Common use of Modificación de la obra pública Clause in Contracts

Modificación de la obra pública. 1. El órgano de contratación podrá acordar, cuando el interés público lo exija, la modificación o la ampliación de la obra pública así como la reali- zación de obras complementarias directamente re- lacionadas con el objeto de la concesión durante la vigencia de ésta, procediéndose, en su caso, a la re- visión del plan económico-financiero al objeto de acomodarlo a las nuevas circunstancias. 2. Toda modificación que afecte el equilibrio económico de la concesión se regirá por lo dis- puesto en el artículo 248 de esta Ley. 3. Las modificaciones que, por sus caracterís- ticas físicas y económicas, permitan su explotación independiente serán objeto de nueva licitación para su construcción y explotación.

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Samples: Reguladora Del Contrato De Concesión De Obras Públicas

Modificación de la obra pública. 1. El órgano de contratación podrá acordar, cuando el interés público lo exija, la modificación o la ampliación de la obra pública pública, así como la reali- zación realización de obras complementarias directamente re- lacionadas relacionadas con el objeto de la concesión durante la vigencia de ésta, procediéndose, en su caso, a la re- visión revisión del plan económico-financiero al objeto de acomodarlo a las nuevas circunstancias. 2. Toda modificación que afecte el equilibrio económico de la concesión se regirá por lo dis- puesto dispuesto en el artículo 248 de esta Leyley. 3. Las modificaciones que, por sus caracterís- ticas características físicas y económicas, permitan su explotación independiente serán objeto de nueva licitación para su construcción y explotación.

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Samples: Ley 13/2003, De 23 De Mayo Reguladora Del Contrato De Concesión De Obras Públicas

Modificación de la obra pública. 1. El órgano de contratación podrá acordar, cuando el interés público lo exija, la modificación o la ampliación de la obra pública pública, así como la reali- zación realización de obras complementarias directamente re- lacionadas relacionadas con el objeto de la concesión durante la vigencia de ésta, procediéndose, en su caso, a la re- visión revisión del plan económico-financiero al objeto de acomodarlo a las nuevas circunstancias. 2. Toda modificación que afecte el equilibrio económico de la concesión se regirá por lo dis- puesto disp uesto en el artículo art. 248 de esta Leydel TRLCAP. 3. Las modificaciones que, por sus caracterís- ticas características físicas y económicas, permitan su explotación independiente serán objeto de nueva licitación para su construcción y explotación.

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Samples: Contrato De Concesión De Obra Pública

Modificación de la obra pública. 1. El órgano de contratación podrá acordar, cuando el interés público lo exija, la modificación o la ampliación de la obra pública así como la reali- zación de obras complementarias directamente re- lacionadas con el objeto de la concesión durante la vigencia de ésta, procediéndose, en su caso, a la re- visión del plan económico-financiero al objeto de acomodarlo a las nuevas circunstancias. 2. Toda modificación que afecte el equilibrio económico de la concesión se regirá por lo dis- puesto dispues- to en el artículo 248 de esta Ley. 3. Las modificaciones que, por sus caracterís- ticas físicas y económicas, permitan su explotación independiente serán objeto de nueva licitación para su construcción y explotación.

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Samples: Reguladora Del Contrato De Concesión De Obras Públicas

Modificación de la obra pública. 1. El órgano de contratación podrá acordar, cuando el interés público lo exija, la modificación o la ampliación de la obra pública pública, así como la reali- zación realización de obras complementarias directamente re- lacionadas relacionadas con el objeto de la concesión durante la vigencia de ésta, procediéndose, en su caso, a la re- visión revisión del plan económico-financiero al objeto de acomodarlo a las nuevas circunstancias. 2. Toda modificación que afecte el equilibrio económico de la concesión se regirá por lo dis- puesto dispuesto en el artículo 248 de esta Ley. 3. Las modificaciones que, por sus caracterís- ticas características físicas y económicas, permitan su explotación independiente serán objeto de nueva licitación para su construcción y explotación.

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Samples: Ley 13/2003, De 23 Mayo, Reguladora Del Contrato De Concesión De Obras Públicas