Common use of LINEA DE CREDITO Clause in Contracts

LINEA DE CREDITO. 1.1 EL EMISOR abre y otorga en beneficio del USUARIO TITULAR, una línea de crédito en moneda nacional (pesos chilenos), según se indica en las Condiciones Particulares, en adelante la “LINEA”, que éste acepta, para que con cargo a la misma, y mediante el uso de la tarjeta de crédito indicada también en las Condiciones Particulares, en adelante la “TARJETA”, el USUARIO TITULAR y los USUARIOS ADICIONALES, en adelante los “USUARIOS” realicen pagos a terceros de bienes o servicios, giros o avances en efectivo, según se dispone más adelante, u otras transacciones, generando créditos de los que EL EMISOR será acreedor, conforme a este Contrato. Los montos mínimos y máximos de la LÍNEA que EL EMISOR otorga en este acto al USUARIO TITULAR son los indicados en las Condiciones Particulares. Desde la fecha del presente Contrato, queda habilitada la utilización por parte del USUARIO TITULAR únicamente del monto mínimo antes señalado e indicado en las Condiciones Particulares. La mención del monto máximo establecida para la LINEA, no concede al USUARIO TITULAR el derecho a utilizarlo, en tanto ello no haya sido autorizado por EL EMISOR, el cual podrá ir liberando al USUARIO TITULAR cifras superiores al monto mínimo y hasta completar el monto máximo acordado para la LINEA, según lo permitan sus propias disponibilidades de fondo y conforme a las evaluaciones periódicas que EL EMISOR haga del nivel de riesgo que representa la capacidad crediticia y solvencia del USUARIO TITULAR, del comportamiento de pago del USUARIO TITULAR, cumplimiento del USUARIO TITULAR de las obligaciones emanadas del presente Contrato y del uso de la LINEA que EL EMISOR le otorga, o de los demás antecedentes económicos o financieros del USUARIO TITULAR. EL EMISOR informará al USUARIO TITULAR, sobre el monto disponible de la LÍNEA autorizado, dentro de los límites mínimos y máximos pactados en el Contrato, en adelante el “CUPO VIGENTE”, a través de una cartola mensual que contendrá un resumen de toda la información relacionada con el uso de la TARJETA en el periodo de facturación, en adelante “ESTADO de CUENTA” y/o por cualquier otro medio, ya sea escrito, telefónico, mensajes de texto a teléfonos celulares, correo electrónico o internet, que tenga disponible EL EMISOR para estos fines, y a su solo requerimiento, en las sucursales dispuesta por EL EMISOR en el país. El USUARIO TITULAR podrá, en cualquier momento, solicitar que el aumento del CUPO VIGENTE se deje sin efecto a través de los medios de comunicación que EL EMISOR disponga para tal efecto. La liberación por parte de EL EMISOR de cifras superiores al monto mínimo antes referido, no significará, en ningún caso, aumento de las comisiones establecidas en este Contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Crédito Universal Asociado a Tarjeta De Crédito, Apertura De Línea De Crédito, Regulación De Uso De Tarjeta De Credito Y Servicios Asociados. Condiciones Generales

LINEA DE CREDITO. 1.1 EL EMISOR abre y otorga El BANCO aprueba en beneficio favor del USUARIO TITULARCLIENTE, una línea de crédito rotativa en moneda nacional (pesos chilenos)cuenta corriente, por la suma inicial que se señala en la HOJA RESUMEN, la misma que según se indica las condiciones xxx xxxxxxx y/o capacidad de pago de EL CLIENTE, podrá ser variada, incrementada o suprimida en las Condiciones Particularescualquier momento por EL BANCO, previa comunicación escrita dirigida al domicilio de EL CLIENTE señalado en La Solicitud de Tarjeta, en adelante la “LINEA”cual indicará la fecha a partir de la cual la citada variación tendrá lugar. Las partes dejan expresa constancia que en caso EL BANCO, luego de una evaluación de la situación económica y financiera de EL CLIENTE, encuentre fundamentos que éste aceptaacrediten un deterioro importante en su capacidad de pago, para podrá reducir o suprimir la línea de crédito y comunicar dicha circunstancia al CLIENTE dentro de un plazo de 5 días de producida la modificación. EL CLIENTE se obliga a no exceder la línea de crédito aprobada por EL BANCO, asumiendo total responsabilidad en caso contrario. En caso que los excesos en la línea correspondieran al uso fraudulento de las Tarjetas; la responsabilidad de EL CLIENTE por los excesos se limitará al 10% de exceso de la línea asignada. Siguiendo las instrucciones y con cargo las modalidades, frecuencias y hasta por los importes que EL BANCO periódicamente determine, sin exceder el monto de la línea de crédito, EL CLIENTE podrá realizar consumos con La Tarjeta, incluida la disposición de efectivo. Estas disposiciones y uso de la línea de crédito, generarán los intereses, comisiones y gastos que EL BANCO tiene establecidos, los mismos que se señalan en LA HOJA RESUMEN. Para este propósito, la frecuencia y monto de las disposiciones y cargos, se entenderán referidos a la mismalínea de crédito en la Cuenta Tarjeta, por lo que de haberse expedido varias Tarjetas referidas a una sola Cuenta, las restricciones y limites involucran a todas ellas en forma conjunta. Los montos máximos de disposición de efectivo a los que EL CLIENTE tiene acceso mediante el uso de la tarjeta de crédito indicada también La Tarjeta, se detallan en las Condiciones Particulares, en adelante la “TARJETA”, el USUARIO TITULAR y los USUARIOS ADICIONALES, en adelante los “USUARIOS” realicen pagos a terceros de bienes o servicios, giros o avances en efectivo, según se dispone más adelante, u otras transacciones, generando créditos de los que EL EMISOR será acreedor, conforme a este Contrato. Los montos mínimos y máximos de la LÍNEA que EL EMISOR otorga en este acto al USUARIO TITULAR son los indicados en las Condiciones Particulares. Desde la fecha del presente Contrato, queda habilitada la utilización por parte del USUARIO TITULAR únicamente del monto mínimo antes señalado e indicado en las Condiciones Particulares. La mención del monto máximo establecida para la LINEA, no concede al USUARIO TITULAR el derecho a utilizarlo, en tanto ello no haya sido autorizado por EL EMISOR, el cual podrá ir liberando al USUARIO TITULAR cifras superiores al monto mínimo y hasta completar el monto máximo acordado para la LINEA, según lo permitan sus propias disponibilidades de fondo y conforme a las evaluaciones periódicas que EL EMISOR haga del nivel de riesgo que representa la capacidad crediticia y solvencia del USUARIO TITULAR, del comportamiento de pago del USUARIO TITULAR, cumplimiento del USUARIO TITULAR de las obligaciones emanadas del presente Contrato y del uso de la LINEA que EL EMISOR le otorga, o de los demás antecedentes económicos o financieros del USUARIO TITULAR. EL EMISOR informará al USUARIO TITULAR, sobre el monto disponible de la LÍNEA autorizado, dentro de los límites mínimos y máximos pactados en el Contrato, en adelante el “CUPO VIGENTE”, a través de una cartola mensual que contendrá un resumen de toda la información relacionada con el uso de la TARJETA en el periodo de facturación, en adelante “ESTADO de CUENTA” y/o por cualquier otro medio, ya sea escrito, telefónico, mensajes de texto a teléfonos celulares, correo electrónico o internet, que tenga disponible EL EMISOR para estos fines, y a su solo requerimiento, en las sucursales dispuesta por EL EMISOR en el país. El USUARIO TITULAR podrá, en cualquier momento, solicitar que el aumento del CUPO VIGENTE se deje sin efecto a través de los medios de comunicación que EL EMISOR disponga para tal efecto. La liberación por parte de EL EMISOR de cifras superiores al monto mínimo antes referido, no significará, en ningún caso, aumento de las comisiones establecidas en este ContratoLA HOJA RESUMEN.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Tarjeta De Credito

LINEA DE CREDITO. 1.1 EL El EMISOR abre y otorga en beneficio del USUARIO TITULAR, una línea de crédito en moneda nacional (pesos chilenos)chilenos y/o en dólares de Estados Unidos de América, según se indica en las Condiciones Particulares, en adelante la “LINEA”, que éste acepta, para que con cargo a la misma, y mediante el uso de la tarjeta de crédito indicada también en las Condiciones Particulares, en adelante la “TARJETA”, el USUARIO TITULAR y los USUARIOS ADICIONALES, en adelante los “USUARIOS” realicen pagos a terceros de bienes o servicios, giros o avances en efectivo, según se dispone más adelante, u otras transacciones, generando créditos de los que EL EMISOR será acreedor, conforme a este Contrato. Los montos mínimos y máximos de la LÍNEA que EL EMISOR otorga en este acto al USUARIO TITULAR son los indicados en las Condiciones Particulares. Desde la fecha del presente Contrato, queda habilitada la utilización por parte del USUARIO TITULAR únicamente del monto mínimo antes señalado e indicado en las Condiciones Particulares. La mención del monto máximo establecida para la LINEA, considera tanto los créditos en pesos chilenoscomo los en dólares de Estados Unidos de América (en adelante, dólares), y no concede al USUARIO TITULAR el derecho a utilizarlo, en tanto ello no haya sido autorizado por EL EMISOR, el cual podrá ir liberando al USUARIO TITULAR cifras superiores al monto mínimo y hasta completar el monto máximo acordado para la LINEA, según lo permitan sus propias disponibilidades de fondo y conforme a las evaluaciones periódicas que EL EMISOR haga del nivel de riesgo que representa la capacidad crediticia y solvencia del USUARIO TITULAR, del comportamiento de pago del USUARIO TITULAR, cumplimiento del USUARIO TITULAR de las delas obligaciones emanadas del presente Contrato y del uso de la LINEA que EL EMISOR le otorga, o de los demás antecedentes económicos o financieros del USUARIO TITULAR. EL EMISOR informará al USUARIO TITULAR, sobre el monto disponible de la LÍNEA autorizado, dentro de los límites mínimos y máximos pactados en el Contrato, en adelante el “CUPO VIGENTE”, a través de una cartola mensual que contendrá un resumen de toda la información relacionada con el uso de la TARJETA en el periodo de facturación, en adelante “ESTADO de CUENTA” y/o por cualquier otro medio, ya sea escrito, telefónico, mensajes de texto a teléfonos celulares, correo electrónico o internet, que tenga disponible EL EMISOR para estos fines, y a su solo requerimiento, en las sucursales dispuesta por EL EMISOR en el país. El USUARIO TITULAR podrá, en cualquier momento, solicitar que el aumento del CUPO VIGENTE CUPOVIGENTE se deje sin efecto a través de los medios de comunicación que EL EMISOR disponga para tal efecto. La liberación por parte de EL EMISOR de cifras superiores al monto mínimo antes referido, no significará, en ningún caso, aumento de las comisiones establecidas en establecidasen este Contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Apertura De Línea De Crédito, Regulación De Uso De Tarjeta De Crédito Y Servicios Asociados (El “Contrato

LINEA DE CREDITO. 1.1 EL El EMISOR abre y otorga en beneficio del USUARIO TITULAR, una línea de crédito en moneda nacional (pesos chilenos)chilenos y/o en dólares de Estados Unidos de América, según se indica en las Condiciones Particulares, en adelante la “LINEA”, que éste acepta, para que con cargo a la misma, y mediante el uso de la tarjeta de crédito indicada también en las Condiciones Particulares, en adelante la “TARJETA”, el USUARIO TITULAR y los USUARIOS ADICIONALES, en adelante los “USUARIOS” realicen pagos a terceros de bienes o servicios, giros o avances en efectivo, según se dispone más adelante, u otras transacciones, generando créditos de los que EL EMISOR será acreedor, conforme a este Contrato. Los montos mínimos y máximos de la LÍNEA que EL EMISOR otorga en este acto al USUARIO TITULAR son los indicados en las Condiciones Particulares. Desde la fecha del presente Contrato, queda habilitada la utilización por parte del USUARIO TITULAR únicamente del monto mínimo antes señalado e indicado en las Condiciones Particulares. La mención del monto máximo establecida para la LINEA, considera tanto los créditos en pesos chilenos como los en dólares de Estados Unidos de América (en adelante, dólares), y no concede al USUARIO TITULAR el derecho a utilizarlo, en tanto ello no haya sido autorizado por EL EMISOR, el cual podrá ir liberando al USUARIO TITULAR cifras superiores al monto mínimo y hasta completar el monto máximo acordado para la LINEA, según lo permitan sus propias disponibilidades de fondo y conforme a las evaluaciones periódicas que EL EMISOR haga del nivel de riesgo que representa la capacidad crediticia y solvencia del USUARIO TITULAR, del comportamiento de pago del USUARIO TITULAR, cumplimiento del USUARIO TITULAR de las obligaciones emanadas del presente Contrato y del uso de la LINEA que EL EMISOR le otorga, o de los demás antecedentes económicos o financieros del USUARIO TITULAR. EL EMISOR informará al USUARIO TITULAR, sobre el monto disponible de la LÍNEA autorizado, dentro de los límites mínimos y máximos pactados en el Contrato, en adelante el “CUPO VIGENTE”, a través de una cartola mensual que contendrá un resumen de toda la información relacionada con el uso de la TARJETA en el periodo de facturación, en adelante “ESTADO de CUENTA” y/o por cualquier otro medio, ya sea escrito, telefónico, mensajes de texto a teléfonos celulares, correo electrónico o internet, que tenga disponible EL EMISOR para estos fines, y a su solo requerimiento, en las sucursales dispuesta por EL EMISOR en el país. El USUARIO TITULAR podrá, en cualquier momento, solicitar que el aumento del CUPO VIGENTE se deje sin efecto a través de los medios de comunicación que EL EMISOR disponga para tal efecto. La liberación por parte de EL EMISOR de cifras superiores al monto mínimo antes referido, no significará, en ningún caso, aumento de las comisiones establecidas en este Contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Apertura De Línea De Crédito, Regulación De Uso De Tarjeta De Crédito Y Servicios Asociados (El “Contrato