Common use of RETENCIONES POR PAGOS PARCIALES Clause in Contracts

RETENCIONES POR PAGOS PARCIALES. El CONSULTOR acepta expresamente, que la ENTIDAD retendrá el siete por cien (7%) de cada pago parcial, en sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato. Estas retenciones serán reintegradas en el marco de lo establecido en la Cláusula Decima Novena del presente contrato. En caso de que el CONSULTOR, incurriere en algún tipo de incumplimiento contractual, el importe de dicha garantía será pagado en favor de la ENTIDAD, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su solo requerimiento.

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Samples: Consulting Agreement, Consulting Services Agreement, Consulting Services Agreement