Common use of Orden de iniciación Clause in Contracts

Orden de iniciación. Firmado el contrato, el comitente dará la orden de iniciación de los trabajos con una antelación mínima que será establecida en el P.C.E.; durante ese lapso el contratista podrá efectuar algunos trabajos preliminares. El contratista queda obligado a comenzar los trabajos dentro del plazo que se fije en el P.C.E. a partir de la fecha de esa orden, en cuya oportunidad se labrará un acta. Si cumplido dicho plazo, el contratista no hubiera iniciado los trabajos, y siempre que no se diera el caso previsto en el último párrafo del artículo 50 de la Ley N° 13.064, el comitente tendrá derecho a la rescisión del contrato, en cuyo caso el contratista perderá la garantía de cumplimiento del contrato y responderá por los daños y perjuicios causados. Si el comitente no ejerciera este derecho, el plazo de ejecución de obra se computará a partir del vencimiento del plazo indicado.

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Samples: Pliego De Clausulas Generales, Pliego De Clausulas Generales

Orden de iniciación. Firmado el contrato, el comitente dará la orden de iniciación de los trabajos con una antelación mínima que será establecida en el P.C.E.; durante ese lapso el contratista podrá efectuar algunos trabajos preliminares. El contratista queda obligado a comenzar los trabajos dentro del plazo que se fije en el P.C.E. a partir de la fecha de esa orden, en cuya oportunidad se labrará un acta. Si cumplido dicho plazo, el contratista no hubiera iniciado los trabajos, y siempre que no se diera el caso previsto en el último párrafo del artículo 50 de la Ley N° 13.064, el comitente tendrá derecho a la rescisión del considerar rescindido el contrato, en cuyo caso el contratista perderá la garantía de cumplimiento del contrato y responderá por los daños y perjuicios causados. Si el comitente no ejerciera este derecho, el plazo de ejecución de obra se computará a partir del vencimiento del plazo indicado.

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Samples: onc-ftp1.argentinacompra.gov.ar

Orden de iniciación. Firmado el contrato, el comitente dará la orden y en un todo de iniciación de los trabajos con una antelación mínima que será establecida acuerdo a lo estipulado en el P.C.E.; durante ese lapso P.B.C.P., el contratista podrá efectuar algunos trabajos preliminaresComitente procederá a emitir la Orden de inicio de Obra. El contratista queda obligado a comenzar los trabajos dentro del plazo que se fije en el P.C.E. a partir la Orden de la fecha Inicio de esa orden, en cuya oportunidad se labrará un actaObra. Si cumplido dicho plazo, el contratista no hubiera iniciado los trabajos, y siempre que no se diera el caso previsto en el último párrafo del artículo 50 de la Ley N° 13.064, el comitente tendrá derecho a la rescisión del contrato, en cuyo caso el contratista perderá la garantía de cumplimiento del contrato y responderá por los daños y perjuicios causados. Si el comitente no ejerciera este derecho, el plazo de ejecución de obra se computará a partir del vencimiento del plazo indicado.

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Samples: www.mpf.gob.ar