Principio de seguridad y coherencia. 1. Las partes signatarias de este Convenio General, durante su vigencia, y haciendo uso de sus derechos fundamentales de asociación y libertad sindical y para que éstos produzcan consecuencias jurídicas para sus representados federados y confederados, se obligan respecto de ellas mismas y de cuantas organizaciones integran y representan, a no pro- mover, negociar, ni concluir, Convenios Colectivos Provinciales o de Co- munidad Autónoma que contengan o regulen materias reservadas por aquél al ámbito general estatal, o que, de alguna manera, se opongan al mismo, o contradigan sus prescripciones. Será nulo cualquier pacto contenido en convenios de ámbito inferior que contravenga lo previsto en este Convenio General y corresponda a materias cuya competencia esté atribuida exclusivamente al mismo. 2. Asimismo, consecuentes con el compromiso pactado en el apartado anterior, esas mismas partes y respecto de iguales representaciones, con objeto de garantizar el principio constitucional de seguridad jurídica, renuncian expresamente al ejercicio del derecho reconocido en el xxxxx- fo tercero del artículo 84 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, de afectar en ámbitos territoriales inferiores a los pactos de este Convenio General y durante el periodo de vigencia pactado, comprometiéndose, por tanto, a no alterarlos.
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Samples: Convenio Colectivo
Principio de seguridad y coherencia. cve: BOE-A-2013-3749
1. Las partes signatarias de este Convenio Generalgeneral, durante su vigencia, y haciendo uso de sus derechos fundamentales de asociación y libertad sindical y para que éstos produzcan consecuencias jurídicas para sus representados federados y confederados, se obligan respecto de ellas mismas y de cuantas organizaciones integran y representan, a no pro- moverpromover, negociar, ni concluir, Convenios Colectivos Provinciales o de Co- munidad Comunidad Autónoma que contengan o regulen materias reservadas por aquél al ámbito general estatal, o que, de alguna manera, se opongan al mismo, o contradigan sus prescripciones. Será nulo cualquier pacto contenido en convenios de ámbito inferior que contravenga lo previsto en este Convenio General y corresponda a materias cuya competencia esté atribuida exclusivamente al mismo.
2. Asimismo, consecuentes con el compromiso pactado en el apartado anterior, esas mismas partes y respecto de iguales representaciones, con objeto de garantizar el principio constitucional de seguridad jurídica, renuncian expresamente al ejercicio del derecho reconocido en el xxxxx- fo párrafo tercero del artículo 84 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, de afectar en ámbitos territoriales inferiores a los pactos de este Convenio General y durante el periodo de vigencia pactado, comprometiéndose, por tanto, a no alterarlos.
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Samples: V Convenio Colectivo General Del Sector De Derivados Del Cemento
Principio de seguridad y coherencia. 1. Las partes signatarias de este Convenio Generalconvenio general, durante su vigencia, y haciendo uso de sus derechos fundamentales de asociación y libertad sindical y para que éstos produzcan consecuencias jurídicas para sus representados federados y confederados, se obligan respecto de ellas mismas y de cuantas organizaciones integran y representan, a no pro- moverpromover, negociar, ni concluir, Convenios Colectivos Provinciales convenios colectivos provinciales o de Co- munidad Comunidad Autónoma que contengan o regulen materias reservadas por aquél al ámbito general estatal, o que, de alguna manera, se opongan al mismo, o contradigan sus prescripciones. Será nulo cualquier pacto contenido en convenios de ámbito inferior que contravenga lo previsto en este Convenio General convenio general y corresponda a materias cuya competencia esté atribuida exclusivamente al mismo.
2. Asimismo, consecuentes con el compromiso pactado en el apartado anterior, esas mismas partes y respecto de iguales representaciones, con objeto de garantizar el principio constitucional de seguridad jurídica, renuncian expresamente al ejercicio del derecho reconocido en el xxxxx- fo párrafo tercero del artículo 84 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, de afectar en ámbitos territoriales inferiores a los pactos de este Convenio General convenio general y durante el periodo de vigencia pactado, comprometiéndose, por tanto, a no alterarlos.
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Samples: Convenio Colectivo
Principio de seguridad y coherencia. 1. Las partes signatarias de este Convenio General, durante su vigencia, y haciendo uso de sus derechos fundamentales de asociación y libertad sindical y para que éstos produzcan consecuencias jurídicas para sus representados federados y confederados, se obligan respecto de ellas mismas y de cuantas organizaciones integran y representan, a no pro- moverpromover, negociar, ni concluir, Convenios Colectivos Provinciales o de Co- munidad Comunidad Autónoma que contengan o regulen materias reservadas por aquél al ámbito general estatal, o que, de alguna manera, se opongan al mismo, o contradigan sus prescripciones. Será nulo cualquier pacto contenido en convenios de ámbito inferior que contravenga lo previsto en este Convenio General y corresponda a materias cuya competencia esté atribuida exclusivamente al mismo.
2. Asimismo, consecuentes con el compromiso pactado en el apartado anterior, esas mismas partes y respecto de iguales representaciones, con objeto de garantizar el principio constitucional de seguridad jurídica, renuncian expresamente al ejercicio del derecho reconocido en el xxxxx- fo párrafo tercero del artículo 84 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, de afectar en ámbitos territoriales inferiores a los pactos de este Convenio General y durante el periodo de vigencia pactado, comprometiéndose, por tanto, a no alterarlos.
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Samples: Viii Convenio Colectivo General Del Sector De Derivados Del Cemento