Prevención xxx Xxxxxx de Activos y del Financiamiento del Terrorismo. El Partícipe declara que los orígenes de sus fondos fueron obtenidos de manera lícita y sin trasgredir el ordenamiento jurídico. Además, declara que los Fondos no serán usados para actividades ilícitas. A simple requerimiento de la Administradora, el Partícipe queda igualmente obligado a explicar, documentar y acreditar, a entera satisfacción de la Administradora la suficiencia económica y legal de las transacciones que realiza, garantizando que los recursos que emplea en ellas no provienen de actividades ilícitas ni son destinadas a ellas, poniendo especial énfasis a aquellas relacionadas con el lavado de activos y/o el financiamiento del terrorismo. Es causal de resolución del Contrato que el Partícipe obstaculice o se niegue a entregar la información requerida. En caso el Partícipe o alguno de sus representantes legales, asociados, socios, titulares, directores, miembros de consejo de administración, gerentes o administradores, califique(n) como una Persona Expuesta Políticamente (“PEP”), deberá presentar el nombre de sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y segundo de afinidad y del cónyuge o concubino, de ser el caso, así como la relación de personas jurídicas o entes jurídicos donde el PEP mantenga una participación igual o superior al 25% de su capital social, aporte o participación. Asimismo, en caso de ser considerado como un cliente sujeto a Régimen Reforzado de Debida Diligencia de Conocimiento del Cliente por las normas legales, estándares internacionales o por la Administradora, deberá presentar información ampliatoria sobre sus actividades. De acuerdo a ello, el Partícipe autoriza a la Administradora, para que realice las indagaciones que considere necesarias en las listas sensitivas nacionales y/o internacionales, y de generarse alguna alerta la Administradora procederá a realizar las acciones legales establecidas conforme x xxx. Adicionalmente, el Partícipe se obliga a actualizar su información, proporcionada al inicio de la relación comercial y renovarla a solicitud de la Administradora cuando así se requiera. La Administradora informará a las autoridades respectivas, si bajo su criterio y calificación sospeche de una transacción ilícita o que incurra en una o más características prescritas en las normas sobre Prevención xxx Xxxxxx de Activos y del Financiamiento del Terrorismo o las que señale la Superintendencia xxx Xxxxxxx de Valores – SMV. La Administradora queda absolutamente exento de responsabilidad alguna por las consecuencias y resultados de dichas comunicaciones, renunciando el Partícipe a cualquier reclamo de orden penal, civil o administrativo.
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Prevención xxx Xxxxxx de Activos y del Financiamiento del Terrorismo. El Partícipe declara que los orígenes de sus fondos fueron obtenidos de manera lícita y sin trasgredir el ordenamiento jurídico. Además, declara que los Fondos fondos no serán usados para actividades ilícitas. A simple requerimiento de la Administradora, el Partícipe queda igualmente obligado a explicar, documentar y acreditar, a entera satisfacción de la Administradora Administradora, dentro de un plazo razonable no mayor a diez (10) días calendarios, la suficiencia económica y legal de las transacciones que realiza, garantizando que los recursos que emplea en ellas no provienen de actividades ilícitas ni son destinadas a ellas, poniendo especial énfasis a aquellas relacionadas con el lavado de activos y/o el financiamiento del terrorismo. Es causal de resolución del Contrato que el Partícipe obstaculice o se niegue a entregar la información requerida. En caso el Partícipe o alguno de sus representantes legales, asociados, socios, titulares, directores, miembros de consejo de administración, gerentes o administradores, califique(n) como una Persona Expuesta Políticamente (“PEP”)Políticamente, deberá presentar el nombre de sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y segundo de afinidad y del cónyuge o concubino, de ser el caso, así como la relación de personas jurídicas o entes jurídicos donde el PEP mantenga XXX xxxxxxxx una participación igual o superior al 25% de su capital social, aporte o participación. AsimismoAsí mismo, en caso de ser considerado como un cliente sujeto a Régimen Reforzado de Debida Diligencia de Conocimiento del Cliente por las normas legales, estándares internacionales o por la Administradora, Administradora deberá presentar información ampliatoria sobre sus actividades. De acuerdo a ello, el Partícipe autoriza a la Administradora, para que realice las indagaciones que considere necesarias en las listas sensitivas nacionales y/o internacionales, y de generarse alguna alerta la Administradora procederá a realizar las acciones legales establecidas conforme x xxx. Adicionalmente, el Partícipe se obliga a actualizar su información, proporcionada al inicio de la relación comercial y renovarla a solicitud de la Administradora cuando así se requiera. La Administradora informará a las autoridades respectivas, si bajo su criterio y calificación sospeche de una transacción ilícita o que incurra en una o más características prescritas en las normas sobre Prevención xxx Xxxxxx de Activos y del Financiamiento del Terrorismo o las que señale la Superintendencia xxx Xxxxxxx de Valores – SMV. La Administradora queda absolutamente exento de responsabilidad alguna por las consecuencias y resultados de dichas comunicaciones, renunciando el Partícipe a cualquier reclamo de orden penal, civil o administrativo.
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Prevención xxx Xxxxxx de Activos y del Financiamiento del Terrorismo. El Partícipe En relación con los servicios prestados y el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato, EL PARTÍCIPE declara estar de acuerdo y garantiza que:
a) No ha violado y no violará las leyes vigentes de lucha contra el lavado de activos, financiamiento del terrorismo, anticorrupción y sus regulaciones. b) No ha realizado, y se compromete a no realizar o a participar en las siguientes conductas: realización de pagos o transferencias de valor, ofertas, promesas o la concesión de cualquier ventaja económica o de otro tipo, solicitudes, acuerdos para recibir o aceptar cualquier ventaja financiera o de otro tipo, ya sea directa o indirectamente, que los orígenes tenga el propósito, el efecto, la aceptación o la conformidad del soborno público o comercial o cualquier otro medio ilegal o indebido de obtener o retener un negocio, una ventaja comercial o de la mala ejecución de cualquier función o actividad.
c) EL PARTÍCIPE asegura el cumplimiento de estas obligaciones por parte de sus fondos fueron obtenidos de manera lícita y sin trasgredir el ordenamiento jurídico. Ademáspropios representantes, declara que los Fondos no serán usados para actividades ilícitasasociados, agentes o subcontratistas, según corresponda. A simple requerimiento de la AdministradoraLA ADMINISTRADORA, el Partícipe EL PARTÍCIPE queda igualmente obligado a explicar, documentar y acreditar, a entera satisfacción de la Administradora LA ADMINISTRADORA, dentro de un plazo razonable no mayor a diez (10) días hábiles, la suficiencia económica y legal de las transacciones que realiza, garantizando que los recursos que emplea en ellas no provienen de actividades ilícitas ni son destinadas a ellas, poniendo especial énfasis a aquellas relacionadas con el lavado de activos y/o el financiamiento del terrorismo. Es causal de resolución del Contrato que el Partícipe obstaculice o se niegue a entregar la información requerida. En caso el Partícipe o alguno de sus representantes legales, asociados, socios, titulares, directores, miembros de consejo de administración, gerentes o administradores, califique(n) como una Persona Expuesta Políticamente (“PEP”), deberá presentar el nombre de sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y segundo de afinidad y del cónyuge o concubino, de ser el caso, así como la relación de personas jurídicas o entes jurídicos donde el PEP mantenga una participación igual o superior al 25% de su capital social, aporte o participación. Asimismo, en caso de ser considerado como un cliente sujeto a Régimen Reforzado de Debida Diligencia de Conocimiento del Cliente por las normas legales, estándares internacionales o por la Administradora, deberá presentar información ampliatoria sobre sus actividades. De acuerdo a ellolo contrario, el Partícipe autoriza a la Administradora, para que realice las indagaciones que considere necesarias en las listas sensitivas nacionales y/o internacionales, y de generarse alguna alerta la Administradora procederá a realizar las acciones legales establecidas conforme x xxx. Adicionalmente, el Partícipe se obliga a actualizar su información, proporcionada al inicio de la relación comercial y renovarla a solicitud de la Administradora cuando así se requiera. La Administradora informará a las autoridades respectivas, si bajo su criterio y calificación sospeche de una transacción ilícita o que incurra en una o más características prescritas en las normas sobre Prevención xxx Xxxxxx de Activos y del Financiamiento del Terrorismo o las que señale la Superintendencia xxx Xxxxxxx de Valores – SMV. La Administradora queda absolutamente exento de responsabilidad alguna presente Contrato podrá ser resuelto por las consecuencias y resultados de dichas comunicaciones, renunciando el Partícipe a cualquier reclamo de orden penal, civil o administrativo.LA ADMINISTRADORA de
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Prevención xxx Xxxxxx de Activos y del Financiamiento del Terrorismo. El Partícipe declara que los orígenes de sus fondos fueron obtenidos de manera lícita y sin trasgredir el ordenamiento jurídico. Además, declara que los Fondos fondos no serán usados para actividades ilícitas. A simple requerimiento de la Administradora, el Partícipe queda igualmente obligado a explicar, documentar y acreditar, a entera satisfacción de la Administradora Administradora, dentro de un plazo razonable no mayor a diez (10) días calendarios, la suficiencia suficiencia económica y legal de las transacciones que realiza, garantizando que los recursos que emplea en ellas no provienen de actividades ilícitas ni son destinadas a ellas, poniendo especial énfasis a aquellas relacionadas con el lavado de activos y/o el financiamiento financiamiento del terrorismo. Es causal de resolución del Contrato que el Partícipe obstaculice o se niegue a entregar la información requerida. En caso el Partícipe o alguno de sus representantes legales, asociados, socios, titulares, directores, miembros de consejo de administración, gerentes o administradores, califique(ncalifique(n) como una Persona Expuesta Políticamente (“PEP”)Políticamente, deberá presentar el nombre de sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y segundo de afinidad afinidad y del cónyuge o concubino, de ser el caso, así como la relación de personas jurídicas o entes jurídicos donde el PEP mantenga una participación igual o superior al 25% de su capital social, aporte o participación. AsimismoAsí mismo, en caso de ser considerado como un cliente sujeto a Régimen Reforzado de Debida Diligencia de Conocimiento del Cliente por las normas legales, estándares internacionales o por la Administradora, Administradora deberá presentar información ampliatoria sobre sus actividades. De acuerdo a ello, el Partícipe autoriza a la Administradora, para que realice las indagaciones que considere necesarias en las listas sensitivas nacionales y/o internacionales, y de generarse alguna alerta la Administradora procederá a realizar las acciones legales establecidas conforme x xxx. Adicionalmente, el Partícipe se obliga a actualizar su información, proporcionada al inicio de la relación comercial y renovarla a solicitud de la Administradora cuando así se requiera. La Administradora informará a las autoridades respectivas, si bajo su criterio y calificación calificación sospeche de una transacción ilícita o que incurra en una o más características prescritas en las normas sobre Prevención xxx Xxxxxx de Activos y del Financiamiento del Terrorismo o las que señale la Superintendencia xxx Xxxxxxx de Valores – SMV. La Administradora queda absolutamente exento de responsabilidad alguna por las consecuencias y resultados de dichas comunicaciones, renunciando el Partícipe a cualquier reclamo de orden penal, civil o administrativo.
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