Plazos para la licitación y la entrega. 1. Una entidad: a) al fijar un plazo, proporcionará a los proveedores de otra Parte tiempo suficiente para preparar y presentar ofertas antes del cierre de la licitación; b) al establecer un plazo, de acuerdo con sus propias necesidades razonables, tomará en cuenta factores tales como la complejidad de la compra, el grado previsto de subcontratación y el tiempo que normalmente se requiera para transmitir las ofertas por correo tanto desde lugares en el extranjero como dentro del territorio nacional; y c) al establecer la fecha límite para la recepción de ofertas o de solicitudes de admisión a la licitación, considerará debidamente las demoras de publicación. 2. Con apego a lo dispuesto en el párrafo 3, una entidad dispondrá que: a) en los procedimientos de licitación abierta, el plazo para la recepción de una oferta no sea inferior a cuarenta días contados a partir de la fecha de publicación de una convocatoria, de conformidad con el artículo 15-11; b) en los procedimientos de licitación selectiva que no impliquen la utilización de una lista permanente de proveedores calificados, el plazo para la presentación de una solicitud de admisión a la licitación no sea inferior a veinticinco días a partir de la fecha de publicación de una convocatoria, de conformidad con el artículo 15-11, y el plazo para la recepción de ofertas no sea inferior a cuarenta días a partir de la fecha de publicación de una convocatoria; y c) en los procedimientos de licitación selectiva que impliquen la utilización de una lista permanente de proveedores calificados, el plazo para la recepción de ofertas no sea inferior a cuarenta días contados a partir de la fecha de la primera invitación a licitar, pero cuando esta última fecha no coincida con la de publicación de una convocatoria a la que se refiere el artículo 15-11, no transcurrirán menos de cuarenta días entre ambas fechas. 3. Una entidad podrá reducir los plazos previstos en el párrafo 2 de acuerdo con lo siguiente: a) según lo previsto en el artículo 15-11, párrafo 3 ó 5, cuando se haya publicado una convocatoria dentro de un periodo no menor a cuarenta días y no mayor a doce meses, el plazo de cuarenta días para la recepción de ofertas podrá reducirse a no menos de veinticuatro días; b) cuando se trate de una segunda publicación o de una publicación subsecuente relativa a contratos recurrentes, conforme al artículo 15-11, párrafo 2, literal a) el plazo de cuarenta días para la recepción de las ofertas podrá reducirse a no menos de veinticuatro días; c) cuando, por razones de urgencia que justifique debidamente la entidad, no puedan observarse los plazos fijados, en ningún caso esos plazos serán inferiores a diez días, contados a partir de la fecha de publicación de una convocatoria de conformidad con el artículo 15-11; o d) cuando una de las entidades señaladas en el anexo 2 al artículo 15-02 o en el Protocolo que las Partes elaboren de conformidad con el artículo 15-26 para entidades de los gobiernos estatales o departamentales, utilice como invitación a participar una convocatoria a la que se refiere el artículo 15-11, párrafo 5, la entidad y los proveedores seleccionados podrán fijar, de común acuerdo, los plazos; no obstante, a falta de acuerdo, la entidad podrá fijar plazos suficientemente amplios para permitir la debida presentación de ofertas, que en ningún caso serán inferiores a diez días. 4. Al establecer la fecha de entrega de los bienes o servicios y conforme a sus necesidades razonables, una entidad tendrá en cuenta factores tales como la complejidad de la compra, el grado previsto de subcontratación, y el tiempo que con criterio realista se estime necesario para la producción, el despacho y el transporte de los bienes desde los diferentes lugares de suministro.
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Samples: Public Procurement Agreement, Acuerdo De Complementación Económica, Public Sector Procurement
Plazos para la licitación y la entrega. 1. Una entidad:
a) al fijar un plazo, proporcionará a los proveedores de la otra Parte tiempo suficiente para preparar y presentar ofertas antes del cierre de la licitación;
b) al establecer un plazo, de acuerdo con sus propias necesidades razonables, tomará en cuenta factores tales como la complejidad de la compra, el grado previsto de subcontratación y el tiempo que normalmente se requiera para transmitir las ofertas por correo tanto desde lugares en el extranjero como dentro del territorio nacional; y
c) al establecer la fecha límite para la recepción de ofertas o de solicitudes de admisión a la licitación, considerará debidamente las demoras de publicación.
2. Con apego a lo dispuesto en el párrafo 3, una Una entidad dispondrá que:
a) en los procedimientos de licitación abierta, el plazo para la recepción de una oferta no sea inferior a cuarenta 40 días contados a partir de la fecha de publicación de una convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 1512-11;
b) en los procedimientos de licitación selectiva que no impliquen la utilización de una lista permanente de proveedores calificados, el plazo para la presentación de una solicitud de admisión a la licitación no sea inferior a veinticinco 25 días a partir de la fecha de publicación de una convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 1512-11, y el plazo para la recepción de ofertas no sea inferior a cuarenta 40 días a partir de la fecha de publicación de una convocatoria; y
c) en los procedimientos de licitación selectiva que impliquen la utilización de una lista permanente de proveedores calificados, el plazo para la recepción de ofertas no sea inferior a cuarenta 40 días contados a partir de la fecha de la primera invitación a licitar, pero cuando esta última fecha no coincida con la de publicación de una convocatoria a la que se refiere el artículo 1512-11, no transcurrirán deberán transcurrir menos de cuarenta 40 días entre ambas fechasla publicación y la recepción de las ofertas.
3. Una entidad podrá reducir los plazos previstos en el párrafo 2 de acuerdo con lo siguiente:
a) según lo previsto en el artículo 15-11, párrafo 3 ó 5, cuando se haya publicado una convocatoria según lo previsto en los párrafos 3 ó 5 del artículo 12-11, dentro de un periodo no menor a cuarenta 40 días y no mayor a doce 12 meses, el plazo de cuarenta 40 días para la recepción de ofertas podrá reducirse a no menos de veinticuatro 24 días;
b) cuando se trate de una segunda publicación o de una publicación subsecuente relativa a contratos recurrentessucesivos de la misma naturaleza, conforme al literal a) del párrafo 2 del artículo 1512-11, párrafo 2, literal a) el plazo de cuarenta 40 días para la recepción de las ofertas podrá reducirse a no menos de veinticuatro 24 días;
c) cuando, por razones de urgencia que justifique debidamente la entidadentidad y que ésta no hubiere podido prever, no puedan observarse los plazos fijados, en ningún caso esos plazos serán inferiores a diez días, días contados a partir de la fecha de publicación de una convocatoria de conformidad con el artículo 1512-11; o
d) cuando una de las entidades señaladas en el anexo 2 al artículo 1512-02 o en el Protocolo que las Partes elaboren de conformidad con el anexo 3 al artículo 1512-26 para entidades de los gobiernos estatales o departamentales, 02 utilice como invitación a participar una convocatoria a la que se refiere el párrafo 6 del artículo 1512-11, párrafo 5, la entidad y los proveedores seleccionados podrán fijar, de común acuerdo, los plazos; no obstante, a falta de acuerdo, la entidad podrá fijar plazos suficientemente amplios para permitir la debida presentación de ofertas, que en ningún caso serán inferiores a diez días.
4. Al establecer la fecha de entrega de los bienes o servicios y conforme a sus necesidades razonables, una entidad tendrá en cuenta factores tales como la complejidad de la compra, el grado previsto de subcontratación, subcontratación y el tiempo que con criterio realista se estime necesario para la producción, el despacho y el transporte de los bienes desde los diferentes lugares de suministro.
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Samples: Tratado De Libre Comercio
Plazos para la licitación y la entrega. 1. Una entidad:
a) al fijar un plazo, proporcionará a los proveedores de otra Parte tiempo suficiente para preparar y presentar ofertas antes del cierre de la licitación;
b) al establecer un plazo, de acuerdo con sus propias necesidades razonables, tomará en cuenta factores tales como la complejidad de la compra, el grado previsto de subcontratación y el tiempo que normalmente se requiera para transmitir las ofertas por correo correo, tanto desde lugares en el extranjero extranjero, como dentro del territorio nacional; y
c) al establecer la fecha límite para la recepción de ofertas o de solicitudes de admisión a la licitación, considerará debidamente las demoras de publicación.
2. Con apego a lo dispuesto en el párrafo 3, una Una entidad dispondrá que:
a) en los procedimientos de licitación abierta, el plazo para la recepción de una oferta no sea inferior a cuarenta 40 días contados a partir de la fecha de publicación de una convocatoria, de conformidad con el artículo 15-11;
b) en los procedimientos de licitación selectiva que no impliquen la utilización de una lista permanente de proveedores calificados, el plazo para la presentación de una solicitud de admisión a la licitación no sea inferior a veinticinco 25 días a partir de la fecha de publicación de una convocatoria, de conformidad con el artículo 15-11, y el plazo para la recepción de ofertas no sea inferior a cuarenta 40 días a partir de la fecha de publicación de una convocatoria; y
c) en los procedimientos de licitación selectiva que impliquen la utilización de una lista permanente de proveedores calificados, el plazo para la recepción de ofertas no sea inferior a cuarenta 40 días contados a partir de la fecha de la primera invitación a licitar, pero cuando esta última fecha no coincida con la de publicación de una convocatoria a la que se refiere el artículo 15-11, no transcurrirán deberán transcurrir menos de cuarenta 40 días entre ambas fechasla publicación y la recepción de las ofertas.
3. Una entidad podrá reducir los plazos previstos en el párrafo 2 de acuerdo con lo siguiente:
a) según lo previsto en el párrafo 4 ó 6 del artículo 15-11, párrafo 3 ó 5, cuando se haya publicado una convocatoria dentro de un periodo no menor a cuarenta 40 días y no mayor a doce 12 meses, el plazo de cuarenta 40 días para la recepción de ofertas podrá reducirse a no menos de veinticuatro 24 días;
b) cuando se trate de una segunda publicación o de una publicación subsecuente relativa a contratos recurrentessucesivos de la misma naturaleza, conforme al literal a) del párrafo 2 del artículo 15-11, párrafo 2, literal a) el plazo de cuarenta 40 días para la recepción de las ofertas podrá reducirse a no menos de veinticuatro 24 días;
c) cuando, por razones de urgencia que justifique debidamente la entidadentidad y que ésta no hubiere podido prever, no puedan observarse los plazos fijados, en ningún caso esos dichos plazos serán inferiores a diez días, contados a partir de la fecha de publicación de una convocatoria de conformidad con el artículo 15-11; o
d) cuando una de las entidades señaladas en el anexo 2 ó 3 al artículo 15-02 o en el Protocolo que las Partes elaboren de conformidad con el artículo 15-26 para entidades de los gobiernos estatales o departamentales, utilice como invitación a participar una convocatoria a la que se refiere el párrafo 6 del artículo 15-11, párrafo 5, 11 la entidad y los proveedores seleccionados podrán fijar, de común acuerdo, los plazos; no obstante, a falta de acuerdo, la entidad podrá fijar plazos suficientemente amplios para permitir la debida presentación de ofertas, que en ningún caso serán inferiores a diez días.
4. Al establecer la fecha de entrega de los bienes o servicios servicios, y conforme a sus necesidades razonables, una entidad tendrá en cuenta factores tales como la complejidad de la compra, el grado previsto de subcontratación, y el tiempo que que, con criterio realista realista, se estime necesario para la producción, el despacho y el transporte de los bienes desde los diferentes lugares de suministro.
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Samples: Tratado De Libre Comercio
Plazos para la licitación y la entrega. 1. Una entidad:
a) al fijar un plazo, proporcionará a los proveedores de la otra Parte tiempo suficiente para preparar y presentar ofertas ofertas, antes del cierre de la licitación;
b) al establecer un plazo, de acuerdo con sus propias necesidades razonables, tomará en cuenta factores tales como la complejidad de la compra, el grado previsto de subcontratación y el tiempo que normalmente se requiera para transmitir las ofertas por correo correo, tanto desde lugares en el extranjero extranjero, como dentro del territorio nacional; y
c) al establecer la fecha límite para la recepción de ofertas o de solicitudes de admisión a la licitación, considerará debidamente las demoras de publicación.
2. Con apego a lo dispuesto en el párrafo 3, una entidad dispondrá que:
a) en los procedimientos de licitación abierta, el plazo para la recepción de una oferta no sea inferior a cuarenta 40 días contados a partir de la fecha de publicación de una convocatoria, de conformidad con el artículo 1514-11;
b) en los procedimientos de licitación selectiva que no impliquen la utilización de una lista permanente de proveedores calificados, el plazo para la presentación de una solicitud de admisión a la licitación no sea inferior a veinticinco 25 días a partir de la fecha de publicación de una convocatoria, de conformidad con el artículo 1514-11, y el plazo para la recepción de ofertas no sea inferior a cuarenta 40 días a partir de la fecha de publicación de una convocatoria; y
c) en los procedimientos de licitación selectiva que impliquen la utilización de una lista permanente de proveedores calificados, el plazo para la recepción de ofertas no sea inferior a cuarenta 40 días contados a partir de la fecha de la primera invitación a licitar, pero cuando esta última fecha no coincida con la de publicación de una convocatoria a la que se refiere el artículo 1514-11, no transcurrirán deberán transcurrir menos de cuarenta 40 días entre ambas fechas.
3. Una entidad podrá reducir los plazos previstos en el párrafo 2 de acuerdo con lo siguiente:
a) según lo previsto en el los párrafos 3 ó 5 del artículo 1514-11, párrafo 3 ó 5, cuando se haya publicado una convocatoria dentro de un periodo no menor a cuarenta 40 días y no mayor a doce 12 meses, el plazo de cuarenta 40 días para la recepción de ofertas podrá reducirse a no menos de veinticuatro 24 días;
b) cuando se trate de una segunda publicación o de una publicación subsecuente relativa a contratos recurrentes, conforme al literal a) del párrafo 2 del artículo 1514-11, párrafo 2, literal a) el plazo de cuarenta 40 días para la recepción de las ofertas podrá reducirse a no menos de veinticuatro 24 días;
c) cuando, por razones de urgencia que justifique debidamente la entidad, no puedan observarse los plazos fijados, en ningún caso esos plazos serán inferiores a diez días, contados a partir de la fecha de publicación de una convocatoria de conformidad con el artículo 1514-11; o
d) cuando una de las entidades señaladas en el anexo 2 ó 3 al artículo 1514-02 o en el Protocolo que las Partes elaboren de conformidad con el artículo 15-26 para entidades de los gobiernos estatales o departamentales, utilice como invitación a participar una convocatoria a la que se refiere el párrafo 5 del artículo 1514-11, párrafo 5, la entidad y los proveedores seleccionados podrán fijar, de común acuerdo, los plazos; no obstante, a falta de acuerdo, la entidad podrá fijar plazos suficientemente amplios para permitir la debida presentación de ofertas, que en ningún caso serán inferiores a diez días.
4. Al establecer la fecha de entrega de los bienes o servicios servicios, y conforme a sus necesidades razonables, una entidad tendrá en cuenta factores tales como la complejidad de la compra, el grado previsto de subcontratación, subcontratación y el tiempo que que, con criterio realista realista, se estime necesario para la producción, el despacho y el transporte de los bienes desde los diferentes lugares de suministro.
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Samples: Tratado De Libre Comercio