PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN. 5.1. Podrán concurrir por sí o por medio de representantes debidamente autorizados, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar, reúnan los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica según el presente pliego, y no estén incursas en una prohibición de contratar de las previstas en el artículo 60 del TRLCSP. Los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Para las empresas no comunitarias y comunitarias se estará a lo dispuesto en los artículos 55 y 58 del TRLCSP, respectivamente. No podrán concurrir a la licitación empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. La Universidad podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios que estén interesados en formar las Uniones a las que se refiere el párrafo anterior podrán darse de alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, que especificará esta circunstancia. Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante la Administración y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción. 5.2. Los licitadores presentarán en el Registro General de la Universitat Xxxxx X, en mano, dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación publicado en el BOE y en el DOUE, y en horario de registro, tres sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente, cada uno de los cuales se señalará con los números 1), 2) y 3) con el contenido que se detalla en las cláusulas siguientes, indicando en cada uno la Razón Social, el CIF de la empresa, el nombre y apellidos de quien firme la proposición, el carácter con que concurre, es decir, en nombre propio o en representación de otra persona o entidad; domicilio, teléfono, correo electrónico y fax a efectos de notificaciones y la denominación del procedimiento; todo de forma legible. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente. Los licitadores también podrán enviar los sobres a que se refiere el párrafo anterior por correo dentro del plazo de admisión expresado en el anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el art. 80.4 del RGLCAP. En este caso, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciará en el mismo día a esta Universitat, al Servicio de Contratación y Asuntos Generales, la remisión de la oferta mediante télex, fax al número 000 00 00 00/92 57, telegrama o correo electrónico a la dirección: xxxxxxxx@xxx.xx, el envío del anuncio por correo electrónico solo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En el supuesto de comunicación por correo electrónico, el Servicio de Contratación obtendrá una copia impresa que se registrará. Sin la concurrencia de ambos requisitos (justificación del envío y comunicación del mismo) no será admitida la documentación si es recibida por la Universitat con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio. No obstante, transcurridos diez días naturales siguientes a la fecha indicada sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso. Una vez entregada o remitida la documentación no puede ser retirada, salvo que la retirada de la proposición sea justificada. La presentación de proposiciones presume, por parte del empresario, la aceptación incondicionada de las cláusulas de este pliego. La documentación deberá presentarse en lengua castellana x xxxxxxxxxx. Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida de forma oficial al castellano o al valenciano. El licitador deberá presentar la documentación exigida, siempre que ésta fuere notarial, acomodada a los requisitos que, en cuanto a la legalización y legitimación establece la Ley y el Reglamento Notarial. En caso de documentos administrativos, podrán ser presentados en original y copia, o fotocopia debidamente autentificada. Terminada la licitación no procederá la devolución de los documentos que hayan servido de base para la valoración de la oferta (sobres 2 y 3). La devolución de la documentación contenida en el sobre 1 se realizará previa entrega por parte del licitador de fotocopias de la misma. 5.3. El SOBRE 1) “DOCUMENTACIÓN GENERAL”, debidamente cerrado y firmado, deberá contener los documentos que se indican en la cláusula 5.3.2, teniendo en cuenta lo dispuesto en la cláusula 5.3.1: 5.3.1. A tener en cuenta por los licitadores inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Comunidad Valenciana, licitadores que hayan aportado documentación a la Universitat Xxxxx X en anteriores procedimientos y uniones temporales de empresarios: A) Licitadores inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Comunidad Valenciana Los licitadores que figuren inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Comunidad Valenciana podrán aportar el certificado expedido por el citado órgano, en vigor, acompañado de una declaración expresa responsable de vigencia de los datos que constan en el mismo (Anexo 5). Esta certificación dispensará de la obligación de presentar la documentación que haya sido inscrita en el Registro, y que conste en la misma, en concreto y según el contenido de la certificación, puede dispensar de la obligación de presentar lo documentación acreditativa de la personalidad, capacidad de obrar, representación y clasificación que se indica en la cláusula 5.3.2 siguiente. B) Licitadores que hayan aportado documentación en procedimientos anteriores: Los licitadores podrán solicitar la no presentación de aquellos documentos que obren en poder de la Universidad y que no hayan sufrido variación, a tales efectos deberán aportar debidamente cumplimentado el Anexo 7. C) Uniones temporales de empresarios En las uniones temporales de empresarios cada uno de los que la componen deberá aportar la documentación administrativa, acumulándose, a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal, las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, en la forma prevista en el TRLCSP y en el RGLCAP. La garantía provisional, en caso de que se exija su prestación, podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal. Los empresarios deberán indicar los nombres y circunstancias de los que constituyan la unión temporal, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, según Xxxxx 8. D) Los licitadores tendrán derecho a acreditar el cumplimiento de los requisitos previos de acceso mediante la presentación de una declaración responsable que siga el formulario normalizado del Documento Único de Contratación (DEUC) establecido por el Reglamento (UE) nº 2016/7. La Junta Consultiva de Contratación Administrativa, mediante Resolución de 6 xx xxxxx de 2016, publicada en el BOE nº 85, de 8 xx xxxxx de 2016, establece unas orientaciones para el cumplimiento del formulario normalizado DEUC. 5.3.2. Documentos a incluir en el sobre 1):
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PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN. 5.1. Podrán concurrir por sí o por medio de representantes debidamente autorizadosLas proposiciones para tomar parte en este procedimiento, las personas naturales y jurídicasajustadas al modelo que al final se inserta, españolas o extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar, reúnan los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica según el presente pliego, y no estén incursas en una prohibición de contratar de las previstas en el artículo 60 del TRLCSP. Los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Para las empresas no comunitarias y comunitarias se estará a lo dispuesto en los artículos 55 y 58 del TRLCSP, respectivamente. No podrán concurrir a la licitación empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. La Universidad podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios que estén interesados en formar las Uniones a las que se refiere el párrafo anterior podrán darse de alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, que especificará esta circunstancia. Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante la Administración y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
5.2. Los licitadores presentarán en el Registro General Servicio de Contratación de esta Diputación Provincia ( C/ Xxxxxx Xxxxxx 1 37002) en el plazo de quince días naturales, a contar desde el siguiente al de la Universitat Xxxxx X, en mano, dentro publicación del plazo señalado correspondiente anuncio en el anuncio de licitación publicado en el BOE y en el DOUE, y en horario de registro, tres sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente, cada uno de los cuales se señalará con los números 1), 2) y 3) con el contenido que se detalla en las cláusulas siguientes, indicando en cada uno la Razón Social, el CIF Boletín Oficial de la empresa, el nombre y apellidos de quien firme la proposición, el carácter con que concurre, es decir, en nombre propio o en representación de otra persona o entidad; domicilio, teléfono, correo electrónico y fax a efectos de notificaciones y la denominación del procedimiento; todo de forma legible. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente. Los licitadores también podrán enviar los sobres a que se refiere el párrafo anterior por correo dentro del plazo de admisión expresado en el anuncioProvincia, de conformidad con lo dispuesto en los arts 159.2 del TRLCSP, finalizando el art. 80.4 plazo a las 13 horas del RGLCAP. En este casoúltimo día natural, o enviadas por correo, en cuyo caso el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciará en el mismo día a esta Universitat, anunciar al Servicio órgano de Contratación y Asuntos Generales, contratación la remisión de la oferta oferta, mediante télextelex, fax al número 000 00 00 00/92 57(923.293108 o 923.293135) o telegrama en el mismo día, telegrama o correo electrónico salvo que la imposición de citado envío se realice el último día de finalización del plazo señalado en el anuncio, en cuyo caso deberá justificar además la hora, (siempre con anterioridad a la dirección: xxxxxxxx@xxx.xx, las 13 horas) tanto en aquél como en el envío del anuncio por correo electrónico solo será válido si existe constancia aviso de remisión de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En el supuesto de comunicación por correo electrónico, el Servicio de Contratación obtendrá una copia impresa que se registraráoferta. Sin la concurrencia de ambos requisitos (justificación del envío y comunicación del mismo) requisitos, la proposición no será admitida si la documentación si misma es recibida por la Universitat con posterioridad a la fecha y hora de la terminación finalización del plazo señalado en el anuncioanuncio de la convocatoria. No Transcurridos no obstante, transcurridos diez 10 días naturales siguientes a la indicada fecha indicada sin haberse recibido la documentaciónproposición, ésta no será admitida en ningún caso. Una vez entregada o remitida la documentación no puede ser retirada, salvo que la retirada de la proposición sea justificada. La presentación de proposiciones presume, por parte del empresario, la aceptación incondicionada de las cláusulas de este pliegoadmitida. La documentación a presentar constará de TRES SOBRES cerrados (A, B y C) que contendrán la documentación que se especifica en la presente cláusula, especificando en cada uno de ellos la identificación del licitador, el objeto del contrato y lote al que se presenta , denominándose: sobre A "Documentación administrativa para participar en el procedimiento abierto....."; sobre B " Oferta Técnica para participar en el procedimiento abierto. " ( un sobre por cada lote ) y sobre C “Oferta Económica para participar en el procedimiento abierto....." ( un sobre por cada lote ); haciéndose constar expresamente que toda la documentación que deba ser bastanteada o compulsada, deberá presentarse a tal fin en lengua castellana x xxxxxxxxxx. Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida Servicio de forma oficial Contratación con una antelación mínima de 24 horas al castellano o al valencianomomento de finalización del plazo de presentación de proposiciones. El licitador contenido de este sobre, deberá presentar estar relacionado numéricamente en hoja independiente y deberá incluir los documentos que se señalan a continuación:
a) D.N.I. del proponente o del representante legal de la documentación exigidaempresa, siempre que ésta fuere notarial, acomodada a los requisitos quefotocopia legalizada del mismo o testimonio notarial de éste.
b) Poder, en cuanto a su caso, que acredite la legalización representación del proponente, si la propuesta no se suscribiera en nombre propio. Este poder deberá hallarse debidamente bastanteado por el Sr. Secretario General de la Corporación.
c) En su caso, escritura de constitución o modificación de la sociedad, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, en la que su objeto social sea coincidente con el del contrato de que se trata.
d) Declaración jurada, en la que el licitador afirme bajo su responsabilidad no hallarse incurso en ninguna de las causas de prohibición de contratar e incompatibilidad recogidas en el art. 60 del TRLCSP, en la que se incluirá hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y legitimación establece con la Ley y seguridad social impuestas por las disposiciones vigentes . (Los certificados acreditativos de tales conceptos, deberán presentarse por el Reglamento Notariallicitador cuya oferta resulte ser la más ventajosa, en el plazo de
e) Documento acreditativo de que el licitador se encuentra dado de alta en el I.A.E. correspondiente con el objeto del contrato, en el momento de la presentación de su plica. En caso de documentos administrativosque licitador sea persona jurídica, podrán deberá presentar igualmente la declaración de la cifra de negocios global del último ejercicio, que de ser presentados superior a un millón de euros, deberá acreditar además, estar al corriente en original y copiael pago del mismo mediante la presentación del justificante del abono del último recibo.
f) Tratándose de empresas extranjeras, o fotocopia debidamente autentificada. Terminada declaración de someterse a la licitación no procederá la devolución jurisdicción de los documentos que hayan servido de base para la valoración de la oferta (sobres 2 juzgados y 3). La devolución de la documentación contenida en el sobre 1 se realizará previa entrega por parte del licitador de fotocopias de la mismatribunales españoles con renuncia a su propio fuero jurisdiccional.
5.3. El SOBRE 1g) “DOCUMENTACIÓN GENERAL”Dirección de correo electrónico, debidamente cerrado y firmadodel licitador, deberá contener los documentos en que efectuar las notificaciones.
h) Tratándose de Uniones Temporales de Empresas se indican en la cláusula 5.3.2, teniendo en cuenta estará a lo dispuesto en el art.59 del TRLCSP.
i) Justificación de la cláusula 5.3.1:solvencia económica y financiera del empresario, que podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes conforme a lo dispuesto en el art. 75 del TRLCSP. ( por un importe al menos igual al de los lotes a los que se licite): * Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. * Declaración relativa a la cifra de negocios global de la empresa en el curso de los 3 últimos ejercicios. * Tratándose de sociedades, presentación de balances o extractos de balances, cuando su publicación sea obligatoria.
5.3.1j) Justificación de la solvencia técnica del empresario, conforme a lo previsto en el art. A tener 77 del TRLCSP deberá acreditarse mediante: * acreditación de suministros análogos al del objeto del contrato, efectuados en cuenta los tres últimos años, mediante informes de correcta ejecución emitidos por los licitadores inscritos destinatarios (públicos o privados) de los mismos, en el Registro Oficial que conste descripción del suministro, fecha e importe del mismo. Se exige como mínimo la acreditación de Licitadores y Empresas Clasificadas suministros en cuantía al menos equivalente al importe del Estado o lote/es a los que se licita IVA incluido. El sobre B “Oferta Técnica”: contendrá la documentación relativa a los criterios de la Comunidad Valencianaadjudicación, licitadores que hayan aportado documentación a la Universitat Xxxxx X de valoración no automática (calidad técnica) previstos en anteriores procedimientos y uniones temporales de empresarios:
el apartado A) Licitadores inscritos en el Registro Oficial del Anexo relativo a los criterios de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o valoración de la Comunidad Valenciana Los licitadores que figuren inscritos en el Registro Oficial ofertas adjunto al final al pliego de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Comunidad Valenciana podrán aportar el certificado expedido por el citado órgano, en vigor, acompañado de una declaración expresa responsable de vigencia de los datos que constan en el mismo (Anexo 5). Esta certificación dispensará de la obligación de presentar la documentación que haya sido inscrita en el Registro, y que conste en la mismaprescripciones técnicas, en concreto y según el contenido de la certificación, puede dispensar de la obligación de presentar lo documentación acreditativa de la personalidad, capacidad de obrar, representación y clasificación que se indica las fichas descriptivas contenidas en la cláusula 5.3.2 siguiente.
B) Licitadores que hayan aportado documentación en procedimientos anteriores: Los licitadores podrán solicitar la no presentación de aquellos documentos que obren en poder de la Universidad y que no hayan sufrido variación, a tales efectos deberán aportar debidamente cumplimentado el Anexo 7.
C) Uniones temporales II , fichas técnicas y fichas de empresarios En las uniones temporales de empresarios cada uno de los que la componen deberá aportar la documentación administrativa, acumulándose, a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal, las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, seguridad en la forma prevista en el TRLCSP apd. A del referido Anexo. Así mismo, se podrá aportar otra documentación que sea necesaria para identificar sus características, acredite los datos y en el RGLCAPespecificaciones técnicas que faciliten, y aquella información que permita y contribuya a su valoración. La garantía provisionalSe especificará claramente a que lote y partida de productos corresponde la información aportada por las empresas licitadoras así como toda aquella documentación que acredite, en caso de facilite, permita y contribuya a su valoración. (Se presentará un sobre B para cada lote al que se exija su prestaciónlicite) En este sobre “B” no se incluirá documentación o información alguna (presupuesto, podrá constituirse por una o varias de las empresas participantescostes, siempre etc..) que en su conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes pueda inducir al conocimiento de la unión temporaloferta estrictamente económica, siendo desechadas aquellas ofertas que contravengan esta condición. Los empresarios deberán indicar los nombres El sobre C "Oferta Económica”: este sobre contendrá la propuesta estrictamente económica, debiendo efectuarse conforme a las fichas que para cada lote constituyen el Anexo I al Pliego de prescripciones Técnicas y circunstancias de los que constituyan la unión temporal, la participación de debiendo ofertar todos y cada uno de ellos y los productos que asumen integran el compromiso de constituirse formalmente lote sin superar los precios unitarios fijados, pudiendo ser rechazadas conforme a lo establecido en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, según Xxxxx 8.
D) Los licitadores tendrán derecho a acreditar el art. 84 del RGCAP. (Se presentará un sobre C para cada lote al que se licite). . La empresa que resulte adjudicataria estará obligada al cumplimiento de los requisitos previos de acceso mediante la presentación de una declaración responsable que siga el formulario normalizado las especificaciones contempladas en su Oferta, siendo cláusula obligatoria del Documento Único de Contratación (DEUC) establecido contrato a suscribir por el Reglamento (UE) nº 2016/7. La Junta Consultiva de Contratación Administrativa, mediante Resolución de 6 xx xxxxx de 2016, publicada en el BOE nº 85, de 8 xx xxxxx de 2016, establece unas orientaciones para el cumplimiento del formulario normalizado DEUCadjudicatario.
5.3.2. Documentos a incluir en el sobre 1):
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PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN. 5.1. Podrán concurrir por sí o por medio El presente Pliego y demás documentación estarán a disposición de representantes debidamente autorizados, las personas naturales los interesados (donde podrán ser examinados y jurídicas, españolas o extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar, reúnan los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica según el presente pliego, y no estén incursas descargados) en una prohibición de contratar de las previstas la página web municipal (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx ) en el artículo 60 del TRLCSPperfil de contratante xx Xxxxxxxxx dentro de la sección de sociedades municipales. Los empresarios deberán contar con Las proposiciones para tomar parte en la habilitación empresarial o profesional quesubasta se presentarán en las oficinas xx Xxxxxxxxx, sitas en Xxxxx Xxxxx, X/ Xxxxxx xx Xxxxxxx nº 43, Portugalete (Bizkaia), en su casohorario de 8:00h a 14:00h, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya durante el objeto del contrato. Para las empresas no comunitarias y comunitarias se estará a lo dispuesto en los artículos 55 y 58 del TRLCSP, respectivamente. No podrán concurrir a la licitación empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. La Universidad podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios que estén interesados en formar las Uniones a las que se refiere el párrafo anterior podrán darse de alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, que especificará esta circunstancia. Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante la Administración y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
5.2. Los licitadores presentarán en el Registro General de la Universitat Xxxxx X, en mano, dentro del plazo señalado indicado en el anuncio de licitación, que será de treinta (30) días naturales, a contar desde la fecha de publicación del anuncio de licitación publicado en el BOE perfil del contratante. No obstante, si el último día del citado plazo fuera sábado o coincidiera en festivo, el mismo se pospondrá hasta la misma hora del siguiente día hábil. La presentación de proposiciones presume por parte de quien vaya a licitar la aceptación incondicional de las cláusulas de este pliego y en el DOUE, y en horario de registro, tres sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente, cada uno resto de los cuales se señalará con los números 1)documentos contractuales, 2) y 3) con el contenido que se detalla en las cláusulas siguientessin salvedad alguna, indicando en cada uno así como la Razón Social, el CIF declaración responsable de la empresa, el nombre exactitud de todos los datos presentados y apellidos de quien firme que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la proposición, el carácter con que concurre, es decir, en nombre propio o en representación de otra persona o entidad; domicilio, teléfono, correo electrónico y fax a efectos de notificaciones y la denominación celebración del procedimiento; todo de forma legiblecontrato. En el interior supuesto de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente. Los licitadores también podrán enviar los sobres a que se refiere el párrafo anterior por correo dentro del plazo de admisión expresado en el anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el art. 80.4 del RGLCAP. En este caso, el licitador remita su proposición por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina oficina de Correos y anunciará en el mismo día a esta Universitat, anunciar al Servicio Órgano de Contratación y Asuntos Generales, la remisión de la oferta mediante télex, fax al número 000 00 00 00/92 57, telegrama o correo electrónico a la dirección: xxxxxxxx@xxx.xx, (xxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx) en el envío del anuncio por correo electrónico solo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En el supuesto de comunicación por correo electrónico, el Servicio de Contratación obtendrá una copia impresa que se registrarámismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos (justificación o si la comunicación de la remisión es recibida con posterioridad al transcurso del envío y comunicación del mismo) plazo de recepción de ofertas establecido, la proposición no será admitida la documentación si es recibida por la Universitat con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncioadmitida. No Transcurridos, no obstante, transcurridos diez días naturales siguientes a desde la indicada fecha indicada sin haberse recibido la documentaciónproposición, ésta no tampoco será admitida admitida. Las proposiciones se sujetarán al modelo que se establece en ningún caso. Una vez entregada o remitida la documentación no puede ser retirada, salvo que la retirada el presente Pliego de la proposición sea justificada. La Condiciones y su presentación de proposiciones presume, por parte del empresario, presumirá la aceptación incondicionada y sin salvedad alguna por el licitador de todas las cláusulas de este pliego. La documentación deberá presentarse en lengua castellana x xxxxxxxxxx. Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida de forma oficial al castellano o al valenciano. El licitador deberá presentar la documentación exigida, siempre que ésta fuere notarial, acomodada a los requisitos que, en cuanto a la legalización y legitimación establece la Ley y el Reglamento Notarial. En caso de documentos administrativos, podrán ser presentados en original y copia, o fotocopia debidamente autentificada. Terminada la licitación no procederá la devolución de los documentos que hayan servido de base para la valoración de la oferta (sobres 2 y 3). La devolución de la documentación contenida en el sobre 1 se realizará previa entrega por parte del licitador de fotocopias de la misma.
5.3. El SOBRE 1) “DOCUMENTACIÓN GENERAL”, debidamente cerrado y firmado, deberá contener los documentos que se indican en la cláusula 5.3.2, teniendo en cuenta lo dispuesto en la cláusula 5.3.1:
5.3.1. A tener en cuenta por los licitadores inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Comunidad Valenciana, licitadores que hayan aportado documentación a la Universitat Xxxxx X en anteriores procedimientos y uniones temporales de empresarios:
A) Licitadores inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Comunidad Valenciana Los licitadores que figuren inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Comunidad Valenciana podrán aportar el certificado expedido por el citado órgano, en vigor, acompañado de una declaración expresa responsable de vigencia de los datos que constan contenidas en el mismo y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Los licitadores presentarán dos sobres cerrados (Anexo 5A y B), en los cuales deberá figurar la siguiente leyenda: "PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN EL CONTRATO PARA LA ENAJENACIÓN MEDIANTE SUBASTA PÚBLICA, DE UNA VIVIENDA PROPIEDAD XX XXXXXXXXX SITA EN XXXX. XX XXXXXXX, Nº 9, PISO BAJO DERECHA PUERTA (A). Esta certificación dispensará de la obligación de presentar la documentación que haya sido inscrita en el Registro, y que conste en la misma, en concreto y según el contenido de la certificación, puede dispensar de la obligación de presentar lo documentación EN PORTUGALETE.
1.- Documentación acreditativa de la personalidad, capacidad de obrar, representación y clasificación obrar según los supuestos que a continuación se indica en la cláusula 5.3.2 siguiente.detallan:
Ba) Licitadores Persona física: D.N.I. o documento fehaciente que hayan aportado documentación en procedimientos anteriores: Los licitadores podrán solicitar la no presentación de aquellos documentos que obren en poder haga sus veces de la Universidad y persona que no hayan sufrido variación, a tales efectos deberán aportar debidamente cumplimentado el Anexo 7realice la proposición.
C) Uniones temporales de empresarios En las uniones temporales de empresarios cada uno de los que la componen deberá aportar la documentación administrativa, acumulándose, a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal, las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, en la forma prevista en el TRLCSP y en el RGLCAP. La garantía provisional, en caso de que se exija su prestación, podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal. Los empresarios deberán indicar los nombres y circunstancias de los que constituyan la unión temporal, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, según Xxxxx 8.
D) Los licitadores tendrán derecho a acreditar el cumplimiento de los requisitos previos de acceso mediante la presentación de una declaración responsable que siga el formulario normalizado del Documento Único de Contratación (DEUC) establecido por el Reglamento (UE) nº 2016/7. La Junta Consultiva de Contratación Administrativa, mediante Resolución de 6 xx xxxxx de 2016, publicada en el BOE nº 85, de 8 xx xxxxx de 2016, establece unas orientaciones para el cumplimiento del formulario normalizado DEUC.
5.3.2. Documentos a incluir en el sobre 1):
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Samples: Enajenación Mediante Subasta Pública
PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN. 5.1. Podrán concurrir por sí o por medio de representantes debidamente autorizados, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar, reúnan los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica según el presente pliego, y no estén incursas en una prohibición de contratar de las previstas Las proposiciones para tomar parte en el artículo 60 del TRLCSP. Los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Para las empresas no comunitarias y comunitarias concurso se estará a lo dispuesto en los artículos 55 y 58 del TRLCSP, respectivamente. No podrán concurrir a la licitación empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. La Universidad podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios que estén interesados en formar las Uniones a las que se refiere el párrafo anterior podrán darse de alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, que especificará esta circunstancia. Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante la Administración y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
5.2. Los licitadores presentarán presentaran en el Registro General de este Ayuntamiento durante el plazo de 15 días contados a partir del siguiente al de la Universitat Xxxxx X, en mano, dentro del plazo señalado publicación de la convocatoria en el anuncio BOP de licitación publicado conformidad a lo establecido en el BOE y en el DOUEartículo 159 del Real Decreto Legislativo 3/2011, y en horario de registro14 de noviembre, tres sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente, cada uno de los cuales se señalará con los números 1), 2) y 3) con el contenido que se detalla en las cláusulas siguientes, indicando en cada uno la Razón Social, aprueba el CIF texto refundido de la empresaLey de Contratos del Sector Público. Cada licitador no podrá concurrir a más de un lote o chiringuito, el nombre y apellidos ni como persona física, ni siquiera en su condición de quien firme la administrador de persona jurídica ya sea de forma solidaria o mancomunada. Por tanto no podrá presentar más de una proposición, el carácter ni suscribir ninguna propuesta en unión temporal con que concurreotros si lo ha hecho individualmente, es decir, o figurar en nombre propio o en representación más de otra persona o entidad; domicilio, teléfono, correo electrónico y fax a efectos una unión temporal. La infracción de notificaciones y la denominación del procedimiento; todo de forma legible. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente. Los licitadores también podrán enviar los sobres a que se refiere el párrafo anterior por correo dentro del plazo de admisión expresado en el anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el art. 80.4 del RGLCAP. En este caso, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciará en el mismo día a esta Universitat, al Servicio de Contratación y Asuntos Generales, la remisión de la oferta mediante télex, fax al número 000 00 00 00/92 57, telegrama o correo electrónico estas normas dará lugar a la dirección: xxxxxxxx@xxx.xx, el envío del anuncio no admisión de todas las propuestas por correo electrónico solo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En el supuesto de comunicación por correo electrónico, el Servicio de Contratación obtendrá una copia impresa que se registrará. Sin la concurrencia de ambos requisitos (justificación del envío y comunicación del mismo) no será admitida la documentación si es recibida por la Universitat con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio. No obstante, transcurridos diez días naturales siguientes a la fecha indicada sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso. Una vez entregada o remitida la documentación no puede ser retirada, salvo que la retirada de la proposición sea justificadaél suscritas. La presentación de proposiciones presume, por parte del empresario, la proposición supone la aceptación incondicionada por el licitador del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones de este pliego. La documentación deberá presentarse en lengua castellana x xxxxxxxxxx, sin salvedad o reserva alguna y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las empresas extranjeras presentarán proposiciones serán secretas y quedarán bajo la documentación traducida de forma oficial al castellano o al valenciano. El licitador deberá presentar la documentación exigida, siempre que ésta fuere notarial, acomodada a los requisitos que, en cuanto a la legalización y legitimación establece la Ley y el Reglamento Notarial. En caso de documentos administrativos, podrán ser presentados en original y copia, o fotocopia debidamente autentificada. Terminada la licitación no procederá la devolución de los documentos que hayan servido de base para la valoración custodia del Secretario de la oferta (sobres 2 y 3)Mesa de Contratación, hasta el momento señalado para el acto de apertura de las proposiciones. La devolución Una vez presentada la oferta, el licitador no podrá retirarla antes de la documentación contenida adjudicación, quedando obligado a cumplir el contrato, si el mismo fuese definitivamente adjudicado, siendo inalterable a partir de su perfeccionamiento y deberá ser cumplido con estricta sujeción a las cláusulas y los pliegos que le sirven de base, cuyas condiciones jurídicas y económicas sólo podrán modificarse en base a las admitidas en el sobre 1 se realizará previa entrega por parte del licitador de fotocopias de la misma.
5.3. El SOBRE 1) “DOCUMENTACIÓN GENERAL”, debidamente cerrado presente pliego y firmado, deberá contener los documentos que se indican en la cláusula 5.3.2, teniendo en cuenta lo dispuesto en la cláusula 5.3.1:
5.3.1. A tener en cuenta por los licitadores inscritos en el Registro Oficial legislación que le es de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Comunidad Valenciana, licitadores que hayan aportado documentación a la Universitat Xxxxx X en anteriores procedimientos y uniones temporales de empresarios:
A) Licitadores inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Comunidad Valenciana Los licitadores que figuren inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Comunidad Valenciana podrán aportar el certificado expedido por el citado órgano, en vigor, acompañado de una declaración expresa responsable de vigencia de los datos que constan en el mismo (Anexo 5). Esta certificación dispensará de la obligación de presentar la documentación que haya sido inscrita en el Registro, y que conste en la misma, en concreto y según el contenido de la certificación, puede dispensar de la obligación de presentar lo documentación acreditativa de la personalidad, capacidad de obrar, representación y clasificación que se indica en la cláusula 5.3.2 siguienteaplicación.
B) Licitadores que hayan aportado documentación en procedimientos anteriores: Los licitadores podrán solicitar la no presentación de aquellos documentos que obren en poder de la Universidad y que no hayan sufrido variación, a tales efectos deberán aportar debidamente cumplimentado el Anexo 7.
C) Uniones temporales de empresarios En las uniones temporales de empresarios cada uno de los que la componen deberá aportar la documentación administrativa, acumulándose, a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal, las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, en la forma prevista en el TRLCSP y en el RGLCAP. La garantía provisional, en caso de que se exija su prestación, podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal. Los empresarios deberán indicar los nombres y circunstancias de los que constituyan la unión temporal, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, según Xxxxx 8.
D) Los licitadores tendrán derecho a acreditar el cumplimiento de los requisitos previos de acceso mediante la presentación de una declaración responsable que siga el formulario normalizado del Documento Único de Contratación (DEUC) establecido por el Reglamento (UE) nº 2016/7. La Junta Consultiva de Contratación Administrativa, mediante Resolución de 6 xx xxxxx de 2016, publicada en el BOE nº 85, de 8 xx xxxxx de 2016, establece unas orientaciones para el cumplimiento del formulario normalizado DEUC.
5.3.2. Documentos a incluir en el sobre 1):
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