CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN Cláusulas de Ejemplo

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN. Se advierte expresamente por la ENTIDAD que la cláusulas de este contrato han sido redactadas previamente por la misma, por lo que aquellas que no recojan pactos de carácter financiero o que no vengan reguladas por una disposición de carácter general o específico que las haga de aplicación obligatoria para los comparecientes o que no hayan sido objeto de una negociación específica, se considerarán condiciones generales de la contratación las cuales han sido debidamente inscritas en el Registro de Condiciones Generales de conformidad con lo previsto en la Ley 7/1998 de 13 xx Xxxxx, sobre Condiciones Generales de la Contratación y de conformidad con el artículo 7 de la Ley 5/2019, de 15 xx xxxxx, Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario.
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN. 1. El Ministro de Fomento, de acuerdo con esta ley, podrá establecer contratos-tipo o condiciones generales de contratación para las distintas clases de transporte terrestre, en los que se determinen los derechos y obligaciones recíprocas de las partes y las demás reglas concretas de cumplimiento de los contratos singulares. 2. Las reglas de los contratos-tipo o condiciones generales, cuando se refieran a contratos de transportes de mercancías por carretera o por ferrocarril, o transportes de viajeros en ferrocarril o autobús contratados por coche completo, incluyéndose, a tal efecto, los regulares de uso especial, serán aplicables en forma subsidiaria o supletoria a las que libremente pacten las partes en los correspondientes contratos singulares. 3. En los transportes de viajeros por carretera en vehículos de turismo, así como en los transportes en autobús o por ferrocarril con contratación por asiento, los contratos-tipo o condiciones generales de contratación aprobados por la Administración se aplicarán con carácter imperativo, pudiendo, no obstante, incluirse cláusulas anexas a dichos contratos- tipo que se apliquen únicamente con carácter subsidiario o supletorio a los que pacten las partes. 4. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, los porteadores podrán ofrecer a los usuarios condiciones más favorables a las establecidas en los contratos-tipo, teniendo en este caso, estas últimas, el carácter de condiciones mínimas.
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN. Reglas de carácter general que serán de aplicación obligatoria a la relación jurídica entre la Corporación Andina de Fomento, en adelante CAF, en su calidad de prestamista y el país, la institución, la entidad o la empresa del sector público, beneficiaria del crédito, en adelante el “Prestatario”.
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN. Le recordamos que, de conformidad con el Real Decreto 899/2009, de 22 xx Xxxx, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, el consumidor tiene derecho a resolver el contrato sin penalización alguna en caso de no aceptación de las nuevas condiciones y/o tarifas. Las presentes condiciones generales sustituyen a cualesquiera condiciones generales previas que difieran en su contenido y/u obligaciones, las cuales quedarán sin efecto. La contratación de los servicios objeto de este contrato (conjuntamente, los servicios), en su caso provistos o facilitados por AHÍ+ y/o *terceros, y comercializados a través de AHÍ+ bajo la marca AHÍ+ y dominio xxx.xxxxxx.xx, implica la aceptación de las presentes condiciones generales, que han sido elaboradas de conformidad con la normativa vigente y que, sin perjuicio de cualesquiera otras condiciones particulares, son las únicas aplicables a la prestación de los servicios a consumidores y usuarios finales, tanto personas físicas como jurídicas (en adelante, el cliente). * Se considerarán terceros aquellos a través de los cuales AHÍ+ prestará sus servicios objeto de las presentes CGC, y en aquellas zonas en las que AHÍ+ así lo determine. No obstante lo anterior y a efectos prácticos, AHÍ+ y/o los terceros de AHÍ+ mencionados anteriormente, se designarán de forma conjunta como “AHÍ+”.
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN. En el ámbito de cada Administración Pública sometida a esta ley xxxxx se podrán aprobar Condiciones Generales que regularán los aspectos jurídicos, técnicos y económicos de la contratación. Los pliegos reguladores de la contratación, y en particular las condiciones particulares, no pueden consistir en la mera repetición de disposiciones legales y no podrán contener estipulaciones contrarias a las Condiciones Generales, cuando existan, salvo supuestos especiales y previo informe de la Junta de Contratación Pública. El órgano de contratación podrá aprobar modelos tipo de condiciones particulares de general aplicación en su ámbito de competencia, que serán adaptados a cada caso concreto.
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN a) Capacidad. Sólo podrán celebrar este Contrato aquellas personas que tengan capacidad legal para contratar y estén debidamente registrados como Usuarios en PLUS PAGOS. No podrán registrarse ni utilizar los servicios personas que no tengan capacidad para contratar o aquellos Usuarios que hayan sido suspendidos o inhabilitados del sistema de PLUS PAGOS, temporal o definitivamente. b) Declaraciones del Usuario. Usos Prohibidos. El Usuario manifiesta que en el uso del Sistema PLUS PAGOS no infringirá ninguna ley aplicable, ni lo utilizará por un servicio, venta o transmisión que está prohibida por la ley o las Condiciones Generales, tales como y sin limitarse a: (i) juegos xx xxxx, apuestas, etc.; (ii) tráfico xx xxxxx, de personas, de animales, etc.; (iii) lavado de dinero y/o terrorismo; (iv) pornografía, prostitución o pedofilia; y/o (vi) cualquier tipo de actividad que pueda ser considerada fraudulenta o ilegal o sospechosa de serlo. c) Utilización del servicio por cuenta propia. Solamente se permite utilizar los Servicios en nombre propio y no en representación y/o por cuenta de terceros. El Usuario no revenderá los Servicios a terceros. d) PLUS PAGOS no es entidad financiera. Se deja expresamente aclarado que PLUS PAGOS no es una entidad financiera ni presta al Usuario ningún servicio bancario o cambiario. PLUS PAGOS sólo brinda un servicio de gestión de pagos por cuenta y orden de los Usuarios según las condiciones establecidas en los Términos y Condiciones del Servicio de Gestión de Pagos. e) Intereses. Los fondos acreditados en la Cuenta Virtual PLUS PAGOS no generan intereses y el Usuario podrá disponer libremente de ellos para realizar las operaciones descritas en el presente, ello una vez que se encuentren disponibles en su cuenta y conforme los plazos y mecanismos y reglas determinados por PLUS PAGOS. f) Pagos en Moneda Extranjera. Todos los pagos deberán ser realizados en moneda de curso legal de la República Argentina. El tipo de cambio que se tomará en consideración para la conversión de dólares estadounidenses a pesos será el tipo de cambio vendedor publicado al cierre del día anterior por el Banco de la Nación Argentina. g) Tarifa por Servicio de Procesamiento de Pagos. Por la utilización del Servicio de Procesamiento de Pago a través de la Plataforma de Cobro, el Usuario acepta pagar a PLUS PAGOS una tarifa por el Servicio de Gestión de Pagos cada vez que reciba fondos en su Cuenta, conforme a lo dispuesto en los presentes Términos y Condi...
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN. Las características que cada servicio incluye son las que en el momento de la contratación se encuentran publicadas en el sitio web de CloudCall. CloudCall no podrá modificar las características del servicio del Cliente en el periodo contratado si la modificación da como resultado un menor desempeño o menor capacidad para el cliente. El Cliente es el único responsable de elegir un servicio que se adecue a sus necesidades. El nivel del servicio que CloudCall debe darle al cliente se encuentra publicado en Anexo denominado “SLA CloudCall” Los términos de Contratación de los equipos que sean arrendados al Cliente por CloudCall se encuentran en el Anexo denominado “Términos del Arrendamiento de Equipo Telefónico”. Los términos de Contratación de venta de los equipos que sean vendidos al Cliente por CloudCall se encuentran en el Anexo denominado “Términos de la Venta de Equipo Telefónico”.
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Condiciones Generales de la Contratación, tienen el carácter de tales condiciones todas las contenidas en el presente Contrato. El Cliente manifiesta que ha sido informado de las condiciones generales de este Contrato y se le ha entregado un ejemplar del mismo. Igualmente, manifiesta que se le ha entregado el folleto informativo de tarifas y comisiones vigente.
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN. La Comisión de Contrataciones, podrá solicitar a los oferentes que prorroguen la validez de sus ofertas, los oferentes que accedan a dicha prórroga deberán prever lo necesario para que la caución o garantía de mantenimiento de la oferta este vigente durante el tiempo requerido en el pliego de condiciones, más la prórroga. Con ocasión de la solicitud de prórroga de validez del lapso de las ofertas, no se pedirá ni permitirá modificar condiciones de la oferta distintas a su plazo de validez. COMSIGUA, podrá aumentar o disminuir el alcance del (los) BIENE(s) Y/O SERVICIO(s), al momento de la adjudicación, siempre y cuando el aumento de estas se mantenga cuantitativamente dentro del rango que caracteriza la modalidad aplicada, según lo dispuesto en el artículo 101 del Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas.