MODIFICACIONES A LAS BASES DE LA LICITACIÓN. La Convocante podrá modificar los plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de la Licitación, a partir de la fecha en que sea publicada la convocatoria y hasta, inclusive, el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, siempre que: Se publique un aviso en el Diario Oficial de la Federación, a fin de que los licitantes concurran ante la Convocante para conocer, de manera especifica, las modificaciones respectivas. No será necesario hacer la publicación del aviso cuando las modificaciones deriven de las juntas de aclaraciones, siempre que, a más tardar dentro del plazo señalado, se entregue copia del acta respectiva a cada uno de los licitantes que hayan adquirido las bases de la licitación. Las modificaciones en ningún caso podrán consistir en la sustitución del servicio convocado originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a las bases de la licitación, derivada del resultado de la o las juntas de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las propias bases de esta licitación.
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Samples: Licitación Pública Nacional, Service Agreement, Licitación Pública Nacional
MODIFICACIONES A LAS BASES DE LA LICITACIÓN. La Convocante FONACOT podrá modificar los plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de la Licitación, a partir de la fecha en que sea publicada la convocatoria y hasta, inclusive, el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, siempre que: Se publique un aviso en el Diario Oficial de la Federación, a fin de que los licitantes concurran ante la Convocante propia dependencia o entidad para conocer, de manera especifica, las modificaciones respectivas. No será necesario hacer la publicación del aviso cuando las modificaciones deriven de las juntas de aclaraciones, siempre que, a más tardar dentro del plazo señalado, se entregue copia del acta respectiva a cada uno de los licitantes que hayan adquirido las bases de la licitación. Las modificaciones en ningún caso podrán consistir en la sustitución del servicio convocado de los bienes convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a las bases de la licitación, derivada del resultado de la o las juntas de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las propias bases de esta licitación.
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Samples: Licitación Pública Nacional
MODIFICACIONES A LAS BASES DE LA LICITACIÓN. La Convocante FONACOT podrá modificar los plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de la Licitación, a partir de la fecha en que sea publicada la convocatoria y hasta, inclusive, el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, siempre que: Se publique un aviso en el Diario Oficial de la Federación, a fin de que los licitantes concurran ante la Convocante propia dependencia o entidad para conocer, de manera especifica, las modificaciones respectivas. No será necesario hacer la publicación del aviso cuando las modificaciones deriven de las juntas de aclaraciones, siempre que, a más tardar dentro del plazo señalado, se entregue copia del acta respectiva a cada uno de los licitantes que hayan adquirido las bases de la licitación. Las modificaciones en ningún caso podrán consistir en la sustitución del servicio convocado originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a las bases de la licitación, derivada del resultado de la o las juntas de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las propias bases de esta licitación.
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Samples: Licitación Pública Internacional
MODIFICACIONES A LAS BASES DE LA LICITACIÓN. La Convocante podrá modificar los plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de la Licitación, a partir de la fecha en que sea publicada la convocatoria y hasta, inclusive, el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, siempre que: Se publique un aviso en el Diario Oficial de la Federación, a fin de que los licitantes concurran ante la Convocante para conocerConvocante, de manera especificaespecífica, las modificaciones respectivas. No será necesario hacer la publicación del aviso cuando las modificaciones deriven de las juntas de aclaraciones, siempre que, a más tardar dentro del plazo señalado, se entregue copia del acta respectiva a cada uno de los licitantes que hayan adquirido las bases de la licitación. Las modificaciones en ningún caso podrán consistir en la sustitución del servicio convocado originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a las bases de la licitación, derivada del resultado de la o las juntas de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las propias bases de esta licitación.
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Samples: Licitación Pública Nacional
MODIFICACIONES A LAS BASES DE LA LICITACIÓN. La Convocante podrá modificar los plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de la Licitación, a partir de la fecha en que sea publicada la convocatoria y hasta, inclusive, el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, siempre que: Se publique un aviso en el Diario Oficial de la Federación, a fin de que los licitantes concurran ante la Convocante para conocerConvocante, de manera especificaespecífica, las modificaciones respectivas. No será necesario hacer la publicación del aviso cuando las modificaciones deriven de las juntas de aclaraciones, siempre que, a más tardar dentro del plazo señalado, se entregue copia del acta respectiva a cada uno de los licitantes que hayan adquirido las bases de la licitación. Las modificaciones en ningún caso podrán consistir en la sustitución del servicio convocado de los bienes convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Cualquier modificación a las bases de la licitación, derivada del resultado de la o las juntas de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las propias bases de esta licitación.
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Samples: Licitación Pública Nacional