Common use of RGANO DE CONTRATACI N Y CONTRATISTA Clause in Contracts

RGANO DE CONTRATACI N Y CONTRATISTA. El rgano de contrataci n competente es el Director Provincial de Educaci n de acuerdo con lo dispuesto en la Orden EDU 379/2018, de 5 xx xxxxx (BOCYL n” 72 de 13/04/2018) , por el que se modifica la Orden EDU 266/2005 de 00 xx xxxxxxx (XXXXX x” 00 de 3/3/2005) , por la que se delegan en las Direcciones Provinciales de Educaci n las facultades que la legislaci n vigente atribuye al consejero como rgano de contrataci n respecto de los contratos en materia de transporte y comedor escolar. El contratista es la persona natural o jur dica con la que se formaliza el presente contrato por haber resultado adjudicatario del mismo, previa acreditaci n de su plena capacidad de obrar, su solvencia econ mica o financiera y tØcnica o profesional, as como de no estar afectado por prohibiciones para contratar.

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Samples: Contrato De Servicios, Contract for Services

RGANO DE CONTRATACI N Y CONTRATISTA. El rgano de contrataci n competente es el Director Provincial de Educaci n de acuerdo con lo dispuesto en la Orden EDU 379/2018, de 5 xx xxxxx (BOCYL n” 72 de 13/04/2018) ), por el que se modifica la Orden EDU 266/2005 266/2005/ de 00 xx xxxxxxx (XXXXX x” 00 de 3/3/2005) , ,por la que se delegan en las Direcciones Provinciales de Educaci n las facultades que la legislaci n vigente atribuye al consejero como rgano de contrataci n respecto de los contratos en materia de transporte y comedor escolar. El contratista es la persona natural o jur dica con la que se formaliza el presente contrato por haber resultado adjudicatario del mismo, previa acreditaci n de su plena capacidad de obrar, su solvencia econ mica o financiera y tØcnica o profesional, as como de no estar afectado por prohibiciones para contratar.

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Samples: Contrato De Servicios

RGANO DE CONTRATACI N Y CONTRATISTA. El rgano de contrataci n competente es el Director Provincial de Educaci n de acuerdo con Le n, en virtud de lo dispuesto en el resuelvo segundo de la Orden EDU 379/2018EDU/378/2017, de 5 19 xx xxxxx xxxx (BOCYL Bocyl n” 72 97 de 13/04/2018) , por el que se modifica la Orden EDU 266/2005 24 xx xxxx de 00 xx xxxxxxx (XXXXX x” 00 de 3/3/2005) 2017), por la que se delegan delega en las Direcciones Provinciales de Educaci n n, dentro de su Æmbito territorial, el ejercicio de las facultades competencias que la legislaci n vigente atribuye al consejero Consejero como rgano de contrataci n n, respecto de los contratos en materia de transporte y comedor escolarsuministro para centros docentes pœblicos no universitarios, cuyo presupuesto no exceda de 600.000 euros . El contratista es la persona natural o jur dica con la que se formaliza el presente contrato por haber resultado adjudicatario del mismo, previa acreditaci n de su plena capacidad de obrar, su solvencia econ mica o financiera y tØcnica o profesional, as como de no estar afectado por prohibiciones para contratar.

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Samples: Contrato De Suministro

RGANO DE CONTRATACI N Y CONTRATISTA. El rgano de contrataci n competente es el Director el/la Director/a Provincial de Educaci n de acuerdo con lo dispuesto en la Orden EDU 379/2018, de 5 xx xxxxx (BOCYL n” 72 de 13/04/2018) xxxxx, por el que se modifica la Orden EDU 266/2005 266/2005/ de 00 xx xxxxxxx (XXXXX x” 00 25 de 3/3/2005) febrero, por la que se delegan en las Direcciones Provinciales P rovinciales de Educaci n las facultades que la legislaci n vigente atribuye al consejero como rgano de contrataci n respecto de los contratos en materia de transporte y comedor escolar. El contratista es la persona natural o jur dica con la que se formaliza el presente contrato por haber resultado adjudicatario del mismo, previa acreditaci n de su plena capacidad de obrar, su solvencia econ mica o financiera y tØcnica o profesional, as como c omo de no estar afectado por prohibiciones para contratar.

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Samples: Contract for Services

RGANO DE CONTRATACI N Y CONTRATISTA. El rgano de contrataci n competente es el Director el/la Director/a Provincial de Educaci n de acuerdo con lo dispuesto en la Orden EDU 379/2018, de 5 xx xxxxx (BOCYL n” 72 de 13/04/2018) xxxxx, por el que se modifica la Orden EDU 266/2005 266/2005/ de 00 xx xxxxxxx (XXXXX x” 00 25 de 3/3/2005) febrero, por la que se delegan en las Direcciones Provinciales de Educaci n las facultades que la legislaci n vigente atribuye al consejero como rgano de contrataci n respecto de los contratos en materia de transporte y comedor escolar. El contratista es la persona natural o jur dica con la que se formaliza el presente contrato por haber resultado adjudicatario del mismo, previa acreditaci n de su plena capacidad de obrar, su solvencia econ mica o financiera y tØcnica o profesional, as como de no estar afectado por prohibiciones para contratar.

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Samples: Contrato De Servicios