Nulidad de la adjudicación Cláusulas de Ejemplo

Nulidad de la adjudicación. La adjudicación de un contrato en favor de quien no cumpla las previsiones descritas anteriormente, las relativas a la solvencia económica, financiera, técnica y profesional exigida, y medios materiales o humanos adscritos requeridos, o a favor de persona o entidad en quienes concurra alguno de los supuestos de prohibición de contratar, serán nulas de pleno derecho. Sin perjuicio de ello, METRO podrá acordar que el adjudicatario continúe la ejecución del Contrato, bajo las mismas Condiciones, por el tiempo indispensable para evitar perjuicios al interés o servicio público de transporte ferroviario de viajeros.
Nulidad de la adjudicación. La adjudicación del contrato a un empresario que no cumpla las condiciones de capacidad y solvencia exigidas será nula de pleno derecho. Sin perjuicio de ello, Metro de Madrid podrá acordar que el adjudicatario continúe la ejecución del contrato, bajo las mismas condiciones, por el tiempo indispensable para evitar perjuicios al interés o servicio público de transporte ferroviario de viajeros.
Nulidad de la adjudicación. La adjudicación del contrato a un licitador que no cumpla las condiciones de capacidad y solvencia exigidas o cualquiera otra de las causas de nulidad establecidas en el artículo 115 del RDLSE será nula de pleno derecho. Sin perjuicio de ello, Metro de Madrid podrá acordar que el adjudicatario continúe la ejecución del contrato, bajo las mismas condiciones, por el tiempo indispensable para evitar el grave trastorno o perjuicio al servicio público de transporte ferroviario de viajeros. La continuación de los trabajos en los términos señalados anteriormente requerirá de una declaración expresa en tal sentido.