PERSONAL DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS. a) Personal titulado.- Es el que, con contrato de trabajo ejerce una función especializada o asesora, ya sea directamente sobre los alumnos o genéricamente en los Centros.
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PERSONAL DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS. a) Personal titulado.- titulado.‐ Es el que, con contrato de trabajo ejerce una función especializada o asesora, ya sea directamente sobre los alumnos o genéricamente en los Centros.
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PERSONAL DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS. a) Personal titulado.- Es el que, con contrato de trabajo ejerce una función especializada o asesoraase- sora, ya sea directamente sobre los alumnos o genéricamente en los Centros.
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PERSONAL DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS. a) Personal titulado.- titulado.‐ Es el que, con contrato de trabajo ejerce una función especializada o asesora, ya sea directamente sobre los alumnos o genéricamente en los Centros.
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