Common use of Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público Clause in Contracts

Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público. Todos los licitadores que se presenten a la licitación realizada a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, conforme a lo establecido en el artículo 159 de la LCSP. El certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores inscritos con certificado en vigor de la presentación en las convocatorias de contratación de la documentación correspondiente a los datos que figuren en él. No será preciso que los licitadores aporten el certificado de inscripción, sustituyéndose su presentación por el acceso telemático de Metro de Madrid al mismo por medios electrónicos. Si se hubieran producido circunstancias que supusiesen alteración de los datos registrales, se aportarán los correspondientes datos o informaciones actualizados, sin perjuicio de que los licitadores inscritos estén obligados a poner en conocimiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cualquier variación que se produzca en los datos reflejados en el certificado de inscripción, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. Metro de Madrid podrá en todo momento acceder a las certificaciones del Registro relativas a los licitadores en los términos previstos en el artículo 8 de la Orden 1490/2010, de 28 xx xxxx, por la que se regula el funcionamiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Para La Contratación, Por Procedimiento Abierto Súper Simplificado, De Un Servicio De Traducción

Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público. Todos los licitadores que se presenten a la licitación realizada a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, conforme a De conformidad con lo establecido dispuesto en el artículo 159 96 de la LCSP. El , el certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores inscritos con certificado en vigor de la presentación en las convocatorias de contratación de la documentación correspondiente a los datos que figuren en él, concretamente, y salvo prueba en contrario, de las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, así como concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. No obstante, el empresario deberá aportar la documentación requerida en esta cláusula que no figure en el citado certificado, entre la que se encuentra la específicamente exigida por la Administración de la Comunidad de Madrid. No será preciso que los licitadores empresarios aporten el certificado de inscripción, sustituyéndose su presentación por el acceso telemático de Metro los órganos y mesas de Madrid contratación al mismo por medios electrónicos. Si se hubieran producido circunstancias que supusiesen alteración de los datos registrales, se aportarán los correspondientes datos o informaciones actualizados, sin perjuicio de que los Los licitadores inscritos estén obligados a poner en conocimiento del el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cualquier variación que se produzca deberán presentar en la licitación una declaración responsable sobre la vigencia de los datos reflejados anotados en el mismo, según el modelo que figura como Xxxxx XXX. Si se hubiese producido variación en las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado se hará mención expresa en la citada declaración, uniendo la documentación correspondiente. Los órganos de inscripción, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. Metro de Madrid podrá contratación podrán en todo momento acceder a las certificaciones del Registro relativas a los licitadores las empresas licitadoras en los términos previstos en el artículo 8 de la Orden 1490/2010, de 28 xx xxxx, por la que se regula el funcionamiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios De Vigilancia Y Seguridad en La Dirección De Área Territorial De Madrid Oeste, Dependencia Administrativa De La Consejería De Educación E Investigación De La Comunidad De Madrid a Adjudicar Por Procedimiento Abierto Simplificado Con Pluralidad De Criterios

Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público. Todos No obstante, no será necesario presentar los licitadores documentos justificativos de aquellas informaciones que ya se presenten a la licitación realizada a través hayan acreditado con anterioridad, si no precisan actualización, ante el órgano de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en contratación, o que queden acreditadas mediante el certificado expedido el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, conforme a . De conformidad con lo establecido dispuesto en el artículo 159 96 de la LCSP. El , el certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores inscritos con certificado en vigor de la presentación en las convocatorias de contratación de la documentación correspondiente a los datos que figuren en él, concretamente, y salvo prueba en contrario, de las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y clasificación, así como concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que xxxxx xxxxxxx en el mismo. No será obstante, el empresario deberá aportar la documentación requerida en esta cláusula que no figure en el citado certificado, entre la que se encuentra la específicamente exigida por la Administración de la Comunidad de Madrid, y aquella que aun figurando no esté actualizada. No es preciso que los licitadores empresarios aporten el certificado de inscripción, sustituyéndose su presentación por el acceso telemático de Metro los órganos y mesas de Madrid contratación al mismo por medios electrónicostelemáticos. Si se hubieran producido circunstancias que supusiesen alteración Los órganos de los datos registrales, se aportarán los correspondientes datos o informaciones actualizados, sin perjuicio de que los licitadores inscritos estén obligados a poner en conocimiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cualquier variación que se produzca en los datos reflejados en el certificado de inscripción, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. Metro de Madrid podrá contratación podrán en todo momento acceder a las certificaciones del Registro relativas a los licitadores las empresas licitadoras en los términos previstos en el artículo 8 de la Orden 1490/2010, de 28 xx xxxx, por la que se regula el funcionamiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Denominado “Acuerdos Marco a Qué Habrán De Ajustarse Los Contratos De Servicios Referidos a Las Redacciones De Proyectos, Trabajos Técnicos De Obra Y Trabajos Parciales Relacionados Con Las Obras Promovidas Por La Agencia Madrileña De Atención Social

Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público. Todos los licitadores que se presenten a la licitación realizada a través La autenticidad de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el Registro Oficial siguiente código seguro de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, conforme a verificación: 0927395945776711287392 De conformidad con lo establecido dispuesto en el artículo 159 de la LCSP. El 83 del TRLCSP, el certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores inscritos con certificado en vigor de la presentación en las convocatorias de contratación de la documentación correspondiente a los datos que figuren en él. No obstante, el empresario deberá aportar la documentación requerida en esta cláusula que no figure en el citado certificado, entre la que se encuentra la específicamente exigida por la Administración de la Comunidad de Madrid, y aquella que aun figurando no esté actualizada. No será preciso que los licitadores empresarios aporten el certificado de inscripción, sustituyéndose su presentación por el acceso telemático de Metro los órganos y mesas de Madrid contratación al mismo por medios electrónicostelemáticos. Si se hubieran producido circunstancias que supusiesen alteración de los datos registrales, se aportarán los correspondientes datos o informaciones actualizados, sin perjuicio de que los Los licitadores inscritos estén obligados a poner en conocimiento del el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cualquier deberán presentar en la licitación una declaración responsable sobre la vigencia de los datos anotados en el mismo, según el modelo que figura como anexo 10. Si se hubiese producido variación en las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado se hará mención expresa en la citada declaración, uniendo la documentación correspondiente. Este sobre contendrá la documentación técnica que se produzca especifica en el anexo 3.1 al presente pliego, en orden a la aplicación del criterio de adjudicación que depende de un juicio de valor (criterio núm. 2: calidad), sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. La oferta técnica, según los modelos que figuran como anexos 3.2 y 3.3. de este Pliego, será generada por el programa informático “PREPARACIÓN DE OFERTAS”, que estará a disposición de los interesados en el Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx. Este programa se publicará junto con la convocatoria del presente acuerdo xxxxx, y deberán descargarlo e instalarlo en su equipo para la elaboración de sus proposiciones de forma segura y cómoda. No se admitirán proposiciones técnicas que no hayan sido presentadas mediante el programa informático citado, en el que deberá aparecer el correspondiente número de identificación. El Programa genera la oferta técnica, ajustada a los modelos establecidos en los anexos 3.2 y 3.3 de este Pliego, que deberá ser impresa y firmada por el apoderado de la empresa licitadora. EL Programa genera, además, un fichero “zip” con los datos reflejados de la oferta técnica que serán grabados en soporte informático válido (CD, DVD, soporte USB…) La oferta técnica generada, impresa y firmada por el apoderado de la empresa licitadora, así como el soporte informático utilizado (CD, DVD, soporte USB…), deberán obligatoriamente incluirse en el certificado SOBRE núm. 2. - Fichas técnicas de inscripciónlos productos, conforme de acuerdo a lo indicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas, en el apartado DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. - Nombre, domicilio y teléfono, en la Comunidad de Madrid, de la persona designada como encargada de resolver las cuestiones relacionadas con la ejecución de los contratos y en la práctica diaria de los suministros. En caso de sustitución de la persona designada, deberá comunicarse a la Junta Central de Compras en el plazo de siete días. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392 - Otros documentos que el licitador estime conveniente aportar, sin que pueda figurar ninguna documentación relativa al precio. Este sobre contendrá la proposición económica y el plazo de entrega al que se compromete el licitador (criterios de valoración núms. 1 y 3), según los modelos establecidos en los anexos 2.1 y 2.2 de este Pliego generados por el programa informático “PREPARACIÓN DE OFERTAS”, que estará a disposición de los interesados en el Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx. Este programa se publicará junto con la convocatoria del presente acuerdo xxxxx, y los licitadores deberán descargarlo e instalarlo en sus equipos para la elaboración de sus proposiciones de forma segura y cómoda. No se admitirán proposiciones económicas que no hayan sido presentadas mediante el programa informático citado, en el que deberá aparecer el correspondiente número de identificación. El Programa genera la oferta económica, ajustada a los modelos establecidos en los anexos 2.1 y 2.2 de este Pliego, que deberá ser impresa y firmada por el apoderado de la empresa licitadora. El Programa genera, además, un fichero “zip” con los datos de la proposición económica que serán grabados en soporte informático válido (CD, DVD, soporte USB…) La oferta económica generada, impresa y firmada por el apoderado de la empresa licitadora, así como el soporte informático utilizado (CD, DVD, soporte USB…), deberán obligatoriamente incluirse en el SOBRE núm. 3. La proposición deberá cumplimentarse siguiendo el orden de lotes y artículos establecido en el anexo 1 a este pliego, especificando en todo caso el código de los artículos asignado por la Administración. Los diferentes productos que se oferten en su caso para cada artículo deberán contener las mismas especificaciones aludidas anteriormente, debiendo utilizar los dos últimos dígitos del código del artículo para identificarlos. Se cumplimentará también expresamente el plazo de entrega (criterio de valoración número 3) valorable mediante aplicación de fórmulas. Los precios unitarios se expresarán en euros con un número máximo de tres decimales. Cuando una empresa presente oferta a dos o más lotes, las propuestas deberán incluirse dentro de este sobre número 3, “Proposición Económica”, de forma separada e indicando el número de lote, a fin de facilitar el manejo de la documentación en los estudios valorativos de las ofertas. A todos los efectos se entenderá que en los precios ofertados están incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones de los contratos basados en el acuerdo marco, como son los generales, financieros, seguros, transportes y desplazamientos, montajes y embalaje, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos en vigor y cualesquiera otros que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del acuerdo xxxxx, a excepción del IVA. No se aceptarán aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del precio base de licitación de los productos, comportase error manifiesto en los importes de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación motivando su decisión. En el supuesto de presentación electrónica de las ofertas, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el apartado denominado “Medios electrónicos” de la cláusula 1, relativa a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables“Características del contrato”. Metro La autenticidad de Madrid podrá este documento se puede comprobar en todo momento acceder a las certificaciones del Registro relativas a los licitadores en los términos previstos en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el artículo 8 siguiente código seguro de la Orden 1490/2010, de 28 xx xxxx, por la que se regula el funcionamiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.verificación: 0927395945776711287392

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Acuerdo Marco

Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público. Todos los licitadores que se presenten a la licitación realizada a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, conforme a De conformidad con lo establecido dispuesto en el artículo 159 de la LCSP. El 83 del TRLCSP, el certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores inscritos con certificado en vigor de la presentación en las convocatorias de contratación de la documentación correspondiente a los datos que figuren en él, concretamente, y salvo prueba en contrario, de las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o HASH DEL CERTIFICADO: E532CEDB6F1A0B6BDB7641EA7271D58F9178DBCF Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento de Boadilla del Monte - xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx - CSV: 28660IDOC28E501BA71DF4F54BA6 empresarial, solvencia económica y financiera y clasificación, así como concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. No obstante, el empresario deberá aportar la documentación requerida en esta cláusula que no figure en el citado certificado, entre la que se encuentra la específicamente exigida por la Administración de la Comunidad de Madrid. No será preciso que los licitadores empresarios aporten el certificado de inscripción, sustituyéndose su presentación por el acceso telemático de Metro los órganos y mesas de Madrid contratación al mismo por medios electrónicos. Si se hubieran producido circunstancias que supusiesen alteración de los datos registrales, se aportarán los correspondientes datos o informaciones actualizados, sin perjuicio de que los FECHA DE FIRMA: 15/01/2018 Los licitadores inscritos estén obligados a poner en conocimiento del el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cualquier variación que se produzca deberán presentar en la licitación una declaración responsable sobre la vigencia de los datos reflejados anotados en el mismo, según el modelo que figura como anexo V. Si se hubiese producido variación en las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado se hará mención expresa en la citada declaración, uniendo la documentación correspondiente. Los órganos de inscripción, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. Metro de Madrid podrá contratación podrán en todo momento acceder a las certificaciones del Registro relativas a los licitadores las empresas licitadoras en los términos previstos en el artículo 8 de la Orden 1490/2010, de 28 xx xxxx, por la que se regula el funcionamiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.

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Samples: Contrato De Servicios

Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público. Todos los licitadores que se presenten a la licitación realizada a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, conforme a De conformidad con lo establecido dispuesto en el artículo 159 96 de la LCSP. El , el certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores inscritos con certificado en vigor de la presentación en las convocatorias de contratación de la documentación correspondiente a los datos que figuren en él. No obstante, el empresario deberá aportar la documentación requerida en esta cláusula que no figure en el citado certificado, entre la que se encuentra la específicamente exigida por Canal xx Xxxxxx XX, S.A. Canal xx Xxxxxx XX, S.A. inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 29.733, Folio 86, Sección 8, Hoja M-534929. Inscripción 1ª. Denominación en inscripción 34, NIF A86488087, Domicilio Social: X/ Xxxxx Xxxxxxxx, 125, 28003 Madrid. No será preciso que los licitadores empresarios aporten el certificado de inscripción, sustituyéndose su presentación por el acceso telemático de Metro los órganos y la Mesa de Madrid contratación al mismo por medios electrónicos. Si se hubieran producido circunstancias que supusiesen alteración En caso de los datos registrales, se aportarán los correspondientes datos o informaciones actualizados, sin perjuicio de que los licitadores inscritos estén obligados a poner en conocimiento presentar el certificado del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cualquier variación que se produzca Público, el empresario deberá presentar en la licitación una declaración responsable sobre la vigencia de los datos reflejados anotados en el certificado mismo, según el modelo que figura como Xxxxx XXX al presente Xxxxxx. Si se hubiese producido alteración de inscripciónlos datos registrales se hará mención expresa en la citada declaración, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicablesuniendo la documentación correspondiente. Metro Los órganos de Madrid podrá contratación podrán en todo momento acceder a las certificaciones del Registro relativas a los licitadores las empresas licitadoras en los términos previstos en el artículo 8 de la Orden 1490/2010, de 28 xx xxxx, por la que se regula el funcionamiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.

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Samples: licitaciones.canaldeisabelsegunda.es

Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público. Todos los licitadores que se presenten a la licitación realizada a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, conforme a De conformidad con lo establecido dispuesto en el artículo 159 96 de la LCSP. El , el certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores inscritos con certificado en vigor de la presentación en las convocatorias de contratación de la documentación correspondiente a los datos que figuren en él, concretamente, y salvo prueba en contrario, de las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, así como concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que xxxxx xxxxxxx en el mismo. No obstante, el empresario deberá aportar la documentación requerida en esta cláusula que no figure en el citado certificado, entre la que se encuentra la específicamente exigida por la Administración de la Comunidad de Madrid. No será preciso que los licitadores empresarios aporten el certificado de inscripción, sustituyéndose su presentación por el acceso telemático de Metro los órganos y mesas de Madrid contratación al mismo por medios electrónicos. Si se hubieran producido circunstancias que supusiesen alteración Los órganos de los datos registrales, se aportarán los correspondientes datos o informaciones actualizados, sin perjuicio de que los licitadores inscritos estén obligados a poner en conocimiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cualquier variación que se produzca en los datos reflejados en el certificado de inscripción, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. Metro de Madrid podrá contratación podrán en todo momento acceder a las certificaciones del Registro relativas a los licitadores las empresas licitadoras en los términos previstos en el artículo 8 de la Orden 1490/2010, de 28 xx xxxx, por la que se regula el funcionamiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.

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Samples: www.madrid.org

Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público. Todos los licitadores que se presenten a la licitación realizada a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, conforme a De conformidad con lo establecido dispuesto en el artículo 159 96 de la LCSP. El , el certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Em presas Clasificadas del Sector Público eximirá exim irá a los licitadores inscritos con certificado en vigor de la presentación pre sentación en las convocatorias de contratación de la documentación correspondiente docum entación co rrespondiente a los datos que figuren en él, co ncre tamente, y salvo prueba en co ntrario, de las co ndicio nes de aptitud del em presario en cua nto a su personalidad y capacidad de obra r, repre sentación, habilitación pro fesional o em presarial, solvencia e co nóm ica y financie ra , así com o concurrencia o no co ncurre ncia de las prohibiciones de co ntratar que deban co nstar en el mismo. No obstante, el empresario deberá apo rta r la do cum entación requerida en esta clá usula que no figure en el citado certificado, entre la que se encuentra la específicamente exigida por la Adm inistración de la Com unidad de Madrid. No será preciso que los licitadores em presarios aporten el certificado de inscripción, sustituyéndose su presentación por el acceso telemático de Metro de Madrid al mismo por medios electrónicos. Si se hubieran producido circunstancias que supusiesen alteración de los datos registrales, se aportarán los correspondientes datos órganos y m esas de co ntrata ció n al m ism o informaciones actualizados, sin perjuicio por m edios ele ctró xxxx x. Los órganos de que los licitadores inscritos estén obligados a poner en conocimiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cualquier variación que se produzca en los datos reflejados en el certificado de inscripción, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. Metro de Madrid podrá contratación podrán en todo momento m om ento acceder a las certificaciones ce rtifica cio nes del Registro relativas a los licitadores las empresas licita doras en los términos previstos térm inos pre vistos en el artículo 8 de la Orden 1490/2010, de 28 xx xxxxde m ayo, por la que se regula re gula el funcionamiento funcionam iento del Registro Oficial de Licitadores Licitado re s y Empresas Em pre sas Clasificadas del Estado.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administra Tivas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios De

Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público. Todos los licitadores que se presenten a la licitación realizada a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, conforme a De conformidad con lo establecido dispuesto en el artículo 159 96 de la LCSP. El , el certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores al licitador inscritos con certificado en vigor de la presentación en las convocatorias de contratación de la documentación correspondiente a los datos que figuren en él. No obstante, el empresario deberá aportar la documentación requerida en esta cláusula que no figure en el citado certificado, entre la que se encuentra la específicamente exigida por Canal xx Xxxxxx XX, S.A. No será preciso que los licitadores empresarios aporten el certificado de inscripción, sustituyéndose su presentación por el acceso telemático de Metro los órganos y mesas de Madrid contratación al mismo por medios electrónicos. Si se hubieran producido circunstancias que supusiesen alteración En caso de los datos registrales, se aportarán los correspondientes datos o informaciones actualizados, sin perjuicio de que los licitadores inscritos estén obligados a poner en conocimiento presentar el certificado del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cualquier variación que se produzca Público, el empresario deberá presentar en la licitación una declaración responsable sobre la vigencia de los datos reflejados anotados en el certificado mismo, según el modelo que figura como Xxxxx XXX al presente Xxxxxx. Si se hubiese producido alteración de inscripciónlos datos registrales se hará mención expresa en la citada declaración, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicablesuniendo la documentación correspondiente. Metro Los órganos de Madrid podrá contratación podrán en todo momento acceder a las certificaciones del Registro relativas a los licitadores las empresas licitadoras en los términos previstos en el artículo 8 de la Orden 1490/2010, de 28 xx xxxx, por la que se regula el funcionamiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Suministros De