Common use of Renovación y actualización Clause in Contracts

Renovación y actualización. Durante el 2012 los proponentes inscritos en el Registro Único de Proponentes bajo el régimen del decreto 1464 de 2010, cuando deban renovar su registro, se ajustarán a lo establecido en el presente decreto. No obstante, cualquier proponente que tenga su inscripción vigente bajo el régimen anterior, podrá ajustar su información a los requisitos del presente decreto solicitando la actualización de su registro. Certificado RUP Los certificados RUP expedidos por las cámaras de comercio en atención a la información verificada con los requisitos del decreto 1464 de 2010 serán aceptados por las entidades estatales, hasta tanto el respetivo proponente actualice o ajuste la información requerida por el presente decreto, en los términos ya expuestos y las entidades estatales se harán cargo de la verificación de la información que no se encuentre contenida en el decreto 1464 de 2010 mientras culmina la transición y de acuerdo a lo señalado en el presente artículo. Parágrafo. La información en firme de la inscripción, actualización o renovación del proponente, hecha bajo el régimen del decreto 1464 de 2010, tendrá todos los efectos legales, hasta tanto quede en firme la actuación registrada bajo el régimen del presente decreto. Las disposiciones contenidas en el presente artículo aplicarán a partir del momento en que las Cámaras de Comercio actualicen sus herramientas tecnológicas para aplicar el presente decreto de acuerdo a los tiempos en éste establecidos.”

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Samples: Pliego Definitivo De Condiciones Contrato De Compraventa, Contrato Resolución Multa Fecha De Ejecutoriada La Multa Resolución Sanción Fecha De Ejecutoriada La Sanción

Renovación y actualización. Durante el 2012 los proponentes inscritos en el Registro Único de Proponentes bajo el régimen del decreto 1464 de 2010, cuando deban xxxxx renovar su registro, se ajustarán a lo establecido en el presente decreto. No obstante, cualquier proponente que tenga su inscripción vigente bajo el régimen anterior, podrá ajustar su información a los requisitos del presente decreto solicitando la actualización de su registro. Certificado RUP Los certificados RUP expedidos exp didos por las cámaras Cámaras de comercio Comercio en atención a la información verificada con los requisitos del decreto Decreto número 1464 de 2010 serán aceptados por las entidades estatales, hasta tanto el respetivo proponente actualice o ajuste la información requerida por el presente decreto, en los términos ya expuestos y las entidades estatales se harán cargo de la verificación de la información que no se encuentre contenida en el decreto Decreto número 1464 de 2010 mientras culmina la transición y de acuerdo a lo señalado en el presente artículo. Parágrafo. La información en firme de la inscripción, actualización o renovación del proponente, hecha bajo el régimen del decreto Decreto número 1464 de 2010, tendrá todos los efectos legales, hasta tanto quede en firme la actuación registrada bajo el régimen del presente decreto. decreto Las disposiciones contenidas en el presente artículo aplicarán a partir del momento en que las Cámaras de Comercio actualicen sus herramientas tecnológicas para aplicar el presente decreto de acuerdo a los tiempos en éste este establecidos.

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Samples: www.uiaf.gov.co, uiaf.gov.co

Renovación y actualización. Durante el 2012 los proponentes inscritos en el Registro Único de Proponentes bajo el régimen del decreto 1464 de 2010, cuando deban renovar su registro, se ajustarán a lo establecido en el presente decreto. No obstante, cualquier proponente que tenga su inscripción vigente bajo el régimen anterior, podrá ajustar su información a los requisitos del presente decreto solicitando la actualización de su registro. Certificado RUP Los certificados RUP expedidos exp didos por las cámaras Cámaras de comercio Comercio en atención a la información verificada con los requisitos del decreto Decreto número 1464 de 2010 serán aceptados por las entidades estatales, hasta tanto el respetivo proponente actualice o ajuste la información requerida por el presente decreto, en los términos ya expuestos y las entidades estatales se harán cargo de la verificación de la información que no se encuentre contenida en el decreto Decreto número 1464 de 2010 mientras culmina la transición y de acuerdo a lo señalado en el presente artículo. Parágrafo. La información en firme de la inscripción, actualización o renovación del proponente, hecha bajo el régimen del decreto Decreto número 1464 de 2010, tendrá todos los efectos legales, hasta tanto quede en firme la actuación registrada bajo el régimen del presente decreto. decreto Las disposiciones contenidas en el presente artículo aplicarán a partir del momento en que las Cámaras de Comercio actualicen sus herramientas tecnológicas para aplicar el presente decreto de acuerdo a los tiempos en éste este establecidos.

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Samples: www.uiaf.gov.co

Renovación y actualización. Durante el 2012 los proponentes inscritos en el Registro Único de Proponentes bajo el régimen del decreto 1464 de 2010, cuando deban renovar su registro, se ajustarán a lo establecido en el presente decreto. No obstante, cualquier proponente que tenga su inscripción vigente bajo el régimen anterior, podrá ajustar su información a los requisitos del presente decreto solicitando la actualización de su registro. Certificado RUP Los certificados RUP expedidos por las cámaras Cámaras de comercio Comercio en atención a la información verificada con los requisitos del decreto Decreto número 1464 de 2010 serán aceptados por las entidades estatales, hasta tanto el respetivo proponente actualice o ajuste la información requerida por el presente decreto, en los términos ya expuestos y las entidades estatales se harán cargo de la verificación de la información que no se encuentre contenida en el decreto Decreto número 1464 de 2010 mientras culmina la transición y de acuerdo a lo señalado en el presente artículo. Parágrafo. La información en firme de la inscripción, actualización o renovación del proponente, hecha bajo el régimen del decreto Decreto número 1464 de 2010, tendrá todos los efectos legales, hasta tanto quede en firme la actuación registrada bajo el régimen del presente decreto. decreto Las disposiciones contenidas en el presente artículo aplicarán a partir del momento en que las Cámaras de Comercio actualicen sus herramientas tecnológicas para aplicar el presente decreto de acuerdo a los tiempos en éste este establecidos.

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Samples: www.uiaf.gov.co