARTES” señalan como sus domicilios convencionales para todos los efectos legales a que haya lugar, los que se indican a continuación, por lo que cualquier notificación judicial o extrajudicial, emplazamiento, requerimiento o diligencia que en dicho domicilio se practique, será enteramente válida, al tenor del artículo 34 del Código Civil Federal y sus correlativos en los Estados de la República Mexicana. “LICONSA” “EL PROVEEDOR” En caso de que alguna de “LAS PARTES” cambiara su domicilio, deberá hacerlo del conocimiento de la otra mediante notificación fehaciente por escrito en un plazo que no exceda de veinte (20) días hábiles a la fecha en que cambie de domicilio. Enteradas “LAS PARTES” del alcance, contenido y fuerza legal del presente contrato, y por no contener ningún vicio del consentimiento ni cláusula contraria a derecho, lo firman por triplicado de conformidad al margen en todas y cada una de sus hojas y al calce en la última de este instrumento, en la Ciudad de , el día de de . POR “LICONSA” APODERADO POR “EL PROVEEDOR” Servidor Público encargado de la Administración y Vigilancia del Cumplimiento del Presente Instrumento REVISIÓN LEGAL SUBDIRECTOR JURÍDICO CORPORATIVO (OFICINAS ADMINISTRATIVAS, aARCHIVOS, BAÑOS Y PASILLOS, TECHOS, LAVADO DE TINACOS DEL SISTEMA CONTRA INCENDIOS, LAVADO DE ALFOMBRA, PULIDO DE PISOS, EXTERIOR DE LA PLANTA, ETC.) OFICINAS ADMINISTRATIVAS (INCLUYENDO BAÑOS): SUBGERENCIA XX XXXXXX DE BENEFICIARIOS, SALA DE CAPACITACION, DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD, DEPARTAMENTO DE RELACIONES INDUSTRIALES, GERENCIA, SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, SALA DE JUNTAS, DEPARTAMENTO DE INFORMATICA, DEPARTAMENTO DE DISTRIBUCIÓN (DOS AREAS), SUBGERENCIA DE PRODUCCIÓN Y MANTENIMIENTO, DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO A PLANTA, DEPARTAMENTO DE DISTRIBUCION, DEPARTAMENTO DE CONTROL DE CALIDAD Y LABORATORIO, DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS, DEPARTAMENTO DE ALMACENES, CONSULTORIO MEDICO, ALMACENES DE HERRAMIENTAS (TRES AREAS) OFICINA DE SERVICIOS GENERALES, TALLER DE MANTENIMIENTO A PLANTA BAÑOS GENERALES, PASILLOS Y PLANTA DE EFLUENTES. LICONSA LIMPIEZA Y CORTAR MALEZA DE LA PARTE EXTERIOR DE LAS INSTALACIONES Y DOS AREAS VERDES DENTRO DE LA PLANTA. LIMPIEZA DE LOS TECHOS DEL CUARTO FRIO Y LAS OFICINAS, S.A. EXCEPTUANDO: PLANTA DE EFLUENTES, OFICINA XXX XXXXX. DE ALMACENES, SERVICIO MEDICO Y OFICINA DE EMBARQUES. LAVAR OCHO TINACOS CON CAPACIDAD DE 5000 LITROS, EN LOS QUE SE ALMACENA AGUA PARA EL SISTEMA CONTRAINCENDIOS. (DOS VECES DURANTE EL CONTRATO), EL SERVICIO SE REQUIERE PARA EL MES XX XXXX Y NOVIEMBRE. LAVADO DE 16 M2 DE ALFOMBRA EN OFICINA DEL DEPARTAMENTO XXX XXXXXX DE BENEFICIARIOS PULIDO DE 218 M2 PISO (GERENCIA, SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, SALA DE ESPERA, DEPTO DE RELACIONES INDUSTRIALES) TODAS LAS AREAS SE UBICAN EN EL INMUEBLE DE LA GERENCIA ESTATAL OAXACA DE LICONSA S.A DE C.V. PRESENTEUBICADO EN EL KM. (NOMBRE) EN MI CARÁCTER DE (CARGO) Y CON LAS FACULTADES DE REPRESENTACIÓN DE (NOMBRE 25 DE LA EMPRESA) CARRETERA OAXACA-MÉXICO, MUNICIPIO DE XXXXXXXXX XXXX OAX. Y EL SERVICIO DEBERA PRESTARSE DE LUNES A SABADO, DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, EXCEPTUANDO LOS DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIOS CONFORME A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, EN UN HORARIO DE CUATRO PERSONAS DE 6:00 A 14:00 HORAS Y UNA DE 8:00 A 16:00 HORAS (DE ESTE ULTIMO SABADO DE 7:00 A 15: HORAS), DE ACUERDO A LAS ACTIVIDADES QUE TENGO CONFERIDASSE DESCRIBEN EN LOS NUMERALES 9 Y 10 DE ESTE ANEXO, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE EL SUSCRITO, MI REPRESENTADA O PUDIENDO REALIZARSE LAS MODIFICACIONES NECESARIAS SEGÚN LOS SOCIOS QUE LA CONFORMAN, NO SE ENCUENTRAN UBICADOS EN CUALQUIERA DE LOS SUPUESTOS QUE INDICAN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 REQUERIMIENTOS DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. (XXXX MEMBRETADA DEL LICITANTE). MÉXICO, D.F., . LICONSA, S.A. DE C.V. PRESENTECONVOCANTE MEDIANTE LA NOTIFICACIÓN POR ESCRITO PREVIA AL PROVEEDOR.
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Samples: Service Agreement
JURISDICCIÓN Y LEGISLACIÓN APLICABLES. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté estipulado en el mismo, “LAS PARTES” estarán a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables y se someterán expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales competentes radicados en el Distrito Federal, por lo que renuncian a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes, futuros o por cualquier otra causa. Para los efectos del cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente contrato, “LAS PARTES” señalan como sus domicilios convencionales para todos los efectos legales a que haya lugar, los que se indican a continuación, por lo que cualquier notificación judicial o extrajudicial, emplazamiento, requerimiento o diligencia que en dicho domicilio se practique, será enteramente válida, al tenor del artículo 34 del Código Civil Federal y sus correlativos en los Estados de la República Mexicana. En caso de que alguna de “LAS PARTES” cambiara su domicilio, domicilio deberá hacerlo del conocimiento de la otra mediante notificación fehaciente por escrito en un plazo que no exceda de veinte 20 (20veinte) días hábiles a la fecha en que cambie de desee señalar un nuevo domicilio. Enteradas “LAS PARTES” del alcance, contenido y fuerza legal del presente contrato, y por no contener ningún vicio del consentimiento ni cláusula contraria a derecho, lo firman por triplicado de conformidad al margen en todas y cada una de sus hojas y al calce en la última de este instrumento, en la Ciudad de , el día de de . Apoderado Servidor Público encargado Encargado de la Administración y Vigilancia del Cumplimiento del Presente Instrumento Instrumento. , a, . LICONSA, S.A. DE C.V. PRESENTE. (NOMBRE) EN MI CARÁCTER DE (CARGO) Y CON LAS FACULTADES DE REPRESENTACIÓN DE (NOMBRE DE LA EMPRESA) QUE TENGO CONFERIDAS, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE EL SUSCRITO, MI REPRESENTADA O LOS SOCIOS QUE LA CONFORMAN, NO SE ENCUENTRAN UBICADOS EN CUALQUIERA DE LOS SUPUESTOS QUE INDICAN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. (XXXX MEMBRETADA DEL LICITANTE). MÉXICO, D.F., . LICONSA, S.A. DE C.V. PRESENTE.
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