RECEPCIÓN Y DEVOLUCIÓN DE. CHEQUES.- Cuando por cualquier causa “MI BANCO” no pueda cobrar los cheques en los que sea institución librada, devolverá dichos cheques a sus tenedores, quienes podrán volverlos a presentar para su abono a la Cuenta, sin embargo, si el cheque es presentado en la fecha límite de la meta de ahorro establecida, “EL CLIENTE” se encontrará en una causal de incumplimiento del contrato.
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Samples: Contrato De Depósito Bancario De Dinero a Plazo Fijo, Contrato De Depósito Bancario De Dinero a Plazo Fijo
RECEPCIÓN Y DEVOLUCIÓN DE. CHEQUES.- Cuando por cualquier causa “MI BANCO” no pueda cobrar los cheques en los que sea institución librada, devolverá dichos cheques a sus tenedores, quienes podrán volverlos a presentar para su abono a la Cuenta, sin embargo, si el cheque es presentado en la fecha límite de la meta de ahorro establecida, “EL CLIENTE” se encontrará en una causal de incumplimiento del contrato.
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Samples: Contrato De Depósito Bancario De Dinero a Plazo Fijo, Contrato De Cuenta Básica