Programa de Evaluación. Si EL CONTRATISTA considera que un Descubrimiento tiene potencial comercial, presentará un Programa de Evaluación de dicho Descubrimiento dentro de los seis (6) meses siguientes a la finalización de la perforación xxx Xxxx Exploratorio descubridor. Parágrafo: Ante la omisión injustificada de la presentación del Programa de Evaluación por parte de EL CONTRATISTA, dentro del plazo y en los términos establecidos en esta cláusula, LA ANH le requerirá por escrito para que en un término de 10 días calendario dé las explicaciones del caso. Si EL CONTRATISTA no presenta una justificación razonable, habrá lugar a la pérdida de derechos de producción sobre los hidrocarburos contenidos en la estructura o trampa geológica que contiene el Descubrimiento correspondiente. 14.1. Contenido del Programa de Evaluación: El Programa de Evaluación debe contener, como mínimo: a) El mapa geológico con coordenadas del Área de Evaluación en el tope de la formación objetivo. b) La descripción y los objetivos de cada una de las Operaciones de Evaluación y la información que se propone obtener para determinar si el Descubrimiento puede ser declarado como Comercial. c) El presupuesto total del Programa de Evaluación, discriminado por años. d) El plazo total del Programa de Evaluación, que no podrá exceder de dos (2) años cuando incluya la perforación xx Xxxxx Exploratorios o de un (1) Año en los demás casos, plazo que se contará a partir de la fecha de la presentación del Programa de Evaluación a LA ANH y que debe contemplar los tiempos estimados necesarios para la obtención de permisos que corresponde otorgar a otras autoridades. e) El cronograma para la realización de las Operaciones de Evaluación dentro del plazo mencionado en el literal anterior. f) La información sobre la destinación de los Hidrocarburos y demás fluidos que EL CONTRATISTA espera recuperar como resultado de las Operaciones de Evaluación. g) Una propuesta de Punto de Entrega para consideración de LA ANH. 14.2. Prórroga del plazo del Programa de Evaluación: Si EL CONTRATISTA decide perforar Pozos de Exploración no previstos en el Programa de Evaluación inicialmente presentado, LA ANH podrá prorrogar la duración del Programa de Evaluación por un plazo adicional que no excederá de un (1) Año, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: a) Que EL CONTRATISTA formule la solicitud por escrito a LA ANH por lo menos con dos (2) meses de anticipación a la fecha de terminación del plazo inicial. b) Que EL CONTRATISTA esté adelantando diligentemente las Operaciones de Evaluación previstas en el Programa de Evaluación. c) Que la prórroga requerida se justifique por el tiempo necesario para la perforación y las pruebas xxx Xxxx o los Pozos de Exploración adicionales. Con la solicitud de prórroga, EL CONTRATISTA entregará a LA ANH los documentos en los que fundamenta su solicitud. 14.3. Modificaciones al Programa de Evaluación: En cualquier momento durante los seis (6) meses siguientes a la fecha de presentación del Programa de Evaluación a LA ANH, EL CONTRATISTA podrá modificarlo, para lo cual informará oportunamente a LA ANH y adecuará el plazo total del mismo, que en ningún caso podrá exceder el plazo establecido en el literal d) del numeral 14.1 de esta cláusula, sin que por ello se modifique la fecha de inicio señalada. 14.4. Informe de Evaluación: EL CONTRATISTA presentará a LA ANH un informe completo de los resultados del Programa de Evaluación dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha de su terminación. Tal informe incluirá como mínimo: la descripción geológica del Descubrimiento y su configuración estructural; las propiedades físicas de las rocas y fluidos presentes en los yacimientos asociados al Descubrimiento; la presión, volumen y análisis de temperatura de los fluidos de los yacimientos; la capacidad de producción (por pozo y por todo el Descubrimiento); y un estimado de las reservas recuperables de Hidrocarburos. Parágrafo 1: Si, en los Programas de Evaluación realizados durante el Periodo de Exploración, EL CONTRATISTA incluye la perforación xx xxxxx exploratorios, podrá acreditar tanto el cumplimiento del Programa Exploratorio como del Programa de Evaluación correspondiente, con la perforación de hasta dos (2) pozos exploratorios, siempre y cuando el mismo tipo xx Xxxx Exploratorio esté contemplado en la fase del Programa de Exploración inmediatamente siguiente a la del inicio del Programa de Evaluación, y la perforación de los mismos concluya antes de la fecha de terminación del Programa de Evaluación en el cual fueron incluidos, o de la fase del Periodo de Exploración a la cual correspondan dichos pozos, la que sea más próxima. En este caso EL CONTRATISTA devolverá a LA ANH la porción del área contratada sobre la cual no vaya a realizar actividades exploratorias durante el tiempo remanente del Periodo de Exploración. Parágrafo 2: En caso de que el descubrimiento sea de Gas Natural no Asociado o de Hidrocarburos Líquidos Pesados o de Hidrocarburos No Convencionales, y en cualquier momento durante el Programa de Evaluación, EL CONTRATISTA podrá solicitar a LA ANH la prórroga del Programa de Evaluación hasta por dos (2) años adicionales, término que podrá otorgarse, a criterio de LA ANH, con el propósito de llevar a cabo estudios de factibilidad para la construcción de infraestructura, sobre métodos de producción y/o para el desarrollo de mercados. En estos casos, la solicitud incluirá en el Programa de Evaluación la información relacionada con los estudios de factibilidad que EL CONTRATISTA considera necesario realizar. Al término de la prórroga otorgada, EL CONTRATISTA entregará a LA ANH las conclusiones y recomendaciones de los estudios de factibilidad. Parágrafo 3: Sólo darán lugar a la aplicación de lo establecido en esta cláusula los descubrimientos resultantes xx Xxxxx Exploratorios descubridores perforados por EL CONTRATISTA por fuera de áreas designadas como de Evaluación o de Producción. Por tanto, cuando los nuevos volúmenes de Hidrocarburos encontrados hagan parte de una misma Área de Evaluación o de Producción, no habrá lugar a un nuevo Periodo de Evaluación.
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Samples: Contrato De Exploración Y Producción De Hidrocarburos
Programa de Evaluación. Si EL CONTRATISTA considera que un Descubrimiento tiene potencial comercial, presentará sobre el mismo podrá adelantar un Programa de Evaluación de dicho Descubrimiento que debe presentar a la ANH dentro de los seis cuatro (64) meses Meses siguientes a la finalización fecha de la perforación xxx Xxxx Exploratorio descubridorradicación del respectivo Aviso de Descubrimiento. Parágrafo: Ante la omisión injustificada de la presentación La ejecución del Programa de Evaluación por parte y la consiguiente presentación del Informe de EL CONTRATISTA, Resultados a la ANH son requisitos para la correspondiente Declaración de Comercialidad. La demora o la omisión no justificada en presentar el referido Programa de Evaluación dentro del plazo y en los términos establecidos estipulados en esta la presente cláusula, LA ANH le requerirá por escrito para que o la exclusión del mismo de conformidad con lo señalado en un término el numeral 8.6 de 10 días calendario dé las explicaciones del caso. Si EL CONTRATISTA no presenta una justificación razonablela misma cláusula, habrá lugar a comporta la pérdida de todos los derechos de producción sobre el o los hidrocarburos respectivos Yacimientos, contenidos en la estructura o trampa geológica que contiene el Descubrimiento correspondientecorrespondiente al Descubrimiento.
14.18.1. Contenido del Programa de Evaluación: El Programa de Evaluación debe contener, como mínimo:
a) 8.1.1. El mapa geológico con coordenadas del Área de en Evaluación en el tope de la formación objetivo.
b) 8.1.2. La descripción y los objetivos de cada una de las Operaciones de Evaluación y la información que se propone obtener para determinar si el Descubrimiento puede ser declarado como Campo Comercial.
c) El presupuesto total del Programa de Evaluación, discriminado por años.
d) 8.1.3. El plazo total del Programa de Evaluación, que no podrá exceder de dos (2) años Años cuando incluya la perforación xx Xxxxx Exploratorios o de un (1) Año en los demás casos, plazo que se contará a partir de la fecha de la presentación del Programa de Evaluación a LA la ANH y que debe contemplar los tiempos estimados necesarios para la obtención de permisos que corresponde otorgar a otras autoridades.
e) 8.1.4. El cronograma para la realización de las Operaciones de Evaluación dentro del plazo mencionado en el literal numeral anterior.
f) 8.1.5. La información sobre la destinación de los Hidrocarburos y demás fluidos que EL CONTRATISTA espera recuperar como resultado de las Operaciones de Evaluación.
g) Una propuesta de 8.1.6. El Punto de Entrega para consideración que EL CONTRATISTA haya sometido a la ANH de LA ANHconformidad con el marco regulatorio previsto en la Resoluciones 181495 del 2009, modificada por la distinguida como 40048 de 2015, modificada por la identificada como 41251 de 2016, todas del Ministerio de Minas y Energía, o a las normas que las sustituyan, adicionen o modifiquen.
14.28.1.7. Adicionalmente, debe acompañarse la Garantía respecto a la realización y cumplimiento del Programa de Evaluación, conforme a lo dispuesto en este contrato.
8.2. Prórroga del plazo del Programa de Evaluación: Si En el evento de que EL CONTRATISTA decide decida perforar Pozos de Exploración Exploratorios adicionales, no previstos en el Programa de Evaluación inicialmente presentadoEvaluación, LA la ANH podrá prorrogar la está facultada para extender el término de duración del Programa de Evaluación dicho Programa, por un plazo lapso adicional que no excederá de superior a un (1) Año, siempre que se cumplan las siguientes condicionescondiciones concurrentes:
a) 8.2.1. Que EL CONTRATISTA formule la correspondiente solicitud por escrito a LA ANH escrita se radique en la Entidad, con por lo menos con dos (2) meses Meses de anticipación a respecto de la fecha de terminación del plazo inicialPlazo total originalmente convenido.
b) 8.2.2. Que EL CONTRATISTA esté adelantando haya adelantado diligentemente las Operaciones de Evaluación previstas en el Programa de Evaluación., y,
c) 8.2.3. Que la prórroga requerida se justifique por el tiempo necesario para llevar a cabo la perforación y las pruebas xxx Xxxx del o de los Pozos adicionales de Exploración adicionales. Con la solicitud de prórroga, EL CONTRATISTA entregará a LA ANH los documentos en los que fundamenta su solicitudproyectados.
14.38.3. Modificaciones al Programa de Evaluación: En cualquier momento durante los seis (6) meses Meses siguientes a la fecha de presentación del Programa de Evaluación a LA la ANH, EL CONTRATISTA podrá modificarlo, para lo cual informará oportunamente a LA la ANH y adecuará el plazo total del mismo, que que, en ningún caso podrá evento, puede exceder el plazo establecido del término máximo de dos (2) Años, si incorpora perforación xx Xxxxx Exploratorios, o de un (1) Año, en el literal d) del numeral 14.1 de esta cláusulalos demás casos, sin que por ello razón de tales ajustes se modifique la fecha de inicio señaladade las actividades que integran dicho Programa.
14.48.4. Informe de Evaluación: EL El CONTRATISTA presentará asume la obligación de presentar a LA la ANH un informe Informe completo de sobre los resultados del Programa de Evaluación Evaluación, dentro de los tres (3) meses Meses siguientes a la fecha de su terminaciónterminación del referido programa. Tal informe incluirá Debe contener como mínimo: la descripción :
8.4.1. Descripción y resultados de cada una de las Operaciones de Evaluación ejecutadas, incluido el resultado de las pruebas practicadas;
8.4.2. Descripción geológica del Descubrimiento y Descubrimiento, así como de la trampa, por Yacimiento, incluidos Mapas, con los respectivos contactos agua aceite (OWC), y/o último nivel de aceite conocido (LKO), así como su configuración estructural; ;
8.4.3. Evaluación petrofísica y caracterización de las propiedades físicas de las rocas y de los fluidos presentes en los yacimientos el Tipo de Yacimiento, asociados al Descubrimiento; la presión;
8.4.4. Presión, volumen y análisis de temperatura de los fluidos de los yacimientos; Yacimientos;
8.4.5. Tipo de Yacimiento;
8.4.6. Resultados de las pruebas de presión;
8.4.7. Índices de productividad;
8.4.8. Estimado del Hidrocarburo in situ (OOIP-OGIP);
8.4.9. Factor de recobro con el detalle del análisis practicado para su determinación;
8.4.10. Capacidad de producción, por Pozo y la capacidad de producción (por pozo y por correspondiente a todo el Descubrimiento); y un , y
8.4.11. Un estimado de las reservas recuperables de Hidrocarburos. Parágrafo 1: Si, en los Programas de Evaluación realizados durante el Periodo de Exploración, EL CONTRATISTA incluye la perforación xx xxxxx exploratorios, podrá acreditar tanto el cumplimiento del Programa Exploratorio como del Programa de Evaluación correspondiente, con la perforación de hasta dos (2) pozos exploratorios, siempre y cuando el mismo tipo xx Xxxx Exploratorio esté contemplado en la fase del Programa de Exploración inmediatamente siguiente a la del inicio del Programa de Evaluación, y la perforación de los mismos concluya antes de la fecha de terminación del Programa de Evaluación en el cual fueron incluidos, o de la fase del Periodo de Exploración a la cual correspondan dichos pozos, la que sea más próxima. En este caso EL CONTRATISTA devolverá a LA ANH la porción del área contratada sobre la cual no vaya a realizar actividades exploratorias durante el tiempo remanente del Periodo de Exploración. Parágrafo 2: En caso de que el descubrimiento sea de Gas Natural no Asociado o de Hidrocarburos Líquidos Pesados o de Hidrocarburos No Convencionales, y en cualquier momento durante el Programa de Evaluación, EL CONTRATISTA podrá solicitar a LA ANH la prórroga del Programa de Evaluación hasta por dos (2) años adicionales, término que podrá otorgarse, a criterio de LA ANH, con el propósito de llevar a cabo estudios de factibilidad para la construcción de infraestructura, sobre métodos de producción y/o para el desarrollo de mercados. En estos casos, la solicitud incluirá en el Programa de Evaluación la información relacionada con los estudios de factibilidad que EL CONTRATISTA considera necesario realizar. Al término de la prórroga otorgada, EL CONTRATISTA entregará a LA ANH las conclusiones y recomendaciones de los estudios de factibilidad. Parágrafo 3: Sólo darán lugar a la aplicación de lo establecido en esta cláusula los descubrimientos resultantes xx Xxxxx Exploratorios descubridores perforados por EL CONTRATISTA por fuera de áreas designadas como de Evaluación o de Producción. Por tanto, cuando los nuevos volúmenes de Hidrocarburos encontrados hagan parte de una misma Área de Evaluación o de Producción, no habrá lugar a un nuevo Periodo de Evaluación.
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Samples: Contrato De Exploración Y Evaluación De Hidrocarburos
Programa de Evaluación. Si EL CONTRATISTA considera que un Descubrimiento tiene potencial comercial, presentará un Programa de Evaluación de dicho Descubrimiento dentro de los seis (6) meses siguientes a la finalización de la perforación xxx Xxxx Exploratorio descubridor. Parágrafo: Ante la omisión injustificada de la presentación del Programa de Evaluación por parte de EL CONTRATISTA, dentro del plazo y en los términos establecidos en esta cláusula, LA ANH le requerirá por escrito para que en un término de 10 días calendario dé las explicaciones del caso. Si EL CONTRATISTA no presenta una justificación razonable, habrá lugar a la pérdida de derechos de producción sobre los hidrocarburos contenidos en la estructura o trampa geológica que contiene el Descubrimiento correspondiente.
14.1. Contenido del Programa de Evaluación: El Programa de Evaluación debe contenerpresentado conforme a lo previsto en la Cláusula 5.1 y la Normatividad Aplicable deberá establecer el contenido de las actividades de Evaluación con una duración de hasta doce (12veinticuatro (24) Meses contados a partir de la aprobación de dicho programa (el “Período de Evaluación”), como mínimo:
aprorrogables excepcionalmente hasta por otros doce (12) Meses con la aprobación de la CNH cuando la complejidad técnica o comercial del desarrollo del Descubrimiento de que se trate así lo amerite, salvo en el caso de un Descubrimiento de Gas Natural No Asociado, cuya duración estará sujeta a lo previsto en la Cláusula 5.3. El mapa geológico con coordenadas Programa de Evaluación del Descubrimiento deberá cubrir la extensión completa de la estructura en la que se realizó el Descubrimiento (el “Área de Evaluación Evaluación”), y deberá contener cuando menos lo previsto en el tope de Anexo 6elaborarse conforme a la formación objetivo.
b) La descripción y los objetivos de cada una de las Operaciones de Evaluación y la información que se propone obtener Normatividad Aplicable, con un alcance suficiente para determinar si el Descubrimiento puede ser considerado un Descubrimiento Comercial. El Programa de Evaluación podrá contemplar la reevaluación de cualquier Descubrimiento dentro del Área Contractual que no haya sido declarado como Descubrimiento Comercial.
c. El Contratista podrá solicitar a la CNH, mediante notificación por escrito realizada cuando menos sesenta (60) El presupuesto total Días previos a la terminación del Programa Período de Evaluación, discriminado por años.
d) El plazo total del Programa la prórroga de Evaluación, que no podrá exceder este período a fin de dos (2) años cuando incluya la perforación xx Xxxxx Exploratorios o de un (1) Año concluir actividades en los demás casos, plazo que se contará a partir de la fecha de la presentación del Programa de Evaluación a LA ANH y que debe contemplar los tiempos estimados necesarios para la obtención de permisos que corresponde otorgar a otras autoridades.
e) El cronograma para la realización de las Operaciones de Evaluación dentro del plazo mencionado en el literal anterior.
f) La información sobre la destinación de los Hidrocarburos y demás fluidos que EL CONTRATISTA espera recuperar como resultado de las Operaciones de Evaluación.
g) Una propuesta de Punto de Entrega para consideración de LA ANH.
14.2. Prórroga del plazo del Programa de Evaluación: Si EL CONTRATISTA decide perforar Pozos de Exploración no previstos proceso contempladas en el Programa de Evaluación inicialmente presentado, LA ANH podrá prorrogar la duración que por razones no imputables al Contratista sean de imposible conclusión dentro del Programa de Evaluación por un plazo adicional que no excederá de un (1) Año, siempre período a que se cumplan las siguientes condiciones:
a) Que EL CONTRATISTA formule la solicitud por escrito a LA ANH por lo menos con dos (2) meses de anticipación a la fecha de terminación del plazo inicial.
b) Que EL CONTRATISTA esté adelantando diligentemente las Operaciones de Evaluación previstas en el Programa de Evaluación.
c) Que refiere esta Cláusula 5.2. La CNH aprobará la prórroga requerida se justifique por el tiempo necesario para la perforación y las pruebas xxx Xxxx o los Pozos de Exploración adicionales. Con la solicitud de prórroga, EL CONTRATISTA entregará a LA ANH los documentos en los que fundamenta su solicitud.
14.3. Modificaciones al Programa de Evaluación: En cualquier momento durante los seis (6) meses siguientes a la fecha de presentación del Programa de Evaluación a LA ANH, EL CONTRATISTA podrá modificarlo, para lo cual informará oportunamente a LA ANH y adecuará el plazo total del mismo, que en ningún caso podrá exceder el plazo establecido en el literal d) del numeral 14.1 de esta cláusula, sin que por ello se modifique la fecha de inicio señalada.
14.4. Informe de Evaluación: EL CONTRATISTA presentará a LA ANH un informe completo de los resultados del Programa de Evaluación dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha de su terminación. Tal informe incluirá como mínimo: la descripción geológica del Descubrimiento y su configuración estructural; las propiedades físicas de las rocas y fluidos presentes en los yacimientos asociados al Descubrimiento; la presión, volumen y análisis de temperatura de los fluidos de los yacimientos; la capacidad de producción (por pozo y por todo el Descubrimiento); y un estimado de las reservas recuperables de Hidrocarburos. Parágrafo 1: Si, en los Programas de Evaluación realizados durante el Periodo de Exploración, EL CONTRATISTA incluye la perforación xx xxxxx exploratorios, podrá acreditar tanto el cumplimiento del Programa Exploratorio como del Programa de Evaluación correspondiente, con la perforación de hasta dos (2) pozos exploratorios, siempre y cuando el mismo tipo xx Xxxx Exploratorio esté contemplado en la fase del Programa de Exploración inmediatamente siguiente a la del inicio del Programa de Evaluación, y la perforación de los mismos concluya antes términos de la fecha de terminación Normatividad Aplicable. La CNH resolverá sobre la propuesta del Programa de Evaluación en el cual fueron incluidos, o un plazo que no excederá los sesenta (60) Días a partir de que reciba la información necesaria en los términos de la fase del Periodo de Exploración a la cual correspondan dichos pozos, la que sea más próximaNormatividad Aplicable. En este caso EL CONTRATISTA devolverá a LA ANH que la porción del área contratada sobre CNH niegue la cual no vaya a realizar actividades exploratorias durante el tiempo remanente del Periodo de Exploración. Parágrafo 2: En caso de que el descubrimiento sea de Gas Natural no Asociado o de Hidrocarburos Líquidos Pesados o de Hidrocarburos No Convencionales, y en cualquier momento durante el Programa de Evaluación, EL CONTRATISTA podrá solicitar a LA ANH la prórroga aprobación del Programa de Evaluación hasta por dos (2) años adicionales, término que podrá otorgarse, a criterio de LA ANH, con el propósito de llevar a cabo estudios de factibilidad para la construcción de infraestructura, sobre métodos de producción y/o para el desarrollo de mercados. En estos casospropuesto, la solicitud incluirá en el Programa de Evaluación la información relacionada con los estudios de factibilidad que EL CONTRATISTA considera necesario realizar. Al término de la prórroga otorgada, EL CONTRATISTA entregará a LA ANH las conclusiones CNH fundará y recomendaciones de los estudios de factibilidad. Parágrafo 3: Sólo darán lugar a la aplicación de lo establecido en esta cláusula los descubrimientos resultantes xx Xxxxx Exploratorios descubridores perforados por EL CONTRATISTA por fuera de áreas designadas como de Evaluación o de Producción. Por tanto, cuando los nuevos volúmenes de Hidrocarburos encontrados hagan parte de una misma Área de Evaluación o de Producción, no habrá lugar a un nuevo Periodo de Evaluaciónmotivará su resolución.
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Samples: Contrato Para La Exploración Y Extracción De Hidrocarburos