Common use of PROPONENTES EXTRANJEROS Clause in Contracts

PROPONENTES EXTRANJEROS. Para los efectos previstos en este numeral, se consideran interesados de origen extranjero las empresas que no hayan sido constituidas de acuerdo con la legislación colombiana, sea que tengan o no domicilio en Colombia a través de sucursales, y las personas naturales que no tengan la nacionalidad colombiana. Para todos los efectos, las Propuestas de Proponentes de origen extranjero se someterán a la legislación colombiana, sin perjuicio de lo cual, para su participación deberán cumplir con las siguientes condiciones: Los oferentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia. La persona natural o jurídica de origen extranjero, que no sea residente en Colombia, podrá presentar expresión de interés y propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a los oferentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:  Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberá acreditar la constitución de un apoderado (poder especial), domiciliado y residente en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarla administrativa, judicial o extrajudicialmente.  Deberá adjuntar el certificado de existencia y representación legal o el documento equivalente del país en que se haya constituido legalmente. Si el mismo se encuentra en idioma distinto al español x xxxxxxxxxx oficial de la República de Colombia, deberá adjuntar el texto en el idioma original acompañado de la traducción oficial respectiva. En el evento en que el oferente extranjero ostente limitación en su capacidad de contratación o de oferta, deberá adjuntar el documento mediante el cual se remueva dicha limitación. En lo no previsto aquí expresamente se aplicará el régimen dispuesto para los nacionales colombianos y que le sea aplicable a los extranjeros.  El oferente extranjero, persona natural sin domicilio en Colombia o persona jurídica extranjera que no tenga establecida sucursal en el país, NO se encuentra obligado al registro en el RUP.  El oferente extranjero deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este proceso. En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en país distinto a Colombia, para efectos de acreditarla deberá adjuntar la certificación respectiva la cual deberá cumplir con los requisitos establecidos en este documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en idioma distinto al de la República de Colombia, deberá adjuntarse además del documento en idioma extranjero, la traducción oficial del documento, tal y como lo establece el Artículo 260 del Código de Procedimiento Civil Colombiano.

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PROPONENTES EXTRANJEROS. Para los efectos previstos Las sociedades o personas jurídicas extranjeras sin sucursal en este numeral, se consideran interesados de origen extranjero las empresas que no hayan sido constituidas de acuerdo con la legislación colombiana, sea que tengan o no domicilio en Colombia a través de sucursalesColombia, y las personas naturales que no tengan la nacionalidad colombiana. Para todos los efectos, las Propuestas de Proponentes de origen extranjero se someterán a la legislación colombiana, sin perjuicio de lo cual, para su participación deberán cumplir con las siguientes condiciones: Los oferentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia. La persona natural o jurídica de origen extranjero, que no sea residente en Colombia, podrá presentar expresión de interés y propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a los oferentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:  Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país Colombia, podrán presentar propuesta mediante representante legal o de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal apoderado debidamente constituido e identificado, con domicilio en Colombia, deberá acreditar la constitución de un apoderado (poder especial), domiciliado y residente en Colombia, debidamente legalmente facultado para presentar propuesta, suministrar la propuesta información solicitada, participar y comprometer a su representado (a) en las diferentes instancias del proceso de selección, celebrar el contrato, ejecutarlo y liquidarlo, así como para representarla administrativa, representarlas judicial o y extrajudicialmente.  Deberá adjuntar En todo caso, los proveedores extranjeros deben presentar ante LA PREVISORA S.A. documentos que acrediten y prueben su existencia, conformación, capacidad legal, financiera y organizacional, de acuerdo con la normativa de su país de origen, bien sea con un certificado general de la autoridad competente, una copia del contrato societario, una copia de los estatutos, o cualquier otro documento que pruebe la capacidad legal, el objeto o propósito de la persona jurídica, la información de su representante legal y documento que haga sus veces en su país de origen de los solicitados en este capítulo 3.1. CAPACIDAD JURÍDICA. Las personas jurídicas extranjeras no están obligadas a constituir una sucursal en Colombia para presentar la propuesta; solamente están obligadas a hacerlo cuando son seleccionados para contratos de obra, prestación de servicios, concesión o cualquier otro contrato que para su ejecución requiera presencia constante en Colombia. EL PROPONENTE deberá aportar junto con la oferta, fotocopia legible de la cédula de ciudadanía del representante legal o quien haga sus veces. Si EL PROPONENTE se presenta en consorcio, unión temporal u otro tipo de asociaciones o sociedades, deberá aportar junto con su propuesta, fotocopia de la cédula de ciudadanía de cada uno de los representantes legales de los integrantes de la figura asociativa. EL PROPONENTE y cada uno de sus integrantes cuando el mismo sea un consorcio, una unión temporal u otro tipo de asociaciones o sociedades, deberá aportar junto con su propuesta el certificado que acredite que NO ESTÁ incluido en el BOLETÍN DE RESPONSABLES FISCALES expedido por la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA teniendo en cuenta que se constituye como un requisito indispensable para celebrar cualquier tipo de contrato con el Estado. LA PREVISORA S.A. verificará su autenticidad. EL PROPONENTE y cada uno de sus integrantes cuando el mismo sea un consorcio, una unión temporal u otro tipo de asociaciones o sociedades, deberá aportar junto con su propuesta el certificado de existencia antecedentes disciplinarios expedido por la PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, teniendo en cuenta que se constituye como un requisito indispensable para celebrar cualquier tipo de contrato con el Estado. LA PREVISORA S.A. verificará su autenticidad. De conformidad con lo previsto en el artículo 94 del Decreto Ley 0019 de 2013 y representación con el fin de verificar los antecedentes judiciales del proponente (representante legal de persona jurídica) EL PROPONENTE y cada uno de sus integrantes cuando el mismo sea un consorcio, unión temporal u otro tipo de asociaciones o sociedades deberá aportar el certificado de consulta de los antecedentes judiciales expedidos por la página web de la POLICÍA NACIONAL, el cual será verificado por LA PREVISORA S.A. En caso de que el representante legal de la persona jurídica o el documento equivalente del país en que se haya constituido legalmente. Si representante legal de alguno de los integrantes cuando el mismo se encuentra sea un consorcio, una unión temporal u otro tipo de asociaciones o sociedades, registre antecedentes judiciales consistentes en idioma distinto al español x xxxxxxxxxx oficial sentencia judicial condenatoria con pena accesoria de la República interdicción de Colombia, deberá adjuntar el texto en el idioma original acompañado de la traducción oficial respectiva. En el evento en que el oferente extranjero ostente limitación en su capacidad de contratación o de oferta, deberá adjuntar el documento mediante el cual se remueva dicha limitación. En lo no previsto aquí expresamente se aplicará el régimen dispuesto para los nacionales colombianos derechos y que le sea aplicable a los extranjeros.  El oferente extranjero, persona natural sin domicilio en Colombia o persona jurídica extranjera que no tenga establecida sucursal en el país, NO se encuentra obligado al registro en el RUP.  El oferente extranjero deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este proceso. En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en país distinto a Colombia, para efectos de acreditarla deberá adjuntar la certificación respectiva la cual deberá cumplir con los requisitos establecidos en este documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en idioma distinto al de la República de Colombia, deberá adjuntarse además del documento en idioma extranjerofunciones públicas, la traducción oficial del documento, tal y como lo establece el Artículo 260 del Código de Procedimiento Civil Colombianopropuesta será rechazada.

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Samples: www.previsora.gov.co

PROPONENTES EXTRANJEROS. Para los efectos previstos Los Proponentes extranjeros no obligados a estar registrados en este numeralel RUP, se consideran interesados de origen extranjero las empresas que no hayan sido constituidas de acuerdo con la legislación colombiana, sea que tengan o no domicilio en Colombia a través de sucursales, y las personas naturales que no tengan la nacionalidad colombiana. Para todos los efectos, las Propuestas de Proponentes de origen extranjero se someterán a la legislación colombiana, sin perjuicio de lo cual, para su participación deberán cumplir con las siguientes condiciones: Los oferentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán deben presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen estados financieros en la materia. La persona natural o jurídica de origen extranjero, que no sea residente en Colombia, podrá presentar expresión de interés y propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a los oferentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:  Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberá acreditar la constitución de un apoderado (poder especial), domiciliado y residente en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarla administrativa, judicial o extrajudicialmente.  Deberá adjuntar el certificado de existencia y representación moneda legal o el documento equivalente del país en que se haya constituido legalmenteel cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. Si Para el mismo se encuentra efecto, el Proponente presentará dicha información en idioma distinto al español x xxxxxxxxxx oficial el formato de información financiera anexo y deberá utilizar la República tasa representativa xxx xxxxxxx vigente, certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia, deberá adjuntar el texto en la fecha en la cual los estados financieros fueron expedidos. Cuando se encuentren en un idioma distinto del español, se aceptarán las traducciones simples al idioma español, adjuntando los documentos en el idioma original acompañado de origen. La clasificación de cuentas y la conversión de los Estados Financieros a la moneda funcional colombiana deben ser avaladas en documento debidamente suscrito por un Contador Público Colombiano y el Representante Legal o Apoderado del oferente en Colombia. El contador público colombiano que avala la conversión de los Estados Financieros a la moneda funcional colombiana deberá allegar copia de la traducción oficial respectivatarjeta profesional y de la certificación antecedentes disciplinarios expedida por la Junta Central de Contadores, certificación que deberá encontrarse vigente a la fecha de presentación de la oferta, con vigencia no mayor a 90 días de expedición. En el evento que, por las prácticas contables del país de origen, los rubros que correspondan a las cuentas requeridas para el cálculo de los indicadores financieros y organizacionales, estipulados en el pliego de condiciones, difieran de las establecidas en el Artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, se deberá aportar, junto con la información financiera, certificación suscrita por la persona natural o por el representante legal (persona jurídica) y avalada por un contador público inscrito en la Junta Central de Contadores Colombiana, en la que el oferente extranjero ostente limitación conste tal circunstancia y en su capacidad la que se indiquen con claridad los rubros que corresponden a las cuentas señaladas. Se debe adjuntar tarjeta profesional del contador público y certificación de contratación o antecedentes disciplinarios expedida por la junta Central de oferta, deberá adjuntar el documento mediante el cual se remueva dicha limitaciónContadores con vigencia no mayor a 90 días. En lo caso de que cualquiera de los requerimientos anteriormente mencionados no previsto aquí expresamente se aplicará el régimen dispuesto para los nacionales colombianos y que le sea aplicable a los extranjeros.  El oferente extranjero, persona natural sin domicilio en Colombia o persona jurídica extranjera que no tenga establecida sucursal aplicables en el paíspaís del domicilio de la empresa extranjera, NO se encuentra obligado al registro tanto el Representante Legal de esta última, como el apoderado en el RUP.  El oferente extranjero deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este proceso. En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en país distinto a Colombia, para efectos deberán hacerlo constar así bajo la gravedad de acreditarla deberá adjuntar la certificación respectiva la cual deberá cumplir con los requisitos establecidos en este documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en idioma distinto al de la República de Colombia, deberá adjuntarse además del documento en idioma extranjero, la traducción oficial del documento, tal y como lo establece el Artículo 260 del Código de Procedimiento Civil Colombianojuramento.

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Samples: Carta De Presentación De Las Ofertas