Nocturnidad. 1. Se considera trabajo nocturno el realizado entre las 22 y las 6 horas. 2. Los trabajadores que presten servicios durante las horas nocturnas, percibirán el salario correspondiente a dichas horas, con un incremento de un 25% sobre el salario base/hora del trabajador. 3. No quedan afectados por este artículo aquellos trabajadores cuyo salario se haya establecido atendiendo a que su trabajo sea nocturno por su propia naturaleza.
Appears in 3 contracts
Samples: Convenio Colectivo De Hostelería, Convenio Colectivo De Hostelería, Convenio Colectivo De Hostelería
Nocturnidad. 1. Se considera trabajo nocturno el realizado entre las 22 y las 6 horas.
2. Los trabajadores La persona trabajadora que presten preste servicios durante las horas nocturnas, percibirán percibirá el salario correspondiente a dichas horas, con un incremento de un 25% sobre el su salario base/hora del trabajadorhora, a partir de las 24:00 horas, quedando sin recargo las dos primeras horas nocturnas.
3. No quedan afectados afectadas por este artículo aquellos trabajadores aquellas personas trabajadoras cuyo salario se haya establecido atendiendo a que su trabajo sea nocturno por su propia naturaleza, (conserje de noche, vigilante de noche y resto de categorías específicamente nocturnas, así como todos aquellos puestos de trabajo de los establecimientos de naturaleza nocturna).
4. Se respetarán los acuerdos que sobre esta materia tuvieran las empresas con los trabajadores a 31/12/2011.
Appears in 1 contract
Samples: Convenio Colectivo
Nocturnidad. 1. Se considera trabajo nocturno el realizado comprendido entre las 22 22:00 horas y las 6 06:00 horas.
2. Los trabajadores que presten servicios durante las horas nocturnas, percibirán el salario correspondiente a dichas horas, con un incremento de un 25La bonificación por trabajo nocturno será del 30% sobre el salario base/base según xxxxxxxx, y se le regulará de acuerdo con las siguientes normas:
A) Trabajando en dicho período nocturno más de una hora del trabajador.
3. No quedan afectados sin exceder de cuatro, la bonificación se percibirá exclusivamente, por este artículo aquellos trabajadores cuyo salario se haya establecido atendiendo a que su trabajo sea nocturno por su propia naturaleza.las horas trabajadas
Appears in 1 contract
Samples: Convenio Colectivo
Nocturnidad. 1. Se considera trabajo nocturno el realizado entre las 22 y las 6 horas.
2. Los trabajadores que presten servicios durante las horas nocturnas, percibirán el salario sala- rio correspondiente a dichas horas, con un incremento de un 25% sobre el salario base/hora del trabajador.
3. No quedan afectados por este artículo aquellos trabajadores cuyo salario se haya establecido esta- blecido atendiendo a que su trabajo sea nocturno por su propia naturaleza.
Appears in 1 contract
Nocturnidad. 1. Se considera trabajo nocturno el realizado entre las 22 y las 6 horas.
2. Los trabajadores que presten servicios durante las horas nocturnasnoctur- nas, percibirán el salario correspondiente a dichas horas, con un incremento incre- mento de un 25% sobre el salario base/hora del trabajador.
3. No quedan afectados por este artículo aquellos trabajadores cuyo salario se haya establecido atendiendo a que su trabajo sea nocturno noc- turno por su propia naturaleza.
Appears in 1 contract
Samples: Convenio Colectivo