Common use of PATENTE Clause in Contracts

PATENTE. a) Los oferentes que estén domiciliados en el Cantón de Quepos deben contar con la respectiva licencia municipal que los faculte para prestar el servicio, y estar al día con el pago del impuesto de patente conforme a lo que establece la legislación vigente para las actividades que así lo requieren. Esto de acuerdo al artículo 01 de la Ley 7457, denominada Ley de Impuestos Municipales de Quepos. b) La Proveeduría, para los oferentes domiciliados en el cantón de Quepos, verificara que se encuentren al día con el pago de patente y se hallen autorizados por este Municipio a prestar o vender los bienes o servicios ofertados. c) Para los oferentes que estén domiciliados fuera del cantón de Quepos, y en caso de que este Municipio lo considere necesario, deberán cumplir con dicho requisito si el presente proceso de compra les es adjudicado. d) En el caso de las profesiones liberales ejercidas lógicamente por un profesional debidamente adscrito al colegio correspondiente, según la Sala Constitucional, están exentos, siempre que estos actúen a nombre propio y no en representación de otra persona jurídica, en otras palabras, si los mismos profesionales ejercen sus funciones de forma agremiada, si les correspondería contar su respectiva patente municipal y por ende realizar el pago respectivo del impuesto.

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Samples: Contract for Construction Services, Contratación De Obra, Contratación De Servicios Para La Construcción De Un Puente