Common use of SOLICITUD DE NUEVOS SERVICIOS Clause in Contracts

SOLICITUD DE NUEVOS SERVICIOS. Cuando Llanogas instale un nuevo servicio a un inmueble, el valor del mismo será responsabilidad exclusiva de quién solicite el servicio. Para garantizar su pago, Llanogas podrá exigir directamente las garantías previstas en la Ley y el contrato de condiciones uniformes, a menos que el solicitante sea el mismo propietario o poseedor del inmueble, evento en el cual el inmueble quedará afecto al pago. En este caso, Llanogas determinará la cuantía y la forma de dichas garantías o depósitos. LLAMGCL002-03 / Actualizado 2023/01/30 PARÁGRAFO 1. En el evento en que el arrendatario solicite a Llanogas un nuevo servicio adicional a los básicos, se dará aplicación a lo establecido en el inciso anterior. El arrendatario podrá en cualquier momento requerir la cancelación o suspensión del servicio adicional solicitado por él mismo, caso en el cual le será devuelta la garantía o depósito a que haya lugar, sin que necesariamente medie la terminación del contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO 2. Llanogas podrá abstenerse de realizar la conexión e instalación del nuevo servicio y/o del servicio adicional al básico, hasta tanto el arrendatario no haya garantizado la(s) obligación(es) mencionadas en el presente numeral. PARÁGRAFO 3. Para todos los efectos del presente contrato se entenderá que un servicio se considera no básico, cuando la solicitud del mismo no afecta el desarrollo ordinario para el que fue contratado, y que por lo tanto el servicio de gas natural se mantendrá funcionando, adecuadamente, sin necesidad de realizar dicha intervención, por cuanto al momento de solicitarse los equipos e instalaciones cumplen con todas las disposiciones técnicas y de seguridad establecidas en la normatividad vigente. ANEXO Nº 3. POLITICAS TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN Y BASES DE DATOS DE CLIENTES DE LLANOGAS S.A. E.S.P BIC LLAMGCL002-03 / Actualizado 2023/01/30

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Samples: Contrato De Prestación De Servicio Público De Gas Natural

SOLICITUD DE NUEVOS SERVICIOS. Cuando Llanogas LA EMPRESA instale un nuevo servicio a un inmueble, el valor del mismo será responsabilidad exclusiva de quién solicite el servicio, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 142 de 1994. Para garantizar su pago, Llanogas LA EMPRESA podrá exigir directamente las garantías previstas en la Ley y el contrato de condiciones uniformes, a menos que el solicitante sea el mismo propietario o poseedor del inmueble, evento en el cual el inmueble quedará afecto al pago. En este caso, Llanogas LA EMPRESA determinará la cuantía y la forma de dichas garantías o depósitos. LLAMGCL002-03 / Actualizado 2023/01/30 PARÁGRAFO 1. En el evento en que el arrendatario solicite a Llanogas LA EMPRESA un nuevo servicio adicional a los básicos, se dará aplicación a lo establecido en el inciso anterior. El arrendatario podrá en cualquier momento requerir la cancelación o suspensión del servicio adicional solicitado por él mismo, caso en el cual le será devuelta la garantía o depósito a que haya lugar, sin que necesariamente medie la terminación del contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO 2. Llanogas LA EMPRESA podrá abstenerse de realizar la conexión e instalación del nuevo servicio y/o del servicio adicional al básico, hasta tanto el arrendatario no haya garantizado la(s) obligación(es) mencionadas en el presente numeral. PARÁGRAFO 3. Para todos los efectos del presente contrato se entenderá que un servicio se considera no básico, cuando la solicitud del mismo no afecta el desarrollo ordinario para el que fue contratado, y que por lo tanto el servicio de gas natural se mantendrá funcionando, adecuadamente, sin necesidad de realizar dicha intervención, por cuanto al momento de solicitarse los equipos e instalaciones cumplen con todas las disposiciones técnicas y de seguridad establecidas en la normatividad Normatividad vigente. ANEXO Nº 3Para el año 2021 las siguientes serán las tarifas para el cobro de los siguientes conceptos: Cargo de conexión, revisión quinquenal o periódica, y las tarifas para la remuneración de los servicios de Reconexión y Reinstalación del servicio público de gas natural: Cargo de Conexión $ 597,900 Reconexión desde el centro de medición $ 30,600 Reconexión desde acometida $ 137,500 Reconexión Industrial $ 148,873 Revisión Periódica Residencial (más IVA) $ 71,000 Revisión Periódica Comercial (más IVA) $ 119,027 *Estos precios aplican para las inspecciones realizadas por los organismos de inspección acreditados con vínculo contractual con Gases de Occidente S.A. E.S.P. para el cobro a través de la factura de consumo. POLITICAS TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN Y BASES DE DATOS DE CLIENTES DE LLANOGAS S.A. E.S.P BIC LLAMGCL002-03 / Actualizado 2023/01/30**Aplica sólo para usuarios residenciales y comerciales.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicio Público De Distribución Y Comercialización De Gas

SOLICITUD DE NUEVOS SERVICIOS. Cuando Llanogas LA EMPRESA instale un nuevo servicio a un inmueble, el valor del mismo será responsabilidad exclusiva de quién solicite el servicio, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 142 de 1994. Para garantizar su pago, Llanogas LA EMPRESA podrá exigir directamente las garantías previstas en la Ley y el contrato de condiciones uniformes, a menos que el solicitante sea el mismo propietario o poseedor del inmueble, evento en el cual el inmueble quedará afecto al pago. En este caso, Llanogas LA EMPRESA determinará la cuantía y la forma de dichas garantías o depósitos. LLAMGCL002-03 / Actualizado 2023/01/30 PARÁGRAFO 1. En el evento en que el arrendatario solicite a Llanogas LA EMPRESA un nuevo servicio adicional a los básicos, se dará aplicación a lo establecido en el inciso anterior. El arrendatario podrá en cualquier momento requerir la cancelación o suspensión del servicio adicional solicitado por él mismo, caso en el cual le será devuelta la garantía o depósito a que haya lugar, sin que necesariamente medie la terminación del contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO 2. Llanogas LA EMPRESA podrá abstenerse de realizar la conexión e instalación del nuevo servicio y/o del servicio adicional al básico, hasta tanto el arrendatario no haya garantizado la(s) obligación(es) mencionadas en el presente numeral. PARÁGRAFO 3. Para todos los efectos del presente contrato se entenderá que un servicio se considera no básico, cuando la solicitud del mismo no afecta el desarrollo ordinario para el que fue contratado, y que por lo tanto el servicio de gas natural se mantendrá funcionando, adecuadamente, sin necesidad de realizar dicha intervención, por cuanto al momento de solicitarse los equipos e instalaciones cumplen con todas las disposiciones técnicas y de seguridad establecidas en la normatividad Normatividad vigente. ANEXO Nº 3Para el año 2020 las siguientes serán las tarifas para el cobro de los siguientes conceptos: Cargo de conexión, revisión quinquenal o periódica, y las tarifas para la remuneración de los servicios de Reconexión y Reinstalación del servicio público de gas natural: Cargo de Conexión $ 588.400 Reconexión desde el centro de medición** $ 30.100 Reconexión desde acometida** $ 135.300 Reconexión Industrial & EDS $ 146.514 Revisión Periódica Residencial (más IVA) * $ 80.920 *Estos precios aplican para las inspecciones realizadas por los organismos de inspección acreditados con vínculo contractual con Gases de Occidente S.A. E.S.P. para el cobro a través de la factura de consumo. POLITICAS TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN Y BASES DE DATOS DE CLIENTES DE LLANOGAS S.A. E.S.P BIC LLAMGCL002-03 / Actualizado 2023/01/30**Aplica sólo para usuarios residenciales y comerciales.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicio Público De Distribución Y Comercialización De Gas

SOLICITUD DE NUEVOS SERVICIOS. Cuando Llanogas LA EMPRESA instale un nuevo servicio a un inmueble, el valor del mismo será responsabilidad exclusiva de quién solicite el servicio, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 142 de 1994. Para garantizar su pago, Llanogas LA EMPRESA podrá exigir directamente las garantías previstas en la Ley y el contrato de condiciones uniformes, a menos que el solicitante sea el mismo propietario o poseedor del inmueble, evento en el cual el inmueble quedará afecto al pago. En este caso, Llanogas LA EMPRESA determinará la cuantía y la forma de dichas garantías o depósitos. LLAMGCL002-03 / Actualizado 2023/01/30 PARÁGRAFO 1. En el evento en que el arrendatario solicite a Llanogas LA EMPRESA un nuevo servicio adicional a los básicos, se dará aplicación a lo establecido en el inciso anterior. El arrendatario podrá en cualquier momento requerir la cancelación o suspensión del servicio adicional solicitado por p or él mismo, caso en el cual le será devuelta la garantía o depósito a que haya lugar, sin que necesariamente medie la terminación del contrato de arrendamiento. PARÁGRAFO 2. Llanogas LA EMPRESA podrá abstenerse de realizar la conexión e instalación del nuevo servicio y/o del servicio adicional al básico, hasta tanto el arrendatario no haya garantizado la(s) obligación(es) mencionadas en el presente numeral. PARÁGRAFO 3. Para todos los efectos del presente contrato se entenderá que un servicio se considera no básico, cuando la solicitud del mismo no afecta el desarrollo ordinario para el que fue contratado, y que por lo tanto el servicio de gas natural se mantendrá funcionando, adecuadamente, sin necesidad de realizar dicha intervención, por cuanto al momento de solicitarse los equipos e instalaciones cumplen con todas las disposiciones técnicas y de seguridad establecidas en la normatividad Normatividad vigente. ANEXO Nº 3. POLITICAS TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN Y BASES DE DATOS DE CLIENTES DE LLANOGAS S.A. E.S.P BIC LLAMGCL002-03 / Actualizado 2023/01/30Para el año 2018 las siguientes serán las tarifas para el cobro de los siguientes conceptos: Cargo de conexión, revisión quinquenal o periódica, y las tarifas para la remuneración de los servicios de Reconexión y Reinstalación del servicio público de gas natural: Cargo de Conexión $549.440 Cargo de Conexión sin Medidor $439.000 Reconexión $28.100 Reinstalación $126.300 Reconexión Industrias $136.800 Reinstalación Industrias $136.800 CEPO $12.730

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Samples: Contrato De Prestación De Servicio Público De Distribución Y Comercialización De Gas