Common use of Preferencia Doméstica Clause in Contracts

Preferencia Doméstica. 33.1 Salvo indicación contraria en los DDL, no se aplicará el margen de preferencia nacional. 33.2 Los Licitantes nacionales deberán suministrar las pruebas necesarias para demostrar que satisfacen los criterios de elegibilidad para obtener un margen de preferencia de 7,5% en la comparación de sus Ofertas con las de otros Licitantes que no reúnen las condiciones para este margen de preferencia. Los Licitantes nacionales deberán cumplir los siguientes requisitos: (a) estar inscritos en el país del Contratante; (b) demostrar que la firma es de propiedad mayoritaria de ciudadanos del país del Contratante; y (c) no subcontratar con contratistas extranjeros más del 10 por ciento del precio del contrato, excluyendo las sumas provisionales. 33.3 Para aplicar el margen de preferencia se seguirá el siguiente procedimiento: (a) Las Ofertas que se ajustan a los requisitos de la licitación se clasificarán en los siguientes grupos: (i) Grupo A: las Ofertas presentadas por Licitantes nacionales y asociaciones o grupos que reúnan los requisitos establecidos en la Subcláusulas 33.2 de las IAL; (ii) Grupo B: todas las demás Ofertas. (b) Solamente para los fines de la evaluación y comparación de las Ofertas, a todas las Ofertas clasificadas en el Grupo B se les agregará un monto igual al 7,5% de los precios evaluados de las Ofertas, determinados de conformidad con las disposiciones de la Subcláusula 33.2 de las IAL.

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Samples: www.contrataciones.gov.py, www.argentina.gob.ar, www.comunidadandina.org

Preferencia Doméstica. 33.1 Salvo indicación contraria 31.1 Si así se indica en los DDL, no se aplicará el los contratistas nacionales pueden recibir un margen de preferencia nacionalen la evaluación de las Ofertas, para lo cual se aplicará esta cláusula. 33.2 31.2 Los Licitantes nacionales deberán suministrar las pruebas necesarias para demostrar que satisfacen los criterios de elegibilidad para obtener un margen de preferencia de 7,5% en la comparación de sus Ofertas con las de otros Licitantes que no reúnen las condiciones para este margen de preferencia. Los Licitantes nacionales deberán cumplir los siguientes requisitos: (a) estar inscritos en el país del Contratante; (b) demostrar que la firma es de propiedad mayoritaria de ciudadanos del país del Contratante; y (c) no subcontratar con contratistas extranjeros más del 10 por ciento del precio del contrato, excluyendo las sumas provisionales. 33.3 31.3 Para aplicar el margen de preferencia se seguirá el siguiente procedimiento: (a) Las Ofertas que se ajustan a los requisitos de la licitación se clasificarán en los siguientes grupos: (i) Grupo A: las Ofertas presentadas por Licitantes nacionales y asociaciones o grupos que reúnan los requisitos establecidos en la Subcláusulas 33.2 31.2 de las IAL; (ii) Grupo B: todas las demás Ofertas. (b) Solamente para los fines de la evaluación y comparación de las Ofertas, a todas las Ofertas clasificadas en el Grupo B se les agregará un monto igual al 7,5% de los precios evaluados de las Ofertas, determinados de conformidad con las disposiciones de la Subcláusula 33.2 30.2 de las IAL.

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Samples: www.guatecompras.gt

Preferencia Doméstica. 33.1 Salvo indicación contraria en los DDL, no se aplicará el margen de preferencia nacional. 33.2 Los Licitantes nacionales deberán suministrar las pruebas necesarias para demostrar que satisfacen los criterios de elegibilidad para obtener un margen de preferencia de 7,5% en la comparación de sus Ofertas con las de otros Licitantes que no reúnen las condiciones para este margen de preferencia. Los Licitantes nacionales deberán cumplir los siguientes requisitos: (a) estar inscritos en el país del Contratante; (b) demostrar que la firma es de propiedad mayoritaria de ciudadanos del país del Contratante; y (c) no subcontratar con contratistas extranjeros más del 10 por ciento del precio del contrato, excluyendo las sumas provisionales. 33.3 Para aplicar el margen de preferencia se seguirá el siguiente procedimiento: (a) Las Ofertas que se ajustan a los requisitos de la licitación se clasificarán en los siguientes grupos: (i) Grupo A: las Las Ofertas presentadas por Licitantes nacionales y asociaciones o grupos que reúnan los requisitos establecidos en la Subcláusulas 33.2 de las IAL; (ii) Grupo B: todas Todas las demás Ofertas. (b) Solamente para los fines de la evaluación y comparación de las Ofertas, a todas las Ofertas clasificadas en el Grupo B se les agregará un monto igual al 7,5% de los precios evaluados de las Ofertas, determinados de conformidad con las disposiciones de la Subcláusula 33.2 de las IAL. 34.

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Samples: h1.honducompras.gob.hn