Odontología de urgencia. TRAVELER ASSISTANCE se hará cargo de los gastos por atención odontológica de urgencia, cuando el BENEFICIARIO requiera atención en su dentadura natural como consecuencia de un accidente o infección y/o dolor que no sea derivado de una enfermedad o dolencia preexistente. En dichos casos, la central de asistencia de TRAVELER ASSISTANCE, autorizará la atención de EL BENEFICIARIO hasta el límite de los servicios establecido en el certificado de asistencia. Se excluye de estos servicios todo tratamiento odontológico correspondiente o derivado de: ortodoncia, tratamiento de conductos, reemplazo de pieza dentaria, reconstrucción de pieza dentaria, extracción de pieza dentaria, limpiezas dentales, caries, obturaciones permanentes y cualquier atención cosmética. Nota: solo se tendrán en cuenta los gastos por atención odontológica de urgencia en piezas dentales no naturales cuando se contemple en el certificado de asistencia hasta el monto máximo establecido en este certificado. Cuando el beneficiario adquiera un producto con servicio adicional de enfermedades preexistentes, los montos de la cobertura serán tomados únicamente de los valores establecidos para este beneficio. TRAVELER ASSISTANCE, asumirá los gastos generados por enfermedad preexistente posterior a auditoría de los documentos presentados por EL BENEFICIARIO, reservándose el derecho de aceptar o negar la reclamación. La asistencia médica en preexistencia o enfermedad crónica se tomará hasta el tope máximo establecido en el Certificado de Asistencia de acuerdo al plan contratado, (debe remitirse al certificado de asistencia que adquirió). El presente beneficio se extenderá exclusivamente en un solo evento o cuadro agudo estando expresamente excluido del presente beneficio o plan todo tratamiento cuyo objetivo sea el diagnóstico, investigación y tratamiento para mejorar parcial o definitivamente la enfermedad o dolencia. TRAVELER ASSISTANCE, no contempla la investigación diagnóstica de enfermedades iniciadas en su país de residencia. Para recibir los servicios de asistencia EL BENEFICIARIO, deberá presentar a la Central de Asistencia de TRAVELER ASSISTANCE la constancia que puede dar inicio al viaje por el tiempo contratado y declarando las enfermedades padecidas por EL BENEFICIARIO. Los beneficios descritos a continuación se proporcionarán exclusivamente para el episodio agudo o evento no predecible de descompensación de enfermedades crónicas y/o preexistentes conocida o no por el Beneficiario o previamente asintomáticas y cuando la emergencia debe requerir la asistencia durante el viaje y no puede aplazarse hasta el retorno al país de residencia. La Central de Asistencias se reserva el derecho de decidir el tratamiento más adecuado entre los propuestos por el personal médico y/o la repatriación a su país de residencia.
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Odontología de urgencia. TRAVELER ASSISTANCE En los límites de cobertura, AVI se hará cargo de los gastos por atención odontológica derivados de una urgencia, debido o causada por un trauma, accidente o infección, limitándose únicamente al tratamiento del dolor y /o a la extracción de la pieza dentaria resultante de infección o trauma únicamente. Los tratamientos odontológicos de conductos, cambios de calzas, coronas, prótesis, sellamientos, limpiezas dentales, diseños de sonrisa o cualquier otro tratamiento no especificado claramente en estas condiciones se encuentran excluidos de los beneficios. Atención por especialistas a domicilio o en consultorio Este servicio se prestará únicamente cuando sea indicada y autorizada por el BENEFICIARIO requiera atención equipo médico de la Central de Asistencias de AVI del área donde se encuentre el Beneficiario, o por el médico tratante de la central de Asistencias, para la prestación de este beneficio es necesaria la recepción del informe médico de la asistencia que conllevó a la solicitud del especialista. Gastos de hotel por convalecencia Cuando de acuerdo con el médico tratante y en común acuerdo con el departamento médico de la Central de Asistencia el beneficiario hubiese estado internado en un hospital al menos siete días y que a su salida deba obligatoriamente guardar reposo forzoso, AVI cubrirá los gastos de hotel hasta el monto indicado en su dentadura natural plan de asistencia, con un máximo de 5 (cinco) días. Atención: Dicho reposo deberá ser ordenado por los médicos de la central exclusivamente y contemplarán únicamente el cubrimiento del costo de la habitación sin ningún tipo de alimentación o gastos de otra índole tales como consecuencia lavandería, llamadas telefónicas (salvo aquellas efectuadas a la central de un accidente o infección y/o dolor AVI, minibares etc. Esta es una enumeración taxativa y no enunciativa. Se aclara que AVI no sea derivado asumirá ningún gasto de internación cuando esta obedezca a una enfermedad preexistente salvo productos que contemplen preexistencias o dolencia preexistentehace parte de las exclusiones. En dichos casosCancelación de viaje contratado. AVI cubrirá hasta el tope de cobertura las penalidades por cancelar anticipadamente un viaje conocido como tours, paquetes turísticos, excursiones, tiquetes aéreos y cruceros (1) que hayan sido organizadas por un tour operador profesional debidamente acreditado en el destino de dicho viaje. Para ser acreedor de este beneficio el Beneficiario del voucher deberá: • Contratar el plan hasta un máximo de 72 horas consecutivas posteriores al primer pago de los servicios turísticos que pudieran cancelarse. • Dar aviso a la central de asistencia en un máximo de TRAVELER ASSISTANCE24 horas luego de ocurrido el evento que motiva la cancelación. Se tomará como base de cálculo de la indemnización la fecha de ocurrencia de la causa de Cancelación y no la fecha de aviso del beneficiario a AVI. Al mismo tiempo, autorizará el beneficiario deberá cancelar con el organismo de turismo, Crucero, Agencia de viaje, Tour Operador, etc. su viaje, para no incrementar la atención penalidad que ese mismo organismo le vaya a aplicar. • Presentar toda la documentación que AVI considere para evaluar la cobertura de EL BENEFICIARIO hasta este beneficio incluyendo, pero no limitando a: documento donde se demuestre de forma clara y fehaciente el límite motivo de cancelación del viaje, cartas de los servicios establecido en el certificado respectivos prestadores del servicio, facturas y recibos de asistenciapago. Se excluye de estos servicios todo tratamiento odontológico correspondiente o derivado de: ortodoncia, tratamiento de conductos, reemplazo de pieza dentaria, reconstrucción de pieza dentaria, extracción de pieza dentaria, limpiezas dentales, caries, obturaciones permanentes y cualquier atención cosmética. Nota: solo se tendrán en cuenta Son causas justificadas a los gastos por atención odontológica de urgencia en piezas dentales no naturales cuando se contemple en el certificado de asistencia hasta el monto máximo establecido en este certificado. Cuando el beneficiario adquiera un producto con servicio adicional de enfermedades preexistentes, los montos de la cobertura serán tomados únicamente de los valores establecidos para este beneficio. TRAVELER ASSISTANCE, asumirá los gastos generados por enfermedad preexistente posterior a auditoría de los documentos presentados por EL BENEFICIARIO, reservándose el derecho de aceptar o negar la reclamación. La asistencia médica en preexistencia o enfermedad crónica se tomará hasta el tope máximo establecido en el Certificado de Asistencia de acuerdo al plan contratado, (debe remitirse al certificado de asistencia que adquirió). El presente beneficio se extenderá exclusivamente en un solo evento o cuadro agudo estando expresamente excluido efectos del presente beneficio o plan todo tratamiento cuyo objetivo sea el diagnóstico, investigación y tratamiento para mejorar parcial o definitivamente la enfermedad o dolencia. TRAVELER ASSISTANCE, no contempla la investigación diagnóstica de enfermedades iniciadas en su país de residencia. Para recibir los servicios de asistencia EL BENEFICIARIO, deberá presentar a la Central de Asistencia de TRAVELER ASSISTANCE la constancia que puede dar inicio al viaje por el tiempo contratado y declarando las enfermedades padecidas por EL BENEFICIARIO. Los beneficios descritos a continuación se proporcionarán exclusivamente para el episodio agudo o evento no predecible de descompensación de enfermedades crónicas y/o preexistentes conocida o no por el Beneficiario o previamente asintomáticas y cuando la emergencia debe requerir la asistencia durante el viaje y no puede aplazarse hasta el retorno al país de residencia. La Central de Asistencias se reserva el derecho de decidir el tratamiento más adecuado entre los propuestos por el personal médico y/o la repatriación a su país de residencia.beneficio:
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Odontología de urgencia. TRAVELER ASSISTANCE TAS NETWORK se hará cargo de los gastos por atención odontológica de urgencia, cuando el BENEFICIARIO requiera atención en su dentadura natural como consecuencia de un accidente o infección y/o dolor que no sea derivado de una enfermedad o dolencia preexistente. En dichos casos, la central de asistencia de TRAVELER ASSISTANCETAS NETWORK, autorizará la atención de EL BENEFICIARIO hasta el límite de los servicios establecido en el certificado de asistencia. Se excluye de estos servicios todo tratamiento odontológico correspondiente o derivado de: ortodoncia, tratamiento de conductos, reemplazo de pieza dentaria, reconstrucción de pieza dentaria, extracción de pieza dentaria, limpiezas dentales, caries, obturaciones permanentes y cualquier atención cosmética. Nota: solo se tendrán en cuenta los gastos por atención odontológica de urgencia en piezas dentales no naturales cuando se contemple en el certificado de asistencia hasta el monto máximo establecido en este certificado. Cuando el beneficiario adquiera un producto con servicio adicional de enfermedades preexistentes, los montos de la cobertura serán tomados únicamente de los valores establecidos para este beneficio. TRAVELER ASSISTANCETAS NETWORK, asumirá los gastos generados por enfermedad preexistente posterior a auditoría de los documentos presentados por EL BENEFICIARIO, reservándose el derecho de aceptar o negar la reclamación. La asistencia médica en preexistencia o enfermedad crónica se tomará hasta el tope máximo establecido en el Certificado de Asistencia de acuerdo al plan contratado, (debe remitirse al certificado de asistencia que adquirió). El presente beneficio se extenderá exclusivamente en un solo evento o cuadro agudo estando expresamente excluido del presente beneficio o plan todo tratamiento cuyo objetivo sea el diagnóstico, investigación y tratamiento para mejorar parcial o definitivamente la enfermedad o dolencia. TRAVELER ASSISTANCETAS NETWORK, no contempla la investigación diagnóstica de enfermedades iniciadas en su país de residencia. Para recibir los servicios de asistencia EL BENEFICIARIO, deberá presentar a la Central de Asistencia de TRAVELER ASSISTANCE TAS NETWORK la constancia que puede dar inicio al viaje por el tiempo contratado y declarando las enfermedades padecidas por EL BENEFICIARIO. Los beneficios descritos a continuación se proporcionarán exclusivamente para el episodio agudo o evento no predecible de descompensación de enfermedades crónicas y/o preexistentes conocida o no por el Beneficiario o previamente asintomáticas y cuando la emergencia debe requerir la asistencia durante el viaje y no puede aplazarse hasta el retorno al país de residencia. La Central de Asistencias se reserva el derecho de decidir el tratamiento más adecuado entre los propuestos por el personal médico y/o la repatriación a su país de residencia.
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