Modificaciones a los Servicios. 6.1 Los Servicios Contratados bajo un plazo indeterminado, podrán ser modificados en los siguientes términos: a) El Proveedor dará aviso al Suscriptor, cuando menos con 15 (quince) días naturales de anticipación, de cualquier cambio en los términos y condiciones originalmente contratados. Dicho aviso deberá ser notificado, a través de medios físicos, electrónicos, digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita. b) El Suscriptor podrá solicitar el cambio de domicilio de prestación de los Servicios Contratados, reubicación del Equipo previamente instalado y/o cambio de su número telefónico cuando se haya facturado por lo menos una mensualidad de los mismos, siempre y cuando haya disponibilidad y factibilidad técnicas para efectuar el cambio y el Suscriptor acepte el cargo aplicable por la modificación de acuerdo con las tarifas vigentes. c) El Proveedor deberá obtener el consentimiento del Suscriptor a través de medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita, para poder dar por terminado el presente Contrato con la finalidad de sustituirlo por otro, o bien para la modificación de sus términos y condiciones. No se requerirá dicho consentimiento cuando la modificación genere un beneficio en favor del Suscriptor.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios, Contrato De Prestación De Servicios, Contrato De Prestación De Servicios De Telecomunicaciones
Modificaciones a los Servicios. 6.1 Los Servicios Contratados bajo un plazo indeterminado, podrán ser modificados en los siguientes términos:
a) El Proveedor dará aviso al Suscriptor, cuando menos con 15 (quince) días naturales de anticipación, de cualquier cambio en los términos y condiciones originalmente contratados. Dicho aviso deberá ser notificado, a través de medios físicos, electrónicos, digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita.
b) El Suscriptor podrá solicitar el cambio de domicilio de prestación de los Servicios Contratados, reubicación del Equipo previamente instalado y/o cambio de su número telefónico cuando se haya facturado por lo menos una mensualidad de los mismosestos, siempre y cuando haya disponibilidad y factibilidad técnicas técnica para efectuar el cambio y el Suscriptor acepte el cargo aplicable por la modificación de acuerdo con las tarifas vigentes.
c) El Proveedor deberá obtener el consentimiento del Suscriptor a través de medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita, para poder dar por terminado el presente Contrato con la finalidad de sustituirlo por otro, o bien para la modificación de sus términos y condiciones. No se requerirá dicho consentimiento cuando la modificación genere un beneficio en favor del Suscriptor.
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