Resolución de los contratos basados. La resolución de los Contratos basados tendrá lugar en los supuestos señalados en los artículos 223 y 308 del TRLCSP. Cada vez que el importe de las penalidades por demora alcance un múltiplo del cinco por ciento del precio del Contrato basado, el Órgano de Contratación de la Entidad Local podrá optar por la resolución del Contrato basado o por la imposición de nuevas penalidades. Una vez acordada la resolución del contrato, de acuerdo con los artículos 223 y 308 del TRLCSP, será de aplicación los efectos previstos en los artículos 225 y 309 del TRLCSP. Las responsabilidades, daños y perjuicios a que diere lugar el incumplimiento de las obligaciones por parte del adjudicatario, se harán efectivas, para cubrirlos, mediante la ejecución de la garantía, de las cantidades pendientes de abono o la ejecución sobre el patrimonio del adjudicatario.
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Samples: Acuerdo Marco Para La Contratación De Servicios De Prevención De Riesgos Laborales, Acuerdo Marco Para La Contratación De Servicios De Asistencia Para La Gestión Tributaria, Acuerdo Marco Para La Contratación De Servicios De Asistencia Para La Gestión Tributaria