PLAZO DE VIGENCIA CONTRACTUAL. 1. INICIO DE LA VIGENCIA.- A todos los efectos la vigencia del presente contrato comenzará a contar a partir del día [FECHA INICIO]. 2. DURACIÓN.- El plazo de vigencia del presente contrato queda fijado en UN (1) AÑO a contar a partir de la fecha de vigencia del mismo, esto es el día [FECHA INICIO]. Llegado el día del vencimiento se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración total de CINCO (5) AÑOS, salvo que la ARRENDATARIA manifieste con sesenta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de la prórroga anual correspondiente, su voluntad de no renovarlo, fecha límite en la que la ARRENDATARIA entregará las llaves de la vivienda y aparcamiento a la arrendadora, así como el resto de la documentación entregada en el momento de la firma del contrato. En la comunicación de no renovación contractual, la arrendataria deberá respetar siempre el plazo de 60 días de antelación. Si no se respetase dicho plazo, la arrendataria quedará obligada al pago de la renta hasta la fecha de finalización contractual. No se admitirán comunicaciones de fecha inferior al plazo de preaviso previsto. De cualquier forma, una vez transcurridos cinco años en el disfrute del arrendamiento pactado, el presente contrato quedará resuelto y extinguido a todos los efectos, excluyéndose expresamente desde este momento la prórroga voluntaria prevista en el artículo 10 de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos. Sin perjuicio de todo lo anterior, considerando que la arrendataria es mayor de 65 años, una vez transcurridos cinco años en el disfrute del arrendamiento pactado, el presente contrato se prorrogará por sucesivos periodos de cinco años, siempre y cuando la arrendataria notifique su voluntad de continuar en el arrendamiento, mediante la correspondiente comunicación a la arrendadora con una antelación mínima de sesenta días previos a la fecha de finalización del contrato. De esta renovación sólo se beneficiará la actual arrendataria por su condición de persona mayor de 65 años o, eventualmente, la persona que se hubiera subrogado al contrato si en el momento del vencimiento de éste fuera mayor de 65 años.
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Samples: Lease Agreement, Lease Agreement
PLAZO DE VIGENCIA CONTRACTUAL. 1. INICIO DE LA VIGENCIA.- A todos los efectos efectos, la vigencia del presente de este contrato comenzará a contar a partir del día [FECHA INICIO].
2. DURACIÓN.- DURACION.- El plazo de vigencia del presente duración de este contrato queda fijado en UN (1) AÑO a contar a partir de la fecha de vigencia del mismo, esto es el decir del día [FECHA INICIO]/ / . Llegado Una vez llegado el día del vencimiento se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance cumpla una duración total de CINCO (5) AÑOS, salvo esto es hasta el día / / , excepto que la ARRENDATARIA manifieste con sesenta un mínimo de treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación finalización del contrato o de la prórroga anual correspondientecualquiera de sus prórrogas anuales, su voluntad de no renovarlo, fecha límite en la que la ARRENDATARIA entregará hará entrega de las llaves de la vivienda y aparcamiento a la arrendadora, así como el resto de la documentación entregada en el momento de la firma del contrato. En la comunicación de no renovación contractual, la arrendataria deberá respetar siempre el plazo de 60 días de antelaciónARRENDADORA. Si no la ARRENDATARIA decidiese renunciar al presente contrato de arrendamiento en cualquier otro momento, antes de que se respetase dicho plazocumpla la duración del mismo, o de cualquiera de sus prórrogas, deberá indemnizar a la arrendataria quedará obligada al pago de la renta hasta la fecha de finalización contractualARRENDADORA con una cantidad equivalente a una mensualidad xx xxxxx. No se admitirán comunicaciones de fecha inferior al plazo de preaviso previsto. De cualquier forma, una vez transcurridos Transcurridos los cinco años en el disfrute del de arrendamiento pactado, el presente este contrato quedará resuelto y extinguido a todos los efectos, excluyéndose quedando expresamente excluida desde este momento la prórroga voluntaria prevista en el artículo 10 de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos. Sin perjuicio de todo lo anterior, considerando que la arrendataria es mayor de 65 años, una vez transcurridos cinco años en el disfrute del arrendamiento pactado, el presente contrato se prorrogará por sucesivos periodos de cinco años, siempre y cuando la arrendataria notifique su voluntad de continuar en el arrendamiento, mediante la correspondiente comunicación a la arrendadora con una antelación mínima de sesenta días previos a la fecha de finalización del contrato. De esta renovación sólo se beneficiará la actual arrendataria por su condición de persona mayor de 65 años o, eventualmente, la persona que se hubiera subrogado al contrato si en el momento del vencimiento de éste fuera mayor de 65 años.
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Samples: Contrato De Arrendamiento De Vivienda, Contrato De Arrendamiento De Vivienda
PLAZO DE VIGENCIA CONTRACTUAL. 1. 1.- INICIO DE LA VIGENCIA.- A todos los efectos efectos, la vigencia del presente de este contrato comenzará a contar a partir del día [FECHA INICIO]1 xx xxxxx de 2017.
2. DURACIÓN.- 2.- DURACION.- El plazo de vigencia del presente duración de este contrato queda fijado en UN (1) AÑO a contar a partir de la fecha de vigencia del mismo, esto es el decir del día [FECHA INICIO]1 xx xxxxx de 2017. Llegado Una vez llegado el día del vencimiento se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance cumpla una duración total de CINCO TRES (53) AÑOS, salvo esto es, hasta el día 29 de febrero de 2020, excepto que la ARRENDATARIA manifieste con sesenta un mínimo de treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación finalización del contrato o de la prórroga anual correspondientecualquiera de sus prórrogas anuales, su voluntad de no renovarlo, fecha límite en la que la ARRENDATARIA entregará hará entrega de las llaves de la vivienda y aparcamiento a la arrendadora, así como el resto de la documentación entregada en el momento de la firma del contrato. En la comunicación de no renovación contractual, la arrendataria deberá respetar siempre el plazo de 60 días de antelaciónARRENDADORA. Si no la ARRENDATARIA decidiese renunciar al presente contrato de arrendamiento en cualquier otro momento, antes de que se respetase dicho plazocumpla la duración del mismo, o de cualquiera de sus prórrogas, deberá indemnizar a la arrendataria quedará obligada al pago ARRENDADORA con una cantidad equivalente a una mensualidad xx xxxxx. Transcurridos los tres años de la renta hasta la fecha de finalización contractual. No se admitirán comunicaciones de fecha inferior al plazo de preaviso previsto. De cualquier forma, una vez transcurridos cinco años en el disfrute del arrendamiento pactado, el presente este contrato quedará resuelto y extinguido a todos los efectos, excluyéndose quedando expresamente excluida desde este momento la prórroga voluntaria prevista en el artículo 10 de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos. Sin perjuicio de todo lo anterior, considerando que la arrendataria es mayor de 65 años, una vez transcurridos cinco años en el disfrute del arrendamiento pactado, el presente contrato se prorrogará por sucesivos periodos de cinco años, siempre y cuando la arrendataria notifique su voluntad de continuar en el arrendamiento, mediante la correspondiente comunicación a la arrendadora con una antelación mínima de sesenta días previos a la fecha de finalización del contrato. De esta renovación sólo se beneficiará la actual arrendataria por su condición de persona mayor de 65 años o, eventualmente, la persona que se hubiera subrogado al contrato si en el momento del vencimiento de éste fuera mayor de 65 años.
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