Producto Fiduciario. Fiducia de Administración, de conformidad con lo dispuesto por la Superfinanciera, es el negocio en virtud del cual, el fideicomitente entrega un bien o bienes a la sociedad entidad Fiduciaria (recursos trasladados por el MADR y los Municipios / CPGAs), con o sin transferencia de la propiedad, para que los administre y desarrolle la gestión encomendada, destinándolos junto con los respectivos rendimientos, si los hubiere, al cumplimiento de la finalidad señalada por FINAGRO. Para el caso específico de la presente Contratación, se entregarán en administración exclusivamente sumas de dinero ($ COP). La administración de los recursos se deberá desarrollar a través de un Encargo Fiduciario, sin transferencia de la propiedad de los recursos entregados. Su objeto es la administración de sumas de dinero que son destinados al cumplimiento oportuno y adecuado de las obligaciones que señale FINAGRO. Es importante aclarar que el 100% de recursos que se entregarán en administración, ya sean de Incentivo (por parte del MADR) o Contrapartidas (por parte de los Municipios / CPGAs habilitados), deberán estar permanentemente disponibles y a la vista, en cuentas de ahorro, por lo cual éstos no podrán invertirse en Carteras Colectivas u otro fondo administrado por la Entidad Fiduciaria con la que se celebre el Contrato, objeto de la presente Invitación Pública. Los aportantes de recursos al encargo Fiduciario son los que se señalan en el Anexo No. 5 de este documento, según éste anexo los intervinientes son: Entidad Fiduciaria los recursos asignados como Incentivo, en la cuenta que se apertura para este fin. Cabe anotar que, en ningún momento existirá algún vínculo contractual entre la Entidad Fiduciaria y los Municipios y/o CPGA. MUNICIPIO Y/O CPGA (Centro Provincial de Gestión Agroempresarial) Es cada Municipio y/o CPGA que resultó beneficiario del Incentivo para la cofinanciación de la continuidad del servicio de Asistencia Técnica Directa Rural – a los Municipios y Centros Provinciales de Gestión Agroempresarial – CPGAs, beneficiados con el Incentivo a la Asistencia Técnica Directa Rural – IATDR 2012, y quien tiene a cargo el aporte de los recursos de contrapartida. Cabe anotar que, en ningún momento existirá algún vínculo contractual entre la Entidad Fiduciaria y los Municipios y/o CPGA.