Common use of PAGO DE MARCHA Clause in Contracts

PAGO DE MARCHA. Si algún trabajador falleciere, “El Colegio” entregará a los be- neficiarios que haya designado por escrito ante el propio Co- legio y a falta de éstos, a quienes lo acrediten a satisfacción de la Institución, el concepto de pago de marcha, como a con- tinuación se detalla: Para el personal administrativo, el importe xx xxxxxxx, conside- rando las claves: sueldo tabular (clave 01) y prima de antigüe- dad (clave 02), de conformidad con la siguiente tabla: De uno a diez años de servicios efectivos prestados en el Co- legio, el importe xx xxxx meses. Más xx xxxx y menos de veinte años de servicios efectivos prestados en el Colegio, el importe de once meses. De veinte años en adelante de servicios efectivos prestados en el Colegio, el importe de trece meses. Para el caso del trabajador académico, el importe xx xxxxxxx, considerando las claves: sueldo tabular (clave 01), prima de antigüedad (clave 02) y material didáctico (clave 14), de con- formidad con la siguiente tabla: De uno a diez años de servicios efectivos prestados en el Co- legio, el importe de once meses. Más xx xxxx años y menos de veinte años de servicios efecti- vos prestados en el Colegio, el importe de doce meses. De veinte años en adelante de servicios efectivos prestados en el Colegio, el importe de catorce meses. Al total de la cantidad que resulte de las gratificaciones men- cionadas, se le adicionará la cantidad de $1,000.00 (Un mil pesos 00/100 M.N.) si se trata de personal académico de tiempo completo (40 horas-semana-mes); y a quien labore tiempo parcial, la parte proporcional correspondiente. Esta prestación se otorgará en el plazo de una semana, contado a partir de la fecha en que se formule la solicitud correspondiente. El Colegio entregará, cuando corresponda, un anticipo de este pago, hasta por la cantidad de $10,000.00 (Diez mil pesos 00/100 M.N.), para gastos de sepelio del trabajador, un día después del deceso, previa solicitud de los deudos y exhibición del acta de defunción y/o certificado de defun- ción, cantidad que será descontado del pago de marcha.

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Samples: Contrato Colectivo De Trabajo, Contrato Colectivo De Trabajo

PAGO DE MARCHA. Si algún trabajador falleciereEn caso de muerte, “El Colegio” la UNAM entregará a los be- neficiarios que haya designado por escrito ante el propio Co- legio y a falta de éstosbeneficiarios del trabajador académico fallecido, a quienes lo acrediten a satisfacción de la Institución, el concepto de como pago de marcha, como a con- tinuación se detalla: Para el personal administrativo, el importe xx xxxxxxx, conside- rando las claves: sueldo tabular (clave 01) y prima de antigüe- dad (clave 02), de conformidad con la siguiente tabla: De uno a diez años de servicios efectivos prestados en el Co- legio, el importe xx xxxx meses. Más xx xxxx y menos de veinte años de servicios efectivos prestados en el Colegio, marcha el importe de once meses. De veinte años en adelante 11 meses xx xxxxxxx íntegro si su antigüedad es hasta diez años; de servicios efectivos prestados en el Colegio, el importe de trece meses. Para el caso del trabajador académico, el importe xx xxxxxxx, considerando las claves: sueldo tabular (clave 01), prima de antigüedad (clave 02) y material didáctico (clave 14), de con- formidad con la siguiente tabla: De uno a diez años de servicios efectivos prestados en el Co- legio, el importe de once meses. Más 12 meses si es más xx xxxx años y menos de veinte años y 14 meses de servicios efecti- vos prestados en el Colegio, el importe de doce meses. De veinte años en adelante de servicios efectivos prestados en el Colegio, el importe de catorce mesesadelante. Al total de la cantidad Las cantidades que resulte resulten de las gratificaciones men- cionadasa que se refiere el párrafo anterior, se le adicionará la cantidad de serán incrementadas con $1,000.00 (Un mil pesos UN MIL PESOS 00/100 M.N.) si se trata de para el personal académico de tiempo completo completo; con $500.00 (40 horas-semana-mes)QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) para el personal académico de medio tiempo; y a quien labore tiempo parcial, con la parte proporcional correspondientecorrespondiente tratándose del personal académico contratado por horas. Esta prestación se otorgará La designación de los beneficiarios deberá ser señalada expresamente por el trabajador académico por escrito ante la UNAM, en el plazo de una semana, contado a partir los términos de la fecha Ley. El pago correspondiente se hará inmediatamente a los beneficiarios del trabajador académico y será independiente de la gratificación que la UNAM otorga por concepto de antigüedad o cualquier otra prestación a que se tenga derecho en los términos de este Contrato y de la Ley. Sólo cuando esté cubierta la designación de beneficiarios, la UNAM, a solicitud de éstos, entregará de inmediato un adelanto hasta por $15,000.00 (QUINCE MIL PESOS 00/100 M.N.) para los trabajadores académicos de tiempo completo; y la parte proporcional de esta cantidad a los de medio tiempo y a los que trabajen por horas, para sufragar los gastos del sepelio, misma cantidad que se deducirá del importe de la liquidación de esta prestación. Las partes acuerdan que en aquellos casos en que se formule no esté cubierta la solicitud correspondiente. El Colegio entregará, cuando corresponda, un anticipo designación de este pago, hasta por la cantidad de $10,000.00 (Diez mil pesos 00/100 M.N.), beneficiarios para gastos de sepelio del trabajador, un día después del deceso, previa solicitud de los deudos y exhibición del acta de defunción y/o certificado de defun- ción, cantidad que será descontado del el pago de marcha, la calidad de deudos se acreditará por parte de la AAPAUNAM, o se estará a lo dispuesto por la Ley. En el supuesto anterior, la Universidad se obliga a proporcionar el pago a que se refiere esta cláusula a los familiares que la AAPAUNAM acredite como deudos bajo su responsabilidad, y por ello la AAPAUNAM se obliga a devolver a la Institución la cantidad que haya cubierto indebidamente si aquéllos que acreditó la AAPAUNAM no resultaren los deudos.

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Samples: Collective Labor Agreement

PAGO DE MARCHA. Si algún trabajador falleciereEn caso de muerte, “El Colegio” la UNAM entregará a los be- neficiarios que haya designado por escrito ante el propio Co- legio y a falta de éstosbeneficiarios del trabajador académico fallecido, a quienes lo acrediten a satisfacción de la Institución, el concepto de como pago de marcha, como a con- tinuación se detalla: Para el personal administrativo, el importe xx xxxxxxx, conside- rando las claves: sueldo tabular (clave 01) y prima de antigüe- dad (clave 02), de conformidad con la siguiente tabla: De uno a diez años de servicios efectivos prestados en el Co- legio, el importe xx xxxx meses. Más xx xxxx y menos de veinte años de servicios efectivos prestados en el Colegio, marcha el importe de once meses. De veinte años en adelante 11 meses xx xxxxxxx íntegro si su antigüedad es hasta diez años; de servicios efectivos prestados en el Colegio, el importe de trece meses. Para el caso del trabajador académico, el importe xx xxxxxxx, considerando las claves: sueldo tabular (clave 01), prima de antigüedad (clave 02) y material didáctico (clave 14), de con- formidad con la siguiente tabla: De uno a diez años de servicios efectivos prestados en el Co- legio, el importe de once meses. Más 12 meses si es más xx xxxx años y menos de veinte años y 14 meses de servicios efecti- vos prestados en el Colegio, el importe de doce meses. De veinte años en adelante de servicios efectivos prestados en el Colegio, el importe de catorce mesesadelante. Al total de la cantidad Las cantidades que resulte resulten de las gratificaciones men- cionadasa que se refiere el párrafo anterior, se le adicionará la cantidad de serán incrementadas con $1,000.00 (Un mil pesos UN MIL PESOS 00/100 M.N.) si se trata de para el personal académico de tiempo completo completo; con $500.00 (40 horas-semana-mes)QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) para el personal académico de medio tiempo; y a quien labore tiempo parcial, con la parte proporcional correspondientecorrespondiente tratándose del personal académico contratado por horas. Esta prestación se otorgará La designación de los beneficiarios deberá ser señalada expresamente por el trabajador académico por escrito ante la UNAM, en el plazo de una semana, contado a partir los términos de la fecha Ley. El pago correspondiente se hará inmediatamente a los beneficiarios del trabajador académico y será independiente de la gratificación que la UNAM otorga por concepto de antigüedad o cualquier otra prestación a que se tenga derecho en los términos de este Contrato y de la Ley. Sólo cuando esté cubierta la designación de beneficiarios, la UNAM, a solicitud de éstos, entregará de inmediato un adelanto hasta por $3,000.00 (TRES MIL PESOS 00/100 M.N.) para los trabajadores académicos de tiempo completo; y la parte proporcional de esta cantidad a los de medio tiempo y a los que trabajen por horas, para sufragar los gastos del sepelio, misma cantidad que se deducirá del importe de la liquidación de esta prestación. Las partes acuerdan que en aquellos casos en que se formule no esté cubierta la solicitud correspondiente. El Colegio entregará, cuando corresponda, un anticipo designación de este pago, hasta por la cantidad de $10,000.00 (Diez mil pesos 00/100 M.N.), beneficiarios para gastos de sepelio del trabajador, un día después del deceso, previa solicitud de los deudos y exhibición del acta de defunción y/o certificado de defun- ción, cantidad que será descontado del el pago de marcha, la calidad de deudos se acreditará por parte de la AAPAUNAM, o se estará a lo dispuesto por la Ley. En el supuesto anterior, la Universidad se obliga a proporcionar el pago a que se refiere esta cláusula a los familiares que la AAPAUNAM acredite como deudos bajo su responsabilidad, y por ello la AAPAUNAM se obliga a devolver a la Institución la cantidad que haya cubierto indebidamente si aquéllos que acreditó la AAPAUNAM no resultaren los deudos.

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Samples: Collective Labor Agreement

PAGO DE MARCHA. Si algún trabajador falleciere, “El Colegio” entregará a los be- neficiarios beneficiarios que haya designado por escrito ante el propio Co- legio Colegio y a falta de éstos, a quienes lo acrediten a satisfacción de la Institución, el concepto de pago de marcha, como a con- tinuación continuación se detalla: Para el personal administrativo, el importe xx xxxxxxx, conside- rando considerando las claves: sueldo tabular (clave 01) y prima de antigüe- dad antigüedad (clave 02), de conformidad con la siguiente tabla: De uno a diez años de servicios efectivos prestados en el Co- legioColegio, el importe xx xxxx meses. Más xx xxxx y menos de veinte años de servicios efectivos prestados en el Colegio, el importe de once meses. De veinte años en adelante de servicios efectivos prestados en el Colegio, el importe de trece meses. Para el caso del trabajador académico, el importe xx xxxxxxx, considerando las claves: sueldo tabular (clave 01), prima de antigüedad (clave 02) y material didáctico (clave 14), de con- formidad conformidad con la siguiente tabla: De uno a diez años de servicios efectivos prestados en el Co- legioColegio, el importe de once meses. Más xx xxxx años y menos de veinte años de servicios efecti- vos efectivos prestados en el Colegio, el importe de doce meses. De veinte años en adelante de servicios efectivos prestados en el Colegio, el importe de catorce meses. Al total de la cantidad que resulte de las gratificaciones men- cionadasmencionadas, se le adicionará la cantidad de $1,000.00 (Un mil pesos 00/100 M.N.) si se trata de personal académico de tiempo completo (40 horas-semana-mes); y a quien labore tiempo parcial, la parte proporcional correspondiente. Esta prestación se otorgará en el plazo de una semana, contado a partir de la fecha en que se formule la solicitud correspondiente. El Colegio entregará, cuando corresponda, un anticipo de este pago, hasta por la cantidad de $10,000.00 (Diez mil pesos 00/100 M.N.), para gastos de sepelio del trabajador, un día después del deceso, previa solicitud de los deudos y exhibición del acta de defunción y/o certificado de defun- cióndefunción, cantidad que será descontado del pago de marcha.

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Samples: Contrato Colectivo De Trabajo

PAGO DE MARCHA. Si algún trabajador falleciereEn caso de muerte, “El Colegio” la UNAM entregará a los be- neficiarios que haya designado por escrito ante el propio Co- legio y a falta de éstosbeneficiarios del trabajador académico fallecido, a quienes lo acrediten a satisfacción de la Institución, el concepto de como pago de marcha, como a con- tinuación se detalla: Para el personal administrativo, el importe xx xxxxxxx, conside- rando las claves: sueldo tabular (clave 01) y prima de antigüe- dad (clave 02), de conformidad con la siguiente tabla: De uno a diez años de servicios efectivos prestados en el Co- legio, el importe xx xxxx meses. Más xx xxxx y menos de veinte años de servicios efectivos prestados en el Colegio, marcha el importe de once meses. De veinte años en adelante 11 meses xx xxxxxxx íntegro si su antigüedad es hasta diez años; de servicios efectivos prestados en el Colegio, el importe de trece meses. Para el caso del trabajador académico, el importe xx xxxxxxx, considerando las claves: sueldo tabular (clave 01), prima de antigüedad (clave 02) y material didáctico (clave 14), de con- formidad con la siguiente tabla: De uno a diez años de servicios efectivos prestados en el Co- legio, el importe de once meses. Más 12 meses si es más xx xxxx años y menos de veinte años y 14 meses de servicios efecti- vos prestados en el Colegio, el importe de doce meses. De veinte años en adelante de servicios efectivos prestados en el Colegio, el importe de catorce mesesadelante. Al total de la cantidad Las cantidades que resulte resulten de las gratificaciones men- cionadasa que se refiere el párrafo anterior, se le adicionará la cantidad de serán incrementadas con $1,000.00 (Un mil pesos UN MIL PESOS 00/100 M.N.) si se trata de para el personal académico de tiempo completo completo; con $500.00 (40 horas-semana-mes)QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) para el personal académico de medio tiempo; y a quien labore tiempo parcial, con la parte proporcional correspondientecorrespondiente tratándose del personal académico contratado por horas. Esta prestación se otorgará La designación de los beneficiarios deberá ser señalada expresamente por el trabajador académico por escrito ante la UNAM, en el plazo de una semana, contado a partir los términos de la fecha Ley. El pago correspondiente se hará inmediatamente a los beneficiarios del trabajador académico y será independiente de la gratificación que la UNAM otorga por concepto de antigüedad o cualquier otra prestación a que se tenga derecho en los términos de este Contrato y de la Ley. Sólo cuando esté cubierta la designación de beneficiarios, la UNAM, a solicitud de éstos, entregará de inmediato un adelanto hasta por $5,000.00 (CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.) para los trabajadores académicos de tiempo completo; y la parte proporcional de esta cantidad a los de medio tiempo y a los que trabajen por horas, para sufragar los gastos del sepelio, misma cantidad que se deducirá del importe de la liquidación de esta prestación. Las partes acuerdan que en aquellos casos en que se formule no esté cubierta la solicitud correspondiente. El Colegio entregará, cuando corresponda, un anticipo designación de este pago, hasta por la cantidad de $10,000.00 (Diez mil pesos 00/100 M.N.), beneficiarios para gastos de sepelio del trabajador, un día después del deceso, previa solicitud de los deudos y exhibición del acta de defunción y/o certificado de defun- ción, cantidad que será descontado del el pago de marcha, la calidad de deudos se acreditará por parte de la AAPAUNAM, o se estará a lo dispuesto por la Ley. En el supuesto anterior, la Universidad se obliga a proporcionar el pago a que se refiere esta cláusula a los familiares que la AAPAUNAM acredite como deudos bajo su responsabilidad, y por ello la AAPAUNAM se obliga a devolver a la Institución la cantidad que haya cubierto indebidamente si aquéllos que acreditó la AAPAUNAM no resultaren los deudos.

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