RECHAZO DE LAS OFERTAS – INEGIBILIDAD. Serán objeto de desestimación sin más trámite las ofertas en las que se produzca alguna/s de las siguientes situaciones: a) Que no estuvieren firmadas por el oferente o su representante legal en todas sus fojas. b) Que estuvieran escritas con lápiz o que resultaren ilegibles; c) Que no acompañaren las muestras requeridas en el Pliego de Condiciones Particulares con carácter obligatorio; d) Que fueran formuladas por personas inhabilitadas en los términos del Artículo 40 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal de la Nación, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14 del 02 xx xxxxx de 2014; e) Que contuvieren condicionamientos; f) Que presentaren raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidades, plazo de mantenimiento, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato, si las mismas no estuvieren debidamente salvadas; g) Que contuvieren cláusulas que se opongan a las normas que rigen la contratación; h) Que se cotizara precio excesivamente bajo de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios xx xxxxxxx y de la evaluación de la capacidad del oferente que mereciere manifiestamente la calificación de vil o no serio; i) Que incurrieren en otras causales de inadmisibilidad que expresamente los Pliegos de Bases y Condiciones hubieren previsto. Asimismo de evaluará que los oferentes se encuentren habilitados para contratar con el Ministerio Público Fiscal de la Nación; quedando inhabilitadas para hacerlo: a) Las personas físicas o jurídicas sancionadas con suspensión o inhabilitación en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) de la Oficina Nacional de Contrataciones; b) Los funcionarios y empleados públicos del Ministerio Público Fiscal de la Nación y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación suficiente para formar la voluntad social; c) Los condenados por delitos dolosos, por un plazo igual al doble de la condena; d) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional u otras entidades del sector público nacional, provincial y municipal o contra la fe pública o por delitos tipificados por la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como las personas jurídicas cuyos integrantes se encuentren en dichas situaciones; e) Los evasores y deudores morosos tributarios y previsionales de orden nacional, provincial y municipal.
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Samples: Contratación Directa, Licitación Privada
RECHAZO DE LAS OFERTAS – INEGIBILIDAD. Serán objeto de desestimación sin más trámite las ofertas en las que se produzca alguna/s de las siguientes situaciones:
a) Que no estuvieren firmadas por el oferente o su representante legal en todas sus fojas.
b) Que estuvieran escritas con lápiz o que resultaren ilegibles;
c) Que no acompañaren las muestras requeridas en el Pliego carecieran de Condiciones Particulares con carácter obligatoriola garantía exigida;
d) Que fueran formuladas por personas inhabilitadas en los términos del Artículo 40 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal de la Nación, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14 del 02 xx xxxxx de 20141107/14;
e) Que contuvieren condicionamientos;
f) Que presentaren raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidades, plazo de mantenimiento, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato, si las mismas no estuvieren debidamente salvadas;
g) Que contuvieren cláusulas que se opongan a las normas que rigen la contratación;
h) Que se cotizara precio excesivamente bajo de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios xx xxxxxxx y de la evaluación de la capacidad del oferente que mereciere manifiestamente la calificación de vil o no serio;
i) Que incurrieren en otras causales de inadmisibilidad que expresamente los Pliegos de Bases y Condiciones hubieren previsto. Asimismo de evaluará que los oferentes se encuentren habilitados para contratar con el Ministerio Público Fiscal de la Nación; quedando inhabilitadas para hacerlo:
a) Las personas físicas o jurídicas sancionadas con suspensión o inhabilitación en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) de la Oficina Nacional de Contrataciones;
b) Los funcionarios y empleados públicos del Ministerio Público Fiscal de la Nación y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación suficiente para formar la voluntad social;
c) Los condenados por delitos dolosos, por un plazo igual al doble de la condena;
d) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional u otras entidades del sector público nacional, provincial y municipal o contra la fe pública o por delitos tipificados por la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como las personas jurídicas cuyos integrantes se encuentren en dichas situaciones;
e) Los evasores y deudores morosos tributarios y previsionales de orden nacional, provincial y municipal.
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Samples: Contratación Directa Por Exclusividad, Contratación Directa Por Exclusividad
RECHAZO DE LAS OFERTAS – INEGIBILIDAD. Serán objeto de desestimación sin más trámite las ofertas en las que se produzca alguna/s alguna de las siguientes situaciones:
a) Que no estuvieren firmadas por el oferente o su representante legal en todas sus fojas.
b) Que estuvieran escritas con lápiz o que resultaren ilegibles;
c) Que carecieran de la garantía exigida
d) Que no acompañaren las muestras requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares con carácter obligatorio;
de) Que fueran formuladas por personas inhabilitadas en los términos del Artículo artículo 40 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal de la Nación, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14 del 02 xx xxxxx de 2014;1107/14
ef) Que contuvieren condicionamientos;
fg) Que presentaren raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidades, plazo de mantenimiento, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato, si las mismas no estuvieren debidamente salvadas;
gh) Que contuvieren cláusulas que se opongan a las normas que rigen la contratación;
hi) Que se cotizara precio excesivamente bajo de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios xx xxxxxxx y de la evaluación de la capacidad del oferente que mereciere manifiestamente la calificación de vil o no serio;
ij) Que incurrieren en otras causales de inadmisibilidad que expresamente los Pliegos este Pliego de Bases y Condiciones hubieren previsto. Asimismo de Particulares hubiere previsto Asimismo, se evaluará que los oferentes se encuentren habilitados para contratar con el Ministerio Público Fiscal de la Nación; quedando inhabilitadas para hacerlo:
a) Las personas físicas o jurídicas sancionadas con suspensión o inhabilitación en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) de la Oficina Nacional de Contrataciones;
b) Los funcionarios y empleados públicos del Ministerio Público Fiscal de la Nación y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación suficiente para formar la voluntad social;
c) Los condenados por delitos dolosos, por un plazo igual al doble de la condena;
d) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional u otras entidades del sector público nacional, provincial y municipal o contra la fe pública o por delitos tipificados por la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como las personas jurídicas cuyos integrantes se encuentren en dichas situaciones;
e) Los evasores y deudores morosos tributarios y previsionales de orden nacional, provincial y municipal.
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Samples: Licitación Pública, Licitación Pública
RECHAZO DE LAS OFERTAS – INEGIBILIDAD. Serán objeto de desestimación sin más trámite las ofertas en las que se produzca alguna/s alguna de las siguientes situaciones:
a) Que no estuvieren firmadas por el oferente o su representante legal en todas sus fojas.
b) Que estuvieran escritas con lápiz o que resultaren ilegibles;.
c) Que carecieran de la garantía exigida.
d) Que no acompañaren las muestras requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares con carácter obligatorio;.
de) Que fueran formuladas por personas inhabilitadas en los términos del Artículo artículo 40 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal de la NaciónFiscal, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14 del 02 xx xxxxx de 2014;1107/14.
ef) Que contuvieren condicionamientos;.
fg) Que presentaren raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidades, plazo de mantenimiento, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato, si las mismas no estuvieren debidamente salvadas;.
gh) Que contuvieren cláusulas que se opongan a las normas que rigen la contratación;licitación.
hi) Que se cotizara precio excesivamente bajo de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios xx xxxxxxx y de la evaluación de la capacidad del oferente que mereciere manifiestamente la calificación de vil o no serio;.
ij) Que incurrieren en otras causales de inadmisibilidad que expresamente los Pliegos este Pliego de Bases y Condiciones hubieren Particulares y de Especificaciones Técnicas hubiere previsto. Asimismo de Asimismo, se evaluará que los oferentes se encuentren habilitados para contratar con el Ministerio Público Fiscal de la Nación; quedando inhabilitadas para hacerlo:
a) Las personas físicas o jurídicas sancionadas con suspensión o inhabilitación en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) de la Oficina Nacional de Contrataciones;.
b) Los funcionarios y empleados públicos del Ministerio Público Fiscal de la Nación y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación suficiente para formar la voluntad social;.
c) Los condenados por delitos dolosos, por un plazo igual al doble de la condena;.
d) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional u otras entidades del sector público nacional, provincial y municipal o contra la fe pública o por delitos tipificados por la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como las personas jurídicas cuyos integrantes se encuentren en dichas situaciones;.
e) Los evasores y deudores morosos tributarios y previsionales de orden nacional, provincial y municipal.
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Samples: Licitación Pública
RECHAZO DE LAS OFERTAS – INEGIBILIDAD. Serán objeto de desestimación sin más trámite las ofertas en las que se produzca alguna/s de las siguientes situaciones:
a) Que no estuvieren firmadas por el oferente o su representante legal en todas sus fojas.
b) Que estuvieran escritas con lápiz o que resultaren ilegibles;
c) Que carecieran de la garantía exigida
d) Que no acompañaren las muestras requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares con carácter obligatorio;
de) Que fueran formuladas por personas inhabilitadas en los términos del Artículo artículo 40 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal de la Nación, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14 del 02 xx xxxxx de 2014;1107/14
ef) Que contuvieren condicionamientos;
fg) Que presentaren raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidades, plazo de mantenimiento, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato, si las mismas no estuvieren debidamente salvadas;
gh) Que contuvieren cláusulas que se opongan a las normas que rigen la contratación;licitación
hi) Que se cotizara precio excesivamente bajo de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios xx xxxxxxx y de la evaluación de la capacidad del oferente que mereciere manifiestamente la calificación de vil o no serio;
i) Que incurrieren en otras causales de inadmisibilidad que expresamente los Pliegos de Bases y Condiciones hubieren previsto. Asimismo de evaluará que los oferentes se encuentren habilitados para contratar con el Ministerio Público Fiscal de la Nación; quedando inhabilitadas para hacerlo:
a) Las personas físicas o jurídicas sancionadas con suspensión o inhabilitación en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) de la Oficina Nacional de Contrataciones;
b) Los funcionarios y empleados públicos del Ministerio Público Fiscal de la Nación y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación suficiente para formar la voluntad social;
c) Los condenados por delitos dolosos, por un plazo igual al doble de la condena;
d) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional u otras entidades del sector público nacional, provincial y municipal o contra la fe pública o por delitos tipificados por la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como las personas jurídicas cuyos integrantes se encuentren en dichas situaciones;
e) Los evasores y deudores morosos tributarios y previsionales de orden nacional, provincial y municipal.
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Samples: Licitación Privada
RECHAZO DE LAS OFERTAS – INEGIBILIDAD. Serán objeto de desestimación sin más trámite las ofertas en las que se produzca alguna/s alguna de las siguientes situaciones:
a) Que no estuvieren firmadas por el oferente o su representante legal en todas sus fojas.
b) Que estuvieran escritas con lápiz o que resultaren ilegibles;.
c) Que carecieran de la garantía exigida.
d) Que no acompañaren las muestras requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas con carácter obligatorio;.
de) Que fueran formuladas por personas inhabilitadas en los términos del Artículo artículo 40 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal de la NaciónFiscal, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14 del 02 xx xxxxx de 2014;1107/14.
ef) Que contuvieren condicionamientos;.
fg) Que presentaren raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidades, plazo de mantenimiento, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato, si las mismas no estuvieren debidamente salvadas;.
gh) Que contuvieren cláusulas que se opongan a las normas que rigen la contratación;licitación.
hi) Que se cotizara precio excesivamente bajo de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios xx xxxxxxx y de la evaluación de la capacidad del oferente que mereciere manifiestamente la calificación de vil o no serio;.
ij) Que incurrieren en otras causales de inadmisibilidad que expresamente los Pliegos de Bases y Condiciones hubieren este pliego hubiere previsto. Asimismo de Asimismo, se evaluará que los oferentes se encuentren habilitados para contratar con el Ministerio Público Fiscal de la Nación; Fiscal, quedando inhabilitadas para hacerlo:
a) Las personas físicas o jurídicas sancionadas con suspensión o inhabilitación en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) de la Oficina Nacional de Contrataciones;.
b) Los funcionarios y empleados públicos del Ministerio Público Fiscal de la Nación y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación suficiente para formar la voluntad social;.
c) Los condenados por delitos dolosos, por un plazo igual al doble de la condena;.
d) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional u otras entidades del sector público nacional, provincial y municipal o contra la fe pública o por delitos tipificados por la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como las personas jurídicas cuyos integrantes se encuentren en dichas situaciones;.
e) Los evasores y deudores morosos tributarios y previsionales de orden nacional, provincial y municipal.
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Samples: Contratación Directa Por Monto
RECHAZO DE LAS OFERTAS – INEGIBILIDAD. Serán objeto de desestimación sin más trámite las ofertas en las que se produzca alguna/s de las siguientes situaciones:
a) Que no estuvieren firmadas por el oferente o su representante legal en todas sus fojas.
b) Que estuvieran escritas con lápiz o que resultaren ilegibles;
c) Que carecieran de la garantía exigida;
d) Que no acompañaren las muestras requeridas en el Pliego de Condiciones Bases y Cláusulas Particulares con carácter obligatorio;
de) Que fueran formuladas por personas inhabilitadas en los términos del Artículo N° 40 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal de la NaciónFiscal, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14 del 02 xx xxxxx de 2014;
ef) Que contuvieren condicionamientos;
fg) Que presentaren raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidades, plazo de mantenimiento, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato, si las mismas no estuvieren debidamente salvadas;
gh) Que contuvieren cláusulas que se opongan a las normas que rigen la contratación;
hi) Que se cotizara precio excesivamente bajo de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios xx xxxxxxx y de la evaluación de la capacidad del oferente que mereciere manifiestamente la calificación de vil o no serio;
ij) Que incurrieren en otras causales de inadmisibilidad que expresamente los Pliegos Pliego de Bases y Condiciones Cláusulas Particulares hubieren previsto. Asimismo de evaluará que los oferentes se encuentren habilitados para contratar con el Ministerio Público Fiscal de la NaciónFiscal; quedando inhabilitadas para hacerlo:
a) Las personas físicas o jurídicas sancionadas con suspensión o inhabilitación en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) de la Oficina Nacional de Contrataciones;
b) Los funcionarios y empleados públicos del Ministerio Público Fiscal de la Nación y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación suficiente para formar la voluntad social;
c) Los condenados por delitos dolosos, por un plazo igual al doble de la condena;
d) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional u otras entidades del sector público nacional, provincial y municipal o contra la fe pública o por delitos tipificados por la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como las personas jurídicas cuyos integrantes se encuentren en dichas situaciones;
e) Los evasores y deudores morosos tributarios y previsionales de orden nacional, provincial y municipal.
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Samples: Licitación Pública
RECHAZO DE LAS OFERTAS – INEGIBILIDAD. Serán objeto de desestimación sin más trámite las ofertas en las que se produzca alguna/s de las siguientes situaciones:
a) : Que no estuvieren firmadas por el oferente o su representante legal en todas sus fojas.
b) . Que estuvieran escritas con lápiz o que resultaren ilegibles;
c) ; Que no acompañaren las muestras requeridas en el Pliego carecieran de Condiciones Particulares con carácter obligatorio;
d) la garantía exigida; Que fueran formuladas por personas inhabilitadas en los términos del Artículo 40 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal de la Nación, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14 del 02 xx xxxxx de 2014;
e) 1107/14; Que contuvieren condicionamientos;
f) ; Que presentaren raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidades, plazo de mantenimiento, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato, si las mismas no estuvieren debidamente salvadas;
g) ; Que contuvieren cláusulas que se opongan a las normas que rigen la contratación;
h) ; Que se cotizara precio excesivamente bajo de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios xx xxxxxxx y de la evaluación de la capacidad del oferente que mereciere manifiestamente la calificación de vil o no serio;
i) ; Que incurrieren en otras causales de inadmisibilidad que expresamente los Pliegos de Bases y Condiciones hubieren previsto. Asimismo de evaluará que los oferentes se encuentren habilitados para contratar con el Ministerio Público Fiscal de la Nación; quedando inhabilitadas para hacerlo:
a) Las personas físicas o jurídicas sancionadas con suspensión o inhabilitación en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) de la Oficina Nacional de Contrataciones;
b) Los funcionarios y empleados públicos del Ministerio Público Fiscal de la Nación y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación suficiente para formar la voluntad social;
c) Los condenados por delitos dolosos, por un plazo igual al doble de la condena;
d) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional u otras entidades del sector público nacional, provincial y municipal o contra la fe pública o por delitos tipificados por la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como las personas jurídicas cuyos integrantes se encuentren en dichas situaciones;
e) Los evasores y deudores morosos tributarios y previsionales de orden nacional, provincial y municipal.
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RECHAZO DE LAS OFERTAS – INEGIBILIDAD. Serán objeto de desestimación sin más trámite las ofertas en las que se produzca alguna/s de las siguientes situaciones:
a) : Que no estuvieren firmadas por el oferente o su representante legal en todas sus fojas.
b) . Que estuvieran escritas con lápiz o que resultaren ilegibles;
c) ; Que carecieran de la garantía exigida; Que no acompañaren las muestras requeridas en el Pliego de Condiciones Bases y Cláusulas Particulares con carácter obligatorio;
d) ; Que fueran formuladas por personas inhabilitadas en los términos del Artículo N° 40 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal de la NaciónFiscal, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14 del 02 xx xxxxx de 2014;
e) ; Que contuvieren condicionamientos;
f) ; Que presentaren raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidades, plazo de mantenimiento, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato, si las mismas no estuvieren debidamente salvadas;
g) ; Que contuvieren cláusulas que se opongan a las normas que rigen la contratación;
h) ; Que se cotizara precio excesivamente bajo de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios xx xxxxxxx y de la evaluación de la capacidad del oferente que mereciere manifiestamente la calificación de vil o no serio;
i) ; Que incurrieren en otras causales de inadmisibilidad que expresamente los Pliegos Pliego de Bases y Condiciones Cláusulas Particulares hubieren previsto. Asimismo de evaluará que los oferentes se encuentren habilitados para contratar con el Ministerio Público Fiscal de la NaciónFiscal; quedando inhabilitadas para hacerlo:
a) Las personas físicas o jurídicas sancionadas con suspensión o inhabilitación en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) de la Oficina Nacional de Contrataciones;
b) Los funcionarios y empleados públicos del Ministerio Público Fiscal de la Nación y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación suficiente para formar la voluntad social;
c) Los condenados por delitos dolosos, por un plazo igual al doble de la condena;
d) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional u otras entidades del sector público nacional, provincial y municipal o contra la fe pública o por delitos tipificados por la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como las personas jurídicas cuyos integrantes se encuentren en dichas situaciones;
e) Los evasores y deudores morosos tributarios y previsionales de orden nacional, provincial y municipal.
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Samples: Licitación Pública
RECHAZO DE LAS OFERTAS – INEGIBILIDAD. Serán objeto de desestimación sin más trámite las ofertas en las que se produzca alguna/s de las siguientes situaciones:
a) Que no estuvieren firmadas por el oferente o su representante legal en todas sus fojas.
b) Que estuvieran escritas con lápiz o que resultaren ilegibles;.
c) Que carecieran de la garantía exigida.
d) Que no acompañaren las muestras requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares con carácter obligatorio;.
de) Que fueran formuladas por personas inhabilitadas en los términos del Artículo artículo 40 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Ministerio Público Fiscal de la NaciónFiscal, aprobado por Resolución PGN Nº 1107/14 del 02 xx xxxxx de 2014;1107/14.
ef) Que contuvieren condicionamientos;.
fg) Que presentaren raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidades, plazo de mantenimiento, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato, si las mismas no estuvieren debidamente salvadas;.
gh) Que contuvieren cláusulas que se opongan a las normas que rigen la contratación;licitación.
hi) Que se cotizara precio excesivamente bajo de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios xx xxxxxxx y de la evaluación de la capacidad del oferente que mereciere manifiestamente la calificación de vil o no serio;.
ij) Que incurrieren en otras causales de inadmisibilidad que expresamente los Pliegos este Pliego de Bases y Condiciones hubieren Particulares y de Especificaciones Técnicas hubiere previsto. Asimismo de Asimismo, se evaluará que los oferentes se encuentren habilitados para contratar con el Ministerio Público Fiscal de la Nación; quedando inhabilitadas para hacerlo:
a) Las personas físicas o jurídicas sancionadas con suspensión o inhabilitación en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) de la Oficina Nacional de Contrataciones;.
b) Los funcionarios y empleados públicos del Ministerio Público Fiscal de la Nación y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación suficiente para formar la voluntad social;.
c) Los condenados por delitos dolosos, por un plazo igual al doble de la condena;.
d) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra la Administración Pública Nacional u otras entidades del sector público nacional, provincial y municipal o contra la fe pública o por delitos tipificados por la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como las personas jurídicas cuyos integrantes se encuentren en dichas situaciones;.
e) Los evasores y deudores morosos tributarios y previsionales de orden nacional, provincial y municipal.
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