Common use of Prohibición de ceder los derechos Clause in Contracts

Prohibición de ceder los derechos. Presentada una propuesta o hecha la adjudicación en la forma establecida por este pliego, el proponente o adjudicatario, no podrá traspasar sus derechos, en todo o en parte, sin consentimiento de la Sociedad. Este consentimiento podrá acordarse, como excepción, si el que recibiera los derechos ofrece, por lo menos, iguales garantías.

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Samples: Concurso De Precios, www.ceamse.gov.ar, www.ceamse.gov.ar