ORGANO DE CONTRATACIÓN. 5.1.- De conformidad con el artículo 61 LCSP, la representación de las entidades del sector publico en materia contractual corresponde a los órganos de contratación, unipersonales o colegiados que, en virtud de norma legal o reglamentaria o disposición estatutaria, tengan atribuida la facultad de celebrar contratos en su nombre.
ORGANO DE CONTRATACIÓN. 1.- De conformidad con lo señalado en la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP el órgano de contratación es el Alcalde.
ORGANO DE CONTRATACIÓN. Comisión de Contratación Xxxxxx xx Xxxxx.
ORGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación: - Director General EJIE El órgano de contratación estará asistido por una Mesa que tendrá las funciones que le atribuyen el artículo 14 del Decreto 116/2016, la LCSP cuya composición será, al menos, la siguiente: Responsable de Administración y RRHH, que actuará como presidente y control presupuestario. Responsable de Contratación, que actuará como secretario. Vocal asesor jurídico. Director o Directora Técnica del Área correspondiente, que actuará como vocal. Todos los miembros de la Mesa podrán ser sustituidos por otras personas designadas por los titulares. Además, el presidente, si lo estima conveniente, podrá invitar a otras personas a tomar parte en las deliberaciones de la Mesa, sin que en este caso tengan derecho a voto. La Mesa tomará sus decisiones por mayoría, teniendo el presidente voto de calidad en caso de empate.
ORGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación que actúa en nombre de AUDITORIO DE TENERIFE es el Gerente de la misma, de conformidad con el acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de la Sociedad el pasado 29 de enero de 2016.
ORGANO DE CONTRATACIÓN. CAMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN XX XXXXX COMISIÓN DE CONTRACION DE LA XXXXXX XX XXXXX Número de Expediente 135/2016 Calificación del Contrato Servicios Nº de Referencia - CPV 79952000-2 79950000-8 Tipo de Procedimiento Abierto Publicidad Sí Tramitación Ordinaria Criterios Adjudicación Varios Criterios Tipo de Contrato No sujeto a regulación armonizada
ORGANO DE CONTRATACIÓN. Alcaldía.
ORGANO DE CONTRATACIÓN. Patronato de la FFIS, por Delegación del éste de 5 de diciembre de 2008 el Comité Ejecutivo y el Director.
ORGANO DE CONTRATACIÓN. Corresponden al Pleno de este Ayuntamiento las competencias como órgano de contratación, conforme lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda, apartado 2, del TRLCSP. Por tanto dicho órgano será el competente para la aprobación del expediente y adjudicación del contrato.
ORGANO DE CONTRATACIÓN. 3.1.-. El órgano de contratación que actúa en nombre de AUDITORIO DE TENERIFE es el Consejo de Administración de la misma, de conformidad con lo previsto en las Instrucciones de Contratación de la entidad. sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente.