Common use of Procedimiento de adjudicación de los Contratos basados Clause in Contracts

Procedimiento de adjudicación de los Contratos basados. Puesto que el Acuerdo marco se celebra con varios empresarios y no todos los términos están establecidos en el mismo, la adjudicación de los Contratos basados se realizará de acuerdo con lo indicado en este apartado. La Entidad Local peticionaria, al margen del cumplimiento de los trámites previos exigidos conforme a la normativa presupuestaria y de contratación que le resulte internamente aplicable, a los efectos de la adjudicación de los Contratos basados elaborará un documento de invitación a participar en dicha contratación (en adelante, el “Documento de Invitación”) conforme al modelo normalizado aprobado por la Central de Contratación de la FEMP, que deberá contener, al menos, los siguientes aspectos: • Entidad Local peticionaria. • Identificación del ámbito de los Servicios contratados. • Plazo de duración. • Garantía definitiva exigida, en su caso. • Uso de la prestación accesoria de acuse de recibo electrónico. En este sentido, las Entidades Locales valorarán en el Documento de Invitación la posibilidad de solicitar la prestación accesoria de acuse de recibo electrónico cuando el adjudicatario disponga de los medios para prestar este servicio. A los efectos de la adjudicación del Contrato Basado, no podrán otorgar a esta prestación accesoria un valor mayor del 5% del total de puntos de la adjudicación de dicho Contrato Basado. A continuación, se remitirá a todos los adjudicatarios del Acuerdo Marco, a través de la aplicación informática de la Central de Contratación de la FEMP, para que presenten en el plazo al efecto previsto sus correspondientes proposiciones. El Documento de Invitación no podrá contener, ni solicitar a los adjudicatarios, previsiones contrarias a las contenidas en el presente Pliego o en el PPT. Todos los adjudicatarios seleccionados estarán obligados a presentar ofertas en relación con los Documentos de Invitación que reciban, respetando en todo caso los compromisos mínimos recogidos en el Acuerdo Marco, en los términos establecidos en el PCA y el PPT. El criterio de valoración que regirá la licitación del Contrato Basado, a no ser que la entidad local decida aplicar otro criterio de selección adicional, será el precio ofertado por cada Servicio correspondiente al Lote al que se refiera el Contrato Basado que no podrá ser superior al ofertado en el Acuerdo marco. Una vez realizada la valoración de las proposiciones, la Entidad Local procederá a adoptar el acuerdo de adjudicación que se notificará a los licitadores mediante el procedimiento normalizado que al efecto se establezca en el seno de la Central de Contratación de la FEMP. La Central de Contratación de la FEMP prestará su apoyo permanente a las Entidades Locales en relación con cuantas cuestiones pudieran suscitarse respecto a la preparación y adjudicación de los Contratos basados vinculadas con la ejecución del presente Acuerdo marco.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Rige La Celebración Del Acuerdo Marco Para Los Servicios Postales De La Central De Contratación De La Femp

Procedimiento de adjudicación de los Contratos basados. Una vez celebrado el Acuerdo marco se procederá a contratar los Servicios correspondientes a cada lote que fueran solicitados por cualquiera de las Entidades Locales adheridas. Puesto que el Acuerdo marco se celebra con varios empresarios y no todos los términos están establecidos en el mismo, la adjudicación de los Contratos basados se realizará de acuerdo con lo indicado en este apartadoapartado 17.1. La Entidad Local peticionaria, al margen del cumplimiento de los trámites previos exigidos conforme a la normativa presupuestaria y de contratación que le resulte internamente aplicable, a los efectos de la adjudicación de los Contratos basados elaborará un documento de invitación a participar en dicha contratación (en adelante, el “Documento de Invitación”) conforme al modelo normalizado aprobado por la Central de Contratación de la FEMP, que deberá contener, al menos, los siguientes aspectos: • Entidad Local peticionaria. • Identificación del ámbito de los Servicios contratados. • Plazo de duración. • Garantía definitiva exigida, en su caso. • Uso Periodicidad de la facturación, que deberá estar en consonancia con la realización de los servicios sin que en ningún caso pueda establecerse un pago único. • Subcontratación y revisión de precios, en su caso. Si la entidad local que fuera a realizar un contrato basado necesitara una solución informática adaptada a los sistemas de gestión tributaria de que ya disponga dicha entidad local por resultar ésta incompatible con la solución informática ofertada por los licitadores, esta nueva solución informática o la adaptación que proceda tendrá el carácter de prestación accesoria y, en consecuencia, deberá ofertarse de acuse de recibo electrónico. En este sentido, las Entidades Locales valorarán forma independiente en el Documento proceso de Invitación la posibilidad de solicitar la prestación accesoria de acuse de recibo electrónico cuando el adjudicatario disponga de los medios para prestar este servicio. A los efectos de la adjudicación licitación del Contrato Basado, no podrán otorgar a . Si la Entidad Local solicitara esta prestación accesoria accesoria, los adjudicatarios tendrán derecho a realizar, al margen de la oferta básica, una oferta adicional por la ejecución de las prestaciones accesorias que se requieran. No obstante, esta oferta adicional no podrá suponer una retribución adicional mayor que un valor mayor del 530% del total de puntos de la adjudicación de dicho Contrato Basadoporcentaje ofertado por cada licitador en el contrato basado sobre el importe efectivamente recaudado. A continuación, se remitirá a todos los adjudicatarios del Acuerdo Marco, a través de la aplicación informática de la Central de Contratación de la FEMP, para que presenten en el plazo al efecto previsto sus correspondientes proposiciones. El Documento de Invitación no podrá contener, ni solicitar a los adjudicatarios, previsiones contrarias a las contenidas en el presente Pliego o en el PPT. Todos los adjudicatarios seleccionados estarán obligados a presentar ofertas en relación con los Documentos de Invitación que reciban, respetando en todo caso los compromisos mínimos recogidos en el Acuerdo Marco, en los términos establecidos en el PCA y el PPT. El criterio Los criterios de valoración que regirá regirán la licitación del Contrato Basado, a no ser Basado serán los que en cada caso decida la entidad local decida aplicar otro Entidad Local. Si la Entidad Local decide utilizar un único criterio de selección adicionalvaloración, éste será necesariamente el precio ofertado por cada Servicio correspondiente al Lote al los servicios a los que se refiera el Contrato Basado Basado, que no podrá ser superior al ofertado en el Acuerdo marco. Si la Entidad Local decide incluir adicionalmente criterios no evaluables mediante fórmulas, la ponderación de éstos respecto de la valoración total de la oferta no podrá exceder del 49% del total de puntuación máxima a otorgar a la oferta en su conjunto. Una vez realizada la valoración de las proposiciones, la Entidad Local procederá a adoptar el acuerdo de adjudicación que se notificará a los licitadores mediante el procedimiento normalizado que al efecto se establezca en el seno de la Central de Contratación de la FEMP. La Central de Contratación de la FEMP prestará su apoyo permanente a las Entidades Locales en relación con cuantas cuestiones pudieran suscitarse respecto a la preparación y adjudicación de los Contratos basados vinculadas con la ejecución del presente Acuerdo marco.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Rige La Celebración Del Acuerdo Marco Para La Contratación De Servicios De Asistencia

Procedimiento de adjudicación de los Contratos basados. Una vez celebrado el Acuerdo marco se procederá a contratar los Servicios correspondientes a cada lote que fueran solicitados por cualquiera de las Entidades Locales adheridas. Puesto que el Acuerdo marco se celebra con varios empresarios y no todos los términos están establecidos en el mismo, la adjudicación de los Contratos basados se realizará de acuerdo con lo indicado en este apartadoapartado 17.1. La Entidad Local peticionaria, al margen del cumplimiento de los trámites previos exigidos conforme a la normativa presupuestaria y de contratación que le resulte internamente aplicable, a los efectos de la adjudicación de los Contratos basados elaborará un documento de invitación a participar en dicha contratación (en adelante, el “Documento de Invitación”) conforme al modelo normalizado aprobado por la Central de Contratación de la FEMP, que deberá contener, al menos, los siguientes aspectos: • Entidad Local peticionaria. • Identificación del ámbito de los Servicios contratados, en especial, las especialidades a prestar cuando concurran varias en un mismo Lote. • Plazo de duración. • Garantía definitiva exigida, en su caso. • Uso Subcontratación y revisión de precios, en su caso. • Penalidades que impondrá la prestación accesoria de acuse de recibo electrónico. En este sentido, las Entidades Locales valorarán en el Documento de Invitación la posibilidad de solicitar la prestación accesoria de acuse de recibo electrónico cuando el adjudicatario disponga Entidad Local por un defectuoso incumplimiento de los medios para prestar este servicio. A los efectos de la adjudicación del Contrato Basado, no podrán otorgar a esta prestación accesoria un valor mayor del 5% del total de puntos de la adjudicación de dicho Contrato Basadoservicios. A continuación, se remitirá a todos los adjudicatarios del Acuerdo Marco, a través de la aplicación informática de la Central de Contratación de la FEMP, para que presenten en el plazo al efecto previsto sus correspondientes proposiciones. El Documento de Invitación no podrá contener, ni solicitar a los adjudicatarios, previsiones contrarias a las contenidas en el presente Pliego o en el PPT. Todos los adjudicatarios seleccionados estarán obligados a presentar ofertas en relación con los Documentos de Invitación que reciban, respetando en todo caso los compromisos mínimos recogidos en el Acuerdo Marco, en los términos establecidos en el PCA y el PPT. En el supuesto de que el número de trabajadores y centros de la Entidad Local que inicie el contrato basado no se ajuste a alguna de las posibilidades descritas en la tabla de precios otorgada por el adjudicatario de conformidad con el presente Acuerdo Marco, su precio máximo de referencia a la hora de proponer la oferta del adjudicatario será el que derive del total de centros de trabajo de que disponga la entidad local. El criterio de valoración que regirá la licitación del Contrato Basado, a no ser salvo que la entidad local decida aplicar otro Entidad Local desee incluir como criterio de selección adicionalevaluación adicional los previstos en el apartado 11.1 como criterios no evaluable mediante fórmulas si las circunstancias especiales de la Entidad Local así lo aconsejara, será exclusivamente el precio ofertado por cada Servicio correspondiente al Lote al que se refiera el Contrato Basado Basado, que no podrá ser superior al ofertado en el Acuerdo marco. La oferta económica de los adjudicatarios se presentará sin IVA. El IVA se aplicará en los casos en que corresponda. No obstante lo anterior, las Entidades Locales podrán incluir en la licitación del Contrato Basado prestaciones de Servicios Complementarios no incluidos en el Acuerdo Marco pero que fueran necesarios para ejecutar el servicio, siempre que su exigencia se justifique por circunstancias que en este momento no pueden preverse, y que el importe total máximo de estos Servicios Complementarios no exceda del 35% del importe total máximo de los servicios ofertados a dicho Ayuntamiento incluidos en el Acuerdo Marco. En estos supuestos, los adjudicatarios deberán realizar, al margen de la oferta básica, una oferta adicional por la ejecución de estos Servicios Complementarios que se requieran. El Documento de Invitación la Entidad Local incluirá la descripción, especificaciones y requerimientos que sean precisos para la contratación de estos Servicios Complementarios. Los posibles Servicios Complementarios a prestar serán los siguientes: Lote 1: Actividades Técnicas Otras actividades técnicas no enumeradas y descritas en los pliegos que requieran de técnicos especialistas y otras actividades/estudios que pudieran suponer el uso de laboratorios o equipos de medición específicos. ▪ Examen de P.S.A. (antígeno prostático específico). ▪ Perfil/analítica xx xxxxxx y ferritina. ▪ Reconocimiento ginecológico preventivo completo. ▪ Test de detección precoz de cáncer xx xxxxx ▪ Campañas de vacunación (Anti hepatitis A y B y Tétanos, Gripe u otras necesarias o aconsejables en función del puesto de trabajo que ocupen los trabajadores) ▪ Cualquier otra prestación vinculada a pruebas médicas específicas, análisis cito- químicos y otras pruebas médicas que, de forma justificada, estén vinculadas a los riesgos en el puesto de trabajo, o que sean similares o complementarias a las descritas en el objeto del Acuerdo Marco y en los Servicios Complementarios. Se entenderán como prestación accesoria todas las acciones formativas vinculadas a los servicios para la prevención de riesgos laborales contratados por la Empresa y no incluidos en la oferta presentada por cada una de las adjudicatarias. La valoración de los Servicios Complementarios se realizará conforme a los criterios de evaluación previstos en los apartados 11.1 y 11.2 del presente Acuerdo Marco, pudiendo modificar la distribución de puntuación entre ambos criterios, siempre que el criterio de evaluación conforme al apartado 11.2 tenga mayor puntuación que la del apartado 11.1. La referencia a la cobertura será la relativa al ámbito territorial de la prestación del Servicio. La Entidad Local tendrá igualmente la posibilidad de asignar el peso específico que considere oportuno a la valoración de los Servicios y a los Servicios Complementarios específicamente requeridos, pero en todo caso el peso ponderado de los Servicios no será inferior al 65% del total de la valoración propuesta, no pudiéndose otorgar a los Servicios Complementarios una valoración superior al 35% de la valoración total. Una vez realizada la valoración de las proposiciones, la Entidad Local procederá a adoptar el acuerdo de adjudicación que se notificará a los licitadores mediante el procedimiento normalizado que al efecto se establezca en el seno de la Central de Contratación de la FEMP. La Central de Contratación de la FEMP prestará su apoyo permanente a las Entidades Locales en relación con cuantas cuestiones pudieran suscitarse respecto a la preparación y adjudicación de los Contratos basados vinculadas con la ejecución del presente Acuerdo marco.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Rige La Celebración Del Acuerdo Marco Para La Contratación De Los Servicios De Prevención De Riesgos Laborales Por La Central De Contratación De La Femp

Procedimiento de adjudicación de los Contratos basados. Una vez celebrado el Acuerdo marco se procederá a contratar los Servicios correspondientes a cada lote que fueran solicitados por cualquiera de las Entidades Locales adheridas. Puesto que el Acuerdo marco se celebra con varios empresarios y no todos los términos están establecidos en el mismo, la adjudicación de los Contratos basados se realizará de acuerdo con lo indicado en este apartadoapartado 17.1. La Entidad Local peticionaria, al margen del cumplimiento de los trámites previos exigidos conforme a la normativa presupuestaria y de contratación que le resulte internamente aplicable, a los efectos de la adjudicación de los Contratos basados elaborará un documento de invitación a participar en dicha contratación (en adelante, el “Documento de Invitación”) conforme al modelo normalizado aprobado por la Central de Contratación de la FEMP, que deberá contener, al menos, los siguientes aspectos: Entidad Local peticionaria. Identificación del ámbito de los Servicios contratados, en especial, las especialidades a prestar cuando concurran varias en un mismo Lote. Plazo de duración. Garantía definitiva exigida, en su caso. • Uso  Subcontratación y revisión de precios, en su caso.  Penalidades que impondrá la prestación accesoria de acuse de recibo electrónico. En este sentido, las Entidades Locales valorarán en el Documento de Invitación la posibilidad de solicitar la prestación accesoria de acuse de recibo electrónico cuando el adjudicatario disponga Entidad Local por un defectuoso incumplimiento de los medios para prestar este servicio. A los efectos de la adjudicación del Contrato Basado, no podrán otorgar a esta prestación accesoria un valor mayor del 5% del total de puntos de la adjudicación de dicho Contrato Basadoservicios. A continuación, se remitirá a todos los adjudicatarios del Acuerdo Marco, a través de la aplicación informática de la Central de Contratación de la FEMP, para que presenten en el plazo al efecto previsto sus correspondientes proposiciones. El Documento de Invitación no podrá contener, ni solicitar a los adjudicatarios, previsiones contrarias a las contenidas en el presente Pliego o en el PPT. Todos los adjudicatarios seleccionados estarán obligados a presentar ofertas en relación con los Documentos de Invitación que reciban, respetando en todo caso los compromisos mínimos recogidos en el Acuerdo Marco, en los términos establecidos en el PCA y el PPT. En el supuesto de que el número de trabajadores y centros de la Entidad Local que inicie el contrato basado no se ajuste a alguna de las posibilidades descritas en la tabla de precios otorgada por el adjudicatario de conformidad con el presente Acuerdo Marco, su precio máximo de referencia a la hora de proponer la oferta del adjudicatario será el que derive del total de centros de trabajo de que disponga la entidad local. El criterio de valoración que regirá la licitación del Contrato Basado, a no ser salvo que la entidad local decida aplicar otro Entidad Local desee incluir como criterio de selección adicionalevaluación adicional los previstos en el apartado 11.1 como criterios no evaluable mediante fórmulas si las circunstancias especiales de la Entidad Local así lo aconsejara, será exclusivamente el precio ofertado por cada Servicio correspondiente al Lote al que se refiera el Contrato Basado Basado, que no podrá ser superior al ofertado en el Acuerdo marco. La oferta económica de los adjudicatarios se presentará sin IVA. El IVA se aplicará en los casos en que corresponda. No obstante lo anterior, las Entidades Locales podrán incluir en la licitación del Contrato Basado prestaciones de Servicios Complementarios no incluidos en el Acuerdo Marco pero que fueran necesarios para ejecutar el servicio, siempre que su exigencia se justifique por circunstancias que en este momento no pueden preverse, y que el importe total máximo de estos Servicios Complementarios no exceda del 35% del importe total máximo de los servicios ofertados a dicho Ayuntamiento incluidos en el Acuerdo Marco. En estos supuestos, los adjudicatarios deberán realizar, al margen de la oferta básica, una oferta adicional por la ejecución de estos Servicios Complementarios que se requieran. El Documento de Invitación la Entidad Local incluirá la descripción, especificaciones y requerimientos que sean precisos para la contratación de estos Servicios Complementarios. Los posibles Servicios Complementarios a prestar serán los siguientes: Lote 1: Actividades Técnicas Otras actividades técnicas no enumeradas y descritas en los pliegos que requieran de técnicos especialistas y otras actividades/estudios que pudieran suponer el uso de laboratorios o equipos de medición específicos.  Examen de P.S.A. (antígeno prostático específico).  Perfil/analítica xx xxxxxx y ferritina.  Reconocimiento ginecológico preventivo completo.  Test de detección precoz de cáncer xx xxxxx  Campañas de vacunación (Anti hepatitis A y B y Tétanos, Gripe u otras necesarias o aconsejables en función del puesto de trabajo que ocupen los trabajadores)  Cualquier otra prestación vinculada a pruebas médicas específicas, análisis cito- químicos y otras pruebas médicas que, de forma justificada, estén vinculadas a los riesgos en el puesto de trabajo, o que sean similares o complementarias a las descritas en el objeto del Acuerdo Marco y en los Servicios Complementarios. Se entenderán como prestación accesoria todas las acciones formativas vinculadas a los servicios para la prevención de riesgos laborales contratados por la Empresa y no incluidos en la oferta presentada por cada una de las adjudicatarias. La valoración de los Servicios Complementarios se realizará conforme a los criterios de evaluación previstos en los apartados 11.1 y 11.2 del presente Acuerdo Marco, pudiendo modificar la distribución de puntuación entre ambos criterios, siempre que el criterio de evaluación conforme al apartado 11.2 tenga mayor puntuación que la del apartado 11.1. La referencia a la cobertura será la relativa al ámbito territorial de la prestación del Servicio. La Entidad Local tendrá igualmente la posibilidad de asignar el peso específico que considere oportuno a la valoración de los Servicios y a los Servicios Complementarios específicamente requeridos, pero en todo caso el peso ponderado de los Servicios no será inferior al 65% del total de la valoración propuesta, no pudiéndose otorgar a los Servicios Complementarios una valoración superior al 35% de la valoración total. Una vez realizada la valoración de las proposiciones, la Entidad Local procederá a adoptar el acuerdo de adjudicación que se notificará a los licitadores mediante el procedimiento normalizado que al efecto se establezca en el seno de la Central de Contratación de la FEMP. La Central de Contratación de la FEMP prestará su apoyo permanente a las Entidades Locales en relación con cuantas cuestiones pudieran suscitarse respecto a la preparación y adjudicación de los Contratos basados vinculadas con la ejecución del presente Acuerdo marco.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Rige La Celebración Del Acuerdo Marco Para La Contratación De Los Servicios De Prevención De Riesgos Laborales Por La Central De Contratación De La Femp

Procedimiento de adjudicación de los Contratos basados. Puesto que Una vez celebrado el Acuerdo marco Marco, se celebra con varios empresarios y no todos procederá a contratar los términos están establecidos servicios que fueran solicitados por cualquiera de las Entidades Locales Adheridas. En todo caso, los respectivos Contratos basados en el mismoAcuerdo Xxxxx se entenderán perfeccionados al ser notificada la correspondiente adjudicación al contratista por parte de la Entidad Local peticionaria. Dicha notificación se realizará mediante la aplicación informática que al efecto se disponga por parte de la Central de Contratación de la FEMP a favor de las Entidades Locales Adheridas. Igualmente, según lo previsto en el artículo 198.3 del TRLCSP, la adjudicación de los Contratos basados se realizará de acuerdo con Entidad Local podrá consultar por escrito al adjudicatario, pidiéndole, si fuere necesario, que complete su oferta, siempre ajustándose a lo indicado previsto en este apartadoel Acuerdo Xxxxx y en la oferta presentada. La Entidad Local peticionaria, al margen del cumplimiento de los trámites previos exigidos conforme a la normativa presupuestaria y de contratación que le resulte internamente aplicable, a los efectos de la adjudicación de los Contratos basados elaborará un documento de invitación a participar podrá contratar directamente con el único adjudicatario posible, en dicha contratación (cuyo caso se aplicarán las condiciones previstas en adelanteeste Acuerdo Marco y en la oferta del adjudicatario. En todo caso, el “Documento de Invitación”) conforme al modelo normalizado aprobado por adjudicatario estará obligado a entregar a la Central de Contratación de la FEMP, que deberá contener, al menos, los siguientes aspectos: • Entidad Local peticionaria. • Identificación del ámbito de los Servicios contratados. • Plazo de duración. • Garantía definitiva exigida, en su caso. • Uso de la prestación accesoria de acuse de recibo electrónico. En este sentido, las Entidades Locales valorarán en el Documento de Invitación la posibilidad de solicitar la prestación accesoria de acuse de recibo electrónico cuando el adjudicatario disponga de los medios para prestar este servicio. A los efectos de la adjudicación del Contrato Basado, no podrán otorgar a esta prestación accesoria un valor mayor del 5% del total de puntos de la adjudicación de dicho Contrato Basado. A continuación, se remitirá a todos los adjudicatarios del Acuerdo Marco, a través de la aplicación informática de la Central de Contratación de la FEMP, para documentación laboral que presenten en el plazo al efecto previsto sus correspondientes proposiciones. El Documento de Invitación no podrá contener, ni solicitar a los adjudicatarios, previsiones contrarias a las contenidas en el presente Pliego o en el PPT. Todos los adjudicatarios seleccionados estarán obligados a presentar ofertas corresponda en relación con los Documentos de Invitación que recibanlas personas adscritas al contrato, respetando en todo caso los compromisos mínimos recogidos en justificando el Acuerdo Marco, en los términos establecidos en el PCA y el PPT. El criterio de valoración que regirá la licitación del Contrato Basado, a no ser que la entidad local decida aplicar otro criterio de selección adicional, será el precio ofertado por cada Servicio correspondiente al Lote al que se refiera el Contrato Basado que no podrá ser superior al ofertado en el Acuerdo marco. Una vez realizada la valoración cumplimiento de las proposicionescondiciones ofertadas en su oferta. En cualquier caso, la Entidad Local procederá deberá incluir en la plataforma toda la información referente a adoptar el acuerdo la tramitación del Contrato basado, que como mínimo contendrá, la resolución de adjudicación que se notificará a los licitadores mediante y el procedimiento normalizado que al efecto se establezca en el seno de la Central de Contratación de la FEMPcontrato formalizado. La Central de Contratación de la FEMP prestará su apoyo permanente a las Entidades Locales Adheridas en relación con cuantas cuestiones pudieran suscitarse respecto a la preparación y adjudicación de los Contratos basados vinculadas con la ejecución del presente Acuerdo marcoXxxxx.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Rige La Celebración Del Acuerdo Marco Para La Contratación De Los Servicios De Mediación De Riesgos Y Seguros Por La Central De Contratación De La Femp

Procedimiento de adjudicación de los Contratos basados. Una vez celebrado el Acuerdo marco, se procederá a contratar los servicios que fueran solicitados en relación con cada uno de los lotes por cualquiera de las Entidades Locales Adheridas. Puesto que el Acuerdo marco se celebra con varios empresarios y no todos los términos están establecidos en el mismo, la adjudicación de los Contratos basados se realizará de acuerdo con lo indicado en el presente apartado de este apartadoPCA y lo indicado a continuación. En todo caso, los respectivos Contratos basados en el Acuerdo marco se entenderán perfeccionados al ser notificada la correspondiente adjudicación al contratista por parte de la Entidad Local peticionaria. Dicha notificación se podrá realizar, en su caso, mediante la aplicación informática que al efecto se disponga por parte de la Central de Contratación de la FEMP a favor de las Entidades Locales adheridas. La Entidad Local peticionaria, al margen del cumplimiento de los trámites previos exigidos conforme a la normativa presupuestaria y de contratación que le resulte internamente aplicable, a los efectos de la adjudicación de los Contratos basados elaborará un documento de invitación a participar en dicha contratación (en adelante, el “Documento de Invitación”) conforme al modelo normalizado aprobado por la Central de Contratación de la FEMP, que deberá contener, al menos, los siguientes aspectos: • Entidad Local peticionaria. • Identificación del ámbito de los Servicios contratados. contratados • Plazo de duración. • Garantía definitiva adicional exigida, en su caso. • Uso Periodicidad de la prestación accesoria facturación. • Revisión de acuse precios, en su caso. Al Documento de recibo electrónicoInvitación se le añadirá por cada uno de los Servicios contratados una declaración del riesgo por parte de la Entidad Local (en adelante, la “Declaración del Riesgo”), igualmente conforme a al modelo normalizado que aprueba la Central de Contratación. En este sentidoA continuación, las Entidades Locales valorarán en una vez que la Central de Contratación y el Corredor hayan revisado que el Documento de Invitación y la posibilidad de solicitar la prestación accesoria de acuse de recibo electrónico cuando el adjudicatario disponga de Declaración del Riesgo contienen todos los medios para prestar este servicio. A requerimientos previstos en los efectos de la adjudicación del Contrato Basado, no podrán otorgar a esta prestación accesoria un valor mayor del 5% del total de puntos de la adjudicación de dicho Contrato Basado. A continuaciónmodelos normalizados, se remitirá a todos los adjudicatarios del Acuerdo Marco, a través de la aplicación informática que al efecto se disponga por parte de la Central de Contratación de la FEMP, a favor de las Entidades Locales y, a través xxx Xxxxxxxx, a los diversos adjudicatarios del lote para el que se pretenda contratar, para que presenten en el plazo al efecto previsto sus correspondientes proposiciones. El Documento de Invitación no podrá contener, ni solicitar a los adjudicatarios, previsiones contrarias a las contenidas en el presente Pliego o en el PPT. Todos los adjudicatarios seleccionados estarán obligados a presentar ofertas en relación con los Documentos de Invitación que reciban, respetando en todo caso los compromisos mínimos recogidos en el Acuerdo Marcomarco, en los términos establecidos en el PCA y el PPT. Los Documentos de Invitación deberán prever la posibilidad de que la petición de las ofertas a los adjudicatarios para los Contratos basados se realice de forma agregada, cuando sea técnica, financiera y jurídicamente posible. El criterio de valoración que regirá la licitación del Contrato Basadobasado, a no ser salvo que la entidad local decida aplicar otro criterio de selección Entidad Local desee incluir alguno adicional, será exclusivamente el precio ofertado por importe de la prima ofertada, teniendo en cuenta el carácter homogéneo de los Servicios contratados y la respectiva Declaración del Riesgo para cada Servicio correspondiente al Lote al que se refiera el Contrato Basado que no podrá ser superior al ofertado en el Acuerdo marcorespectivo seguro. Una vez realizada la valoración de las proposiciones, la Entidad Local Local, previo informe de la Central de Contratación y xxx Xxxxxxxx, procederá a adoptar el acuerdo de adjudicación que se notificará a los licitadores mediante el procedimiento normalizado que al efecto se establezca establezca. Las condiciones ofertadas en ningún caso podrán resultar menos ventajosas que las condiciones establecidas en el seno Acuerdo Marco. No obstante lo anterior, en el supuesto de que la Central siniestralidad declarada por la Entidad Local en su Declaración del Riesgo supere el 80% del ratio de Contratación siniestralidad, los adjudicatarios podrán ajustar dichas condiciones en su nueva oferta en proporción a la agravación del riesgo declarado. Al margen de las funciones de mediación desempeñada por el Corredor, la FEMP. La Central de Contratación de la FEMP prestará su apoyo permanente a las Entidades Locales en relación con cuantas cuestiones pudieran suscitarse respecto a la preparación y adjudicación de los Contratos basados vinculadas con la ejecución del presente Acuerdo marco.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Rige La Celebración Del Acuerdo Marco Para La Contratación De Pólizas De Seguros