Common use of Mecanismos de resolución de conflictos Clause in Contracts

Mecanismos de resolución de conflictos. Las discrepancias que puedan surgir ante la Entidad Aseguradora, y sin perjuicio del derecho de acudir a los Juzgados y Tribunales competentes, podrán ser sometidas a resolución de cualquiera de las siguientes instancias: En el ámbito asegurador y de conformidad con lo establecido en las Ordenes del Ministerio de Economía ECO/ 734/ 04, de 11 xx xxxxx y ECC/ 2502/2012, de 16 de noviembre:

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