Niños Boleros Cláusulas de Ejemplo

Niños Boleros. Los niños boleros proporcionados por un Equipo estarán sujetos a las normas más altas de profesionalismo y en ningún caso harán ningún intento para afectar el resultado de un juego o de otra manera la MLS les impondrá disciplina.

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  • Xxxxxxx Santiago Xxxxxxx Directora de Recursos Materiales Secretaría de Administración Presente El suscrito representante legal del Proveedor denominado (Nombre o Denominación / Razón Social), manifiesto mi interés en participar en la (Procedimiento de Contratación y número del procedimiento), relativa al (Objeto de la Contratación), aceptando los términos y condiciones establecidas en las Bases de este concurso, y en consecuencia, presentar mi propuesta técnica y económica, sujetándome estrictamente a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamiento, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Para lo cual, bajo protesta de decir verdad, proporciono la siguiente información: Datos Generales del interesado: Nombre: Registro Federal de Contribuyentes: Descripción del giro del contribuyente: Domicilio: (Calle, número, colonia, municipio, código postal y estado). Teléfonos: Correo electrónico: Así como, en su caso, los de su apoderado o representante legal. Denominación social / Razón social: Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio: (Calle, número, colonia, municipio, código postal y estado). Teléfonos: Correo electrónico: Descripción del objeto social: Constitutiva: (No. de escritura pública, fecha, nombre y número xx xxxxxxx público). Nombre de su representante legal: Poder del representante legal: (No. de escritura pública, fecha, nombre y número xx xxxxxxx público)

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES 02/13/2024 02/13/2024 12/10/2024 XXXXXX XXXXX XXXXXXX CÉDULA DE CIUDADANÍA 0000000000 0 INVERSIÓN 6462024 CONTRATACIÓN DIRECTA 6462024 xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xx ndering/OpportunityDetail/Index?noticeUID =CO1.NTC.5635108&isFromPublicArea=Tru e&isModal=true&asPopupView=true $ 63.600.000 Prestar servicios profesionales orientando jurídicamente en materia de transversalización del enfoque de género dentro de la oferta misional de la Agencia de Desarrollo Rural. PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES 02/13/2024 02/15/2024 14/10/2024 XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX CÉDULA DE CIUDADANÍA 00000000 8 INVERSIÓN 6472024 CONTRATACIÓN DIRECTA 6472024 xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xx ndering/OpportunityDetail/Index?noticeUID =CO1.NTC.5628683&isFromPublicArea=Tru e&isModal=true&asPopupView=true $ 34.000.000 Prestar servicios de apoyo a la gestión a la Dirección de Adecuación de Tierras, brindando desde su experiencia, formación y capacitación, apoyo al manejo, seguimiento de las actividades operativas de la cartera derivada de la prestación del servicio público de adecuación de tierras a cargo de la Agencia. PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN 02/13/2024 02/14/2024 13/10/2024 XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX CÉDULA DE CIUDADANÍA 0000000000 7 INVERSIÓN 6482024 CONTRATACIÓN DIRECTA 6482024 xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xx ndering/OpportunityDetail/Index?noticeUID =CO1.NTC.5638429&isFromPublicArea=Tru e&isModal=true&asPopupView=true $ 60.000.000 PRESTAR LOS SERVICIOS PROFESIONALES A LA VICEPRESIDENCIA DE GESTIÓN CONTRACTUAL, PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS, ESPECIALMENTE EL SEGUIMIENTO Y CONTROL A LAS SOLICITUDES DE CORRESPONDENCIA ENVIADA Y RECIBIDA A LA VICEPRESIDENCIA DE GESTIÓN CONTRACTUAL.

  • Prevención de riesgos laborales El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de prevención de riesgos laborales. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no derivará en responsabilidad alguna para EOI. El adjudicatario estará obligado a cumplir las instrucciones para la prevención de los riesgos existentes en el centro de trabajo donde se preste el Servicio y las medidas que deban aplicarse cuando se produzca una situación de emergencia que EOI establezca. Asimismo, el adjudicatario colaborará en la aplicación de la normativa de prevención de Riesgos Laborales, en especial en el establecimiento de los medios de coordinación que sean necesarios en cuanto a protección, prevención e información sobre riegos laborales, en los términos establecidos en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y en el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. El adjudicatario informará a EOI y, en su caso, a todas las empresas que presten servicios de forma concurrente en el centro de trabajo donde se realicen las actividades objeto del Servicio, de los riesgos específicos de las actividades que desarrolle que puedan afectar a cualquier trabajador de EOI o en su caso, del resto de empresas concurrentes en el citado centro de trabajo. La información deberá ser suficiente y habrá de proporcionarse antes del inicio de las actividades, cuando se produzca un cambio en las actividades concurrentes que sea relevante a efectos preventivos y cuando se haya producido una situación de emergencia. En el caso de que los riesgos que se generen se califiquen como graves o muy graves, la información se facilitará por escrito. El Profesional deberá comunicar de inmediato toda situación de emergencia susceptible de afectar a la salud o la seguridad de los trabajadores de EOI y, en su caso, del resto de empresas presentes en citado centro de trabajo en el que se realicen las actividades objeto del Servicio. El adjudicatario deberá tener en cuenta en la planificación de su actividad preventiva con respecto al Servicio, la información facilitada por EOI y en su caso por el resto de empresas presentes en el centro de trabajo referido anteriormente, sobre los Riesgos Laborales que se puedan producir durante la prestación de dichos servicios. Antes del inicio de la actividad objeto del Servicio, EOI exigirá al adjudicatario que le acrediten por escrito que han realizado para dichas actividades, la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva. EOI, con carácter previo al inicio de las actuaciones objeto del contrato, pondrá a disposición del adjudicatario el Manual de Autoprotección de Riesgos Laborales a efectos de que pueda cumplir las obligaciones establecidas en el presente apartado.

  • TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS 9.1 La CONTRATANTE efectuará al CONSULTOR las retenciones que dispongan las leyes tributarias, actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado, al efecto procederá conforme la legislación tributaria vigente.

  • CRONOGRAMA El siguiente es el Cronograma del Proceso de Contratación. Tabla 6: Cronograma del Proceso de Contratación Actividad Fecha Lugar Publicación acto administrativo de apertura del proceso de selección 26/04/2016 xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx Publicación pliego de condiciones 26/04/2016 xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx Presentación de observaciones al pliego de condiciones 28/4/2016 hasta las 5:00 pm xxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx xxxxx.xxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx Presentación de Ofertas 2/05/2016 hasta las 9:00 a.m Secretaria General Plaza Mayor S.A. Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxxxx. Apertura de Sobres 2/05/2016 a las 9:05 am Secretaria General Plaza Mayor S.A. Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxxxx. Publicación del informe de evaluación de Requisitos Habilitantes 3/05/2016 xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx Presentación de observaciones al informe de evaluación de Requisitos Habilitantes Hasta el 4/05/2016 a las 5:00 pm xxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx xxxxx.xxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx Respuesta a Observaciones 5/05/2016 xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx Publicación del informe de evaluación de las Ofertas 6/05/2016 xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx Presentación de observaciones al informe de evaluación de ofertas 9/05/2016 hasta las 5:00 pm xxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx xxxxx.xxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx Respuesta a Observaciones 10/05/2016 xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx Publicación acto administrativo de adjudicación o declaratoria de desierto Dentro de los 3 días siguientes a la aprobación por parte del comité de contratación xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx De conformidad con el artículo 11 del Reglamento de Contratación de Plaza Mayor Medellín S.A., todos los plazos del procedimiento de contratación no son taxativos, podrán ser prorrogados antes de su vencimiento por el término que se considere necesario, si las circunstancias así lo exigen. Xxxxx 0: Requisitos Y Especificaciones Técnicas

  • Apertura de las Ofertas 24.1 El Contratante abrirá las Ofertas, y las notificaciones de retiro, sustitución y modificación de Ofertas presentadas de conformidad con la Cláusula 23, en acto público con la presencia de los representantes de los Oferentes que decidan concurrir, a la hora, en la fecha y el lugar establecidos en los DDL. El procedimiento para la apertura de las Ofertas presentadas electrónicamente si las mismas son permitidas de conformidad con la Subcláusula 20.1 de las IAO, estarán indicados en los DDL. 24.2 Primero se abrirán y leerán los sobres marcados “RETIRO”. No se abrirán las Ofertas para las cuales se haya presentado una notificación aceptable de retiro, de conformidad con las disposiciones de la cláusula 23 de las IAO. 24.3 En el acto de apertura, el Contratante leerá en voz alta, y notificará por línea electrónica cuando corresponda, y registrará en un Acta los nombres de los Oferentes, los precios totales de las Ofertas y de cualquier Oferta alternativa (si se solicitaron o permitieron Ofertas alternativas), descuentos, notificaciones de retiro, sustitucion o modificacion de Ofertas, la existencia o falta de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si se solicitó, y cualquier otro detalle que el Contratante considere apropiado. Ninguna Oferta o notificación será rechazada en el acto de apertura, excepto por las Ofertas tardías de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO. Las sustituciones y modificaciones a las Ofertas presentadas de acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 23 de las IAO que no sean abiertas y leídas en voz alta durante el acto de apertura no podrán ser consideradas para evaluación sin importar las circunstancias y serán devueltas sin abrir a los Oferentes remitentes. 24.4 El Contratante preparará un acta de la apertura de las Ofertas que incluirá el registro de las ofertas leídas y toda la información dada a conocer a los asistentes de conformidad con la Subcláusula 24.3 de las IAO y enviará prontamente copia de dicha acta a todos los oferentes que presentaron ofertas puntualmente.

  • Formularios de la Oferta 1. Oferta

  • Grupos profesionales Grupo 0. Con dos subgrupos: 0a (Directores y Subdirectores Nacionales y Territoriales) y 0b (Directores, Subdirectores y Coordinadores de centro). Son puestos de muy elevada complejidad que requieren un muy alto grado de formación teórica y técnica para la correcta realización de tareas técnicas complejas y heterogéneas, con objetivos globales definidos, con un alto grado de exigencia de autonomía, iniciativa y elevada responsabilidad en los que el impacto de un error realizado en el mismo es extremadamente perjudicial para la organización, donde los recursos (humanos, técnicos, materiales, u otros) que se gestionan son múltiples y variados. Estos puestos se definen en la estructura organizacional de la Fundación como puestos de Dirección al suponer sus funciones la integración, coordinación y supervisión de las funciones realizadas por otros, por lo que corresponden al Área Funcional «Personal Directivo». Podrán estar integrados estos puestos en un equipo de trabajo. Los titulares de estos puestos recibirán un complemento específico funcional mientras realicen las funciones del puesto. Tomando como referencia el presente Convenio Colectivo se podrá regular un marco específico de relaciones laborales que afecte a este Grupo Profesional y que permita dar respuesta a la complejidad y especialidad de las tareas a desarrollar por el personal adscrito al mismo. Esta regulación se hará mediante un procedimiento de participación de los trabajadores, y su ratificación se llevará a cabo mediante negociación con el Comité Intercentros, como parte social legitimada para dicho fin. Se distingue entre puestos de Dirección Nacional y Territorial, y puestos de Dirección, Subdirección y Coordinación de centros de trabajo. – Subgrupo 0a: Puestos de Dirección Nacional y Territorial Compuesto por los Equipos Directivos Nacionales y Territoriales: Incluiría los puestos de Director y Subdirector Nacional, Director y Subdirector Territorial y denominaciones equivalentes. Son puestos de libre designación y revocación por la Dirección General de la Fundación, siendo responsabilidad exclusiva de la Fundación en uso de sus facultades organizativas de los recursos humanos y de su poder de dirección. – Subgrupo 0b: Puestos de Dirección, Subdirección y Coordinación de centro de trabajo: Incluiría el resto de puestos del Área Funcional «personal de dirección». Estos puestos representarían la función directiva de la Fundación en los centros de trabajo concretos. Su elección y revocación sería realizada por la Dirección de la Fundación, en uso de sus facultades organizativas de los recursos humanos y de su poder de dirección. Se atenderá al criterio preferente de que estos puestos sean cubiertos mediante promoción interna. Se informará previamente a los representantes de los trabajadores sobre el proceso y procedimientos de la selección, y posteriormente a la selección sobre el resultado de ésta. Titulación requerida para el puesto: Titulación universitaria preferiblemente de grado superior (Licenciatura o Ingeniería Superior), o titulación o experiencia que le permita desempeñar el puesto. Titulación valorada complementaria: Postgrados, masters y doctorados sobre la materia de trabajo. cve: BOE-A-2013-7291 Grupo 1. Personal encargado de tareas que requiera máximos niveles de complejidad y autonomía; normalmente con formación universitaria superior (licenciaturas) en materias propias o relacionadas con la intervención social o con administración y gestión, o/y cualificación y experiencia contrastadas para el desempeño de las mismas. En este grupo profesional se incluyen, a título orientativo y de referencia los siguientes puestos de trabajo: Área de atención directa: Psicólogo/a; Médico/a, Psiquiatra, Abogado/a, Pedagogo/a, Psicopedagogo/a, Sociólogo/a, etc. Área de administración y gestión: Abogado, Economista, Técnicos de Primera, Ingeniero, Periodista, etc. Grupo 2. Personal encargado de tareas que requiera altos niveles de complejidad y autonomía; normalmente con formación universitaria media (diplomatura o similares) en materias propias o relacionadas con la intervención social o con administración y gestión y/o cualificación, experiencia o habilitación contrastadas para el desempeño de las mismas. En este grupo profesional se incluyen, a título orientativo y de referencia, los siguientes puestos de trabajo: Área de atención directa: Educador/a social, Educador/a Trabajador/a social, Técnico/a de libertad vigilada, DUE, Maestro/a, Graduado/a Social, Terapeuta Ocupacional, etc. Área de administración y gestión: Técnicos de Segunda, Graduado/a Social, Arquitecto/a Técnico, Ingeniero/a Técnico, etc. Grupo 3. Personal encargado de tareas que requiera niveles medios de complejidad y autonomía; normalmente con unos niveles de formación altos, aunque no necesariamente universitaria (ciclos formativos de grado superior, bachillerato, etc.) y/o cualificación, experiencia o habilitación contrastadas para el desempeño de las mismas. En este grupo profesional se incluyen, a título orientativo y de referencia, los siguientes puestos de trabajo: Área de atención directa: Auxiliar educativo, Técnico de tercera, etc. Área de administración y gestión: Administrativo/a, Contable, Técnico de Tercera, etc. Grupo 4. Personal encargado de tareas que requiera niveles ordinarios de complejidad, responsabilidad y autonomía; normalmente con unos niveles de formación medios o básicos, no universitaria (ciclos formativos de grado medio), o/y cualificación, experiencia o habilitación contrastadas para el desempeño de las mismas. En este grupo profesional se incluyen, a título orientativo y de referencia, los siguientes puestos de trabajo: Área de atención directa: Monitor/a, Técnico de cuarta, Auxiliar de Control Educativo, etc. Área de administración y gestión: Auxiliar administrativo/a, Técnico de Cuarta, etc. Área de servicios y actividades auxiliares: Oficial de mantenimiento, Cocinero/a, etc. Grupo 5. Personal encargado de tareas que requiera bajos niveles de complejidad, responsabilidad y autonomía; normalmente con unos niveles de formación básicos o sin formación o, simplemente, con cualificación y experiencia contrastadas para el desempeño de las mismas. En este grupo profesional se incluyen, a título orientativo y de referencia, los siguientes puestos de trabajo: Área de administración y gestión: personal auxiliar con funciones básicas de servicios con carácter auxiliar. Área de servicios y actividades auxiliares: Limpiador/a, Lavandero/a, Ayudante/a de Cocina, Portero/a, Recepcionista, Controlador/a de Accesos, Vigilante, Auxiliar de Tareas, etc.

  • SUMA ASEGURADA El Asegurado deberá solicitar y mantener durante la vigencia del seguro, como Suma Asegurada, la que sea equivalente al valor de reposición a nuevo de todas y cada una de las máquinas y equipos amparados. A solicitud escrita del Asegurado, la Compañía estará obligada a actualizar la Suma Asegurada mediante el pago de la prima adicional correspondiente, cada tres meses o antes si fuera necesario. En toda pérdida o daño indemnizable bajo esta sección, quedará a cargo del Asegurado el 1% sobre el valor del equipo dañado con mínimo de 40 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal. En los casos de pérdida parcial, la reclamación deberá contener los gastos en que necesariamente se incurra para dejar los bienes en condiciones similares a las existentes inmediatamente antes de ocurrir el siniestro. El costo de reparación incluyendo el costo de desmontaje, remontaje, flete ordinario, impuestos, gastos aduanales si los hubiera, conviniéndose en que la Compañía no responderá de los daños ocurridos durante el transporte de los bienes objeto de la reparación, pero obligándose a pagar el importe de la prima del seguro de transporte que el Asegurado deberá tomar y que ampare los bienes dañados durante su traslado a/y desde el taller en donde se lleve a cabo la reparación, donde quiera que éste se encuentre. Cuando tal reparación o parte de ella se haga en el taller del Asegurado, los gastos serán el importe de costos por materiales y mano de obra originados por la reparación, más un porcentaje sobre dichos costos, fijado de común acuerdo entre las partes, para cubrir los gastos generales fijos de dicho taller, el cual nunca excederá del 10% (diez por ciento) del costo de la mano de obra para la reparación. Índice Los gastos extra de envíos por express, tiempo extra y trabajos ejecutados en domingos y días festivos, así como los gastos extra por transporte aéreo, se pagarán solo cuando se aseguren específicamente. Los gastos de cualquier reparación provisional serán a cargo del Asegurado, a menos que estos constituyan parte de los gastos de la reparación definitiva o hayan sido autorizados por escrito por la Compañía. El costo de reacondicionamiento, modificaciones o mejoras efectuadas que no sean necesarias para la reparación del daño, serán a cargo del Asegurado. En este tipo de pérdida, la Compañía no hará deducciones por concepto de depreciación. Para el cálculo de la indemnización, se procederá como sigue:

  • EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Previo a la evaluación, el comité de selección determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos y condiciones de los Términos de Referencia, detallados en la sección específica de las bases. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. La evaluación de las ofertas que cumplan con lo señalado en el párrafo anterior tiene por objeto determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, según los factores y el procedimiento de evaluación enunciados en la sección específica de las bases. El comité de selección puede rechazar una oferta cuando se encuentre por debajo del valor referencial, siempre que de la revisión del detalle de la composición de la oferta, acredite mediante razones objetivas un probable incumplimiento por parte del postor, de conformidad con lo previsto en el artículo 47 del Reglamento. Para estos efectos, el comité de selección debe solicitar al postor la descripción a detalle de todos los elementos constitutivos de su oferta, otorgándole un plazo mínimo de dos (2) días hábiles de recibida dicha solicitud; así como contar con información adicional que resulte pertinente para determinar si rechaza la oferta, decisión que debe ser fundamentada. En el supuesto de ofertas que superen el valor referencial de la convocatoria, para efectos que el comité de selección considere válida la oferta económica debe contar con la certificación de crédito presupuestario correspondiente y la aprobación del Titular de la Entidad, que no puede exceder de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad, salvo que el postor acepte reducir su oferta económica. En caso no se cuente con la certificación de crédito presupuestario se rechaza la oferta. La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos, considerando la ponderación establecida en el numeral 2.3 del Capítulo II y en el Capítulo IV de la sección específica de las bases. Para determinar la oferta con el mejor puntaje, se toma en cuenta lo siguiente: